Servicios Médicos Ecogyn Limitada
Diario Oficial
Informações societárias
Sócios (4)
| Nome | RUT | Participação | Aporte |
|---|---|---|---|
Pedro Hernán Barrios Rodríguez Socio | - | 10% | - |
Paulina Elsa Ramírez Pérez Socio | - | 25% | - |
Lucila del Carmen Pérez Pérez Socio | - | 30% | - |
Javiera Almendra Gatica Ramírez Socio | - | 35% | - |
Histórico societário relatado
- Outro ato· 26 de novembro de 2021
Se modificó la sociedad SERVICIOS MÉDICOS ECOGYN LIMITADA.
- Outro ato· 20 de maio de 2022
Rectificación del porcentaje de participación de los socios en la cláusula novena.
Pedro Hernán Barrios Rodríguez · Paulina Elsa Ramírez Pérez · Lucila del Carmen Pérez Pérez · Javiera Almendra Gatica Ramírez
Texto oficial do extrato
JAVIER IGNACIO HORMAZÁBAL COLLAO, Suplente 19° Notaría Santiago de don Ricardo Reveco Hormazabal, Bandera N° 341 oficina 352, certifico: Por escritura pública de fecha 20 de Mayo de 2022, Rep. 30.662 - 2022, otorgado ante el titular, don PEDRO HERNAN BARRIOS RODRIGUEZ, doña PAULINA ELSA RAMIREZ PEREZ, doña JAVIERA ALMENDRA GATICA RAMÍREZ, todos domiciliados en Camino del Paisaje Nº6750 La Florida, y doña LUCILA DEL CARMEN PEREZ PEREZ, Lasana N° 1025, La Florida; Antecedentes de la sociedad: con fecha 26 de noviembre del año 2021, mediante escritura pública otorgada en la Notaría de Santiago de don Pedro Ricardo Reveco Hormazábal ante el Notario suplente don Javier Ignacio Hormazábal Collao, repertorio N°74.755, se modificó la sociedad “SERVICIOS MÉDICOS ECOGYN LIMITADA”, cuyo extracto se inscribió en el Registro de Comercio de Santiago a fojas 99283, número 45888, del año 2021 y publicado en el diario oficial N°43136, con fecha 24 diciembre de 2021. Rectificación. En virtud de un error en la escritura de modificación de sociedad y su extracto, respecto del porcentaje de participación de los socios, los comparecientes ratifican cláusula novena, DONDE DICE: “NOVENO: En virtud de lo expuesto anteriormente quedan como únicos y exclusivos socios y en proporción del haber social don Pedro Hernán Barrios Rodríguez con el 10% del haber social; doña Paulina Elsa Ramírez Pérez con el 25% del haber social; doña Lucila del Carmen Pérez Pérez con el 35% del haber social; y doña Javiera Almendra Gatica Ramírez con el 35% por ciento del haber social, los socios limitan su responsabilidad al monto de sus aportes.”. DEBE DECIR: “NOVENO: En virtud de lo expuesto anteriormente quedan como únicos y exclusivos socios y en proporción del haber social don Pedro Hernán Barrios Rodríguez con el 10% del haber social; doña Paulina Elsa Ramírez Pérez con el 25% del haber social; doña Lucila del Carmen Pérez Pérez con el 30% de haber social; y doña Javiera Almendra Gatica Ramírez con el 35% del haber social. - Demás estipulaciones escritura extractada.- Santiago 06 de Junio de 2022.
Informações societárias
Sócios (4)
| Nome | RUT | Participação | Aporte |
|---|---|---|---|
PEDRO HERNAN BARRIOS RODRIGUEZ Socio | - | 10% | - |
PAULINA ELSA RAMIREZ PEREZ Socio | - | 25% | - |
LUCILA DEL CARMEN PEREZ PEREZ Socio | - | 35% | - |
JAVIERA ALMENDRA GATICA RAMÍREZ Socio | - | 35% | - |
Histórico societário relatado
- Constituição· 1 de dezembro de 2010
Se constituye la sociedad Servicios Médicos Ecogyn Limitada.
- Outro ato· 29 de julho de 2016
Se realiza una modificación societaria posterior.
- Outro ato· 28 de dezembro de 2016
Se deja sin efecto la modificación anterior y se efectúa una nueva modificación.
Texto oficial do extrato
PEDRO RICARDO REVECO HORMAZABAL, Notario Público de la 19° Notaría Santiago, Bandera N° 341 oficina 352, certifico: Por escritura pública de fecha 26 de Noviembre de 2021, ante Suplente don Javier Ignacio Hormazabal Collao, Rep. 74.755 – 2021, don PEDRO HERNAN BARRIOS RODRIGUEZ,; doña PAULINA ELSA RAMIREZ PEREZ, doña JAVIERA ALMENDRA GATICA RAMÍREZ, todos Camino del Paisaje Nº6750 La Florida, y doña LUCILA DEL CARMEN PEREZ PEREZ, Lasana 1025, La Florida; antecedentes sociedad “SERVICIOS MEDICOS ECOGYN LIMITADA”, RUT 76.129.843-7, constituida escritura pública ante Notario de Santiago Clovis Toro Campos, de fecha 01 de Diciembre de 2010. Extracto se inscribió a fojas 65.675, número 45.722, del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago, correspondiente al año 2010, modificada ante Notario de Puente Alto, don Andrés Vega Alvarado, escritura de fecha 29 julio 2016, repertorio 814-2016, inscrita fojas 58556, número 31715 del Registro de Comercio de Santiago del año 2016. Posteriormente se rescilió la modificación antes señalada y a la vez se realizó una nueva modificación escritura fecha 28 de diciembre del 2016 ante Notario de Puente Alto, don Andrés Vega Alvarado, inscrita Registro de Comercio de Santiago a fojas 1564, número 855 del año 2016. Modificación: PEDRO HERNAN BARRIOS RODRIGUEZ, PAULINA ELSA RAMIREZ PEREZ, LUCILA DEL CARMEN PEREZ PEREZ y JAVIERA ALMENDRA GATICA RAMÍREZ, vienen en modificar la sociedad antes señalada en el sentido que se indica, modificación consiste: LUCILA DEL CARMEN PEREZ PEREZ, titular 45% derechos sociales, vende, cede y transfiere, el 15% derechos de la sociedad a doña JAVIERA ALMENDRA GATICA RAMÍREZ, quien los compra, adquiere y aceptar para sí, en $1.000.000.-; pagados al contado, declarando LUCILA DEL CARMEN PEREZ PEREZ haberlos recibido a su entera satisfacción; del mismo modo PAULINA ELSA RAMÍREZ PEREZ titular 45% derechos sociales, vende, cede y transfiere el 20% derechos de la sociedad, a JAVIERA ALMENDRA GATICA PEREZ, quien los compra, adquiere y aceptar para sí, en $1.500.000.-; pagados al contado declarando PAULINA ELSA RAMÍREZ PEREZ haberlos recibido a su entera satisfacción. En consecuencia quedan únicos socios y en proporción del haber social, Pedro Hernán Barrios Rodríguez 10% haber social; Paulina Elsa Ramírez Pérez 25% haber social; Lucila del Carmen Pérez Pérez 35% haber social; y Javiera Almendra Gatica Ramírez 35% haber social, los socios limitan su responsabilidad al monto de sus aportes. En todo lo no modificado por éste instrumento, queda vigente el pacto social.- Demás estipulaciones escritura extractada.- Santiago, 10 de Diciembre de 2021.
Informações societárias
Sócios (3)
| Nome | RUT | Participação | Aporte |
|---|---|---|---|
Pedro Hernán Barrios Rodríguez Socio 13.xxx.xxx-5 | 13.xxx.xxx-5 | 10% | - |
Paulina Elsa Ramírez Pérez Socio 14.xxx.xxx-2 | 14.xxx.xxx-2 | 45% | $1.500.000 |
Lucila del Carmen Pérez Pérez Socio 7.xxx.xxx-3 | 7.xxx.xxx-3 | 45% | $6.000.000 |
Administradores (1)
Pedro Hernán Barrios Rodríguez
Histórico societário relatado
- Constituição· 1 de dezembro de 2010
Constitución de Servicios Médicos Ecogyn Limitada.
- Outro ato· 29 de julho de 2016
Se dejó sin efecto una modificación societaria anterior.
Texto oficial do extrato
ANDRES VEGA ALVARADO, Notario Público Titular 4ª Notaría Puente Alto, Manuel Rodríguez Nº 053, local 206, certifico que por escritura pública hoy ante mí, don PEDRO HERNAN BARRIOS RODRIGUEZ, chileno, casado y separado totalmente de bienes, médico, C.I.Nº13.690.756-5, doña PAULINA ELSA RAMIREZ PEREZ, chilena, casada y separada totalmente de bienes, profesora, C.I.Nº14.170.288-2, ambos domiciliados en Avenida La Florida N° 9650, casa 108, La Florida; y doña LUCILA DEL CARMEN PEREZ PEREZ, chilena, viuda, contador general, C.I.Nº7.776.008-3, domiciliada en Lasana 1025, La Florida; exponen lo siguiente, antecedentes sociedad “SERVICIOS MEDICOS ECOGYN LIMITADA”, RUT 76.129.843-7, constituida escritura pública ante Notario de Santiago Clovis Toro Campos, de fecha 01 de Diciembre de 2010. Extracto se inscribió a fojas 65.675, número 45.722, del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago, correspondiente al año 2010, modificada ante Notario de Puente Alto, don Andrés Vega Alvarado, escritura de fecha 29 julio 2016, repertorio 814-2016, inscrita fojas 58556, número 31715 del Registro de Comercio de Santiago del año 2016. Resciliación vienen en dejar sin efecto en todas sus partes la escritura pública de Modificación de sociedad citada. Modificación: Por este mismo acto vienen en modificar la sociedad en el siguiente sentido: PEDRO HERNAN BARRIOS RODRIGUEZ, titular del 70% de los derechos sociales, vende, cede y transfiere, el 60% derechos de la sociedad a LUCILA DEL CARMEN PEREZ PEREZ, quien compra, adquiere y acepta para sí, en $6.000.000.-; pagados contado, declarando PEDRO HERNAN BARRIOS RODRIGUEZ haberlos recibido a su entera satisfacción; del mismo modo LUCILA DEL CARMEN PEREZ PEREZ quien tiene en la actualidad 60% de los derechos sociales, vende, cede y transfiere el 15% de los derechos de la sociedad, a PAULINA ELSA RAMIREZ PEREZ, quien compra, adquiere y acepta para sí, en la suma de $1.500.000.-; pagados contado declarando LUCILA DEL CARMEN PEREZ PEREZ haberlos recibido a su entera satisfacción. En virtud de lo expuesto quedan como únicos socios y en proporción del haber social, Pedro Hernán Barrios Rodríguez 10% haber social; Paulina Elsa Ramírez Pérez 45% haber social; y Lucila del Carmen Pérez Pérez 45% haber social, socios limitan su responsabilidad monto de sus aportes. Los actuales socios vienen en ratificar la cláusula cuarta del pacto social constitutivo en el sentido de señalar que la administración, representación y uso de razón social corresponderán a don Pedro Hernán Barrios Rodríguez, con las mismas facultades de la cláusula quinta del pacto social constitutivo. En todo lo no modificado por éste instrumento, queda vigente el pacto social.- Demás estipulaciones constan escritura extractada. Puente Alto, 28 de diciembre de 2016. Rep.Nº1335-2016.
Atuações recentes
- MODIFICACIÓN
SERVICIOS MÉDICOS ECOGYN LIMITADA
CVE 2142868
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CVE 2061360
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CVE 1165847
