Agrícola Amelia Limitada
Diario Oficial
Informações societárias
Objeto social
La explotación, por cuenta propia o ajena, de predio agrícolas, y el desarrollo del giro agrícola, frutícola, forestal, y ganadero, incluyendo la crianza, preparación, compra, venta y exportación de caballos; efectuar inversiones en toda clase de bienes raíces o muebles, corporales o incorporales; y en general toda otra actividad que los socios acuerden y que se relacione directa o indirectamente con las anteriores.
Capital
Capital total
$605.670.000
Capital integralizado
$605.670.000
Capital pendente
$0
Sócios (2)
| Nome | RUT | Participação | Aporte |
|---|---|---|---|
Socio | - | - | $296.291.499 |
Socio | - | - | $309.378.501 |
Representação legal (2)
Texto oficial do extrato
GUSTAVO MONTERO MARTI, Notario Público Suplente Titular 48ª Notaría de Santiago, Roberto Antonio Cifuentes Allel, Avenida Apoquindo N° 3076 oficina 601, comuna de Las Condes, certifico: Por escritura pública de esta fecha, ante mí, PABLO IACOBELLI DEL RÍO y MARÍA CECILIA OVALLE VIAL, ambos domiciliados Paul Harris 11.190, casa 1, Las Condes, Región Metropolitana, modificaron sociedad “AGRÍCOLA AMELIA LIMITADA”, inscrita fojas 60.790, N°44.742, Registro de Comercio de Santiago año 2011. Se aumenta el capital social a la suma de $605.670.000. El aumento se paga mediante aporte de $209.392.009 por María Cecilia Ovalle Vial; y $222.479.011, por Pablo Iacobelli del Río. Socios acordaron reemplazar artículo quinto estatutos por el siguiente: “ARTÍCULO QUINTO: El capital de la Sociedad es la suma de $605.670.000, que los socios han aportado en las siguiente proporciones: a) doña María Cecilia Ovalle Vial la suma de $296.291.499, íntegramente pagado; y b) don Pablo Iacobelli del Río la suma de $309.378.501, íntegramente pagado”. Se amplía el objeto social y se acuerda reemplazar artículo segundo del estatuto por el siguiente: “ARTÍCULO SEGUNDO: La Sociedad tendrá por objeto la explotación, por cuenta propia o ajena, de predio agrícolas, y el desarrollo del giro agrícola, frutícola, forestal, y ganadero, incluyendo la crianza, preparación, compra, venta y exportación de caballos; efectuar inversiones en toda clase de bienes raíces o muebles, corporales o incorporales; y en general toda otra actividad que los socios acuerden y que se relacione directa o indirectamente con las anteriores.” En todo lo no modificado por escritura extractada permanecen plenamente vigentes las estipulaciones del pacto social, y en especial la limitación de la responsabilidad de los socios a sus respectivos aportes. Demás estipulaciones constan de escritura extractada. Santiago, 28 de diciembre de 2016. GUSTAVO MONTERO MARTI, Notario Público Suplente.
Atuações recentes
- MODIFICACIÓN
AGRÍCOLA AMELIA LIMITADA
CVE 1169786
