Roberto Zuñiga & Cia. Abogados Limitada
Diario Oficial
Informações societárias
Objeto social
La Sociedad tiene por objeto la prestación de servicios profesionales, asesoramiento y representación jurídica a cargo de los socios abogados; y la prestación de servicios de consultoría en gestión empresarial a cargo del socio ingeniero comercial. La Sociedad se compromete a no realizar actividades comerciales o industriales que estén gravadas con impuesto al valor agregado, limitándose exclusivamente a la prestación de los servicios profesionales señalados.
Capital
Capital total
$40.198.444
Capital integralizado
$40.198.444
Capital pendente
$0
Sócios (3)
| Nome | RUT | Participação | Aporte |
|---|---|---|---|
Roberto Zúñiga Rodríguez Socio | - | 69.002% | $27.737.730 |
Rodrigo Arturo Izquierdo del Villar Socio | - | 30% | $12.059.533 |
Socio | - | 0.998% | $401.181 |
Texto oficial do extrato
Ministerio del Interior Patricio Corominas Mellado, Notario Público Titular de la 2º Notaría de Lo Barnechea, con oficio en calle Avenida La Dehesa 1201, Local 101, Región Metropolitana, certifica: Por escritura pública de fecha 10 de abril de 2025, repertorio Nº 2577, ante mí, don Roberto Zúñiga Rodríguez, domiciliado en Camino el Ñadis 3550, comuna de Lo Barnechea, Región Metropolitana; doña Esperanza Villar Ruiz, domiciliada en Camino el Ñadis número 3550, comuna de Lo Barnechea, Región Metropolitana; don Rodrigo Izquierdo Del Villar, domiciliado en Aurelio González número 3.716, departamento número 406, comuna de Vitacura, Región Metropolitana; y doña María Esperanza Zúñiga Villar, domiciliada en Camino el Ñadis número 3550, comuna de Lo Barnechea, Región Metropolitana, modificaron la sociedad “ROBERTO ZÚÑIGA & CIA. ABOGADOS LIMITADA”, sociedad inscrita a Fs. 39.381 Nº 27.659, en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago, correspondiente al año 2012, en los siguientes términos: 1) Cesión de derechos sociales: (i) don Roberto Zúñiga Rodríguez vendió, cedió y transfirió a don Rodrigo Izquierdo del Villar, quien compró, adquirió y aceptó para sí el 30% del total de los derechos sociales de la sociedad; (ii) doña Esperanza Villar Ruiz vendió, cedió y transfirió a doña María Esperanza Zúñiga Villar, quien compró, adquirió y aceptó para sí el 0,998% del total de los derechos sociales de la Sociedad. En consecuencia, quedaron como únicos y actuales socios de la sociedad don Roberto Zúñiga Rodríguez, don Rodrigo Izquierdo del Villar y doña María Esperanza Zúñiga Villar. 2) Los únicos y actuales socios modifican los siguientes artículos de los estatutos: “Artículo Segundo: La Sociedad tiene por objeto la prestación de servicios profesionales, asesoramiento y representación jurídica a cargo de los socios abogados; y la prestación de servicios de consultoría en gestión empresarial a cargo del socio ingeniero comercial. La Sociedad se compromete a no realizar actividades comerciales o industriales que estén gravadas con impuesto al valor agregado, limitándose exclusivamente a la prestación de los servicios profesionales señalados.”; y, “Artículo Quinto: El capital de la Sociedad es de cuarenta millones ciento noventa y ocho mil cuatrocientos cuarenta y cuatro pesos, íntegra y totalmente aportado y pagado por los socios, sucesores y continuadores legales, de contado y en dinero, ya ingresado a caja social, de la siguiente forma: a) don Roberto Zúñiga Rodríguez, aportó y pagó $27.737.730.-, equivalentes a un 69,002% del haber y capital social, pagados con anterioridad a este acto, de contado y en dinero; b) don Rodrigo Arturo Izquierdo del Villar, aportó y pagó $12.059.533.-, equivalentes a un 30% del haber y capital social, pagados con anterioridad a este acto, de contado y en dinero; y, c) doña María Esperanza Zúñiga Villar, aportó y pagó $401.181.-, equivalentes al 0,998% del haber y capital social, pagados con anterioridad a este acto, de contado y en dinero. En consecuencia, el capital social se encuentra integra y totalmente pagado a satisfacción de la Sociedad.”. En lo no modificado permanecen vigentes los estatutos sociales, especialmente en cuanto a que la responsabilidad de los socios queda limitada al monto de sus aportes. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 15 de abril de 2025, Patricio Corominas Mellado, Notario Público Titular.
Informações societárias
Objeto social
Prestación de servicios profesionales de asesoramiento y representación jurídica
Capital
Capital total
$40.198.444
Capital integralizado
$40.198.444
Capital pendente
$0
Sócios (2)
| Nome | RUT | Participação | Aporte |
|---|---|---|---|
ROBERTO ZÚÑIGA RODRÍGUEZ Socio 9.xxx.xxx-9 | 9.xxx.xxx-9 | 99.002% | $39.797.260 |
Socio 7.xxx.xxx-5 | 7.xxx.xxx-5 | 0.998% | $401.184 |
Administradores (1)
ROBERTO ZÚÑIGA RODRÍGUEZ
Histórico societário relatado
- Transformação· 12 de dezembro de 2022
ROBERTO ZÚÑIGA & CIA. ABOGADOS SpA se transforma en sociedad de responsabilidad limitada.
ROBERTO ZÚÑIGA RODRÍGUEZ · ESPERANZA VILLAR RUIZ
- Mudança de capital· 12 de dezembro de 2022
Se aumenta el capital social desde $39.797.260 a $40.198.444.
ROBERTO ZÚÑIGA RODRÍGUEZ · ESPERANZA VILLAR RUIZ
Texto oficial do extrato
MARÍA SOLEDAD SANTOS MUÑOZ, Abogado, Notario Titular Séptima Notaría de Santiago, Agustinas 1161 entrepiso, Santiago certifico que: Por escritura pública de fecha 12 de diciembre de 2022, repertorio Nº 12.180-2022, ante mí, don ROBERTO ZÚÑIGA RODRÍGUEZ, C.I. Nº 9.973.639-9 y doña ESPERANZA VILLAR RUIZ, C.I. Nº 7.404.974-5, ambos con domicilio en Cerro El Plomo número 5.420, oficina 1208, comuna de Las Condes, Región Metropolitana, modifican la sociedad “ROBERTO ZÚÑIGA & CIA. ABOGADOS SpA”, inscrita a fojas 39.381, número 27.659 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago correspondiente al año 2012, en sentido que: Uno. Se modifica el artículo cuarto del estatuto social, relativo al giro u objeto social, que se reemplaza íntegramente por el siguiente: “ARTICULO CUARTO: El giro u objeto de la sociedad será la prestación de servicios profesionales de asesoramiento y representación jurídica.”. Dos. Se modifica el artículo vigésimo del estatuto social, que no es materia de extracto. Tres. Se aumenta el capital social desde la suma $39.797.260.- a $40.198.444.-, dividido en 25.252 acciones ordinarias, nominativas, de una misma serie, de igual valor cada una y sin valor nominal, el que se encuentra íntegramente suscrito y pagado por don ROBERTO ZÚÑIGA RODRÍGUEZ y por doña ESPERANZA VILLAR RUIZ, en la forma señalada en la escritura extractada, por lo que se modifica íntegramente los artículos quinto y primero transitorio del estatuto social, como siguen: “ARTICULO QUINTO: El capital de la sociedad es de $40.198.444.-, dividido en 25.252 acciones ordinarias, nominativas, de una misma serie, de igual valor cada una y sin valor nominal, el que se encuentra íntegramente suscrito y pagado, en la forma que se indica en el Artículo Primero Transitorio de estos estatutos. Tanto el capital inicial como los eventuales aumentos de capital podrán pagarse en dinero efectivo o con otros bienes. La valorización de estos se acordará en forma unánime por los accionistas, y en caso de los aumentos de capital, de la manera que se acuerde con ocasión de cada aumento. En silencio o a falta de acuerdo los aportes deberán pagarse en dinero efectivo. Los saldos insolutos de las acciones suscritas y no pagadas no serán objeto de reajuste en proporción alguna. Las acciones cuyo valor no se encuentre totalmente pagado gozarán de iguales derechos que las íntegramente pagadas, inclusive en lo relativo a la participación que les corresponda en los beneficios sociales, pero no en las devoluciones de capital caso en el que concurrirán en proporción a la parte pagada. Los aumentos de capital solo podrán ser acordados por la unanimidad de los accionistas y éstos tendrán derecho de opción preferente."; y "ARTÍCULO PRIMERO TRANSITORIO: El capital de la sociedad es de $40.198.444.-, dividido en 25.252 acciones íntegramente suscrito y pagado de la siguiente manera: a) Con la cantidad de $39.797.260.-, incluida su revalorización al 31 de diciembre del año 2021, dividido en 25.000 acciones nominativas, todas de una misma serie, de igual valor y sin valor nominal que se encuentra integra y totalmente suscrito y pagado por don ROBERTO ZÚÑIGA RODRÍGUEZ, ya ingresado a caja social; y b) Con la cantidad de $401.184.- mediante la emisión de 252 nuevas acciones de pago, nominativas, de la misma serie en circulación, de igual valor y sin valor nominal a un valor de colocación de $1.592.- por acción, que han sido suscritas por doña ESPERANZA VILLAR RUIZ en este mismo acto y pagadas de contado y en dinero, ya ingresado a caja social.” Cuatro. En este mismo acto y como consecuencia del aumento de capital anterior, don ROBERTO ZÚÑIGA RODRÍGUEZ y doña ESPERANZA VILLAR RUIZ, de conformidad al artículo 427 del Código de Comercio, acordaron transformar la sociedad por acciones “ROBERTO ZÚÑIGA & CIA. ABOGADOS SpA”, en una sociedad de profesionales del tipo de responsabilidad limitada regida por la ley Nº3.918 y modificaciones, y demás pertinentes del derecho privado, y, reemplazando íntegramente sus estatutos por uno nuevo que a continuación se extracta: SOCIOS: don ROBERTO ZÚÑIGA RODRÍGUEZ y doña ESPERANZA VILLAR RUIZ, ambos con domicilio en Cerro El Plomo número 5.420, oficina 1208, comuna de Las Condes, Región Metropolitana. RAZÓN SOCIAL: “ROBERTO ZÚÑIGA & CIA. ABOGADOS LIMITADA”, pudiendo usar también, para fines comerciales, bancarios y publicitarios el nombre de fantasía “ERZU ABOGADOS LTDA.”. OBJETO: El objeto de la sociedad es la prestación de servicios profesionales de asesoramiento y representación jurídica. DOMICILIO: La sociedad tendrá su domicilio en la ciudad de Santiago, sin perjuicio que pueda establecer agencias o sucursales en otros puntos del país. ADMINISTRACION, REPRESENTACION Y USO DE LA RAZON SOCIAL. La administración, representación y el uso de la razón social y/o nombre de fantasía corresponderá al socio don ROBERTO ZÚÑIGA RODRÍGUEZ, con amplias facultades. DURACION: La duración de la sociedad será de 10 años a contar de esta fecha, plazo que se renovará automática y sucesivamente por períodos iguales y sucesivos de cinco años cada uno, a menos que uno o varios de los socios expresen su voluntad de ponerle término en el plazo estipulado o en sus renovaciones mediante una declaración hecha por escritura pública y de la cual se tomará nota al margen de la inscripción respectiva en el Registro de Comercio con una anticipación mínima de sesenta días a la fecha fijada para la disolución. CAPITAL SOCIAL: El capital de la sociedad es de $40.198.444.-, íntegra y totalmente aportado y pagado por los socios, de contado y en dinero, con anterioridad, ya ingresado a caja social, de la siguiente forma: a) don ROBERTO ZÚÑIGA RODRÍGUEZ, aportó y pagó $39.797.260.-, equivalentes a un 99,002% del haber y capital social; y b) doña ESPERANZA VILLAR RUIZ, aporta $401.184.-, equivalentes al 0,998% del haber y capital social. En consecuencia, el capital social se encuentra integra y totalmente pagado a satisfacción de la sociedad. RESONSABILIDAD SOCIOS: socios limitan su responsabilidad hasta el monto de los respectivos aportes. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Se facultó al portador para su completa y total legalización. Santiago, 15 de diciembre de 2022.
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ROBERTO ZUÑIGA & CIA. ABOGADOS LIMITADA
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ROBERTO ZÚÑIGA & CÍA. ABOGADOS SpA
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