Sociedade de Responsabilidade Limitada76.208.667-0

Rivas Dibán Consultoría Limitada

MODIFICACIÓN — 14 de out. de 2023

Diario Oficial

ModificaçãoDiario Oficial · 2023-10-14Ver PDF (CVE 2390688)

Informações societárias

Ltda
Bulnes, Ñuble
Administração: La administración y representación de la sociedad corresponderá a cuatro administradores que actuarán separada e indistintamente

Administradores (4)

Juan Esteban Rivas Abarzúa

7.xxx.xxx-5Administrador

María Cristina Dibán Hasbún

7.xxx.xxx-0Administrador

Juan Esteban Rivas Dibán

16.xxx.xxx-8Administrador

Francisco Javier Rivas Dibán

16.xxx.xxx-4Administrador

Texto oficial do extrato

Patricio Raby Benavente, abogado, Titular de la Quinta Notaría de Santiago, domiciliado en Gertrudis Echenique 30, oficina 32, Las Condes, Santiago, certifica: por escritura pública de fecha 04 de Octubre de 2023, repertorio 10446-2023, ante mí, Uno) Juan Esteban Rivas Abarzúa, cédula de identidad número 7.847.187-5; Dos) María Cristina Dibán Hasbún, cédula de identidad número 7.012.010-0; Tres) Juan Esteban Rivas Dibán, cédula de identidad número 16.095.763-8; y, Cuatro) Francisco Javier Rivas Dibán, cédula de identidad número 16.368.204-4, todos domiciliados en Avenida Francisco Bulnes Correa Número 1.468, comuna de Las Condes, modificaron estatutos sociales de la sociedad Rivas Dibán Consultoría Limitada o Lag Consulting Limitada, específicamente el primer párrafo del artículo quinto, designando a los cuatro accionistas como administradores de la sociedad, dejando completamente vigentes las estipulaciones relacionadas a las Facultades Uno a la Ocho relativas a la administración. Por lo tanto, el artículo quinto, primer párrafo, ha quedado establecido de la siguiente forma: “Artículo Quinto: La administración y representación de la sociedad, el uso de la razón social y el nombre de fantasía, corresponderá a don Juan Esteban Rivas Abarzúa, doña María Cristina Dibán Hasbún, don Juan Esteban Rivas Dibán y don Francisco Javier Rivas Dibán, quienes de forma separada e indistintamente y anteponiendo su firma a la razón social, obligarán y representarán judicial y extrajudicialmente a la sociedad en todos los actos relativos a su objeto o giro ordinario”. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 10 de Octubre de 2023. Patricio Raby Benavente, Notario Público.

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