Comercial Y Servicios Carreño Y Guerrero Limitada
Diario Oficial
Informações societárias
Objeto social
Distribución y comercialización al por mayor de todo tipo de bebidas no alcohólicas, de fantasía, energéticas, isotónicas, aguas envasadas y/o saborizadas, café en grano y/o molido envasados, preparaciones envasadas solubles para máquinas expendedoras de bebidas frías y calientes; distribución y comercialización al por mayor de productos comestibles dulces y/o salados envasados para máquinas expendedoras; y en general, realizar toda actividad comercial o industrial que estén, directa o indirectamente en la actualidad o en el futuro, relacionadas con los giros sociales antes referidos.
Sócios (2)
| Nome | RUT | Participação | Aporte |
|---|---|---|---|
Socio 12.xxx.xxx-3 | 12.xxx.xxx-3 | 90% | - |
Socio 11.xxx.xxx-0 | 11.xxx.xxx-0 | 10% | - |
Administradores (1)
Histórico societário relatado
- Constituição· 7 de outubro de 2011
Constitución de la sociedad Comercial y Servicios Carreño y Guerrero Limitada.
- Cessão de direitos· 29 de junho de 2018
Diana Beatriz Mendez Mendez cede el 10% de sus derechos sociales a Luis Octavio Carreño Méndez.
Texto oficial do extrato
JORGE REYES BESSONE, Notario Público Titular de San Miguel, con domicilio en Gran Avenida José Miguel Carrera 4886, Comuna de San Miguel, certifica: Por Escritura Pública de hoy ante mí, DIANA BEATRIZ MENDEZ MENDEZ, nacionalidad chilena, casada y separada de bienes, de conformidad con el artículo 150 del Código Civil, Ingeniero de Ejecución en Administración de empresas, C.N.I. N° 14.507.002-3, domiciliada en Pasaje Malvilla N° 349, Villa El Rosal II, comuna de Maipú, Región Metropolitana; SUSANA FRESIA GUERRERO ROBLES, nacionalidad chilena, soltera, empresaria, C.N.I. N° 12.843.686-3, domiciliada en Camino del Oro N° 264, Villa Santa María de Maipú, comuna de Maipú, Región Metropolitana; y LUIS OCTAVIO CARREÑO MENDEZ, nacionalidad chilena, soltero, Analista de sistemas, C.N.I. N° 11.484.108-0, con domicilio en Camino del Oro N° 264, Villa Santa María de Maipú, comuna de Maipú, Región Metropolitana; todos de nacionalidad chilena, mayores de edad, quienes acreditan sus identidades con las cédulas antes citadas y exponen: modifican la sociedad denominada “COMERCIAL Y SERVICIOS CARREÑO Y GUERRERO LIMITADA”, con nombre de fantasía: “COMERCIAL CYG LTDA.”. Constituida por escritura pública de fecha 07 de octubre del año 2011, ante don Luís Zapata Chavarría, Notario Público Suplente del Titular don Manuel C.P. Cammas Montes, bajo repertorio N° 2.332-2011, cuyo extracto se inscribió en el Registro de Comercio a fojas 66.273, N° 48.490, del Conservador de Bienes Raíces de Santiago, del año 2011; y se publicó en el Diario Oficial con fecha 14 de noviembre de 2011, del ejemplar N° 40.109. Modifican sociedad en el siguiente sentido: DIANA BEATRIZ MENDEZ MENDEZ, vende, cede y transfiere a LUIS OCTAVIO CARREÑO MENDEZ, quien compra, adquiere y acepta para sí, el total de los derechos y acciones que la cedente tiene en la sociedad, equivalentes al 10% del capital social de la compañía. Quedando como únicos y actuales socios, doña Susana Fresia Guerrero Robles con un 90% de los derechos sociales y del capital social, y don Luís Octavio Carreño Méndez, con el restante 10% de los derechos sociales y capital social. Asimismo, Susana Fresia Guerrero Robles y Luís Octavio Carreño Méndez en su calidad de únicos socios de esta compañía modifican el pacto social constitutivo de la forma que pasa a expresarse: UNO) se modifica la razón social de la cláusula SEGUNDA: El nombre de la Sociedad será: “COMERCIAL Y SERVICIOS CARREÑO Y GUERRERO LIMITADA”, pudiendo actuar y utilizar indistintamente, ante persona natural o jurídica, instituciones bancarias, financieras, fiscales y judiciales, de derecho público o privado, cualquiera sea su naturaleza y denominación y sin que importe limitación alguna, ante el Servicio de Impuestos Internos, Tesorería General de la República, Bancos Comerciales, Instituciones Financieras y de otro giro, con el Nombre de Fantasía de “COMERCIAL CYG LTDA.”, y/o “LODITEC LTDA.” y/o “LDT LTDA.”; DOS) se amplía el objeto social de la cláusula TERCERA: i) Distribución y comercialización al por mayor de todo tipo de bebidas no alcohólicas, de fantasía, energéticas, isotónicas, aguas envasadas y/o saborizadas, café en grano y/o molido envasados, preparaciones envasadas solubles para máquinas expendedoras de bebidas frías y calientes; j) Distribución y comercialización al por mayor de productos comestibles dulces y/o salados envasados para máquinas expendedoras; y k) En general, realizar toda actividad comercial o industrial que estén, directa o indirectamente en la actualidad o en el futuro, relacionadas con los giros sociales antes referidos; TRES) se modifica la cláusula OCTAVA: La administración, corresponderá exclusivamente al socio don Luís Octavio Carreño Méndez; CUATRO) se modifica la cláusula DUODECIMA: ARBITRAJE: Todas las dificultades o divergencias que se susciten entre los socios o entre cualquiera de éstos y la sociedad, durante su vigencia, y que esté relacionada directa o indirectamente con el presente contrato; así como la determinación y monto de las indemnizaciones que su incumplimiento diere lugar, serán resueltas por un árbitro arbitrador o amigable componedor, nombrado en acuerdo de los socios y en desacuerdo, por la Justicia Ordinaria. El árbitro designado resolverá las cuestiones sometidas a su conocimiento en única instancia, en cuanto al procedimiento y al fallo, no procediendo recurso alguno en contra de sus resoluciones. En todo lo no modificado sigue vigente pacto social primitivo. Demás estipulaciones escritura extractada. San Miguel, 29 de junio de 2018.
Atuações recentes
- MODIFICACIÓN
COMERCIAL Y SERVICIOS CARREÑO Y GUERRERO LIMITADA
CVE 1427921
