Sociedad Arriaza y Ortiz Limitada
Diario Oficial
Informações societárias
Objeto social
la prestación de servicios profesionales médicos
Capital
Capital total
$1.000.000
Sócios (2)
| Nome | RUT | Participação | Aporte |
|---|---|---|---|
Socio 9.xxx.xxx-7 | 9.xxx.xxx-7 | 50% | - |
Socio 12.xxx.xxx-0 | 12.xxx.xxx-0 | 50% | - |
Administradores (2)
Histórico societário relatado
- Constituição· 10 de junho de 2010
Manuel Antonio Arriaza Ortíz y Norma Inés Ortiz Pérez constituyen la sociedad Sociedad Arriaza y Ortiz Limitada o Arrior Ltda.
- Outro ato· 6 de janeiro de 2018
La sociedad es modificada por escritura pública.
- Outro ato· 22 de dezembro de 2022
La sociedad es nuevamente modificada por escritura pública, cuyo extracto se publicó pero no se inscribió oportunamente.
- Cessão de direitos· 10 de abril de 2024
Norma Inés Ortiz Pérez cede el 15% de sus derechos a Marcela Karina Díaz Carnot y el 15% a Manuel Antonio Arriaza Ortíz, dejando de ser socia.
NORMA INÉS ORTIZ PÉREZ · MARCELA KARINA DÍAZ CARNOT · MANUEL ANTONIO ARRIAZA ORTÍZ
Texto oficial do extrato
GERARDO ALFREDO CORTES GASAGUI, chileno, Abogado, Notario Público Titular de la novena Notaría de Chillán, con oficio en calle Erasmo Escala Nº 550, de la comuna de Chillan Viejo, CERTIFICO: Que, por escritura pública otorgada ante mí el 10 de abril 2024, Repertorio Nº 920-2024, INGRID CAROLINA PONCELL OYARCE, Abogado, cédula nacional de identidad número doce millones novecientos setenta mil ciento sesenta y nueve guion dos, mayor de edad, domiciliada en calle Constitución número 972, de la ciudad de Chillán, por sus representados, Don MANUEL ANTONIO ARRIAZA ORTÍZ, chileno, médico, divorciado, cédula nacional de identidad número nueve millones ciento seis mil ciento cincuenta y nueve guion siete (9.106.159-7), con domicilio en la comuna de Chillán, Villa Los Leones, Pasaje Dos número ochocientos treinta y siete; doña NORMA INÉS ORTIZ PÉREZ, chilena, jubilada, viuda, cédula nacional de identidad número cinco millones ciento cincuenta mil ochenta y cinco guion siete, (5.150.085-7), domiciliada en Villa Los Leones, Pasaje Dos, número ochocientos treinta y siete, de la ciudad de Chillán; y, doña MARCELA KARINA DÍAZ CARNOT, chilena, médico pediatra, divorciada, cédula nacional de identidad número doce millones cuatrocientos tres mil ciento cincuenta y cuatro guion cero (12.403.154-0), domiciliada en Valle del Maipo Oriente número tres mil setecientos treinta y siete casa A, Peñalolén Santiago, señala que: por escritura pública de fecha diez (10) de junio del año dos mil diez (2010), ante el Notario de Chillán, don Luis Eduardo Álvarez Díaz, Abogado, Notario Público, titular de la Cuarta Notaría de Chillán, los dos primeros individualizados en la cláusula presente constituyeron una sociedad de responsabilidad limitada, la razón social es “Sociedad Arriaza y Ortiz Limitada” o “Arrior Ltda.”, su giro es la prestación de servicios profesionales médicos, el capital inicial fue de $1.000.000 y el Rut de la Sociedad es el número 76.104.772-8. El extracto de esta sociedad se inscribió en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Chillán, a fojas doscientos ochenta y tres vuelta (283 v) número trescientos treinta y siete (337) del año dos mil diez (2010), dicha Sociedad fue modificada por escritura pública de fecha 06 de enero de 2018 otorgada ante el notario de Chillán don Guillermo Vejar Rodríguez, suplente del titular don Armando Bustos Bonniard, cuyo extracto corre inscrito a fojas cuarenta y cinco (45) número veintinueve (29) del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Chillán del año dos mil dieciocho. Posteriormente, por escritura pública de fecha veintidós de diciembre de dos mil veintidós, otorgada ante el Notario Público de Chillán, don Juan Armando Bustos Bonniard, procedieron a modificar la SOCIEDAD ARRIAZA Y ORTIZ LIMITADA y/o “ARRIOR LTDA.”, el extracto de esa modificación se publicó en el Diario Oficial con fecha veinticuatro de diciembre de dos mil veintidós y no se inscribió oportunamente en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Chillán. En aquella modificación en su cláusula séptima facultaron a la compareciente para salvar cualquier error u omisión cometido en el presente instrumento, quedando la persona antes indicada, expresamente facultada para suscribir y subinscribir las respectivas escrituras de aclaración, rectificación y/o complementación, en su caso, que sean necesarias para el correcto y fiel desempeño de su cometido. SANEAMIENTO. Que la modificación realizada con fecha veintidós de diciembre de dos mil veintidós, otorgada ante el Notario Público de Chillán, don Juan Armando Bustos Bonniard, antes descrita, no fue oportunamente inscrita el Conservador de Bienes Raíces de Chillán. Considerando lo anterior y teniendo presente lo dispuesto en la ley diecinueve mil cuatrocientos noventa y nueve, la compareciente viene en otorgar la presente escritura de saneamiento de la referida modificación social señalando que los comparecientes pactaron que: a) doña NORMA INÉS ORTIZ PÉREZ cede a doña MARCELA KARINA DÍAZ CARNOT, 15% de sus derechos y doña NORMA INÉS ORTIZ PÉREZ, cede a don MANUEL ANTONIO ARRIAZA ORTIZ 15% de sus derechos, por lo que doña Norma Inés Ortiz Pérez, deja de ser socia. Precio $150.000 cada uno. b) Distribución utilidades y perdidas: 50% don MANUEL ANTONIO ARRIAZA ORTIZ, 50% doña MARCELA KARINA DÍAZ CARNOT. Por lo tanto la sociedad queda conformada por don MANUEL ANTONIO ARRIAZA ORTIZ titular del 50% de los derechos sociales y 50% de utilidades y perdidas y doña MARCELA KARINA DAÍZ CARNOT, titular del 50% de derechos sociales y 50% utilidades y perdidas. La administración, representación, razón social corresponderán indistintamente, cualquiera de los socios. En todo lo no modificado seguirán vigentes los estatutos sociales. Demás estipulaciones en la escritura pública de fecha veintidós de diciembre de dos mil veintidós, otorgada ante el Notario Público de Chillán, don Juan Armando Bustos Bonniard. C) Con lo anterior se cumple lo exigido en el art. 3º de la ley Nº19499.- En lo no saneado en este título, se mantendrán plenamente vigente las disposiciones de la escritura pública de modificación social de fecha veintidós de diciembre de dos mil veintidós, otorgada ante el Notario Público de Chillán, don Juan Armando Bustos Bonniard. Demás estipulaciones no requieren extracto. Chillan 10 de abril de 2024.-
Informações societárias
Objeto social
prestación de servicios profesionales médicos
Capital
Capital total
$1.000.000
Sócios (2)
| Nome | RUT | Participação | Aporte |
|---|---|---|---|
Socio | - | 50% | - |
Socio | - | 50% | - |
Administradores (2)
Histórico societário relatado
- Constituição· 10 de junho de 2010
MANUEL ANTONIO ARRIAZA ORTIZ y NORMA INÉS ORTIZ PÉREZ constituyen sociedad de responsabilidad limitada.
- Cessão de direitos· 6 de janeiro de 2018
NORMA INÉS ORTIZ PÉREZ cede 15% de sus derechos a MARCELA KARINA DÍAZ CARNOT y 15% a MANUEL ANTONIO ARRIAZA ORTIZ; deja de ser socia.
NORMA INÉS ORTIZ PÉREZ · MARCELA KARINA DÍAZ CARNOT · MANUEL ANTONIO ARRIAZA ORTIZ
Texto oficial do extrato
JUAN ARMANDO BUSTOS BONNIARD, Notario, Tercera notaría Chillán, Arauco 620, certifico: por escritura pública de fecha 22-12-2022, repertorio nº 6136 ante mí: MANUEL ANTONIO ARRIAZA ORTIZ, médico NORMA INÉS ORTIZ PÉREZ, jubilada, MARCELA KARINA DÍAZ CARNOT, médico pediatra, con fecha 10-06-2010, ante Notario de Chillán, Luis Eduardo Álvarez Díaz, los dos primeros comparecientes constituyeron sociedad de responsabilidad limitada, “Sociedad Arriaza y Ortiz Limitada” o “Arrior Ltda.”, giro prestación de servicios profesionales médicos, capital inicial de $1.000.000 y RUT Social 76.104.772-8. Extracto inscrito Registro Comercio Chillán, fojas 283 v, número 337 año 2010, Sociedad modificada fecha 06-01-2018 ante notario suplente de Juan Armando Bustos Bonniard Chillán Guillermo Vejar Rodríguez, extracto inscrito fojas 45 número 29 Registro Comercio Chillán año 2018. A) NORMA INÉS ORTIZ PÉREZ cede a MARCELA KARINA DÍAZ CARNOT, 15% de sus derechos y NORMA INÉS ORTIZ PÉREZ, cede a MANUEL ANTONIO ARRIAZA ORTIZ 15% de sus derechos, Norma Inés Ortiz Pérez, deja de ser socia. Precio $150.000 cada uno. B) Distribución utilidades y perdidas: 50% MANUEL ANTONIO ARRIAZA ORTIZ, 50% MARCELA KARINA DÍAZ CARNOT. Por tanto la sociedad queda conformada por MANUEL ANTONIO ARRIAZA ORTIZ titular del 50% de derechos sociales y 50% utilidades y perdidas y MARCELA KARINA DÍAZ CARNOT, titular del 50% de derechos sociales y 50% utilidades y perdidas. Administración, representación, razón social corresponderán indistintamente, cualquiera de los socios. En todo lo no modificado seguirán vigentes los estatutos sociales. Demás estipulaciones escritura extractada. Chillán 22-12-2022
Informações societárias
Objeto social
prestación de servicios profesionales médicos
Sócios (3)
| Nome | RUT | Participação | Aporte |
|---|---|---|---|
Socio | - | 35% | - |
Socio | - | 35% | - |
Socio | - | 30% | - |
Administradores (3)
Histórico societário relatado
- Constituição· 10 de junho de 2010
Constitución de sociedad de responsabilidad limitada Sociedad Arriaza y Ortiz Limitada o Arrior Ltda.
- Cessão de direitos
Manuel Antonio Arriaza Ortiz cede el 20% de sus derechos a Marcela Karina Díaz Carnot.
- Cessão de direitos
Norma Inés Ortiz Pérez cede el 15% de sus derechos a Marcela Karina Díaz Carnot.
Texto oficial do extrato
JUAN ARMANDO BUSTOS BONNIARD, Notario, Tercera Notaría Chillán, Arauco 620, Certifico: Por escritura pública de fecha 06-01-2018, ante GUILLERMO VICTOR VEGAR RODRIGUEZ, Notario Suplente: Manuel Antonio Arriaza Ortiz, médico, Norma Inés Ortiz Pérez, jubilada, Marcela Karina Díaz Carnot, médico pediatra, con fecha diez 10-06-2010, ante Notario de Chillán, Luis Eduardo Álvarez Díaz, los dos primeros comparecientes constituyeron sociedad de responsabilidad limitada, “Sociedad Arriaza y Ortiz Limitada” o “Arrior Ltda.”, giro, prestación de servicios profesionales médicos. Extracto inscrito Registro Comercio Chillán, fojas 283v, número 337 año 2010. Modificaciones: A) Manuel Antonio Arriaza Ortiz, cede a Marcela Karina Díaz Carnot, 20% de sus derechos. Precio $200.000. Norma Inés Ortiz Pérez cede a Marcela Karina Díaz Carnot, 15% de sus derechos. Precio $150.000; B) Distribución utilidades y pérdidas: 35% Manuel Antonio Arriaza Ortiz, 35% Marcela Karina Díaz Carnot; 30% Inés Ortiz Pérez. C) Administración, uso razón social, y representación sociedad indistintamente a cualquiera de los socios. Por tanto la sociedad queda conformada por Manuel Antonio Arriaza Ortiz, titular del 35% derechos sociales y 35% utilidades y pérdidas; Marcela Karina Díaz Carnot, titular del 35% derechos sociales y 35% utilidades y pérdidas; Norma Inés Ortiz Pérez, titular del 30% derechos sociales y 30% utilidades y pérdidas. En todo lo no modificado continúan plenamente vigentes los Estatutos Sociales originales. Demás estipulaciones escritura extractada. Chillán 08/01/2018.
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Sociedad Arriaza y Ortiz Limitada
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