Sociedad Agricola Y Forestal Los Condores Limitada
Diario Oficial
Informações societárias
Capital
Capital total
$2.000.000
Sócios (4)
| Nome | RUT | Participação | Aporte |
|---|---|---|---|
Socio | - | 50% | $1.000.000 |
Socio | - | 16.67% | $333.334 |
Michell Alberto Brenet Barrera Socio | - | 16.67% | $333.334 |
Socio | - | 16.66% | $333.332 |
Administradores (4)
Histórico societário relatado
- Constituição· 8 de março de 2012
Se constituye la sociedad.
- Saída de sócio· 22 de outubro de 2024
Cesar Alberto Anguita Contreras se retira de la sociedad y vende el cien por ciento de su interés social.
Cesar Alberto Anguita Contreras · Jean Paul Brenet Barrera · Michell Alberto Brenet Barrera · Nicole Andrea Brenet Barrera
Texto oficial do extrato
ÁLVARO VALDEBENITO SALGADO, Abogado, Notario Público Titular de la Primera Notaria de Temuco, con oficio en la comuna de Temuco, calle Hochstetter N° 560, certifico: Por escritura pública de Repertorio N° 4132-2024 de fecha 22 de Octubre de 2024, ante mí, don MICHELL LUIS BRENET WERTH, con domicilio en calle Hochstetter número seiscientos cinco Departamento mi cuatrocientos dos de la ciudad de Temuco; don CESAR ALBERTO ANGUITA CONTRERAS, con domicilio en calle General Mackenna número mil ciento ochenta y nueve de la ciudad de Temuco; don JEAN PAUL BRENET BARRERA, con domicilio en calle Isla de Capri número novecientos ochenta y cinco de la ciudad de Temuco; don MICHELL ALBERTO BRENET BARRERA, con domicilio en calle Bello Horizonte número mil ciento cuarenta Departamento setecientos ocho, comuna de Las Condes, región Metropolitana, y doña NICOLE ANDREA BRENET BARRERA con domicilio en calle Warren Smith número ciento siete Departamento doscientos seis, comuna de Las Condes, Región Metropolitana, modificaron pacto social “SOCIEDAD AGRICOLA Y FORESTAL LOS CONDORES LIMITADA”, constituida por escritura pública de fecha ocho de marzo de dos mil doce, otorgada en la Notaría de Temuco de don Jorge Tadres Hales, cuyo extracto fue inscrito a fojas cuatrocientos sesenta y dos vuelta número trescientos setenta y seis en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Temuco, correspondiente al año dos mil doce. Capital $2.000.000. RUT: 76.202.253-2. Modificación Socio Cesar Alberto Anguita Contreras, se retira de la sociedad, vendiendo el cien por ciento de su interés social a Jean Paul Brenet Barrera, a Michell Alberto Brenet Barrera, y a Nicole Andrea Brenet Barrera, quienes compraron para sí, en partes iguales y que corresponde a un cincuenta por ciento de participación en el capital social. El precio fue quince millones de pesos. Actuales socios modifican: A) La cláusula CUARTA del pacto social en el sentido que: La administración de la sociedad y uso de la razón social corresponderá a don Michell Luis Brenet Werth, y a falta de éste, lo que no será necesario acreditar frente a terceros, corresponderá a don Jean Paul Brenet Barrera, a don Michell Alberto Brenet Barrera, y a doña Nicole Andrea Brenet Barrera, dos cualquiera de ellos, con todas y cada una de las facultades descritas en la misma cláusula que se modifica. Además se elimina de esta cláusula la última parte que dice relación con la siguiente limitación: “No obstante lo anterior cuando se trate de comprometer a la empresa en cualquier negocio que involucre sumas superiores a la totalidad del capital social, los socios deberán actuar en forma conjunta, necesitándose, por tanto, la concurrencia y firma de ambos”. B) La cláusula QUINTA del pacto social en el sentido que: El capital social es la suma de dos millones de pesos, en el cual participan: Uno) Don don Michell Luis Brenet Werth, con la suma de un millón de pesos, que equivale a un cincuenta por ciento de participación en el capital social. Dos) Don Jean Paul Brenet Barrera, con la suma de trescientos treinta y tres mil trecientos treinta y cuatro mil pesos, que equivale a un dieciséis coma sesenta y siete por ciento de participación en el capital social. Tres) Don Michell Alberto Brenet Barrera, con la suma de trescientos treinta y tres mil trecientos treinta y cuatro mil pesos, que equivale a un dieciséis coma sesenta y siete por ciento de participación en el capital social. Y Cuatro) Doña Nicole Andrea Brenet Barrera, con la suma de trescientos treinta y tres mil trecientos treinta y dos mil pesos, que equivale a un dieciséis, como sesenta y seis por ciento de participación en el capital social. C) La cláusula SEPTIMO del pacto social en el sentido que: Las utilidades y eventuales pérdidas de la sociedad, se repartirán entre los socios, a prorrata de su participación en el capital social. D) Las partes acuerdan REEMPLAZAR la cláusula DECIMO SEGUNDA, por la siguiente: “DECIMO SEGUNDO: Las dificultades que surjan durante la vigencia de la sociedad, serán resueltas por un árbitro arbitrador, en única instancia, designando en este acto al abogado don Steven Richard Mackay Paslack, o bien podrá ser designado por las partes de mutuo consenso y si éstas no lo acordaren y el árbitro designado no pudiera o no quisiera asumir sus funciones, cualquiera de ellas podrá recurrir a la justicia ordinaria, para la designación del árbitro, el que tendrá las facultades de arbitrador.- El árbitro podrá declarar la terminación anticipada, la rescisión, resolución o nulidad de la compañía. En lo no modificado rige pacto social. Demás estipulaciones constan escritura extractada.- Temuco, 23 de Octubre 2024.
Atuações recentes
- MODIFICACIÓN
SOCIEDAD AGRICOLA Y FORESTAL LOS CONDORES LIMITADA
CVE 2563183
