Sociedade de Responsabilidade Limitada76.090.159-8

Estetica Depilab Limitada

MODIFICACIÓN — 28 de out. de 2017

Diario Oficial

ModificaçãoDiario Oficial · 2017-10-28Ver PDF (CVE 1295030)

Informações societárias

Ltda
Administração: Indistinta

Sócios (2)

NomeParticipação

CENTRO DE ESTETICA VENUR LIMITADA

Socio

99%

GRISELDA EDITH LOPEZ CASTRO

Socio

1%

Administradores (2)

Representação legal (1)

Histórico societário relatado

  1. Constituição· 5 de fevereiro de 2010

    Se constituyó ESTETICA DEPILAB LIMITADA, hoy denominada DEPILAB LIMITADA.

  2. Cessão de direitos

    José Miguel Riveros Santander cede el 90% de sus derechos a Centro de Estetica Venur Limitada.

    JOSE MIGUEL RIVEROS SANTANDER · CENTRO DE ESTETICA VENUR LIMITADA

  3. Cessão de direitos

    Claudio Fernando Bravo Carmona cede el 9% de sus derechos a Centro de Estetica Venur Limitada y el 1% restante a Griselda Edith Lopez Castro.

    CLAUDIO FERNANDO BRAVO CARMONA · CENTRO DE ESTETICA VENUR LIMITADA · GRISELDA EDITH LOPEZ CASTRO

  4. Mudança de administrador

    Se modifica la administración para que corresponda indistintamente a Sebastian Aiman Razem Ahmed Taleb Leon y Griselda Edith Lopez Castro.

    SEBASTIAN AIMAN RAZEM AHMED TALEB LEON · GRISELDA EDITH LOPEZ CASTRO

Texto oficial do extrato

EDUARDO AVELLO CONCHA, Notario Público Titular de la 27 Notaria de Santiago, calle Orrego Luco N° 0153, Providencia, certifica: Por escritura pública de hoy, ante mí, don JOSE MIGUEL RIVEROS SANTANDER; don CLAUDIO FERNANDO BRAVO CARMONA, y doña GRISELDA EDITH LOPEZ CASTRO, actuando personalmente y en representación de “CENTRO DE ESTETICA VENUR LIMITADA”, Modifican sociedad de responsabilidad Limitada denominada “ESTETICA DEPILAB LIMITADA” nombre fantasía “DEPILAB LIMITADA”, constituida mediante escritura pública de fecha 05 de febrero del año 2010, otorgada ante don JOSE GABRIEL ARAYA MAGGI, abogado, Notario Público, Suplente del Titular don PABLO ALBERTO GONZALEZ CAAMAÑO de la 9 Notaría de Santiago, según decreto judicial de la Ilustrísima Corte de Apelaciones de Santiago, con oficio en calle Teatinos N°333, entrepiso ; un extracto de la citada sociedad fue publicado en el Diario Oficial de fecha 26 de febrero del año 2010, en su página 52; e inscrito en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago del año 2010, a fojas 10.373, N°7034; en el siguiente sentido: CESIÓN DE DERECHOS: JOSE MIGUEL RIVEROS SANTANDER, vende, cede y transfiere a CENTRO DE ESTETICA VENUR LIMITADA, el 90% de los derechos y acciones que posee o tiene actualmente en la citada sociedad, quien los compra y acepta para sí, debidamente representada por doña GRISELDA EDITH LOPEZ CASTRO.; Que a su vez, don CLAUDIO FERNANDO BRAVO CARMONA, vende, cede y transfiere a CENTRO DE ESTETICA VENUR LIMITADA el 9% de los derechos y acciones que posee o tiene actualmente en la citada sociedad, quien los compra y acepta para sí; debidamente representada por doña GRISELDA EDITH LOPEZ CASTRO; y a su vez, vende, cede y transfiere a la misma actuando personalmente, el 1% de los derechos y acciones que posee o tiene actualmente en la citada sociedad, quien los compra y acepta para sí; en consecuencia, don CLAUDIO FERNANDO BRAVO CARMONA y don JOSE MIGUEL RIVEROS SANTANDER dejan de tener la calidad de socios de la citada sociedad, pasando a tener dicha calidad tanto CENTRO DE ESTETICA VENUR LIMITADA, como doña GRISELDA EDITH LOPEZ CASTRO, en los porcentajes ya señalados; El precio que pagará CENTRO DE ESTETICA VENUR LIMITADA y doña GRISELDA EDITH LOPEZ CASTRO, por la cesión que da cuenta el presente instrumento, asciende a la suma de $60.000.000.- MODIFICAN ADMINISTRACIÓN Y USO DE LA RAZÓN SOCIAL: Por el presente instrumento doña GRISELDA EDITH LOPEZ CASTRO, personalmente y como representante de VENUR Ltda., únicos socios de la sociedad ESTETICA DEPILAB LIMITADA vienen en modificar la cláusula TERCERA de su pacto social, en el sentido de que la administración, representación de la sociedad y el uso de la razón social, corresponderán indistintamente a don SEBASTIAN AIMAN RAZEM AHMED TALEB LEON y doña GRISELDA EDITH LOPEZ CASTRO, quienes la representarán con las más amplias facultades y en especial con las señaladas en la misma cláusula del pacto social, previamente citada; Que en todo lo no modificado, complementado, reemplazado o rectificado, por la presente, rigen íntegramente la demás estipulaciones de la escritura pública de constitución de ESTETICA DEPILAB LIMITADA, ya señalada y según su texto original. SANTIAGO, 10 DE OCTUBRE DE 2017.

Atuações recentes

  1. MODIFICACIÓN

    ESTETICA DEPILAB LIMITADA

    CVE 1295030

Relações societárias

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