Sociedade de Responsabilidade Limitada76.218.337-4

Álvarez Y Sayes Limitada

MODIFICACIÓN — 25 de fev. de 2022

Diario Oficial

ModificaçãoDiario Oficial · 2022-02-25Ver PDF (CVE 2092629)

Informações societárias

Ltda
calle José Francisco Vergara Nº252

Sócios (2)

NomeParticipação

JUANA MARITZA SAYES ESPINOZA

Socio

-

DILAN ALEJANDRO ÁLVAREZ SAYES

Socio

-

Histórico societário relatado

  1. Constituição· 13 de janeiro de 2012

    Se constituyó la sociedad ÁLVAREZ Y SAYES LIMITADA.

    JUANA MARITZA SAYES ESPINOZA · DILAN ALEJANDRO ÁLVAREZ SAYES

Texto oficial do extrato

LUIS ENRIQUE TAVOLARI OLIVEROS, abogado, Notario Público Titular de la Vigésima Segunda Notaría de Santiago, con oficio en calle Don Carlos número Dos mil ochocientos ochenta y nueve, Las Condes, Región Metropolitana, certifica: por escritura pública de fecha quince de febrero de dos mil veintidós, repertorio n° 754-2022, ante mí: JUANA MARITZA SAYES ESPINOZA y DILAN ALEJANDRO ÁLVAREZ SAYES, domiciliados en calle José Francisco Vergara Nº252, comuna de Quilicura, modificaron sociedad "ÁLVAREZ Y SAYES LIMITADA", constituida por escritura pública de fecha 13 de enero de 2012, ante Notario Público Titular de Quilicura Jaime Romero Ordenes.- Un extracto de dicha constitución se inscribió a fojas 4.275, Nº2935, del Registro de Comercio del año 2012 del Conservador de Bienes Raíces de Santiago, y una copia certificada electrónicamente de la edición Nº40.169 del Diario Oficial de la República de Chile, de fecha 24 de enero de 2012.- Sentido: se modificó la cláusula quinta de la escritura de constitución de sociedad en el sentido de añadir la facultad treinta, posterior a la veintinueve, siendo la facultad que se agrega del siguiente tenor: “Treinta. Constituir y aceptar toda clase de cauciones a favor de terceros, sea esto constituir prenda, hipoteca, constituirse como fiador, codeudor solidario o aval”. En lo no modificado siguen vigente las cláusulas del estatuto primitivo y sus modificaciones. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 22 de febrero de 2022.

ModificaçãoDiario Oficial · 2019-01-21Ver PDF (CVE 1532010)

Informações societárias

Ltda
calle José Francisco Vergara Nº 252
Administração: La administración, la representación legal y el uso de la razón social corresponderá indistintamente a los socios

Sócios (2)

NomeParticipação

JUANA MARITZA SAYES ESPINOZA

Socio

34%

DILAN ALEJANDRO ÁLVAREZ SAYES

Socio

66%

Administradores (2)

Histórico societário relatado

  1. Cessão de direitos· 9 de janeiro de 2019

    Francisco Alejandro Álvarez Orrego cede el 34% de sus derechos sociales a Dilan Alejandro Álvarez Sayes por $2.520.000.

    FRANCISCO ALEJANDRO ÁLVAREZ ORREGO · DILAN ALEJANDRO ÁLVAREZ SAYES

Texto oficial do extrato

JUAN RICARDO SAN MARTÍN URREJOLA, Notario Público Titular, Huérfanos 835 piso 18, Santiago certifica: Por escritura pública de fecha 09 de enero de 2019, ante mí, FRANCISCO ALEJANDRO ÁLVAREZ ORREGO, JUANA MARITZA SAYES ESPINOZA y DILAN ALEJANDRO ÁLVAREZ SAYES, todos domiciliados en calle José Francisco Vergara Nº 252, Quilicura, modificaron Sociedad de Responsabilidad Limitada “ÁLVAREZ Y SAYES LIMITADA”, inscrita a Fs. 4.275 N° 2.935 del Registro de Comercio del C onservador Bienes Raíces de Santiago año 2012, en el siguiente sentido: Don FRANCISCO ALEJANDRO ÁLVAREZ ORREGO, dueño del 34% de derechos sociales, vende, cede y transfiere a don DILAN ALEJANDRO ÁLVAREZ SAYES la totalidad de sus derechos en la sociedad en la suma de $2.520.000.- Como consecuencia de las cesiones efectuadas, los derechos en la sociedad ÁLVAREZ Y SAYES LIMITADA quedan distribuidos de la siguiente manera: Doña JUANA MARITZA SAYES ESPINOZA con el 34% de los derechos sociales; y don DILAN ALEJANDRO ÁLVAREZ SAYES con el 66% por ciento de derechos en la sociedad “ÁLVAREZ Y SAYES LIMITADA”, quienes en su calidad de únicos y actuales socios de la misma, modifican la cláusula quinta del pacto social constitutivo, en el sentido que la administración, la representación legal y el uso de la razón social corresponderá indistintamente a los socios JUANA MARITZA SAYES ESPINOZA y don DILAN ALEJANDRO ÁLVAREZ SAYES, quienes podrán actuar conjunta o separadamente, y anteponiendo a sus nombres la razón social de la Sociedad, podrán en el ejercicio de sus facultades, obligar a la Sociedad con las mismas facultades expresadas en la referida cláusula. En todo lo demás, seguirán vigentes las estipulaciones del pacto social constitutivo y de las escrituras de modificación. Santiago, 15 de enero de 2019.

ModificaçãoDiario Oficial · 2019-01-21Ver PDF (CVE 1532013)

Informações societárias

Ltda
José Francisco Vergara Nº 252

Sócios (3)

Histórico societário relatado

  1. Cessão de direitos· 29 de agosto de 2018

    Se otorgó una modificación con cesión de derechos sociales en favor de las partes indicadas.

    FRANCISCO ALEJANDRO ÁLVAREZ ORREGO · JUANA MARITZA SAYES ESPINOZA · DILAN ALEJANDRO ÁLVAREZ SAYES

  2. Saída de sócio· 9 de janeiro de 2019

    Se rescinde la cesión de derechos pactada respecto de Francisco Alejandro Álvarez Orrego y se restituye el estado previo del pacto social.

    FRANCISCO ALEJANDRO ÁLVAREZ ORREGO · JUANA MARITZA SAYES ESPINOZA · DILAN ALEJANDRO ÁLVAREZ SAYES

Texto oficial do extrato

JUAN RICARDO SAN MARTÍN URREJOLA, Notario Público Titular, Huérfanos 835 piso 18, Santiago certifica: Por escritura pública de fecha 09 de enero de 2019, ante mí, FRANCISCO ALEJANDRO ÁLVAREZ ORREGO, JUANA MARITZA SAYES ESPINOZA y DILAN ALEJANDRO ÁLVAREZ SAYES, todos domiciliados en calle José Francisco Vergara Nº 252, Quilicura, socios de “SOCIEDAD DE INVERSIONES ÁLVAREZ Y SAYES LIMITADA”, inscrita a Fs. 3.144 N° 1.793 del Registro de Comercio del Conservador Bienes Raíces de Santiago año 2018, resciliaron escritura de modificación respecto de dicha Sociedad de Responsabilidad Limitada, otorgada en esta misma Notaría con fecha 29 de agosto de 2018, Repertorio Nº 50.517-2018, inscrita a fojas 70.113 Número 35.953 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago del año 2018, por lo que de conformidad al artículo 1567 del Código Civil, queda sin efecto la cesión de los derechos pactada en la cláusula segunda de la escritura de modificación, respecto de los derechos que le correspondían a don Francisco Alejandro Álvarez Orrego en la Sociedad de Inversiones Álvarez y Sayes Limitada. Como consecuencia de la resciliación señalada, las partes convienen ser restituidas al mismo estado en que se encontraban antes de la celebración del contrato de cesión de derechos sociales, quedando vigentes las estipulaciones del pacto social constitutivo. Santiago, 14 de enero de 2019.

ModificaçãoDiario Oficial · 2018-12-01Ver PDF (CVE 1505714)

Informações societárias

Ltda
calle José Francisco Vergara Nº 252

Sócios (3)

Histórico societário relatado

  1. Cessão de direitos· 26 de dezembro de 2017

    Se rescilía la modificación de sociedad y se deja sin efecto el contrato de cesión de derechos sociales, restituyendo a las partes al estado anterior.

    FRANCISCO ALEJANDRO ÁLVAREZ ORREGO · JUANA MARITZA SAYES ESPINOZA · DILAN ALEJANDRO ÁLVAREZ SAYES

Texto oficial do extrato

JUAN RICARDO SAN MARTÍN URREJOLA, Notario Público Titular, Huérfanos 835 piso 18, Santiago certifica: Por escritura pública de fecha 19 de noviembre de 2018, ante mí, FRANCISCO ALEJANDRO ÁLVAREZ ORREGO, JUANA MARITZA SAYES ESPINOZA y DILAN ALEJANDRO ÁLVAREZ SAYES, todos domiciliados en calle José Francisco Vergara Nº 252, Quilicura, socios de “ÁLVAREZ Y SAYES LIMITADA”, inscrita a Fs. 4.275 N° 2.935 del Registro de Comercio del Conservador Bienes Raíces de Santiago año 2012, resciliaron escritura de modificación de Sociedad de Responsabilidad Limitada de fecha 26 de diciembre de 2017, inscrita a fojas 3329 Número 1894 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago, de conformidad al artículo 1567 del Código Civil, y dejan sin efecto el contrato de cesión respecto de los derechos que al cedente le correspondían en la sociedad Álvarez y Sayes Limitada y que consta en la cláusula tercera de la escritura de modificación referida. Como consecuencia de la resciliación señalada, las partes convienen ser restituidas al mismo estado en que se encontraban antes de la celebración del contrato de cesión de derechos sociales quedando vigentes las estipulaciones del pacto social constitutivo y de las anteriores escrituras de modificación. Santiago, 28 de noviembre de 2018.

Atuações recentes

  1. MODIFICACIÓN

    ÁLVAREZ Y SAYES LIMITADA

    CVE 2092629

  2. MODIFICACIÓN

    ÁLVAREZ Y SAYES LIMITADA

    CVE 1532010

  3. MODIFICACIÓN

    SOCIEDAD DE INVERSIONES ÁLVAREZ Y SAYES LIMITADA

    CVE 1532013

  4. MODIFICACIÓN

    ÁLVAREZ Y SAYES LIMITADA

    CVE 1505714

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