Inmobiliaria Santa Marta Limitada
Diario Oficial
Informações societárias
Capital
Capital total
$475.000.000
Representação legal (4)
Histórico societário relatado
- Constituição· 25 de setembro de 2004
Se publicó el extracto original de constitución de Inmobiliaria Santa Marta Limitada.
INMOBILIARIA SANTA MARTA LIMITADA
- Mudança de capital· 29 de novembro de 2021
Se rectifica la participación societaria atribuida erróneamente a José Luís Gutiérrez Valdebenito, fijándola en 42,1%.
- Mudança de capital· 17 de janeiro de 2022
Se rectifica y sanea el pacto social, corrigiendo nuevamente la participación de José Luís Gutiérrez Valdebenito al 42,1%.
Texto oficial do extrato
HÉCTOR EFRAIN BASUALTO BUSTAMANTE, Abogado, Notario Público, con oficio en la comuna de Temuco, calle Antonio Varas Nº 854, certifico: Por escritura público Repertorio N° 1137-2022 de fecha 22 de Marzo de 2022, ante mí, don STEVEN RICHARD MACKAY PASLACK, chileno, abogado, casado, cédula de identidad número doce millones setecientos siete mil cuatrocientos cuarenta y cuatro guión cinco, con domicilio en Temuco, calle Antonio Varas ochocientos cincuenta y cuatro oficina novecientos dos, en representación de doña Marta Haydee Manríquez Soto, con domicilio en calle Trizano número doscientos cuarenta y cinco; Departamento novecientos uno de la ciudad de Temuco; de doña María Jesús Gutiérrez Manríquez, con domicilio en Avenida El Carmen número mil ciento cincuenta y dos Casa cuarenta y cuatro comuna de Huechuraba, de paso en ésta; de don Luis Rodrigo Gutiérrez Manríquez, con domicilio en calle Trizano doscientos cuarenta y cinco; Departamento novecientos uno de la ciudad de Temuco; y de don Pablo Andrés Gutiérrez Manríquez, con domicilio en Pasaje Nikola Tesla número trescientos sesenta y uno, de la ciudad de Temuco; rectificó y saneo pacto social, “INMOBILIARIA SANTA MARTA LIMITADA”, en el siguiente sentido: UNO) Por escritura pública de fecha diecisiete de enero de dos mil veintidós, otorgada en la Notaría de Temuco de don Héctor Basualto Bustamante, repertorio número doscientos cuarenta y siete guión dos mil veintidós, se rectificó y saneó la sociedad de responsabilidad limitada denominada “INMOBILIARIA SANTA MARTA LIMITADA”, sociedad cuyo extracto fue inscrito a fojas ochocientos cuarenta y cuatro vuelta número seiscientos sesenta en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Temuco, correspondiente al año dos mil cuatro y publicado en la edición del Diario Oficial número treinta y siete mil novecientos setenta, de fecha veinticinco de septiembre de dos mil cuatro. El capital social es la suma de CUATROCIENTOS SETENTA Y CINCO MILLONES DE PESOS. El rol único tributario es setenta y seis millones doscientos catorce mil doscientos setenta guión ocho. DOS) En la cláusula segunda de la escritura referida en el punto anterior, erróneamente se señaló que al socio fallecido don José Luís Gutiérrez Valdebenito, le correspondía una participación societaria de un veinte por ciento en el capital social, en circunstancias que su participación era de un cuarenta y dos coma uno por ciento, por lo que esta escritura tiene por objeto rectificar la cláusula señalada en cuanto a establecer correctamente el porcentaje de participación que tenía el socio falleciendo, siendo como se dijo un cuarenta y dos coma uno por ciento.- Se rectifica además el extracto de la referida escritura, en el mismo sentido. TRES) Por escritura pública de fecha veintinueve de noviembre de dos mil veintiuno, otorgada en la notaría de Temuco de don Héctor Basualto Bustamante, repertorio número seis mil treinta y siete guión dos mil veintiuno, se modificó la sociedad de responsabilidad limitada denominada “INMOBILIARIA SANTA MARTA LIMITADA”, sociedad cuyo extracto fue inscrito a fojas ochocientos cuarenta y cuatro vuelta número seiscientos sesenta en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Temuco, correspondiente al año dos mil cuatro y publicado en la edición del Diario Oficial número treinta y siete mil novecientos setenta, de fecha veinticinco de septiembre de dos mil cuatro. El capital social es la suma de cuatrocientos setenta y cinco millones de pesos. El rol único tributario es setenta y seis millones doscientos catorce mil doscientos setenta guión ocho. CUATRO) En la cláusula segunda de la escritura referida en el punto tres anterior, erróneamente se señaló que al socio fallecido don José Luís Gutiérrez Valdebenito, le correspondía una participación societaria de un veinte por ciento en el capital social, en circunstancias que su participación era de un cuarenta y dos coma uno por ciento, por lo que esta escritura tiene por objeto rectificar la cláusula señalada en cuanto a establecer correctamente el porcentaje de participación que tenía el socio falleciendo, siendo como se dijo un cuarenta y dos coma uno por ciento.- Se rectifica además el extracto de la referida escritura, en el mismo sentido y se corrige en dicho extracto el segundo apellido del socio Luis Rodrigo Gutiérrez Manríquez, siendo este Manríquez y no Manrique como erróneamente se consignó. CINCO) El compareciente además comparece saneando las escrituras individualizadas en las cláusulas primera y tercera de este instrumento, en virtud de la inscripción extemporánea de los extractos de las mismas. Demás estipulaciones constan escritura extractada.- Temuco, 25 de Marzo de 2022.-
Informações societárias
Capital
Capital total
$475.000.000
Sócios (4)
| Nome | RUT | Participação | Aporte |
|---|---|---|---|
Socio | - | - | - |
María Jesús Gutiérrez Manríquez Socio | - | - | - |
Luis Rodrigo Gutiérrez Manríquez Socio | - | - | - |
Pablo Andrés Gutiérrez Manríquez Socio | - | - | - |
Histórico societário relatado
- Constituição· 14 de setembro de 2004
Constitución original de Inmobiliaria Santa Marta Limitada.
Marta Haydee Manríquez Soto · José Luís Gutiérrez Valdebenito
- Falecimento· 27 de agosto de 2015
Fallece intestado el socio José Luís Gutiérrez Valdebenito.
- Sucessão· 26 de março de 2019
Se concede la posesión efectiva de la herencia de José Luís Gutiérrez Valdebenito.
José Luís Gutiérrez Valdebenito · Marta Haydee Manríquez Soto · María Jesús Gutiérrez Manríquez · Luis Rodrigo Gutiérrez Manríquez · Pablo Andrés Gutiérrez Manríquez
- Outro ato· 18 de outubro de 2021
Se materializa la subinscripción o anotación marginal de la posesión efectiva al margen de la inscripción de la constitución.
Marta Haydee Manríquez Soto · María Jesús Gutiérrez Manríquez · Luis Rodrigo Gutiérrez Manríquez · Pablo Andrés Gutiérrez Manríquez
Texto oficial do extrato
HECTOR EFRAIN BASUALTO BUSTAMANTE, Abogado, Notario Público, con oficio en la comuna de Temuco, calle Antonio Varas N° 854, certifico: Por escritura pública Repertorio N° 247-2022 de hoy ante mí, doña Marta Haydee Manríquez Soto, con domicilio en calle Trizano número doscientos cuarenta y cinco; Departamento novecientos uno de la ciudad de Temuco; doña María Jesús Gutiérrez Manríquez, con domicilio en Avenida El Carmen número mil ciento cincuenta y dos Casa cuarenta y cuatro comuna de Huechuraba, de paso en ésta; don Luis Rodrigo Gutiérrez Manríquez, con domicilio en calle Trizano doscientos cuarenta y cinco; Departamento novecientos uno de la ciudad de Temuco; y don Pablo Andrés Gutiérrez Manríquez, con domicilio en Pasaje Nikola Tesla número trescientos sesenta y uno, de la ciudad de Temuco; sanean pacto social, “INMOBILIARIA SANTA MARTA LIMITADA”, sociedad cuyo extracto fue inscrito a fojas ochocientos cuarenta y cuatro vuelta número seiscientos sesenta en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Temuco, correspondiente al año dos mil cuatro. El capital social es la suma de cuatrocientos setenta y cinco millones de pesos. El rol único tributario es setenta y seis millones doscientos catorce mil doscientos setenta guión ocho. 1.- Con fecha veintisiete de agosto de dos mil quince falleció intestado, el socio don José Luís Gutiérrez Valdebenito, quien tenía una participación societaria de un veinte por ciento en el capital social.- La Posesión efectiva quedada al fallecimiento del causante, fue concedida por resolución número tres mil seiscientos siete de fecha veintiséis de marzo de dos mil diecinueve, del Director Regional Región de la Araucanía del Servicio de Registro Civil e Identificación de Chile, publicadas en el diario www.soytemuco.cl con fecha uno de abril de dos mil diecinueve.- De acuerdo con el pacto social, cláusula décima, en caso de fallecimiento de uno de los socios, la sociedad continua con los herederos del socio fallecido.- Los sucesores legales de don José Luís Gutiérrez Valdebenito, son doña Marta Haydee Manríquez Soto; doña María Jesús Gutiérrez Manríquez; don Luis Rodrigo Gutiérrez Manríquez; y don Pablo Andrés Gutiérrez Manríquez, quienes con el objeto de continuar la sociedad solicitaron la subinscripción o anotación marginal de la posesión efectiva, al margen de la inscripción del extracto de la constitución de la sociedad, lo que se materializó con fecha dieciocho de octubre de dos mil veintiuno.- 2.- Son únicos y exclusivos socios de la compañía doña Marta Haydee Manríquez Soto; doña María Jesús Gutiérrez Manríquez; don Luis Rodrigo Gutiérrez Manríquez; y don Pablo Andrés Gutiérrez Manríquez. 3.- Saneamiento: En el extracto de la escritura de constitución de la sociedad referida, se incurrió en un error al individualizar al socio don LUIS RODRIGO GUTIERREZ MANRIQUEZ, por cuanto allí en la primera parte del extracto se individualizó como LUIS RODRIGO GUTIERREZ VALDEBENITO, por lo que esta escritura tiene por objetivo rectificar dicho extracto de fecha catorce de septiembre de dos mil cuatro, otorgado por el notario titular de Temuco don Claudio González Rosas, en el sentido de señalar que el nombre correcto del socio referido es LUIS RODRIGO GUTIERREZ MANRIQUEZ. Los comparecientes además ejercen la prerrogativa de la Ley número diecinueve mil cuatrocientos noventa y nueve, saneando el extracto de la escritura originaria en cuanto establecer que el nombre correcto del socio es LUIS RODRIGO GUTIERREZ MANRIQUEZ y no LUIS RODRIGO GUTIERREZ VALDEBENITO, como erróneamente se consignó. Demás estipulaciones constan escritura extractada.- Temuco, 17 de Enero de 2022.-
Informações societárias
Capital
Capital total
$260.600.000
Sócios (4)
| Nome | RUT | Participação | Aporte |
|---|---|---|---|
Socio | - | 60% | $156.360.000 |
María Jesús Gutiérrez Manríquez Socio | - | 13.33% | $34.746.667 |
Luis Rodrigo Gutiérrez Manríquez Socio | - | 13.34% | $34.746.667 |
Pablo Andrés Gutiérrez Manríquez Socio | - | 13.33% | $34.746.666 |
Histórico societário relatado
- Falecimento· 26 de março de 2019
Se deja constancia del fallecimiento de José Luís Gutiérrez Valdebenito y de su posesión efectiva.
José Luís Gutiérrez Valdebenito · Marta Haydee Manríquez Soto · María Jesús Gutiérrez Manríquez · Luis Rodrigo Gutiérrez Manríque · Pablo Andrés Gutiérrez Manríquez
Texto oficial do extrato
HÉCTOR EFRAÍN BASUALTO BUSTAMANTE, Abogado, Notario Público, con oficio en la comuna de Temuco, calle Antonio Varas Nº 854, certifico: Por escritura Repertorio N° 6037-2021, ante mí, doña Marta Haydee Manríquez Soto, con domicilio en calle Trizano número doscientos cuarenta y cinco; Departamento novecientos uno de la ciudad de Temuco; doña María Jesús Gutiérrez Manríquez, con domicilio en Avenida El Carmen número mil ciento cincuenta y dos Casa cuarenta y cuatro comuna de Huechuraba, de paso en ésta; don Luis Rodrigo Gutiérrez Manríquez, con domicilio en calle Trizano doscientos cuarenta y cinco; Departamento novecientos uno de la ciudad de Temuco; y don Pablo Andrés Gutiérrez Manríquez, con domicilio en Pasaje Nikola Tesla número trescientos sesenta y uno, de la ciudad de Temuco; modifican pacto social, “INMOBILIARIA SANTA MARTA LIMITADA”, sociedad cuyo extracto fue inscrito a fojas ochocientos cuarenta y cuatro vuelta número seiscientos sesenta en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Temuco, correspondiente al año dos mil cuatro. El capital social es la suma de cuatrocientos setenta y cinco millones de pesos. El rol único tributario es setenta y seis millones doscientos catorce mil doscientos setenta guión ocho. Actuales modificaciones consisten en: Uno) Atendido al fallecimiento de ex socio José Luís Gutiérrez Valdebenito, se solicitó su posesión efectiva, otorgándose esta por resolución número tres mil seiscientos siete de fecha veintiséis de marzo de dos mil diecinueve, del Director Regional Región de la Araucanía del Servicio de Registro Civil e Identificación de Chile. Los herederos y sucesores legales son, doña Marta Haydee Manríquez Soto; doña María Jesús Gutiérrez Manríquez; don Luis Rodrigo Gutiérrez Manrique; y don Pablo Andrés Gutiérrez Manríquez, de cual se dejó constancia al margen de inscripción del extracto de la constitución social. La composición societaria queda compuesta por los siguientes socios: doña Marta Haydee Manríquez Soto; doña María Jesús Gutiérrez Manríquez; don Luis Rodrigo Gutiérrez Manrique; y don Pablo Andrés Gutiérrez Manríquez. Disminución de Capital: Los comparecientes, acordaron modificar la sociedad en el sentido de disminuir su capital social de acuerdo con lo efectivamente enterado y pagado por cada uno, es decir, disminuyen el capital social de la suma de cuatrocientos setenta y cinco millones de pesos a la suma de DOSCIENTOS SESENTA MILLONES SEISCIENTOS MIL PESOS, el que queda conformado de la siguiente forma: La sucesión de don José Luís Gutiérrez Valdebenito, ciento veintinueve millones de pesos, equivalente a un cuarenta nueve coma cinco por ciento de participación en el capital social. Doña Marta Haydee Manríquez Soto, ciento veintinueve millones de pesos, equivalente a un cuarenta nueve coma cinco por ciento de participación en el capital social. Doña María Jesús Gutiérrez Manríquez, cien mil pesos, equivalente a un cero coma cero cuatro por ciento de participación en el capital social. Don Luis Rodrigo Gutiérrez Manríquez, dos millones cuatrocientos mil pesos, equivalente a un cero coma nueve dos por ciento de participación en el capital social. Y don Pablo Andrés Gutiérrez Manríquez, cien mil pesos, equivalente a un cero coma cero cuatro por ciento de participación en el capital social. Distribución y adjudicación: Los comparecientes acordaron distribuirse y adjudicarse la participación que el causante don José Luís Gutiérrez Valdebenito, tenía en el capital social equivalente a un cuarenta y nueve coma cinco por ciento y que asciende a la suma de ciento veintinueve millones de pesos, de la siguiente forma: Doña Marta Haydee Manríquez Soto, se adjudica en la suma de veintisiete millones trescientos sesenta mil pesos, el diez coma cinco por ciento de la participación que al causante le correspondía en el capital social. Doña María Jesús Gutiérrez Manríquez, se adjudica en la suma de treinta y cuatro millones seiscientos cuarenta y seis mil seiscientos sesenta y siete pesos, el trece coma veintinueve por ciento de la participación que al causante le correspondía en el capital social. Don Luis Rodrigo Gutiérrez Manríquez, se adjudica en la suma de treinta y dos millones trescientos cuarenta y seis mil seiscientos sesenta y siete pesos, el doce coma cuarenta y dos por ciento de la participación que al causante le correspondía en el capital social. Y don Pablo Andrés Gutiérrez Manríquez, se adjudica en la suma de treinta y cuatro millones seiscientos cuarenta y seis mil seiscientos sesenta y seis pesos, el trece coma veintinueve por ciento de la participación que al causante le correspondía en el capital social. Los alcances que se pudieron producir en virtud de esta distribución y adjudicación, se compensarán con la adjudicación de otros bienes de la masa hereditaria, por lo que vienen en este acto, en renunciar a las acciones resolutorias y se otorgan total y completo finiquito en lo relativo a la adjudicación del interés del causante en esta sociedad. Actuales socios y participación: La sociedad queda compuesta por los siguientes socios y participación en el capital social: Doña Marta Haydee Manríquez Soto, ciento cincuenta y seis millones trescientos sesenta mil pesos, equivalente a un sesenta por ciento de participación en el capital social. Doña María Jesús Gutiérrez Manríquez, treinta y cuatro millones setecientos cuarenta y seis mil seiscientos sesenta y siete pesos, equivalente a un trece coma treinta y tres por ciento de participación en el capital social. Don Luis Rodrigo Gutiérrez Manríquez, treinta y cuatro millones setecientos cuarenta y seis mil seiscientos sesenta y siete pesos, equivalente a un trece coma treinta y cuatro por ciento de participación en el capital social. Y don Pablo Andrés Gutiérrez Manríquez, treinta y cuatro millones setecientos cuarenta y seis mil seiscientos sesenta y seis pesos, equivalente a un trece coma treinta y tres por ciento de participación en el capital. Las utilidades y pérdidas, se repartirán, entre los socios, en el mismo porcentaje de su participación en el capital social. En lo no modificado rige pacto social. Demás estipulaciones constan escritura extractada.- Temuco, 02 de Diciembre de 2021.
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INMOBILIARIA SANTA MARTA LIMITADA
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INMOBILIARIA SANTA MARTA LIMITADA
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CVE 2058709
