Sociedade de Responsabilidade Limitada76.131.539-0

Sociedad De Reparación De Automóviles Gómez Y Almonacid Limitada

MODIFICACIÓN — 29 de nov. de 2018

Diario Oficial

ModificaçãoDiario Oficial · 2018-11-29Ver PDF (CVE 1503682)

Informações societárias

Ltda
Avda. España 2345
Administração: Correspondencia exclusiva y excluyentemente a Claudio Marcelo Gómez Cárcamo

Capital

Capital total

$25.000.000

Sócios (2)

NomeParticipação

Claudio Marcelo Gómez Cárcamo

Socio

99%

Sandra del Carmen Almonacid Muñoz

Socio

1%

Administradores (1)

Histórico societário relatado

  1. Constituição· 5 de novembro de 2010

    Constitución de la sociedad de responsabilidad limitada Sociedad de Reparación de Automóviles Gómez y Almonacid Limitada, hoy Dagmar System Limitada.

    Claudio Marcelo Gómez Cárcamo · Sandra del Carmen Almonacid Muñoz

Texto oficial do extrato

Horacio Silva Reyes, Notario de Magallanes y Antártica Chilena, con oficio L. Navarro 1164, Punta Arenas, certifico: Que por escritura pública de hoy, ante mí, Claudio Marcelo Gómez Cárcamo y Sandra del Carmen Almonacid Muñoz, ambos Avda. España 2345 esta ciudad; modificaron la Sociedad de Responsabilidad Limitada denominada “SOCIEDAD DE REPARACIÓN DE AUTOMÓVILES GÓMEZ Y ALMONACID LIMITADA”, nombre fantasía “DAGMAR SYSTEM LIMITADA”, RUT 76.131.539-0 con Capital Social de $25.000.000; constituida ante mí el 5 Noviembre 2010 e inscrita a fs. 542 Nº 502 del Registro Comercio de Punta Arenas año 2011. Modificaciones pactadas: SANDRA DEL CARMEN ALMONACID MUÑOZ vende, cede y transfiere a CLAUDIO MARCELO GÓMEZ CÁRCAMO, el 39% de las acciones y derechos de la que es titular en la sociedad y que corresponden al 39% del capital social. Precio de cesión $5.000.000, que cesionario paga en este acto a la cedente, al contado y en dinero efectivo. La participación de los socios en la sociedad queda del modo siguiente: CLAUDIO MARCELO GÓMEZ CÁRCAMO con el 99% de las acciones y derechos de la sociedad; y SANDRA DEL CARMEN ALMONACID MUÑOZ con el 1% de las acciones y derechos de la sociedad. Socios modifican cláusula cuarta del pacto social primitivo, referida a la administración y uso de la razón social, en términos que esta corresponderá exclusiva y excluyentemente a CLAUDIO MARCELO GÓMEZ CÁRCAMO, subsistiendo todas y cada una de las enunciaciones restantes de la cláusula aludida. En lo no modificado el pacto social sigue inalterado. Demás cláusulas constan en escritura extractada. Punta Arenas, 13 Noviembre 2018.

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  1. MODIFICACIÓN

    SOCIEDAD DE REPARACIÓN DE AUTOMÓVILES GÓMEZ Y ALMONACID LIMITADA

    CVE 1503682

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