Inversiones E Inmobiliaria Catillo Limitada
Diario Oficial
Informações societárias
Capital
Capital total
$22.500.000
Capital integralizado
$22.500.000
Capital pendente
$0
Sócios (5)
| Nome | RUT | Participação | Aporte |
|---|---|---|---|
Sergio Ricardo Aguilera Bustamante Socio 10.xxx.xxx-5 | 10.xxx.xxx-5 | 20% | $4.500.000 |
Viviana Carolina Noriega Sepúlveda Socio 9.xxx.xxx-k | 9.xxx.xxx-k | 20% | $4.500.000 |
Paula Beatriz Aguilera Noriega Socio 20.xxx.xxx-9 | 20.xxx.xxx-9 | 20% | $4.500.000 |
Alonso Ignacio Aguilera Noriega Socio 19.xxx.xxx-8 | 19.xxx.xxx-8 | 20% | $4.500.000 |
Vicente Andrés Aguilera Noriega Socio 20.xxx.xxx-6 | 20.xxx.xxx-6 | 20% | $4.500.000 |
Administradores (2)
Sergio Ricardo Aguilera Bustamante
Paula Beatriz Aguilera Noriega
Representação legal (1)
Sergio Ricardo Aguilera Bustamante
Texto oficial do extrato
Raul Undurraga Laso, abogado, Notario Público titular de la 29° Notaría de Santiago, calle Mac Iver N° 225, oficina 302, certifica: Por escritura pública de fecha 27 de diciembre de 2018, ante mí, Sergio Ricardo Aguilera Bustamante, C.I. N°10.084.264-5, por sí y en representación de doña Paula Beatriz Aguilera Noriega, C.I. N° 20.418.800-9, doña Viviana Carolina Noriega Sepúlveda, C.I. N°9.764.828-K, don Alonso Ignacio Aguilera Noriega, C.I. N° 19.688.163-8 y don Vicente Andrés Aguilera Noriega, C.I. N°20.283.876-6; todos domiciliados en calle Carlos Ossandón N°951 Casa C, Comuna de La Reina, Santiago, modificaron la sociedad Inversiones E Inmobiliaria Catillo Limitada, RUT 76.201.440-8, inscrita a fjs. 39.674 N°29.507 año 2004, en el siguiente sentido: I. Se acuerda el ingreso del nuevo socio a la Sociedad, Vicente Andrés Aguilera Noriega, modificando los estatutos sociales en el sentido de aumentar el capital en la suma de $7.500.000, pasando el capital actual de $15.000.000 a la suma de $22.500.000. El referido aumento de capital será enterado de la siguiente forma: a) Doña Paula Beatriz Aguilera Noriega, aporta la suma de $1.500.000, la cual se paga en este acto y en dinero efectivo; b) Don Alonso Ignacio Aguilera Noriega, aporta la suma de $1.500.000, la cual se paga en este acto y en dinero efectivo; y c) Don Vicente Andrés Aguilera Noriega, aporta la suma de $4.500.000, la cual se paga en este acto y en dinero efectivo. En consecuencia de lo expresado, quedan como únicos socios en la sociedad “Inversiones E Inmobiliaria Catillo Limitada”: don Sergio Ricardo Aguilera Bustamante, con un 20% de los derechos sociales; doña Viviana Carolina Sepúlveda con un 20% de los derechos sociales; doña Paula Beatriz Aguilera Noriega, con un 20% de los derechos sociales; don Alonso Ignacio Aguilera Noriega, con un 20% de los derechos sociales respecto del capital social; y don Vicente Andrés Aguilera Noriega con un 20% de los derechos sociales. II. Se modifica el artículo 4° de los estatutos sociales, por el siguiente: “CUARTO: El capital social es la suma de $22.500.000, que los socios han aportado y pagado de la siguiente forma: don Sergio Ricardo Aguilera Bustamante aporta la suma de $4.500.000, equivalente a un 20% de los derechos sociales; doña Viviana Carolina Noriega Sepúlveda aporta la suma de $4.500.000, equivalente a un 20% de los derechos sociales; doña Paula Beatriz Aguilera Noriega aporta la suma de $4.500.000, equivalente a un 20% de los derechos sociales; don Alonso Ignacio Aguilera Noriega aporta la suma de $4.500.000, equivalente a un 20% de los derechos sociales; y don Vicente Andrés Aguilera Noriega aporta la suma de $4.500.000, equivalente a un 20% de los derechos sociales; todos los aportes se encuentran ya enterados en arcas sociales a esta fecha, en dinero efectivo, y de los cuales la sociedad se da por recibida a su entera satisfacción”. III. Se modifica el artículo 8° de los estatutos sociales, por el siguiente: “OCTAVO: Las utilidades y eventuales pérdidas se repartirán, respectivamente, en la misma proporción correspondiente a los aportes de los socios al capital social, o bien en la proporción que determine el administrador. Los socios tendrán derecho a retirar anualmente a cuenta de utilidades existentes o futuras, la suma que en su oportunidad determine el administrador de la sociedad. La administración de la Sociedad podrá fijar, con cargo a la misma, una remuneración o pago al o los socios que aporten su trabajo permanente a la Sociedad, que se determinará según su dedicación y tiempo.”. IV. Se modifica el artículo 12° de los estatutos sociales, por el siguiente: “DUODÉCIMO: En caso de fallecimiento de cualquiera de los socios, la sociedad continuará con sus herederos. La participación que a cada uno le corresponda será la que se determine en la masa partible. Los herederos deberán en tal caso actuar a través de un apoderado común, que deberán designar dentro del plazo de cuarenta días contados desde el fallecimiento, y si así no lo hicieren, lo designará el árbitro señalado más adelante. En todo caso dicho mandatario no podrá participar en la administración de la Sociedad. En caso de fallecimiento, incapacidad o inhabilidad del administrador don Sergio Ricardo Aguilera Bustamante, continuará con la administración y el uso de la razón social, la socia doña Paula Beatriz Aguilera Noriega”. V. Se modifica el artículo 6° de los estatutos sociales, por el siguiente: “SEXTO: La administración y el uso de la razón social corresponderá a don Sergio Ricardo Aguilera Bustamante, quien anteponiendo la razón social a su firma, la representará con las más amplias facultades, pudiendo obligarla en toda clase de actos y contratos. En ausencia del administrador por cualquier causal, la administración y el uso de la razón social corresponderá a doña Paula Beatriz Aguilera Noriega”. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 9 de enero de 2019.
Atuações recentes
- MODIFICACIÓN
INVERSIONES E INMOBILIARIA CATILLO LIMITADA
CVE 1529482
