Sociedade de Responsabilidade Limitada76.182.087-7

Alimentos y Bebidas Wang Limitada

MODIFICACIÓN — 24 de jul. de 2021

Diario Oficial

ModificaçãoDiario Oficial · 2021-07-24Ver PDF (CVE 1982804)

Informações societárias

Ltda
El Bosque, Región Metropolitana
Administração: La administración de la sociedad, la representación y el uso de la razón social corresponderá exclusivamente al socio CHENGGUANG YANG

Capital

Capital total

$30.000.000

Capital integralizado

$30.000.000

Capital pendente

$0

Sócios (2)

NomeParticipação

CHENGGUANG YANG

Socio

25.xxx.xxx-7

75%

GENG LIN

Socio

23.xxx.xxx-7

25%

Administradores (1)

CHENGGUANG YANG

25.xxx.xxx-7Administrador

Histórico societário relatado

  1. Constituição· 30 de novembro de 2011

    Se constituyó la sociedad ALIMENTOS Y BEBIDAS WANG LIMITADA.

  2. Mudança de administrador· 11 de dezembro de 2015

    Se modificó la administración de la sociedad en escritura de 11-12-2015.

  3. Cessão de direitos

    XIAOXIAN WANG cedió el 100% de sus derechos sociales, equivalentes al 75% del haber social, a CHENGGUANG YANG.

    XIAOXIAN WANG · CHENGGUANG YANG

  4. Saída de sócio

    XIAOXIAN WANG se retira de la sociedad.

    XIAOXIAN WANG

Texto oficial do extrato

IVAN TAMARGO BARROS, Abogado, Notario Público Titular 51. Notaría Santiago, Avenida Nueva Providencia N° 2635, Comuna de Providencia, certifica: Por escritura pública hoy ante mí; XIAOXIAN WANG, C.I. para Extranjeros N° 22.070.622-2; GENG LIN, C.I. para Extranjeros N° 23.513.662-7 y CHENGGUANG YANG, C.I. para Extranjeros N° 25.683.646-7, todos domiciliados para estos efectos en ésta ciudad, Avenida El Bosque Norte N° 0110, Local F, Comuna de Las Condes, Santiago, Región Metropolitana, modifican sociedad “ALIMENTOS Y BEBIDAS WANG LIMITADA”, nombre fantasía “JU XIAN LOU”, RUT N° 76.182.087-7, constituida por escritura pública con fecha 30-11-2011, suscrita ante el Notario Público, Titular de la Vigésima Segunda Notaría de Santiago de Humberto Santelices Narducci, que en extracto se inscribió a fjs. 71.645 N° 52.394 del Registro Comercio del CBR Santiago, año 2011, publicado D.O. de la República de Chile el 02-12-2011, en su Edición N° 40.125, E-82, Página 1 de 1, cve: 426161, siguiente sentido: CESION DE DERECHOS: Se retira de sociedad XIAOXIAN WANG, quien con el consentimiento expreso de su consocio vende, cede y transfiere el 100% de sus derechos sociales equivalente a un 75% del total del haber social a CHENGGUANG YANG, quien compra, acepta y adquiere para sí, en la suma única y total de $22.500.000, que cesionario paga este acto, contado dinero efectivo a la cedente quien declara íntegra y totalmente pagado precio pactado. Como consecuencia de cesión de derechos y retiro quedan como únicos y actuales socios de la sociedad CHENGGUANG YANG, con una participación de un 75% del total del haber social y GENG LIN, con una participación de un 25% del total del haber social, limitando su responsabilidad hasta el monto de sus respectivos aportes, y en tal calidad, resuelven modificar la sociedad para adecuarla a los cambios introducidos, acordando sustituir las siguientes cláusulas: Uno) Clausula Cuarta del pacto social constitutivo, relativa al capital social, se sustituye por la siguiente: “CUARTO: Capital: El capital de la sociedad es la suma de $30.000.000, íntegramente aportado y enterado en caja social, correspondiente a los socios en las siguientes proporciones: a) CHENGGUANG YANG, con un 75% del total del haber social, equivalente a la suma de $22.500.000, y; b) GENG LIN, con un 25% del total del haber social, equivalente a la suma de $7.500.000. Dos) Clausula Sexta de la escritura de modificación de sociedad de fecha 11-12-2015, suscrita ante el Notario Público, Titular de la Cuadragésima Sexta Notaría de Santiago de Claudio Hernán Mesina Schulz, relativa a la administración de la sociedad, la representación y el uso de la razón social, se sustituye por la siguiente: “SEXTO: La administración de la sociedad, la representación y el uso de la razón social corresponderá exclusivamente al socio CHENGGUANG YANG, quien actuando por la sociedad y anteponiendo la razón social a su firma, la obligará y representarán con las más amplias facultades que constan en escritura que extracto. En todo lo no modificado por el presente instrumento se mantienen vigente en todo su rigor y alcance las cláusulas del pacto social primitivo y sus modificaciones posteriores. Demás estipulaciones escritura extractada. SANTIAGO, 24 de Junio de 2021.

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  1. MODIFICACIÓN

    Alimentos y Bebidas Wang Limitada

    CVE 1982804

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