Sociedade de Responsabilidade Limitada76.133.909-5

Renta E Inversiones Santa Fe Limitada

MODIFICACIÓN — 15 de out. de 2025

Diario Oficial

ModificaçãoDiario Oficial · 2025-10-15Ver PDF (CVE 2712355)

Informações societárias

Ltda
Temuco, Araucanía

Capital

Capital total

$2.000.000

Sócios (2)

NomeParticipação

JULIO CÉSAR SEPÚLVEDA HURTADO

Socio

9.xxx.xxx-1

-

JENNY ELIZABETH RIVAS RENDEL

Socio

8.xxx.xxx-5

-

Histórico societário relatado

  1. Cessão de direitos· 24 de dezembro de 2019

    Jenny Elizabeth Rivas Rendel cedió a Julio Cesar Sepúlveda Hurtado un 25% de sus derechos, equivalente al 45% del capital social.

    JENNY ELIZABETH RIVAS RENDEL · JULIO CÉSAR SEPÚLVEDA HURTADO

Texto oficial do extrato

Ministerio del Interior JUAN ANTONIO LOYOLA OPAZO, abogado Notario Público titular de la ciudad de Temuco, con oficio en calle Prat N° 815, certifica Que por escritura pública de fecha 10 de octubre de 2025, otorgada ante mí, Rep. 3076, don JULIO CÉSAR SEPÚLVEDA HURTADO, chileno, corredor de propiedades, casado y separado totalmente de bienes, cédula de identidad número 9.736.364-1, domiciliado en calle Antonio Varas número 687, oficina 808 de la ciudad y Comuna de Temuco; y doña JENNY ELIZABETH RIVAS RENDEL, chilena, casada y separada totalmente de bienes, administradora, cédula de identidad número 8.688.167-5, con domicilio en calle Aragón número 125 B, departamento 903 de la ciudad y Comuna de Temuco; ambos mayores de edad, quienes acreditaron sus identidades con sus respectivas cédulas de identidad y expresaron que: las partes vienen en resciliar y dejar sin efecto, la cesión hecha por la socia Jenny Elizabeth Rivas Rendel, de fecha veinticuatro de diciembre del año dos mil diecinueve, ante el notario público de Temuco don Jorge Elías Tadres Hales, anotada en el Repertorio de instrumentos públicos bajo el número diez mil novecientos diez / dos mil diecinueve en que vendió, cedió y transfirió al socio don Julio Cesar Sepúlveda Hurtado un veinticinco por ciento Sobre la totalidad de sus acciones y/o participación social en la sociedad las que equivalían a un cuarenta y cinco por ciento del capital social, retrotrayéndose los efectos de dicha cesión al momento al momento anterior a su celebración, de modo que doña Jenny Elizabeth Rivas Rendel, vuelve a ser la propietaria de la participación social que le fuera vendida y transferida a don Julio Cesar Sepúlveda Hurtado, equivalente a un veinticinco por ciento sobre la totalidad de La participación social en la sociedad "RENTA E INVERSIONES SANTA FE LIMITADA", y nombre de fantasía; "SANTA FE LTDA", Rol Unico Tributario número setenta y seis millones ciento treinta y tres mil novecientos nueve guion cinco.- El capital Social a la fecha es de DOS MILLONES DE PESOS.- Por su parte doña JENNY ELIZABETH RIVAS RENDEL restituye a don JULIO CÉSAR SEPÚLVEDA HURTADO, la cantidad de DOS MILLONES QUINIENTOS MIL PESOS, por concepto del precio pagado, cantidad que este recibe, en este acto, en dinero efectivo y a su entera satisfacción, declarando que, con dicha cantidad, queda compensado por las que dio con motivo de la cesión o venta resciliada, sin tener cargo alguno que formular.-La razón o motivo de la resciliación de dicha cesión o venta es que fue celebrada entre cónyuges en contravención a lo dispuesto por el artículo mil setecientos noventa y seis del Código Civil, constando de certificado de matrimonio inserto en la escritura de fecha veinticuatro de diciembre del año dos mil diecinueve, ante el notario público de Temuco don Jorge Elías Tadres Hales, anotada en el Repertorio de instrumentos públicos bajo el número diez mil novecientos diez / dos mil diecinueve, por lo que el acto resciliado adolecía de nulidad absoluta y que los comparecientes a la fecha de la cesión ignoraban el alcance de dicha prohibición.- Capital Social $2.000.000.- Temuco, 10 de octubre de 2025.-

ModificaçãoDiario Oficial · 2021-08-07Ver PDF (CVE 1990319)

Informações societárias

SpA
Temuco, Araucanía
Duração: indefinida
Administração: Administrador General designado por Junta de Accionistas; mientras no se designe otro, administración conjunta o separadamente de Jenny Elizabeth Rivas Rendel y Julio Cesar Sepúlveda Hurtado

Objeto social

Realizar por cuenta propia o de terceros inversiones en área mobiliaria e inmobiliaria; invertir en acciones, bonos, debentures y otros valores mobiliarios; efectuar inversiones en mercado de capitales; invertir y participar en sociedades; adquirir, urbanizar, lotear, construir, enajenar y explotar inmuebles; comprar, vender, fabricar, elaborar, abastecer, distribuir, representar, comercializar, importar y exportar productos de consumo masivo y bienes muebles; y toda otra actividad relacionada directa o indirectamente.

Capital

Capital total

$2.000.000

Capital integralizado

$2.000.000

Capital pendente

$0

Ações

100

Sócios (2)

NomeParticipação

JENNY ELIZABETH RIVAS RENDEL

Accionista

50%

JULIO CESAR SEPÚLVEDA HURTADO

Accionista

50%

Administradores (2)

Histórico societário relatado

  1. Constituição· 26 de janeiro de 2011

    Jenny Elizabeth Rivas Rendel y Julio Cesar Sepúlveda Hurtado constituyen la sociedad Renta e Inversiones Santa Fe Limitada.

    JENNY ELIZABETH RIVAS RENDEL · JULIO CESAR SEPÚLVEDA HURTADO

  2. Cessão de direitos· 1 de março de 2013

    Se suscribe cesión de derechos sociales y modificación del pacto social.

    JENNY ELIZABETH RIVAS RENDEL · JULIO CESAR SEPÚLVEDA HURTADO · ESTEBAN ANDRES SEPÚLVEDA RIVAS · VICTORIA ANDREA SEPÚLVEDA RIVAS

  3. Cessão de direitos· 24 de dezembro de 2019

    Se suscribe nueva cesión de derechos sociales y modificación del pacto social.

    JENNY ELIZABETH RIVAS RENDEL · JULIO CESAR SEPÚLVEDA HURTADO · ESTEBAN ANDRES SEPÚLVEDA RIVAS · VICTORIA ANDREA SEPÚLVEDA RIVAS · ISABEL ALEJANDRA SEPÚLVEDA RIVAS

  4. Transformação· 5 de agosto de 2021

    Los socios transforman la sociedad de responsabilidad limitada en una SpA, cambian el nombre y fijan nuevo régimen de administración y capital en acciones.

    JENNY ELIZABETH RIVAS RENDEL · JULIO CESAR SEPÚLVEDA HURTADO

Texto oficial do extrato

JUAN ANTONIO LOYOLA OPAZO, Notario Público Titular de Temuco, con oficio en calle Arturo Prat 770, certifica: Que por escritura pública de fecha 23 de julio de 2021, Rep. Nº 2687, otorgada ante mí, doña JENNY ELIZABETH RIVAS RENDEL y don JULIO CESAR SEPÚLVEDA HURTADO, este último quien actúa por sí y por : i) ESTEBAN ANDRES SEPÚLVEDA RIVAS, ii) VICTORIA ANDREA SEPÚLVEDA RIVAS, y iii) ISABEL ALEJANDRA SEPÚLVEDA RIVAS, todos domiciliados Temuco, calle Antonio Varas 687 oficina 808, los comparecientes chilenos y mayores de edad, expusieron: Por escritura pública 26 enero 2011 ante Notario Público Temuco don Rodrigo Sanhueza Ríos, Suplente de Juan Antonio Loyola Opazo, doña JENNY ELIZABETH RIVAS RENDEL y don JULIO CESAR SEPÚLVEDA HURTADO constituyeron sociedad responsabilidad limitada cuyo nombre o razón social es “RENTA E INVERSIONES SANTA FE LIMITADA”, nombre de fantasía es "SANTA FE LTDA.".- Extracto se publicó Diario Oficial 39.877 del 4 febrero 2011 inscrito registro Comercio Conservador Temuco fojas 156 N° 167 año 2011. Capital inicial $2.000.000.- Por escritura pública de 1 marzo 2013 ante Notario Público Temuco don Jorge Elías Tadres Hales, JENNY ELIZABETH RIVAS RENDEL, JULIO CESAR SEPÚLVEDA HURTADO, ESTEBAN ANDRES SEPÚLVEDA RIVAS, y VICTORIA ANDREA SEPÚLVEDA RIVAS, suscribieron escritura cesión derechos sociales y modificación pacto social. Extracto se publicó Diario Oficial 40.505 del día 9 marzo 2013 inscrito registro Comercio Conservador Temuco fojas 577 vuelta N° 463 año 2013. Por escritura pública 24 diciembre 2019 ante Notario Público Temuco don Jorge Elías Tadres Hales, JENNY ELIZABETH RIVAS RENDEL, JULIO CESAR SEPÚLVEDA HURTADO, ESTEBAN ANDRES SEPÚLVEDA RIVAS, VICTORIA ANDREA SEPÚLVEDA RIVAS, y ISABEL ALEJANDRA SEPÚLVEDA RIVAS suscribieron escritura cesión derechos sociales y modificación pacto social. Extracto se publicó Diario Oficial 42.542 del 2 enero 2020 y se inscribió registro Comercio Conservador Temuco fojas 49 N° 16 del 2020. Por este acto e instrumento, JENNY ELIZABETH RIVAS RENDEL, JULIO CESAR SEPÚLVEDA HURTADO, por sí y en representación de ISABEL ALEJANDRA SEPULVEDA RIVAS, de ESTEBAN ANDRES SEPÚLVEDA RIVAS, y de VICTORIA ANDREA SEPÚLVEDA RIVAS señalan que el precio de las cesiones referidas en la escritura señalada en la cláusula precedente se encuentra íntegramente pagado. Por este acto e instrumento, los comparecientes declaran que conforme al pacto social y modificaciones citadas los socios y el interés social de cada uno de ellos en la sociedad son: JULIO CESAR SEPÚLVEDA HURTADO, 70%, ESTEBAN ANDRES SEPÚLVEDA RIVAS, 15% y doña ISABEL ALEJANDRA SEPÚLVEDA RIVAS 15%..- Por este acto JULIO CESAR SEPÚLVEDA HURTADO en representación de don ESTEBAN ANDRES SEPÚLVEDA RIVAS, vende, cede y transfiere a JENNY ELIZABETH RIVAS RENDEL, quien compra y adquiere para sí el total del interés de su representado, equivalente a 15% del total del capital social, en $200.000.-, suma que es pagada en este acto al contado y en dinero efectivo. Por este acto JULIO CESAR SEPÚLVEDA HURTADO en representación de ISABEL ALEJANDRA SEPÚLVEDA RIVAS, vende, cede y transfiere a JENNY ELIZABETH RIVAS RENDEL, quien compra y adquiere para sí el total del interés de su representado, equivalente a 15% del total del capital social, en $200.000.-, suma que es pagada en este acto al contado y en dinero efectivo. Dadas cesiones referidas en las cláusulas precedentes el interés social de cada socio es el siguiente: JENNY ELIZABETH RIVAS RENDEL, 30% y JULIO CESAR SEPÚLVEDA HURTADO, 70%.- Por este acto los socios JENNY ELIZABETH RIVAS RENDEL, y JULIO CESAR SEPÚLVEDA HURTADO, transforman sociedad antes dicha en una sociedad por acciones y en los términos que se indican seguidamente: Nombre o razón social será RENTA E INVERSIONES SANTA FE LIMITADA SpA”, pudiendo actuar ante los Bancos y demás entidades públicas y/o privadas con el nombre de fantasía de SANTA FE SpA. Domicilio Temuco, sin perjuicio de las agencias, oficinas, sucursales o establecimiento que instale en otros puntos del país o el extranjero.- Objeto de la sociedad será realizar por cuenta ´propia o de terceros, los siguientes objetos: a) efectuar toda clase de inversiones en área mobiliaria e inmobiliaria, así podrá invertir en acciones, bonos, debentures, y en todo otro tipo de valores mobiliarios, efectuar inversiones en mercado de capitales, invertir y participar en todo tipo de sociedades, incorporándose o asociándose con las mismas; b) podrá adquirir bienes inmuebles urbanos o rurales, urbanizarlos, lotearlos, construir en ellos, enajenar las construcciones o explotarlas bajo la forma de arrendamiento o cualquiera otra, plantarlos, sembrarlos, enajenarlos a cualquier título y percibir sus frutos; c) la compra, venta, fabricación, elaboración, abastecimiento, distribución, representación, comercialización, importación y exportación de toda clase de productos de consumo masivo y de bienes muebles en general; y d) toda otra actividad relacionada directa o indirectamente, en la actualidad o en el futuro, con las anteriores y cualquier otro objeto que los socios acuerden. Capital $2.000.000.- dividido en cien acciones nominativas, de una misma serie sin valor nominal suscritas y pagadas con anterioridad por JENNY ELIZABETH RIVAS RENDEL, y don JULIO CESAR SEPÚLVEDA HURTADO en partes iguales. La administración y representación legal será ejercida por un Administrador General de la sociedad, designado para tal efecto por la Junta de Accionistas. Mientras la Junta de Accionistas no designe a otros administradores, y dicha designación no sea anotada al margen de la inscripción del extracto de la presente sociedad en el Registro de Comercio, ejercerá la administración de la sociedad, doña JENNY ELIZABETH RIVAS RENDEL y don JULIO CESAR SEPÚLVEDA HURTADO, quienes actuando conjunta o separadamente la administrarán, con las más amplias facultades, que se indican en la escritura extractada. La vigencia de la sociedad comenzará a partir de la fecha de la presente escritura, y será indefinida. Demás estipulaciones en escritura que extracto. TEMUCO, 05 de agosto de 2021.

ModificaçãoDiario Oficial · 2021-04-08Ver PDF (CVE 1923622)

Informações societárias

Ltda
Temuco, Araucanía

Capital

Capital total

$2.000.000

Histórico societário relatado

  1. Constituição· 26 de janeiro de 2011

    Se constituye RENTA E INVERSIONES SANTA FE LIMITADA, de fantasía SANTA FE LTDA.

    JENNY ELIZABETH RIVAS RENDEL · JULIO CESAR SEPÚLVEDA HURTADO

  2. Cessão de direitos· 1 de março de 2013

    Cesión de derechos sociales y modificación del pacto social.

    JENNY ELIZABETH RIVAS RENDEL · JULIO CESAR SEPÚLVEDA HURTADO · ESTEBAN ANDRES SEPÚLVEDA RIVAS · VICTORIA ANDREA SEPÚLVEDA RIVAS

  3. Cessão de direitos· 24 de dezembro de 2019

    Cesión de derechos sociales y modificación del pacto social.

    JENNY ELIZABETH RIVAS RENDEL · JULIO CESAR SEPÚLVEDA HURTADO · ESTEBAN ANDRES SEPÚLVEDA RIVAS · VICTORIA ANDREA SEPÚLVEDA RIVAS · ISABEL ALEJANDRA SEPÚLVEDA RIVAS

Texto oficial do extrato

RODRIGO SANHUEZA RIOS, Notario Público de Temuco, Suplente del Titular Juan Antonio Loyola Opazo, ambos con oficio en Arturo Prat 770, certifica: Que por escritura pública de fecha 25 de marzo de 2021, Rep. 1126, otorgada ante mí, JENNY ELIZABETH RIVAS RENDEL, y JULIO CESAR SEPÚLVEDA HURTADO, este por sí y por ESTEBAN ANDRES SEPÚLVEDA RIVAS, VICTORIA ANDREA SEPÚLVEDA RIVAS, e ISABEL ALEJANDRA SEPÚLVEDA RIVAS, todos domiciliados Temuco, Antonio Varas 687 oficina 808, expusieron: Que por escritura de 26/01/2011 repertorio N° 925 ante Notario Temuco don Rodrigo Sanhueza Ríos, Suplente del Titular don Juan Antonio Loyola Opazo, doña JENNY ELIZABETH RIVAS RENDEL y don JULIO CESAR SEPÚLVEDA HURTADO constituyeron la sociedad responsabilidad limitada RENTA E INVERSIONES SANTA FE LIMITADA, nombre de fantasía es "SANTA FE LTDA.", RUT 76.133.909-5, cuyo Extracto se publicó D.O. N° 39.877 del 04/02/2011 y se inscribió registro Comercio Temuco a fojas 156 N° 167 del 2011. Capital social pactado $2.000.000.- Por escritura pública de 01/03/2013 repertorio N° 1462/2013 ante el Notario Temuco don Jorge Elías Tadres Hales, doña JENNY ELIZABETH RIVAS RENDEL, don JULIO CESAR SEPÚLVEDA HURTADO, don ESTEBAN ANDRES SEPÚLVEDA RIVAS, y doña VICTORIA ANDREA SEPÚLVEDA RIVAS, suscribieron escritura cesión derechos sociales y modificación del pacto social. Extracto se publicó D.O.N°40.505 del 09/03/2013 y se inscribió registro Comercio Temuco a fojas 577 vuelta N° 463 año 2013.- Por escritura pública de 24/12/2019 l repertorio N° 10.910/2019 ante Notario de Temuco don Jorge Elías Tadres Hales, doña JENNY ELIZABETH RIVAS RENDEL, don JULIO CESAR SEPÚLVEDA HURTADO, don ESTEBAN ANDRES SEPÚLVEDA RIVAS, doña VICTORIA ANDREA SEPÚLVEDA RIVAS, y doña ISABEL ALEJANDRA SEPÚLVEDA RIVAS suscribieron escritura cesión derechos sociales y modificación pacto social. Extracto se publicó D.O. N° 42.542 del 02701/2020 y se inscribió registro Comercio Temuco a fojas 49 bajo N° 16 año 2020. Por este acto e instrumento, por una parte doña JENNY ELIZABETH RIVAS RENDEL, don JULIO CESAR SEPÚLVEDA HURTADO, don ESTEBAN ANDRES SEPÚLVEDA RIVAS, y doña VICTORIA ANDREA SEPÚLVEDA RIVAS vienen en rectificar la cláusula TERCERO de la escritura de cesión y modificación social referida en la cláusula SEGUNDO precedente en el sentido que donde dice: “TERCERO. Por esta escritura la socia doña Jenny Elizabeth Rivas Rendel , con el acuerdo del socio don Julio César Sepúlveda Hurtado, vende, cede y transfiere a doña Victoria Andrea Sepúlveda Rivas, un diez por ciento de sus derechos en la sociedad, los que equivalen a un cinco por ciento del capital social, quien los acepta y adquiere para sí por un valor de cien mil pesos, obligándose a enterarlos en dinero efectivo conforme a las necesidades de la sociedad o, con cargo a utilidades, y en un plazo no superior a tres años contados desde la fecha de firma de la presente escritura”., debe decir: “ TERCERO. Por esta escritura la socia doña Jenny Elizabeth Rivas Rendel , con el acuerdo del socio don Julio César Sepúlveda Hurtado, vende, cede y transfiere a doña Victoria Andrea Sepúlveda Rivas, un diez por ciento de sus derechos en la sociedad, los que equivalen a un cinco por ciento del capital social, quien los acepta y adquiere para sí por un valor de cien mil pesos, quien los acepta y adquiere para sí por un valor de cien mil pesos, pagados en este acto y en dinero en efectivo, declarándolo así el cedente“.- Por este acto e instrumento, doña JENNY ELIZABETH RIVAS RENDEL, don JULIO CESAR SEPÚLVEDA HURTADO, don ESTEBAN ANDRES SEPÚLVEDA RIVAS, y doña VICTORIA ANDREA SEPÚLVEDA RIVAS vienen en rectificar la cláusula CUARTO de la escritura de cesión y modificación social referida en la cláusula SEGUNDO precedente en el sentido que donde dice: “CUARTO. Del mismo modo, don Julio César Sepúlveda Hurtado, con el acuerdo de la socia doña Jenny Elizabeth Rivas Rendel, vende, cede y transfiere a don Esteban Andrés Sepúlveda Rivas, un diez por ciento de sus derechos en la sociedad, los que equivalen a un cinco por ciento del capital social, quien los acepta y adquiere para sí por un valor de cien mil pesos, obligándose a enterarlos en dinero efectivo conforme a las necesidades de la sociedad o, con cargo a utilidades, y en un plazo no superior a tres años contados desde la fecha de firma de la presente escritura”., debe decir: “CUARTO. Del mismo modo, don Julio César Sepúlveda Hurtado, con el acuerdo de la socia doña Jenny Elizabeth Rivas Rendel, vende, cede y transfiere a don Esteban Andrés Sepúlveda Rivas, un diez por ciento de sus derechos en la sociedad, los que equivalen a un cinco por ciento del capital social, quien los acepta y adquiere para sí por un valor de cien mil pesos, pagados en este acto y en dinero en efectivo, declarándolo así el cedente.” Asimismo, los comparecientes vienen en resciliar y dejar sin efecto la escritura pública de cesión y modificación social referida en la cláusula TERCERO de este instrumento por cuanto los cesionarios no han dado cumplimiento a su obligación de pago de los derechos sociales por una parte, como también por haberse incurrido en errores en la redacción de la misma.- Que dado lo antes acordado, se retrotraen las cosas al estado anterior, y en consecuencia a contar de esta fecha rigen todas y cada una de las cláusulas estipuladas en la escritura pública de constitución social referida en la cláusula PRIMERO de este instrumento y modificación de esta señalada en la cláusula SEGUNDO. Por este acto e instrumento, los comparecientes vienen en declarar que dado lo acordado precedentemente el interés social de cada uno de ellos en la sociedad es de : JENNY ELIZABETH RIVAS RENDEL, 40%; JULIO CESAR SEPÚLVEDA HURTADO, 40%, don ESTEBAN ANDRES SEPÚLVEDA RIVAS, 10% y doña VICTORIA ANDREA SEPÚLVEDA RIVAS 10%.- Por este acto e instrumento doña JENNY ELIZABETH RIVAS RENDEL, con el acuerdo de los demás socios, vende, cede y transfiere a doña ISABEL ALEJANDRA SEPULVEDA RIVAS para quien compra y adquiere don JULIO CESAR SEPULVEDA HURTADO un 25% interés social de la cedente, equivalente a 5% del total del interés social, en la suma de $200.000.-, suma pagada este acto al contado y en dinero efectivo. Por este acto e instrumento don JULIO CESAR SEPÚLVEDA HURTADO con el acuerdo de los demás socios, vende, cede y transfiere a doña ISABEL ALEJANDRA SEPULVEDA RIVAS para quien compra y adquiere don JULIO CESAR SEPULVEDA HURTADO, un 25% del interés social del cedente, equivalente a 5% del total del interés social, en la suma de $200.000.-, suma pagada este acto al contado y en dinero efectivo. Dado la cesión referida en las cláusulas precedentes el interés social de cada socio es el siguiente: JENNY ELIZABETH RIVAS RENDEL, 35%; don JULIO CESAR SEPÚLVEDA HURTADO, 35%, don ESTEBAN ANDRES SEPÚLVEDA RIVAS, 10%, doña VICTORIA ANDREA SEPÚLVEDA RIVAS 10% y doña ISABEL ALEJANDRA SEPULVEDA RIVAS 10%. Demás estipulaciones en escritura que extracto.- Temuco, 06 de abril 2021.-

Atuações recentes

  1. MODIFICACIÓN

    RENTA E INVERSIONES SANTA FE LIMITADA

    CVE 2712355

  2. MODIFICACIÓN

    RENTA E INVERSIONES SANTA FE LIMITADA

    CVE 1990319

  3. MODIFICACIÓN

    RENTA E INVERSIONES SANTA FE LIMITADA

    CVE 1923622

Relações societárias

EmpresaPessoaDiario OficialRelação histórica (encerrada)