Fabricación Y Armado De Estructuras Estrupac Limitada
Diario Oficial
Informações societárias
Representação legal (1)
Cristóbal Herrera Barriga
Histórico societário relatado
- Constituição· 2 de fevereiro de 2005
La sociedad Fabricación y Armado De Estructuras Estrupac Limitada fue constituida por escritura pública.
Fabricación y Armado De Estructuras Estrupac Limitada
Texto oficial do extrato
EDUARDO AVELLO CONCHA, Notario Público de la 27ª Notaría de Santiago, Orrego Luco N° 0153, comuna de Providencia, Santiago, certifica que: Por escritura pública de fecha 5 de mayo de 2017, ante mí, don Cristóbal Herrera Barriga, domiciliado para estos efectos en Av. Costanera Sur N° 2730, piso 12, comuna de Las Condes, Santiago, rectificó escritura pública otorgada ante mí, con fecha 16 de marzo de 2017, bajo repertorio N° 8501/2017, y cuyo extracto se inscribió a fojas 33.600, N° 18.419, del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago correspondiente al año 2017 y se publicó en el Diario Oficial de fecha 29 de abril de 2017, edición N° 41.745, toda vez que en su encabezado así como en su Cláusula Primera, erróneamente se señaló que la razón social de la Sociedad era “Fabricación Y Armado De Estructuras Limitada” toda vez ésta que corresponde a “ Fabricación y Armado De Estructuras Estrupac Limitada ”. En virtud de lo anterior: (i) Se reemplazó su encabezado quedando en consecuencia como “Cesión de Derechos Sociales y Modificación de Estatutos Fabricación y Armado De Estructuras Estrupac Limitada”; y (ii) Se modificó la letra /a/ de la Cláusula Primera, quedando de la siguiente manera: “PRIMERO: Antecedentes. /a/ FABRICACIÓN Y ARMADO DE ESTRUCTURAS ESTRUPAC LIMITADA, sociedad del giro de su denominación, rol único tributario número setenta y seis millones doscientos treinta y dos mil ciento noventa guion cuatro /en adelante, la “Sociedad”/, fue constituida mediante escritura pública de dos de febrero de dos mil cinco, otorgada en la Notaría de Santiago de don Pablo González Caamaño bajo repertorio número mil ochocientos treinta y tres guion dos mil cinco. Un extracto de dicha escritura se inscribió a fojas cinco mil ochocientos cincuenta y ocho, número cuatro mil doscientos setenta del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago correspondiente al año dos mil cinco y se publicó en el Diario Oficial de fecha veintiuno de febrero del año dos mil cinco.”. En todo lo no modificado se mantienen plenamente vigentes las estipulaciones de la escritura pública rectificada. Santiago, 8 de mayo de 2017.
Informações societárias
Capital
Capital total
$5.000.000
Capital integralizado
$5.000.000
Capital pendente
$0
Sócios (2)
| Nome | RUT | Participação | Aporte |
|---|---|---|---|
Socio | - | 50% | $2.500.000 |
Socio | - | 50% | $2.500.000 |
Administradores (2)
Histórico societário relatado
- Cessão de direitos· 16 de março de 2017
Juan Pablo Hadad Merino cede el 20% de sus derechos sociales a Alfredo Javier Hadad Merino.
- Cessão de direitos· 16 de março de 2017
Guido Enrique Bustos Irrazabal cede el 10% de sus derechos sociales a Alfredo Javier Hadad Merino.
Guido Enrique Bustos Irrazabal · Alfredo Javier Hadad Merino
- Cessão de direitos· 16 de março de 2017
Marie Grace Lolas Soublett cede el 20% de sus derechos sociales a Alfredo Javier Hadad Merino.
- Saída de sócio· 16 de março de 2017
Guido Enrique Bustos Irrazabal y Marie Grace Lolas Soublett se retiran de la sociedad.
Texto oficial do extrato
Eduardo Avello Concha, Abogado, Notario Público Titular de la 27 Notaría de Santiago, con oficio en calle Orrego Luco N°0153, comuna de Providencia, Santiago, certifica: Que, por escritura pública de fecha 16 de marzo de 2017, repertorio N°8.501-2017 ante mí: JUAN PABLO HADAD MERINO; GUIDO ENRIQUE BUSTOS IRRAZABAL; MARIE GRACE LOLAS SOUBLETT; y ALFREDO JAVIER HADAD MERINO; todos domiciliados para estos efectos en Avenida Portugal número mil novecientos treinta, comuna y ciudad de Santiago, Región Metropolitana, modificaron la sociedad FABRICACIÓN Y ARMADO DE ESTRUCTURAS LIMITADA, inscrita a fojas 5.858 N° 4.270 año 2005 del Registro de Comercio de Santiago en el siguiente sentido: /UNO/ Cesión de derechos sociales: /a/ Juan Pablo Hadad Merino vende, cede y transfiere a Alfredo Javier Hadad Merino, quien compra, acepta y adquiere para sí, el 20% de los derechos sociales en la sociedad; /b/ Guido Enrique Bustos Irrazabal vende, cede y transfiere a Alfredo Javier Hadad Merino, quien compra, acepta y adquiere para sí, el 10% de los derechos sociales en la sociedad, esto es, el cien por ciento de los derechos sociales de Guido Enrique Bustos Irrazabal; y /c/ Marie Grace Lolas Soublett vende, cede y transfiere a Alfredo Javier Hadad Merino, quien compra, acepta y adquiere para sí, el veinte por ciento de los derechos sociales en la Sociedad, esto es, el cien por ciento de los derechos sociales de Marie Grace Lolas Soublett; /DOS/Como consecuencia de lo anterior, Guido Enrique Bustos Irrazabal y Marie Grace Lolas Soublett se retiran de la sociedad, quedando como únicos socios, Juan Pablo Hadad Merino, con el 50% de los derechos sociales y Alfredo Javier Hadad Merino, con el 50% de los derechos sociales; y /TRES/ /a/ Los actuales y únicos socios sustituyen el artículo sexto del estatuto social por el siguiente: “SEXTO: CAPITAL.- El capital social será la suma de cinco millones de pesos, aportando don Juan Pablo Hadad Merino la suma de dos millones quinientos mil pesos que corresponde al cincuenta por ciento del capital social y don Alfredo Javier Hadad Merino aporta la suma de dos millones quinientos mil pesos que corresponde al cincuenta por ciento del capital social. Todos los aportes han sido enterados e ingresados en caja social en este acto y en dinero efectivo.-”; y /b/ Adicionalmente, los socios acuerdan modificar los estatutos sociales en lo referido a la administración y el uso de la razón social de la sociedad, en el sentido de incorporar a Alfredo Javier Hadad Merino como administrador de la sociedad, sustituyendo la primera parte del primer párrafo del artículo décimo de los estatutos sociales por la siguiente primera parte que se intercala antes de la frase “A modo puramente ilustrativo, se deja constancia que las facultades de administración ejercidas en la forma señalada incluyen, entre otras las siguientes”: “DÉCIMO: ADMINISTRACIÓN Y USO DE LA RAZÓN SOCIAL. La administración y uso de la razón social corresponderá a don Juan Pablo Hadad Merino y a don Alfredo Javier Hadad Merino, quienes individual e indistintamente, uno cualquiera de ellos, actuando por la Sociedad y anteponiendo la razón social a su firma, la representará con las más amplias facultades de administración y disposición, pudiendo ejecutar todos los actos y celebrar todos los contratos y convenciones, de cualquier naturaleza, que sean o que se relacionen, directa o indirectamente con el objeto social.” En todo lo no modificado sigue vigente el pacto social, especialmente la responsabilidad de los socios, la que se mantiene limitada hasta el monto de sus respectivos aportes. Santiago, 16 de Marzo de 2017.
Atuações recentes
- MODIFICACIÓN
FABRICACIÓN Y ARMADO DE ESTRUCTURAS ESTRUPAC LIMITADA
CVE 1217362
- MODIFICACIÓN
FABRICACIÓN Y ARMADO DE ESTRUCTURAS LIMITADA
CVE 1209651
