Lorenzo Gomez Chambe Empresa De Responsabilidad Limitada
Diario Oficial
Informações societárias
Capital
Capital total
$10.000.000
Sócios (2)
| Nome | RUT | Participação | Aporte |
|---|---|---|---|
Socio | - | 50% | $5.000.000 |
Socio | - | 50% | $5.000.000 |
Administradores (2)
Histórico societário relatado
- Constituição· 29 de agosto de 2012
Se constituye la sociedad LORENZO GOMEZ CHAMBE EMPRESA DE RESPONSABILIDAD LIMITADA o CONSTRUCTORA Y CONSULTORA LOAN E HIJOS LIMITADA.
- Cessão de direitos· 20 de maio de 2024
LORENZO ISAÍAS GÓMEZ CHAMBE cede el 50% del capital y haber social a ROBERTO CARLOS GÓMEZ CASTRO.
- Cessão de direitos· 20 de maio de 2024
ANDREA MARÍA CASTRO CHALLAPA cede el 50% del capital y haber social a IVÁN LORENZO GÓMEZ CASTRO.
Texto oficial do extrato
NESTOR ARAYA BLAZINA, Notario Público Iquique, Serrano 386, CERTIFICO: Por escritura pública hoy ante mí: LORENZO ISAÍAS GÓMEZ CHAMBE, Sitio Nº 3, Manzana B, Pueblo de Cariquima, Colchane, ANDREA MARÍA CASTRO CHALLAPA, Sitio Nº 3, Manzana B, Pueblo de Cariquima, Colchane, ROBERTO CARLOS GÓMEZ CASTRO, Los Tamarugos Nº 2994, Iquique e IVÁN LORENZO GÓMEZ CASTRO, Avenida Los Cóndores Nº 3555, Alto Hospicio, Modifican LORENZO GOMEZ CHAMBE EMPRESA DE RESPONSABILIDAD LIMITADA o CONSTRUCTORA Y CONSULTORA LOAN E HIJOS LIMITADA, constituida por escritura pública otorgada 29/08/2012, ante Fernando Manterola Salas, Notario Público de Quinta Notaría de Iquique con asiento en comuna de Alto Hospicio, y con Oficio en Av. La Pampa Nº 3117, local 4, inscrita a fs.1746 vta. N° 1500 en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces y Comercio de Iquique del año 2012 y reinscrita a fs.152 Nº 101 en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces y Comercio de Alto Hospicio del año 2023, sgtes términos: Modificaciones consisten: 1.- a) LORENZO ISAÍAS GÓMEZ CHAMBE cede, vende y transfiere 100% de sus derechos sociales, equivalentes al 50% del capital y haber social a ROBERTO CARLOS GÓMEZ CASTRO, quien adquiere y acepta para sí esta cesión de derechos. El precio de esta cesión de derechos es $1.500.000, que se paga en efectivo en este acto y al contado, y que el cedente; declara recibir a su entera satisfacción; 1.- b) LORENZO ISAÍAS GÓMEZ CHAMBE quien comparece en su calidad de cónyuge y administrador de los bienes sociales de ANDREA MARÍA CASTRO CHALLAPA cede, vende y transfiere 100% de los derechos sociales de ésta última, equivalentes al 50% del capital y haber social a IVÁN LORENZO GÓMEZ CASTRO, quien adquiere y acepta para sí esta cesión de derechos. El precio de esta cesión de derechos es $1.500.000, que se paga en efectivo en este acto y al contado, y que el cedente; declara recibir a su entera satisfacción; 2.- A contar de la fecha de esta escritura de modificación de sociedad son únicos y actuales socios ROBERTO CARLOS GÓMEZ CASTRO e IVÁN LORENZO GÓMEZ CASTRO dueños c/u del 50% del capital y del haber social; 3.- Socios de consuno ROBERTO CARLOS GÓMEZ CASTRO e IVÁN LORENZO GÓMEZ CASTRO vienen en modificar: a) Cláusula 3 del pacto constitución social nombre de la sociedad y su razón social será INGENIERÍA Y CONSTRUCCIÓN LOÁN LIMITADA y su nombre de fantasía CONSTRUCTORA LOÁN LIMITADA; b) Cláusula 5 del pacto de constitución social en el sentido que administración, representación y uso razón social y nombre de fantasía corresponderá a los socios ROBERTO CARLOS GÓMEZ CASTRO e IVÁN LORENZO GÓMEZ CASTRO; quienes actuando indistintamente, forma conjunta o separada, a nombre de la sociedad y anteponiendo razón social a sus firmas, la representarán y obligarán con las más amplias facultades y sin restricción de ninguna especie en todo acto o contrato que ejecuten y con todas las facultades que enunciativamente se señalan en la escritura de constitución social en su cláusula 5; c) Acuerdan aumentar capital social referido en cláusula 6 del pacto de constitución social de $3.000.000 a $10.000.000, mediante aporte que se hace en este acto; en dinero efectivo e ingresado en caja social, por ambos socios y en proporción a sus participaciones en el capital y haber social; de modo que ROBERTO CARLOS GÓMEZ CASTRO aporta $3.500.000 e IVÁN LORENZO GÓMEZ CASTRO aporta $3.500.000, los que sumados a los dineros ya ingresados en caja social hacen que sus aportes en el capital y haber social sean de $5.000.000 c/u. d) Socios limitan sus responsabilidades hasta monto de sus respectivos aportes; e) Cláusula 7 del contrato de constitución social en el sentido que utilidades y eventuales pérdidas pudieren producirse se distribuirán entre socios 50% c/u. En todo lo no modificado continúa vigente el pacto social.- Demás estipulaciones en escritura extractada.- Iquique, veinte de Mayo de 2024.
Informações societárias
Sócios (2)
| Nome | RUT | Participação | Aporte |
|---|---|---|---|
Socio | - | 50% | $5.000.000 |
Socio | - | 50% | $5.000.000 |
Administradores (2)
Histórico societário relatado
- Constituição· 29 de agosto de 2012
Se constituye la sociedad Lorenzo Gómez Chambe Empresa de Responsabilidad Limitada o Constructora y Consultora Loan e Hijos Limitada.
- Cessão de direitos· 7 de março de 2024
Lorenzo Isaías Gómez Chambe cede el 100% de sus derechos sociales a Roberto Carlos Gómez Castro.
- Cessão de direitos· 7 de março de 2024
Lorenzo Isaías Gómez Chambe, como cónyuge y administrador de los bienes sociales de Andrea María Castro Challapa, cede el 100% de los derechos sociales de ésta a Iván Lorenzo Gómez Castro.
LORENZO ISAÍAS GÓMEZ CHAMBE · ANDREA MARÍA CASTRO CHALLAPA · IVÁN LORENZO GÓMEZ CASTRO
- Mudança de nome· 7 de março de 2024
Se corrige la razón social a Ingeniería y Construcción Loán Limitada y el nombre de fantasía a Constructora Loán Limitada.
- Mudança de administrador· 7 de março de 2024
La administración, representación y uso de la razón social pasa a Roberto Carlos Gómez Castro e Iván Lorenzo Gómez Castro.
- Mudança de capital· 7 de março de 2024
El capital social se aumenta de $3.000.000 a $10.000.000.
Texto oficial do extrato
NESTOR ARAYA BLAZINA, Notario Público Iquique, Serrano n° 386, CERTIFICO: Por escritura publica hoy ante mí: LORENZO ISAÍAS GÓMEZ CHAMBE, Sitio Nº 3, Manzana B, Pueblo de Cariquima, Colchane, ANDREA MARÍA CASTRO CHALLAPA, Sitio Nº 3, Manzana B, Pueblo de Cariquima, Colchane, ROBERTO CARLOS GÓMEZ CASTRO, Los Tamarugos Nº 2994, Iquique e IVÁN LORENZO GÓMEZ CASTRO, Avenida Los Cóndores Nº 3555, Alto Hospicio, Sanean conforme Ley Nº 19499 y Modifican LORENZO GOMEZ CHAMBE EMPRESA DE RESPONSABILIDAD LIMITADA o CONSTRUCTORA Y CONSULTORA LOAN E HIJOS LIMITADA, constituida por escritura pública otorgada 29/08/2012, ante Fernando Manterola Salas, Notario Público de Quinta Notaría de Iquique con asiento en comuna de Alto Hospicio, y con Oficio en Av. La Pampa Nº 3117, local 4, inscrita a fs.1746 vta. N° 1500 en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces y Comercio de Iquique del año 2012 y reinscrita a fs.152 Nº 101 en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces y Comercio de Alto Hospicio del año 2023, sgtes términos: Saneamiento del vicio de que adolece escritura de constitución social y que consiste en el cumplimiento imperfecto de las menciones que ley ordena incluir en las respectivas escrituras; en este caso, en la cláusula 3 que se refiere al nombre de la sociedad y razón social, señala: “El nombre de la sociedad y su razón social será LORENZO GOMEZ CHAMBE EMPRESA DE RESPONSABILIDAD LIMITADA”; y debió decir: “El nombre de la sociedad y su razón social será LORENZO GOMEZ CHAMBE SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA”. Conforme expuesto y disposiciones de Ley 19499, comparecientes Lorenzo Isaías Gómez Chambe y Andrea María Castro Challapa vienen en dar por corregido y saneado el vicio formal de que adolece la escritura referida.- Modificaciones consisten: 1.- a) LORENZO ISAÍAS GÓMEZ CHAMBE cede, vende y transfiere 100% de sus derechos sociales, equivalentes al 50% del capital y haber social a ROBERTO CARLOS GÓMEZ CASTRO, quien adquiere y acepta para sí esta cesión de derechos. El precio de esta cesión de derechos es $1.500.000, que se paga en efectivo en este acto y al contado, y que el cedente; declara recibir a su entera satisfacción; 1.- b) LORENZO ISAÍAS GÓMEZ CHAMBE quien comparece en su calidad de cónyuge y administrador de los bienes sociales de ANDREA MARÍA CASTRO CHALLAPA cede, vende y transfiere 100% de los derechos sociales de ésta última, equivalentes al 50% del capital y haber social a IVÁN LORENZO GÓMEZ CASTRO, quien adquiere y acepta para sí esta cesión de derechos. El precio de esta cesión de derechos es $1.500.000, que se paga en efectivo en este acto y al contado, y que el cedente; declara recibir a su entera satisfacción; 2.- A contar de la fecha de esta escritura de saneamiento y modificación de sociedad son únicos y actuales socios ROBERTO CARLOS GÓMEZ CASTRO e IVÁN LORENZO GÓMEZ CASTRO dueños c/u del 50% del capital y del haber social; 3.- Socios de consuno ROBERTO CARLOS GÓMEZ CASTRO e IVÁN LORENZO GÓMEZ CASTRO vienen en modificar: a) Cláusula 3 del pacto constitución social nombre de la sociedad y su razón social será INGENIERÍA Y CONSTRUCCIÓN LOÁN LIMITADA y su nombre de fantasía CONSTRUCTORA LOÁN LIMITADA; b) Cláusula 5 del pacto de constitución social en el sentido que administración, representación y uso razón social y nombre de fantasía corresponderá a los socios ROBERTO CARLOS GÓMEZ CASTRO e IVÁN LORENZO GÓMEZ CASTRO; quienes actuando indistintamente, forma conjunta o separada, a nombre de la sociedad y anteponiendo razón social a sus firmas, la representarán y obligarán con las más amplias facultades y sin restricción de ninguna especie en todo acto o contrato que ejecuten y con todas las facultades que enunciativamente se señalan en la escritura de constitución social en su cláusula 5; c) Acuerdan aumentar capital social referido en cláusula 6 del pacto de constitución social de $3.000.000 a $10.000.000, mediante aporte que se hace en este acto; en dinero efectivo e ingresado en caja social, por ambos socios y en proporción a sus participaciones en el capital y haber social; de modo que ROBERTO CARLOS GÓMEZ CASTRO aporta $3.500.000 e IVÁN LORENZO GÓMEZ CASTRO aporta $3.500.000, los que sumados a los dineros ya ingresados en caja social hacen que sus aportes en el capital y haber social sean de $5.000.000 c/u. d) Socios limitan sus responsabilidades hasta monto de sus respectivos aportes; e) Cláusula 7 del contrato de constitución social en el sentido que utilidades y eventuales pérdidas pudieren producirse se distribuirán entre socios 50% c/u. En todo lo no modificado continúa vigente el pacto social.- Demás estipulaciones en escritura extractada.- Iquique, 07 de Marzo de 2024.
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