Sociedade por Ações76.143.553-1

Instituto De Seguridad Quimic

MODIFICACIÓN — 26 de jun. de 2026

Informações societárias

Estatuto ainda não processado

A ficha pública já existe, mas o estatuto atualizado ainda não foi baixado nem resumido para esta empresa.

Diario Oficial

ModificaçãoDiario Oficial · 2022-04-22Ver PDF (CVE 2117627)

Informações societárias

Ltda
Administração: La administración y el uso de la razón social corresponderá exclusivamente a los socios, conjunta o separada e indistintamente.

Capital

Capital total

$3.000.000

Sócios (2)

NomeParticipação

PATRICIO ANTONIO VIDAL NAVARRETE

Socio

12.xxx.xxx-9

80%

ANA MARÍA DE JESÚS CONTRERAS GONZÁLEZ

Socio

13.xxx.xxx-8

20%

Administradores (2)

PATRICIO ANTONIO VIDAL NAVARRETE

12.xxx.xxx-9Administrador

Histórico societário relatado

  1. Constituição· 29 de março de 2011

    Se constituyó la sociedad de responsabilidad limitada Instituto de Seguridad Química Limitada o ISQ Limitada.

    Héctor Sepúlveda Quintana

  2. Cessão de direitos· 19 de dezembro de 2014

    Juan Carlos Carrasco Moraga y Fernando Eduardo Márquez Romegialli cedieron la totalidad de sus derechos a Ana María de Jesús Contreras González.

    JUAN CARLOS CARRASCO MORAGA · FERNANDO EDUARDO MARQUEZ ROMEGIALLI · ANA MARÍA DE JESÚS CONTRERAS GONZÁLEZ

  3. Saída de sócio· 19 de dezembro de 2014

    Juan Carlos Carrasco Moraga y Fernando Eduardo Márquez Romegialli se retiraron de la sociedad.

    JUAN CARLOS CARRASCO MORAGA · FERNANDO EDUARDO MARQUEZ ROMEGIALLI · ANA MARÍA DE JESÚS CONTRERAS GONZÁLEZ

  4. Mudança de administrador· 19 de dezembro de 2014

    Se modificó la administración para que correspondiera a Patricio Antonio Vidal Navarrete y Ana María de Jesús Contreras González.

    PATRICIO ANTONIO VIDAL NAVARRETE · ANA MARÍA DE JESÚS CONTRERAS GONZÁLEZ

  5. Mudança de capital· 19 de dezembro de 2014

    Se mantuvo referido el capital social de $3.000.000 y se ajustaron reglas de distribución de utilidades y pérdidas según derechos y aportes.

    PATRICIO ANTONIO VIDAL NAVARRETE · ANA MARÍA DE JESÚS CONTRERAS GONZÁLEZ

Texto oficial do extrato

JUAN ESPINOSA BANCALARI, Notario Público Titular de Concepción, con oficio en esta ciudad, calle O’Higgins 528, certifica: Por escritura pública de fecha 12 de abril de 2022, bajo el Rep.N°1.426, ante mi don JUAN CARLOS CARRASCO MORAGA, chileno, ingeniero civil químico, casado y separado totalmente de bienes, cédula nacional de identidad número 10.390.755-1, con domicilio en Avenida Nahuelbuta 1600, departamento 81, de la comuna de San Pedro de la Paz; don FERNANDO EDUARDO MARQUEZ ROMEGIALLI, chileno, ingeniero civil químico, casado, cédula nacional de identidad número 5.126.339-1, con domicilio en Avenida Paicaví 255, departamento 203, de la comuna de Concepción; don PATRICIO ANTONIO VIDAL NAVARRETE, chileno, ingeniero civil químico, casado y separado totalmente de bienes, cédula nacional de identidad número 12.982.017-9, domiciliado en Avenida Andalué 1810, departamento 42 de la comuna de San Pedro de la Paz; y doña ANA MARÍA DE JESÚS CONTRERAS GONZÁLEZ, chilena, casada y separado totalmente de bienes, cirujano dentista, cédula nacional de identidad número 13.841.472-8, domiciliada en avenida Andalué 1810, departamento 42 de la comuna de San Pedro de la Paz; modificaron sociedad de responsabilidad limitada, “INSTITUTO DE SEGURIDAD QUÍMICA LIMITADA” o “ISQ LIMITADA”, RUT 76.143.553-1, constituida por escritura pública con fecha 29/03/2011 , ante Notario Público Titular de la 9° Notaria de Concepción con oficio en calle Los Canelos 105, San Pedro de la Paz, de don Héctor Sepúlveda Quintana. Esta sociedad se inscribió a fojas 80 número 75 del año dos 2011, en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces, Comercio y Minas de don Héctor Sepúlveda Quintana correspondiente a la ciudad de San Pedro de la Paz, y el extracto se publicó en el Diario Oficial número 39.926 del 2 de abril del año 2011. El capital social es de $3.000.000. Modificación: La sociedad de responsabilidad limitada fue modificada con fecha 19/12/2014 repertorio número 6599/2014, en la notaria de don MANUEL ARMANDO CORDOVA NAVARRETE, Notario Público y Conservador de Minas, suplente del Titular de Concepción, Octava Región, don CARLOS ALBERTO MIRANDA JIMÉNEZ, de la ciudad y comuna de Concepción, inscrita en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de San Pedro de la Paz, a fojas 20, número 13 año dos mil 2015.- El extracto se publicó en el Diario Oficial número 41.048 de 05/01/2015, en el siguiente sentido: 1.-CESIÓN DE ACCIONES Y DERECHOS: don JUAN CARLOS CARRASCO MORAGA, con un porcentaje de participación social de un 10% de los derechos sociales; don FERNANDO EDUARDO MÁRQUEZ ROMEGIALLI, con un porcentaje de participación social de 10% de los derechos sociales; y don PATRICIO ANTONIO VIDAL NAVARRETE, con un porcentaje de participación social de un 80% de los derechos sociales, modificaron la Escritura Pública de Sociedad de Responsabilidad Limitada, en el sentido que sigue: A.- don JUAN CARLOS CARRASCO MORAGA, vendió, cedió, enajenó y transfirió a doña ANA MARÍA DE JESÚS CONTRERAS GONZÁLEZ, quien compró, aceptó y adquirió para sí la totalidad de sus derechos que a cualquier título le corresponden o pudieren corresponderle al cedente en la sociedad de responsabilidad limitada que por este acto se modifica, siendo el precio de la presente cesión, la suma única y total de $5.000.000, que el cesionario pagó al cedente, y que éste declaró recibir al contado, en dinero en efectivo y a su entera satisfacción y conformidad, sin tener reclamo alguno que formular.- B.- Que, don FERNANDO MÁRQUEZ ROMEGIALLI, vendió, cedió, enajenó y transfierió a doña ANA MARÍA DE JESÚS CONTRERAS GONZÁLEZ, quien compró, aceptó y adquierió para sí la totalidad de sus derechos que a cualquier título le corresponden o pudieren corresponderle al cedente en la sociedad de responsabilidad limitada que por este acto se modifica, siendo el precio de la presente cesión, la suma única y total de $5.000.000, que el cesionario pagó al cedente y que éste declaró recibir al contado, en dinero en efectivo y a su entera satisfacción y conformidad, sin tener reclamo alguno que formular.- Se retiran de la sociedad don JUAN CARLOS CARRASCO MORAGA, y don FERNANDO EDUARDO MÁRQUEZ ROMEGIALLI, ambos sin tener reclamo alguno que realizar, tanto a la sociedad como a los socios de la misma.- El socio don PATRICIO ANTONIO VIDAL NAVARRETE, declara que se encuentra de acuerdo con la cesión de derechos, autorizándola, sin tener reclamo alguno respecto a ello.- En consecuencia, desde la presente modificación son únicos socios de la sociedad “INSTITUTO DE SEGURIDAD QUIMICA LIMITADA” O “ISQ LIMITADA” y en los porcentajes que a continuación se detallan; don PATRICIO ANTONIO VIDAL NAVARRETE, con un 80% de los derechos sociales; y doña ANA MARÍA DE JESÚS CONTRERAS GONZÁLEZ, con un 20% de los derechos sociales. De este modo quedó determinado el cien por ciento de los derechos en la sociedad.- Se otorgan el más amplio, definitivo, y reciproco finiquito entre los socios que se retiran don JUAN CARLOS CARRASCO MORAGA, y don FERNANDO EDUARDO MÁRQUEZ ROMEGIALLI, y los actuales socios don PATRICIO ANTONIO VIDAL NAVARRETE, y doña ANA MARÍA DE JESÚS CONTRERAS GONZÁLEZ, quienes declaran que nada se adeudan o deben recíprocamente.- 2.- DE LA ADMINISTRACIÓN: La administración, y el uso de la razón social, corresponderá exclusivamente a los socios don PATRICIO ANTONIO VIDAL NAVARRETE; y doña ANA MARÍA DE JESÚS CONTRERAS GONZÁLEZ, quienes la podrán ejercer de manera conjunta, o bien, separada e indistintamente, y anteponiendo a su firma la razón social, obligarán y representarán a la sociedad en todos los actos y negocios que celebren por ella, con las mismas amplias facultades contenidas en la cláusula cuarta de la escritura social de constitución, con la especial limitación de que para ser emplazada judicialmente la sociedad se requerirá la notificación personal de cada uno de los socios.- 3.- Los socios actuales de la sociedad “INSTITUTO DE SEGURIDAD QUÍMICA LIMITADA”, vienen en modificaron la cláusula cuarta del estatuto social, en su parte final, ya que en donde dice: “LIMITACIONES ESTATUTARIA DE ADMINISTRACIÓN: Para la ejecución o celebración de actos o contratos respecto de operaciones cuyo monto exceda la suma de trescientas unidades de fomento, se requerirá la firma conjunta de administrador con uno cualquiera de los socios”, eliminándose definitivamente la limitación antes señalada, y desde la fecha de la presente modificación, cualquiera de los socios podrá contratar por la sociedad y obligarla, con las más amplias facultades señaladas en la cláusula cuarta del estatuto social, y sin limitación alguna.- 4.- Los nuevos y únicos socios acuerdan que tanto las utilidades como las eventuales pérdidas se distribuirán en proporción a sus derechos y aportes en la sociedad.- 5.- En todo lo que no se hubiere modificado por este instrumento seguirán vigentes las estipulaciones del estatuto social singularizado en la cláusula primera de esta escritura. 6.- Los socios limitan su responsabilidad a sus respectivos aportes.- Concepción, 20 de abril 2022.

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