Tecnometal Limitada
Diario Oficial
Informações societárias
Capital
Capital total
$6.000.000
Sócios (2)
| Nome | RUT | Participação | Aporte |
|---|---|---|---|
Socio 17.xxx.xxx-6 | 17.xxx.xxx-6 | 50% | $1.000.000 |
Socio 18.xxx.xxx-6 | 18.xxx.xxx-6 | 50% | $1.000.000 |
Administradores (2)
Histórico societário relatado
- Falecimento· 8 de maio de 2025
Fallece Danilo Belarmino Segura González, socio fundador y administrador de la sociedad.
Danilo Belarmino Segura González · Danilo Belarmino Segura González
- Sucessão· 30 de julho de 2025
Se concede posesión efectiva a Cristobal Danilo Segura Osses y Camilo Daniel Segura Osses como únicos herederos.
- Mudança de administrador· 10 de abril de 2026
La administración y representación pasa a Cristobal Danilo Segura Osses y Camilo Daniel Segura Osses actuando conjuntamente.
Texto oficial do extrato
Ministerio del Interior Wladimir Alejandro Schramm López, Abogado, Notario Público, Titular de la 49ª Notaria de Santiago, con oficio en calle Hermanos Amunategui Nº 73, Certifico: por escritura pública de fecha 10 de Abril de 2026, ante mi, CRISTOBAL DANILO SEGURA OSSES, chileno, soltero, empleado, cédula de identidad 17.409.007-6, con domicilio en Gustavo Eiffel 1.533, comuna de Maipú, Región Metropolitana; y CAMILO DANIEL SEGURA OSSES, chileno, soltero, empleado, cédula de identidad 18.766.959-6, con domicilio en Hermanos Carrera 2.540, comuna de Maipú, Región Metropolitana, suscribieron escritura pública de Adjudicación de derechos y modificación de la sociedad de responsabilidad limitada denominada Tecnometal Limitada, persona jurídica del giro de su denominación RUT N° 76.139.531-0 que rola inscrita a fs.13.179, N° 9.922, del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago del año 2011; y exponen: a.- Con fecha 08 de Mayo del año 2025 falleció el socio fundador de TECNOMETAL LIMITADA don Danilo Belarmino Segura González, quien tenía la administración, uso de la razón social y la representación de la sociedad con amplias facultades. b.- Que la posesión efectiva de los bienes quedados al fallecimiento del señor Segura González se concedió a sus hijos CRISTOBAL DANILO SEGURA OSSES y CAMILO DANIEL SEGURA OSSES, también socios de Tecnometal con un 33,33% del capital social cada uno y como únicos herederos, por Resolución Exenta N° 66.191, de 30 de Julio de 2025, del Servicio de Registro Civil e Identificación de Santiago e inscrita en el Registro Nacional de Posesiones Efectivas con el N° 58.031 de 2025 e inscrita a fs. 84.489, N° 117.988, del Registro de Propiedad del CBR de Santiago de 2025 y declarada exenta del pago del impuesto a la herencia. c.- Que entre los bienes el causante tenia derechos sociales en TECNOMETAL LIMITADA con una valoración de $2.000.000 equivalentes del 33,34 % del capital social, derechos que de acuerdo con la escritura de Partición y Adjudicación de Bienes de la Comunidad Hereditaria Segura González, se adjudicaron a sus herederos don Cristóbal Danilo Segura Osses y don Camilo Daniel Segura Osses, correspondiente en cada caso a la suma de $1.000.000 equivalentes al 16,67% del capital social de la compañía TECNOMETAL LIMITADA. d.- Que atendido lo anterior quedan como únicos socios de TECNOMETAL LIMITADA”, don CRISTOBAL DANILO SEGURA OSSES y don CAMILO DANIEL SEGURA OSSES, cada uno con el 50% de los derechos sociales. e.- Que en tanto únicos socios de TECNOMETAL LIMITADA, don CRISTOBAL DANILO SEGURA OSSES y don CAMILO DANIEL SEGURA OSSES, representando socialmente el 100 % del capital social, vienen respecto del artículo octavo de los estatutos sociales en señalar lo siguiente: Uno.- Que no obstante el carácter de cláusula de término que tiene la cláusula octava de los estatutos sociales, los socios sobrevivientes y únicos socios de TECNOMETAL LIMITADA acuerdan por unanimidad la continuidad de la sociedad. Dos.- Que el nuevo texto del articulo octavo será el siguiente: “OCTAVO: En el evento del fallecimiento de uno de los socios, la sociedad continuará con sus herederos, los que deberán hacerse representar por una sola persona. Esta persona actuará en nombre y representación de ellos en la toma de decisiones. El nombramiento de este representante, que tendrá iguales atribuciones que su representado, deberá hacerse por escritura pública, dentro del plazo de noventa días contado del deceso del socio, instrumento la que se anotará al margen de la inscripción de la sociedad en el respectivo Registro de Comercio”. F.- Que igualmente en tanto únicos socios y titulares, en su conjunto del 100 % del capital social, vienen en reemplazar la cláusula 5ª de la escritura social de la administración cuyo texto se deroga íntegramente y se reemplaza por el siguiente: “QUINTO: Administración y uso de la razón social. La administración, representación y uso del nombre de la sociedad corresponderá a los socios don CRISTOBAL DANILO SEGURA OSSES y don CAMILO DANIEL SEGURA OSSES, quienes actuando siempre conjuntamente en cada caso, y anteponiendo sus firmas a la razón social, representarán a la sociedad con las más amplias facultades que se detallan en la continuidad de la cláusula. En ningún caso tendrá valor social ni obligará a la sociedad respecto de terceros, la actuación individual de alguno cualquiera de los dos administradores designados, ni aun como agente oficioso. En lo no modificado quedan plenamente vigentes todas las estipulaciones estatutarias y legales que regían a la sociedad antes de la modificación que contiene esta escritura. Demás estipulaciones escrituran que extracto. SANTIAGO, 29 de abril de 2026. Wladimir Schramm Lopez.- Notario.-
Atuações recentes
- MODIFICACIÓN
TECNOMETAL LIMITADA
CVE 2810381
