Bsabor SpA
Diario Oficial
Informações societárias
Sócios (2)
| Nome | RUT | Participação | Aporte |
|---|---|---|---|
Accionista | - | - | - |
ANDREA MARÍA BORGOÑO UNDURRAGA Accionista | - | - | - |
Texto oficial do extrato
VERONICA TORREALBA COSTABAL, Notario Público Suplente de la 33ª Notaría de Santiago, con domicilio en Huérfanos 979, oficina 501, Santiago, certifica: que por escritura pública otorgada con fecha 15 de mayo de 2023, bajo el Repertorio N°7.707-2023, ante el Titular don Iván Torrealba Acevedo, don EUGENIO BESA BROWNE y doña ANDREA MARÍA BORGOÑO UNDURRAGA, en su calidad de únicos y actuales accionistas de BSABOR SpA (la “Sociedad”), inscrita a fojas 46.531 N°32.605 del Registro de Comercio de Santiago del año 2012, acordaron, entre otras materias, lo siguiente: (i) modificar los estatutos de la Sociedad, sustituyendo el Artículo Vigésimo Octavo por el siguiente: “Artículo Vigésimo Octavo: Liquidación. Una vez disuelta la Sociedad, se procederá a su liquidación en conformidad a los Estatutos, la Ley y el Reglamento, en ese orden de prelación. Salvo acuerdo unánime en contrario de las acciones emitidas con derecho a voz y voto, la liquidación se practicará por una comisión liquidadora elegida por la Junta de Accionistas, la cual fijará su remuneración, salvo que la disolución de la sociedad hubiere sido decretada por sentencia judicial ejecutoriada, en cuyo caso la liquidación se practicará por un sólo liquidador elegido en conformidad a la Ley”; (ii) disolver la Sociedad conforme lo establece el Artículo Vigésimo Séptimo de los estatutos sociales y el N° 3 del artículo 103 de la Ley N°18.046 sobre Sociedades Anónimas; (iii) aprobar el balance de término de giro de la Sociedad de fecha 31 de octubre de 2022, que se ha considerado para efectos de la disolución; y (iv) liquidar la Sociedad por sí mismos sin necesidad de designar una comisión liquidadora, de conformidad al referido balance de término de giro, dejando constancia que de acuerdo al mismo no existen en la Sociedad ni activos ni pasivos sujetos a liquidación, y por tanto, como resultado de la liquidación, no procede transferir ni asignar haberes, ni pagar obligaciones, ni efectuar repartos por devolución de capital, a los accionistas o a terceros. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. El portador de este extracto quedó facultado para proceder a su legalización. - Santiago, 29 de mayo de 2023.-
Atuações recentes
- DISOLUCIÓN
Bsabor SpA
CVE 2325140
