Inversiones Via Azul Limitada
Informações tributárias (SII)
Tipo de entidade
PERSONA JURIDICA COMERCIAL
Subtipo de sociedade
SOC. RESPONSABILIDAD LIMITADA
Início de atividades
Sem início de atividades informado pelo SII
Atividades econômicas
Sem atividades econômicas registradas no SII
Documentos timbrados
Sem documentos timbrados registrados no SII
Diario Oficial
Informações societárias
Objeto social
La sociedad tendrá por objeto: a) Efectuar toda clase de inversiones en bienes corporales, incorporales, muebles o inmuebles, inclusive acciones o participaciones sociales o derechos en sociedades de personas, su administración y la percepción de las rentas que deriven de las anteriores; b) La adquisición a cualquier título de bienes raíces, su explotación bajo la forma de compraventas, subdivisiones, enajenaciones de cualquier especie, arrendamientos y otros, la administración de los mismos y la percepción de sus frutos; c) La inversión en valores mobiliarios e inmobiliarios, corporales e incorporales, incluida la compraventa de acciones, derechos sociales, debentures, bonos, efectos de comercio y toda clase de valores mobiliarios e instrumentos de inversión; la compra, venta, enajenación, arrendamientos y leasing de toda clase de bienes raíces y muebles. d) Cualquier otro acto o negocio lícito que derive de los anteriores, los complemente o sea una consecuencia de los mismos, que él o los accionistas acuerden. La sociedad podrá desarrollar total o parcialmente su giro, por cuenta propia o ajena o por medio de otra u otras sociedades en las que participe o forme al efecto, pudiendo tener en ellas inclusive la calidad de socia gestora. La sociedad podrá desarrollar total o parcialmente su giro, por cuenta propia o ajena o por medio de otra u otras sociedades en las que participe o forme al efecto, pudiendo tener en ellas inclusive la calidad de socia gestora.
Capital
Capital total
$1.098.826.778
Capital integralizado
$1.098.826.778
Sócios (2)
| Nome | RUT | Participação | Aporte |
|---|---|---|---|
Socio 16.xxx.xxx-6 | 16.xxx.xxx-6 | 0.1% | $1.098.827 |
Socio 78.588.550-3 | 78.588.550-3 | 99.9% | $1.097.727.951 |
Administradores (1)
Representantes perante o SII (1)
Texto oficial do extrato
Ministerio del Interior CLAUDIO ANDRES SALVADOR CABEZAS, abogado, Notario Público Titular de la Primera Notaría con asiento en la comuna de Lo Barnechea, Avenida La Dehesa 1450, local 1, Santiago, certifico que por escritura pública de fecha 10 de junio de 2026, Repertorio No. 3240-2026, ante mí, doña KARINA POLLAK COLODRO, cédula nacional de identidad No. 16.367.665-6 e INVERSIONES APP LIMITADA, Rol Único Tributario No. 78.588.550-3, ambas con domicilio en Avenida Vitacura No. 5250, oficina 908, comuna de Vitacura, Región Metropolitana de Santiago; constituyeron sociedad de responsabilidad limitada, Ley 3.918. Razón Social: INVERSIONES VIA AZUL LIMITADA. Objeto: La sociedad tendrá por objeto: a) Efectuar toda clase de inversiones en bienes corporales, incorporales, muebles o inmuebles, inclusive acciones o participaciones sociales o derechos en sociedades de personas, su administración y la percepción de las rentas que deriven de las anteriores; b) La adquisición a cualquier título de bienes raíces, su explotación bajo la forma de compraventas, subdivisiones, enajenaciones de cualquier especie, arrendamientos y otros, la administración de los mismos y la percepción de sus frutos; c) La inversión en valores mobiliarios e inmobiliarios, corporales e incorporales, incluida la compraventa de acciones, derechos sociales, debentures, bonos, efectos de comercio y toda clase de valores mobiliarios e instrumentos de inversión; la compra, venta, enajenación, arrendamientos y leasing de toda clase de bienes raíces y muebles. d) Cualquier otro acto o negocio lícito que derive de los anteriores, los complemente o sea una consecuencia de los mismos, que él o los accionistas acuerden. La sociedad podrá desarrollar total o parcialmente su giro, por cuenta propia o ajena o por medio de otra u otras sociedades en las que participe o forme al efecto, pudiendo tener en ellas inclusive la calidad de socia gestora. La sociedad podrá desarrollar total o parcialmente su giro, por cuenta propia o ajena o por medio de otra u otras sociedades en las que participe o forme al efecto, pudiendo tener en ellas inclusive la calidad de socia gestora. Administración: La administración y el uso de la razón social corresponderá exclusivamente a doña KARINA POLLAK COLODRO, quien, anteponiendo la razón social a su nombre y firma, representarán a la so¬ciedad con las más amplias facultades contenidas en la escritura extractada. Capital: $1.098.826.778, que socios aportan e ingresan a caja social de la siguiente manera: a) KARINA POLLAK COLODRO, aporta la cantidad de $1.098.827, esto es, el 0,1% del capital social y propiedad de la presente compañía, que entera y paga en este acto, al contado y en dinero efectivo a la caja social, e b) INVERSIONES APP LIMITADA, aporta la cantidad de $1.097.727.951, esto es, el 99,9% del capital social y propiedad de la presente compañía, que entera y paga en este acto, y en especie mediante el aporte de derechos y bienes raíces que se singularizan y valoran en el artículo primero transitorio de la escritura que se extracta. De esta forma, el capital social ha quedado íntegramente enterado y pagado en la forma expresada. Responsabilidad: La responsabilidad de los socios queda limitada al monto de sus respectivos aportes. Duración: La presente sociedad tendrá una duración de 5 años a contar de la fecha de la presente escritura, renovables a su vencimiento. Domicilio: Santiago. Demás cláusulas constan de escritura extractada. Santiago, 10 de junio del 2026.-
Informações societárias
Objeto social
La prestación de servicios o asesorías propias o relacionadas con el ejercicio de la profesión de abogado en el ámbito legal, jurídico, judicial, tributario, laboral, mediación y arbitraje, derechos de propiedad industrial e intelectual y cualquiera otra relacionada con la referida profesión.
Capital
Capital total
$10.000.000
Capital integralizado
$10.000.000
Sócios (3)
| Nome | RUT | Participação | Aporte |
|---|---|---|---|
Socio | - | 50% | $5.000.000 |
Luis Felipe Youlton Schönthaler Socio | - | 25% | $2.500.000 |
Cristián Fernando Salas Cuadra Socio | - | 25% | $2.500.000 |
Texto oficial do extrato
JORGE REYES BESSONE, abogado, Notario Público Titular de San Miguel, con domicilio en Gran Avenida José Miguel Carrera número cuatro mil ochocientos ochenta y seis, Comuna de San Miguel, certifica: Por escritura pública de fecha 21 de diciembre de 2022, otorgada ante mí, Inversiones Vía Azul Limitada, Rol Único Tributario N°76.155.121-3; Asesorías Punto y Coma Limitada, Rol Único Tributario N°76.299.925-0 y Asesorías Esama Limitada, Rol Único Tributario N°76.293.024-2, las anteriores debidamente representadas y con domicilio para estos efectos en Avenida Isidora Goyenechea N° 3.250, 4° piso, comuna Las Condes, Santiago, modificaron JJR ABOGADOS LIMITADA (en adelante la “Sociedad”) inscrita a fojas 19.366 N° 14.747 Registro de Comercio de Santiago año 2011, en el siguiente sentido: 1) Cesión de derechos: (i) Inversiones Vía Azul Limitada vendió y cedió a don Pablo Andrés Jorquiera Stagno el 50% de la totalidad de los derechos sociales de la Sociedad en el precio de $5.000.000, pagados en ese acto, al contado y en dinero efectivo; (ii) Asesorías Punto y Coma Limitada vendió y cedió a don Luis Felipe Youlton Schönthaler el 25% de la totalidad de los derechos sociales de la Sociedad en el precio de $2.500.000, pagados en ese acto, al contado y en dinero efectivo; y (iii) Asesorías Esama Limitada vendió y cedió a don Cristián Fernando Salas Cuadra el 25% de la totalidad de los derechos sociales de la Sociedad en el precio de $2.500.000, pagados en ese acto, al contado y en dinero efectivo. 2) Sustitución artículo tercero, relativo al objeto social: Socios acordaron sustituirlo por el siguiente: “ARTÍCULO TERCERO: El objeto de la sociedad será única y exclusivamente la prestación de servicios o asesorías propias o relacionadas con el ejercicio de la profesión de abogado en el ámbito legal, jurídico, judicial, tributario, laboral, mediación y arbitraje, derechos de propiedad industrial e intelectual y cualquiera otra relacionada con la referida profesión.” 3) Sustitución artículo séptimo, relativo al capital social: Socios acordaron sustituirlo por el siguiente: “ARTÍCULO SÉPTIMO: El capital de la Sociedad es la suma de diez millones de pesos, el que se encuentra íntegramente pagado y aportado por los socios en las proporciones siguientes: a) Pablo Andrés Jorquiera Stagno aporta la suma de cinco millones de pesos, correspondiéndole un cincuenta por ciento de los derechos en el capital de la Sociedad; b) Luis Felipe Youlton Schönthaler aporta la suma de dos millones quinientos mil pesos, correspondiéndole un veinticinco por ciento de los derechos en el capital de la Sociedad; y c) Cristián Fernando Salas Cuadra aporta la suma de dos millones quinientos mil pesos, correspondiéndole un veinticinco por ciento de los derechos en el capital de la Sociedad.” Demás estipulaciones constan en escritura extractada. San Miguel. 21 de diciembre de 2022.
Atuações recentes
- CONSTITUCIÓN
INVERSIONES VIA AZUL LIMITADA
CVE 2829103
- MODIFICACIÓN
JJR ABOGADOS LIMITADA
CVE 2242189
