Sociedade de Responsabilidade Limitada76.180.702-1

Ciad Consultores Limitada

MODIFICACIÓN — 25 de mai. de 2026

Diario Oficial

ModificaçãoDiario Oficial · 2026-05-25Ver PDF (CVE 2814634)

Informações societárias

Ltda
Temuco, Araucanía
Administração: Exclusivamente por los socios Marcela Elizabeth Zelaya Medina y Jorge Hernan Angulo Vargas, indistintamente y separadamente

Capital

Capital total

$2.000.000

Sócios (5)

NomeParticipação

MARCELA ELIZABETH ZELAYA MEDINA

Socio

9.xxx.xxx-8

50%

JORGE HERNAN ANGULO VARGAS

Socio

15.xxx.xxx-2

10%

TULIO ORLANDO ANGULO VARGAS

Socio

16.xxx.xxx-7

10%

CLAUDIO ANDRÉS ANGULO VARGAS

Socio

13.xxx.xxx-0

10%

MOYRA INÉS VARGAS OYARZO

Socio

6.xxx.xxx-2

20%

Histórico societário relatado

  1. Falecimento· 22 de outubro de 2020

    Fallece el socio Claudio Hernán Angulo Sotomayor.

    CLAUDIO HERNÁN ANGULO SOTOMAYOR

  2. Sucessão· 26 de novembro de 2020

    Se dicta resolución de posesión efectiva que reconoce como herederos a la cónyuge e hijos del causante.

    MOYRA INÉS VARGAS OYARZO · CLAUDIO ANDRÉS ANGULO VARGAS · JORGE HERNÁN ANGULO VARGAS · TULIO ORLANDO ANGULO VARGAS

  3. Outro ato· 12 de abril de 2021

    Se designa procurador común a Jorge Hernán Angulo Vargas para la sucesión.

    JORGE HERNÁN ANGULO VARGAS

  4. Entrada de sócio· 14 de maio de 2026

    Se incorpora la sucesión del causante Claudio Hernán Angulo Sotomayor y se individualizan los socios actuales.

    MARCELA ELIZABETH ZELAYA MEDINA · JORGE HERNÁN ANGULO VARGAS · TULIO ORLANDO ANGULO VARGAS · CLAUDIO ANDRÉS ANGULO VARGAS · MOYRA INÉS VARGAS OYARZO

Texto oficial do extrato

Ministerio del Interior DANIELA ABARZUA FERNANDEZ, Notaria Publica Interina de Temuco, con domicilio en Arturo Prat 815, de la ciudad de Temuco, certifico que por escritura Pública de fecha 14 mayo del presente año, Repertorio 1376, otorgada ante mí, en mi calidad de Notario Suplente de este oficio, certifica: don JORGE HERNÁN ANGULO VARGAS, cédula nacional de identidad número quince millones doscientos cincuenta y siete mil ochocientos setenta y nueve guión dos, domiciliado en calle Máximo Reyes número mil trescientos cuarenta, ciudad de Temuco; don CLAUDIO ANDRÉS ANGULO VARGAS, cédula nacional de identidad número trece millones setecientos treinta y dos mil cuatrocientos sesenta y seis guión cero domiciliado en calle Máximo Reyes número mil trescientos cuarenta, de la ciudad de Temuco; don TULIO ORLANDO ANGULO VARGAS, cédula nacional de identidad número dieciséis millones quinientos treinta y dos mil ciento treinta y seis guión siete, domiciliado en calle Máximo Reyes mil trescientos cuarenta de la ciudad de Temuco; doña MOYRA INÉS VARGAS cedula nacional de identidad número seis millones setecientos cincuenta y cinco mil setecientos cuarenta y nueve guión dos, domiciliada en calle Máximo Reyes mil trescientos cuarenta de la ciudad de Temuco y doña MARCELA ELIZABETH ZELAYA MEDINA, cédula nacional de identidad número nueve millones trescientos veintiséis mil seiscientos noventa y siete guión ocho, domiciliada en calle Ercilla número dos mil cuatrocientos setenta y nueve; los comparecientes mayores de edad, exponen: Que de común acuerdo han convenido en celebrar el siguiente contrato de modificación de estatuto social, de la sociedad comercial de responsabilidad limitada "CIAD CONSULTORES LIMITADA?, rol único Tributario setenta y seis millones ciento ochenta mil setecientos dos guión uno, conforme a las siguientes cláusulas: MUERTE DE UNO DE LOS SOCIOS; con fecha veintidós de octubre del año dos mil veinte fallece el socio CLAUDIO HERNÁN ANGULO SOTOMAYOR, cuya defunción fue inscrita en el Servicio de Registro Civil e Identificación de la circunscripción de la ciudad de Temuco, número de inscripción mil novecientos treinta y tres del año dos mil veinte, DE LA SUCESIÓN DEL SOCIO FALLECIDO: Que por resolución exenta número once mil cincuenta y ocho de fecha veintiséis de noviembre del dos mil veinte del Director Regional del Registro Civil de identificación, Región de La Araucanía, la que se encuentra inscrita con el número cincuenta y un mil sesenta y cinco, del año dos mil veinte, del Registro nacional de Posesiones Efectivas que da cuenta del fallecimiento de don CLAUDIO HERNAN ANGULO SOTOMAYOR, establece como herederos del causante a: doña MOYRA INÉS VARGAS OYARZO, Rut seis millones setecientos cincuenta y cinco mil setecientos cuarenta y nueve guión dos, cónyuge del causante, don CLAUDIO ANDRÉS ANGULO VARGAS, Rut trece millones setecientos treinta y dos mil cuatrocientos sesenta y seis guión cero, hijo del causante, don JORGE HERNÁN ANGULO VARGAS, Rut quince millones doscientos cincuenta y siete mil ochocientos setenta y nueve guión dos, hijo del causante y TULIO ORLANDO ANGULO VARGAS Rut, dieciséis millones quinientos treinta y dos mil ciento treinta y seis guión siete, hijo del causante, subinscrita al margen del extracto de la Constitución de la Sociedad de fojas mil ochocientos dieciséis vuelta número mil seiscientos correspondiente al año dos mil once del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Temuco. DE LA DESIGNACION DE PROCURADOR COMÚN: con fecha doce de abril del año dos mil veintiuno, se procede a efectuar por medio de escritura pública inscrita bajo el número de repertorio mil doscientos noventa y dos año dos mil veintiuno de la Notaria de Juan Antonio Loyola Opazo, notario público de la agrupación de comunas de Temuco, Melipeuco, Vilcún, Cunco, Freire y Padre las Casas, la designación de procurador común a don JORGE HERNÁN ANGULO VARGAS de la sucesión dejada por el causante CLAUDIO HERNÁN ANGULO SOTOMAYOR, subinscrita al margen del extracto de la Constitución de la Sociedad de fojas mil ochocientos dieciséis vuelta número mil seiscientos correspondiente al año dos mil once del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Temuco. DE LA INCORPORACIÓN DE LA SUCESIÓN DEL CAUSANTE: Por el presente acto y por la expresa anuencia de los comparecientes, se incorpora como socios de la sociedad singularizada en la cláusula primera, la sucesión del causante de CLAUDIO HERNÁN ANGULO SOTOMAYOR, a don TULIO ORLANDO ANGULO VARGAS, a don CLAUDIO ANDRÉS ANGULO VARGAS, doña MOYRA INES VARGAS OYARZO y a don JORGE HERNAN ANGULO VARGAS. ACTUALES SOCIOS En consecuencia, se concluye que los actuales y únicos socios de la Sociedad de responsabilidad limitada denominada "CIAD CONSULTORES LIMITADA? también llamada "CIAD CONSULTORES LTDA.? son: a) doña MARCELA ELIZABETH ZELAYA MEDINA, con el cincuenta por ciento de los derechos y haberes sociales; y b) don JORGE HERNAN ANGULO VARGAS, con el diez por ciento de los derechos y haberes sociales; c) don TULIO ORLANDO ANGULO VARGAS, con el diez por ciento de los derechos y haberes sociales d) don CLAUDIO ANDRÉS ANGULO VARGAS, con el diez por ciento de los derechos y haberes sociales e) y doña MOYRA INÉS VARGAS OYARZO con el veinte por ciento de los derechos y haberes sociales.- DE LA ADMINISTRACIÓN Y USO DE LA RAZÓN SOCIAL: en consecuencia modifican la administración y uso de la razón social, que le corresponderá exclusivamente a los socios, doña MARCELA ELIZABETH ZELAYA MEDINA y a don JORGE HERNAN ANGULO VARGAS, actuando de manera indistinta y separadamente, quienes, actuando por la sociedad y anteponiendo, a sus firmas, la razón social, podrán representarla con las más amplias facultades, y en el ejercicio de la administración podrán ejecutar y celebrar todos los actos y contratos, que sean necesarios, manteniéndose en lo restante inalterables y plenamente vigentes todas y cada de una de las facultades enumeradas en el estatuto social. Capital social es de $2.000.000. Temuco 15 de mayo 2026.

ModificaçãoDiario Oficial · 2026-04-18Ver PDF (CVE 2798903)

Informações societárias

Ltda
Temuco, Araucanía
Administração: indistinta y separadamente

Capital

Capital total

$2.000.000

Sócios (5)

NomeParticipação

MARCELA ELIZABETH ZELAYA MEDINA

Socio

9.xxx.xxx-8

50%

JORGE HERNÁN ANGULO VARGAS

Socio

15.xxx.xxx-2

10%

TULIO ORLANDO ANGULO VARGAS

Socio

16.xxx.xxx-7

10%

CLAUDIO ANDRÉS ANGULO VARGAS

Socio

13.xxx.xxx-0

10%

MOYRA INÉS VARGAS OYARZO

Socio

6.xxx.xxx-2

20%

Administradores (2)

MARCELA ELIZABETH ZELAYA MEDINA

9.xxx.xxx-8Administrador

JORGE HERNÁN ANGULO VARGAS

15.xxx.xxx-2Administrador

Histórico societário relatado

  1. Falecimento· 22 de outubro de 2020

    Fallece el socio CLAUDIO HERNÁN ANGULO SOTOMAYOR.

    CLAUDIO HERNÁN ANGULO SOTOMAYOR

  2. Sucessão· 26 de novembro de 2020

    Se declara la posesión efectiva y se reconocen como herederos del causante a su cónyuge e hijos.

    CLAUDIO HERNÁN ANGULO SOTOMAYOR · MOYRA INÉS VARGAS OYARZO · CLAUDIO ANDRÉS ANGULO VARGAS · JORGE HERNÁN ANGULO VARGAS · TULIO ORLANDO ANGULO VARGAS

  3. Outro ato· 12 de abril de 2021

    Se designa procurador común de la sucesión a JORGE HERNÁN ANGULO VARGAS.

    JORGE HERNÁN ANGULO VARGAS

  4. Entrada de sócio· 7 de abril de 2026

    Se incorpora la sucesión del causante y pasan a figurar como socios sus herederos.

    CLAUDIO HERNÁN ANGULO SOTOMAYOR · JORGE HERNÁN ANGULO VARGAS · TULIO ORLANDO ANGULO VARGAS · CLAUDIO ANDRÉS ANGULO VARGAS · MOYRA INÉS VARGAS OYARZO · MARCELA ELIZABETH ZELAYA MEDINA

  5. Mudança de administrador· 11 de março de 2026

    Se modifica la administración, quedando a cargo de MARCELA ELIZABETH ZELAYA MEDINA y JORGE HERNÁN ANGULO VARGAS.

    MARCELA ELIZABETH ZELAYA MEDINA · JORGE HERNÁN ANGULO VARGAS

Texto oficial do extrato

Ministerio del Interior DANIELA ABARZUA FERNANDEZ, Abogado, Notario Público de Temuco, suplente del Titular don, JUAN ANTONIO LOYOLA OPAZO, Abogado, Notario Público de la agrupación de comunas de Temuco, Melipeuco, Vilcún, Cunco, Freire y Padre Las Casas, ambos con domicilio en esta ciudad, calle Arturo Prat N°815, certifico que por escritura de fecha 11 marzo del año 2026, repertorio 647-2026 ante el Titular ya nombrado, certifica: don JORGE HERNÁN ANGULO VARGAS, cédula nacional de identidad número quince millones doscientos cincuenta y siete mil ochocientos setenta y nueve guión dos , domiciliado en calle Máximo Reyes número mil trescientos cuarenta, ciudad de Temuco; don CLAUDIO ANDRÉS ANGULO VARGAS, cédula nacional de identidad número trece millones setecientos treinta y dos mil cuatrocientos sesenta y seis guión cero domiciliado en calle Máximo Reyes número mil trescientos cuarenta, de la ciudad de Temuco; don TULIO ORLANDO ANGULO VARGAS, cédula nacional de identidad número dieciséis millones quinientos treinta y dos mil ciento treinta y seis guión siete, domiciliado en calle Máximo Reyes mil trescientos cuarenta de la ciudad de Temuco; doña MOYRA INÉS VARGAS y cinco mil setecientos cuarenta y nueve guión dos, domiciliada en calle Máximo Reyes mil trescientos cuarenta de la ciudad de Temuco y doña MARCELA ELIZABETH ZELAYA MEDINA, cédula nacional de identidad número nueve millones trescientos veintiséis mil seiscientos noventa y siete guión ocho, domiciliada en calle Ercilla número dos mil cuatrocientos setenta y nueve; los comparecientes mayores de edad, exponen: Que de común acuerdo han convenido en celebrar el siguiente contrato de modificación de estatuto social, de la sociedad comercial de responsabilidad limitada “CIAD CONSULTORES LIMITADA”, rol único Tributario setenta y seis millones ciento ochenta mil setecientos dos guión uno, conforme a las siguientes cláusulas: MUERTE DE UNO DE LOS SOCIOS; con fecha veintidós de octubre del año dos mil veinte fallece el socio CLAUDIO HERNÁN ANGULO SOTOMAYOR, cuya defunción fue inscrita en el Servicio de Registro Civil e Identificación de la circunscripción de la ciudad de Temuco, número de inscripción mil novecientos treinta y tres del año dos mil veinte,DE LA SUCESIÓN DEL SOCIO FALLECIDO: Que por resolución exenta número once mil cincuenta y ocho de fecha veintiséis de noviembre del dos mil veinte del Director Regional del Registro Civil de identificación, Región de La Araucanía, la que se encuentra inscrita con el número cincuenta y un mil sesenta y cinco, del año dos mil veinte, del Registro nacional de Posesiones Efectivas que da cuenta del fallecimiento de don CLAUDIO HERNAN ANGULO SOTOMAYOR, establece como herederos del causante a: doña MOYRA INÉS VARGAS OYARZO, Rut seis millones setecientos cincuenta y cinco mil setecientos cuarenta y nueve guión dos, cónyuge del causante, don CLAUDIO ANDRÉS ANGULO VARGAS, Rut trece millones setecientos treinta y dos mil cuatrocientos sesenta y seis guión cero, hijo del causante, don JORGE HERNÁN ANGULO VARGAS, Rut quince millones doscientos cincuenta y siete mil ochocientos setenta y nueve guión dos, hijo del causante y TULIO ORLANDO ANGULO VARGAS Rut, dieciséis millones quinientos treinta y dos mil ciento treinta y seis guión siete, hijo del causante, subinscrita al margen del extracto de la Constitución de la Sociedad de fojas mil ochocientos dieciséis vuelta número mil seiscientos correspondiente al año dos mil once del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Temuco. DE LA DESIGNACION DE PROCURADOR COMÚN: con fecha doce de abril del año dos mil veintiuno, se procede a efectuar por medio de escritura pública inscrita bajo el número de repertorio mil doscientos noventa y dos año dos mil veintiuno de la Notaria de Juan Antonio Loyola Opazo, notario público de la agrupación de comunas de Temuco, Melipeuco, Vilcún, Cunco, Freire y Padre las Casas, la designación de procurador común a don JORGE HERNÁN ANGULO VARGAS de la sucesión dejada por el causante CLAUDIO HERNÁN ANGULO SOTOMAYOR, subinscrita al margen del extracto de la Constitución de la Sociedad de fojas mil ochocientos dieciséis vuelta número mil seiscientos correspondiente al año dos mil once del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Temuco. DE LA INCORPORACIÓN DE LA SUCESIÓN DEL CAUSANTE: Por el presente acto y por la expresa anuencia de los comparecientes, se incorpora como socios de la sociedad singularizada en la cláusula primera, la sucesión del causante de CLAUDIO HERNÁN ANGULO SOTOMAYOR, a don TULIO ORLANDO ANGULO VARGAS, a don CLAUDIO ANDRÉS ANGULO VARGAS, doña MOYRA INES VARGAS OYARZO y a don JORGE HERNAN ANGULO VARGAS. ACTUALES SOCIOS En consecuencia, se concluye que los actuales y únicos socios de la Sociedad de responsabilidad limitada denominada “CIAD CONSULTORES LIMITADA” también llamada “CIAD CONSULTORES LTDA.” son: a) doña MARCELA ELIZABETH ZELAYA MEDINA, con el cincuenta por ciento de los derechos y haberes sociales; y b) don JORGE HERNAN ANGULO VARGAS, con el diez por ciento de los derechos y haberes sociales; c) don TULIO ORLANDO ANGULO VARGAS, con el diez por ciento de los derechos y haberes sociales d) don CLAUDIO ANDRÉS ANGULO VARGAS, con el diez por ciento de los derechos y haberes sociales e) y doña MOYRA INÉS VARGAS OYARZO con el veinte por ciento de los derechos y haberes sociales.- DE LA ADMINISTRACIÓN Y USO DE LA RAZÓN SOCIAL: en consecuencia modifican la administración y uso de la razón social, que le corresponderá exclusivamente a los socios, doña MARCELA ELIZABETH ZELAYA MEDINA y a don JORGE HERNAN ANGULO VARGAS, actuando de manera indistinta y separadamente, quienes, actuando por la sociedad y anteponiendo, a sus firmas, la razón social, podrán representarla con las más amplias facultades, y en el ejercicio de la administración podrán ejecutar y celebrar todos los actos y contratos, que sean necesarios, manteniéndose en lo restante inalterables y plenamente vigentes todas y cada de una de las facultades enumeradas en el estatuto social. capital social $2.000.000. Temuco 07 abril del año 2026.

ModificaçãoDiario Oficial · 2024-12-30Ver PDF (CVE 2590776)

Informações societárias

Ltda
calle Máximo Reyes 1340
Administração: administración exclusiva de los socios Marcela Elizabeth Zelaya Medina y Jorge Hernan Angulo Vargas, actuando indistinta y separadamente

Capital

Capital total

$2.000.000

Sócios (5)

Administradores (2)

Histórico societário relatado

  1. Constituição· 3 de outubro de 2011

    Se constituye CIAD CONSULTORES LIMITADA.

  2. Falecimento· 22 de outubro de 2020

    Fallece el socio Claudio Hernán Angulo Sotomayor.

    CLAUDIO HERNÁN ANGULO SOTOMAYOR

  3. Sucessão· 25 de novembro de 2024

    Se incorpora la sucesión de Claudio Hernán Angulo Sotomayor y se fijan los socios actuales.

    CLAUDIO HERNÁN ANGULO SOTOMAYOR · TULIO ORLANDO ANGULO VARGAS · CLAUDIO ANDRÉS ANGULO VARGAS · MOYRA INÉS VARGAS OYARZO · JORGE HERNAN ANGULO VARGAS · MARCELA ELIZABETH ZELAYA MEDINA

Texto oficial do extrato

DANIELA ABARZUA FERNANDEZ, Notario Suplente de don Juan Antonio Loyola Opazo de Notaría de Temuco, con oficio calle Arturo Prat 815, comuna Temuco, Región La Araucanía, CERTIFICO: Por escritura pública de fecha 25 de noviembre de 2024, otorgada ante el Notario Titular don Juan Antonio Loyola Opazo, don JORGE HERNÁN ANGULO VARGAS, domiciliado en calle Máximo Reyes 1340, Temuco; don CLAUDIO ANDRES ANGULO VARGAS, domiciliado en calle Máximo Reyes 1340, Temuco; don TULIO ORLANDO ANGULO VARGAS, domiciliado en calle Máximo Reyes 1340, Temuco; doña MOYRA INES VARGAS OYARZO, domiciliada en calle Máximo Reyes 1340, Temuco; doña MARCELA ELIZABETH ZELAYA MEDINA, domiciliada Ercilla 2479, Temuco, modificaron sociedad “CIAD CONSULTORES LIMITADA” cuyo Rol único tributario es 76.180.702-1, constituida por escritura pública de fecha el 3/10/2011, ante notario público don Jorge Hales Tadres, inscrita a fs. 1816 vta., N°1600, Reg. De Comercio CBR Temuco año 2011, publicada en DO 6/10/2011. Edición 40.079, siguiente forma: Que con fecha veintidós de octubre del año 2020 fallece el socio CLAUDIO HERNÁN ANGULO SOTOMAYOR, cuya defunción fue inscrita en el Servicio de Registro Civil e Identificación de la circunscripción de la ciudad de Temuco, número de inscripción 1.933 del año 2020. Que por el presente acto y por la expresa anuencia de los comparecientes, se incorporan como socios de la sociedad, la sucesión del causante de CLAUDIO HERNÁN ANGULO SOTOMAYOR, a don TULIO ORLANDO ANGULO VARGAS, a don CLAUDIO ANDRÉS ANGULO VARGAS, doña MOYRA INES VARGAS OYARZO y a don JORGE HERNAN ANGULO VARGAS. En consecuencia, se concluye que los actuales y únicos socios de la Sociedad de responsabilidad limitada denominada “CIAD CONSULTORES LIMITADA” son: a) doña MARCELA ELIZABETH ZELAYA MEDINA, con el 50 % de los derechos y haberes sociales; y b) don JORGE HERNAN ANGULO VARGAS, con el 12,5 % de los derechos y haberes sociales; c) don TULIO ORLANDO ANGULO VARGAS, con el 12,5% de los derechos y haberes sociales d) don CLAUDIO ANDRÉS ANGULO VARGAS, con el 12,5 % de los derechos y haberes sociales e) y doña MOYRA INÉS VARGAS OYARZO con el 12,5 % de los derechos y haberes sociales. CAPITAL SOCIAL: $2.000.000. ADMINISTRACIÓN: en consecuencia modifican la administración y uso de la razón social, que le corresponderá exclusivamente a los socios, doña MARCELA ELIZABETH ZELAYA MEDINA y a don JORGE HERNAN ANGULO VARGAS, actuando de manera indistinta y separadamente, quienes, actuando por la sociedad y anteponiendo, a sus firmas, la razón social, podrán representarla con las más amplias facultades, y en el ejercicio de la administración podrán ejecutar y celebrar todos los actos y contratos, que sean necesarios, manteniéndose en lo restante inalterables y plenamente vigentes todas y cada de una de las facultades enumeradas en el estatuto social. Demas estipulaciones escritura extractada. Temuco 26 de diciembre 2024.

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