Sociedade de Responsabilidade Limitada76.084.510-8

Transportes La Candelaria Limitada

MODIFICACIÓN — 6 de mai. de 2022

Diario Oficial

ModificaçãoDiario Oficial · 2022-05-06Ver PDF (CVE 2124394)

Informações societárias

Ltda
calle Juan Griego N°4474
Duração: diez años, y se prorrogará, tácitamente, por periodos iguales y sucesivos de diez años cada vez, si ninguno de los socios manifiesta su voluntad de ponerle término, mediante declaración efectuada por escritura pública sub-inscrita al margen de la inscripción del extracto social, con una anticipación de lo menos tres meses de la expiración del contrato o del periodo de prórroga que estuviere en curso

Texto oficial do extrato

Eduardo Antonio Fuenzalida Robledo, abogado, Notario Público de la 5° Notaria de San Miguel, con oficio en Gran Avenida José Miguel Carrera N°4410, comuna de San Miguel, ciudad de Santiago, Región Metropolitana. Certifico: Por escritura pública, repertorio N°667-2022, de fecha 07 de abril del 2022, otorgada ante mí, don IVÁN ALBERTO CANALES SUGG, cédula nacional de identidad N°12.657.394-4 y don CRISTIAN ENRIQUE CANALES SUGG, cédula nacional de identidad N°N°12.262.367-K, todos domiciliados en calle Juan Griego N°4474, de la Comuna de San Joaquín, quienes en representación de TRANSPORTES LA CANDELARIA LIMITADA sociedad inscrita en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces y Comercio de San Miguel a fojas 57 número 57 del año 2004, modificación inscrita a fojas 165 número 87 del año 2018 y rectificada la modificación a fojas 166 vuelta número 88 del año 2018, sin que se realizara la publicación de esta última, por lo que los comparecientes vienen en sanear y ratificar la escritura de rectificación de modificación de la sociedad de responsabilidad limitada TRANSPORTES LA CANDELARIA LIMITADA, otorgada con fecha tres de julio del dos mil dieciocho. Dicha rectificación es ratificada y saneada en el siguiente sentido: TERCERO: En la cláusula SEGUNDA, DONDE DICE: SEGUNDO: “… Cláusula Novena: La sociedad tendrá una vigencia y duración indefinida, salvo que alguno de los socios manifieste su voluntad de no perseverar en el contrato, la que deberá ser formulada por escritura pública y ser anotado al margen de la inscripción social, con a lo menos tres meses de antelación al vencimiento del respectivo periodo.” DEBE DECIR: SEGUNDO: “… Cláusula Novena: la sociedad tendrá una vigencia y duración de diez años, y se prorrogará, tácitamente, por periodos iguales y sucesivos de diez años cada vez, si ninguno de los socios manifiesta su voluntad de ponerle término, mediante declaración efectuada por escritura pública sub-inscrita al margen de la inscripción del extracto social, con una anticipación de lo menos tres meses de la expiración del contrato o del periodo de prórroga que estuviere en curso.” En todo lo no modificado, por el presente instrumento, continúan plenamente vigentes las demás estipulaciones de los estatutos sociales. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. San Miguel, a 07 de abril de 2022.

ModificaçãoDiario Oficial · 2022-01-22Ver PDF (CVE 2075759)

Informações societárias

Ltda
calle Juan Griego N°4474

Capital

Capital total

$163.000.000

Capital integralizado

$3.000.000

Capital pendente

$160.000.000

Sócios (2)

NomeParticipação

IVÁN ALBERTO CANALES SUGG

Socio

12.xxx.xxx-4

50%

CRISTIÁN ENRIQUE CANALES SUGG

Socio

12.xxx.xxx-k

50%

Histórico societário relatado

  1. Constituição· 30 de março de 2004

    Se constituyó Transportes La Candelaria Limitada.

  2. Cessão de direitos· 21 de dezembro de 2021

    Juan Luis Canales Rojas cede la totalidad de sus derechos sociales a Iván Alberto Canales Sugg y Cristián Enrique Canales Sugg, en partes iguales.

    JUAN LUIS CANALES ROJAS · IVÁN ALBERTO CANALES SUGG · CRISTIÁN ENRIQUE CANALES SUGG

  3. Mudança de capital· 21 de dezembro de 2021

    Se aumenta el capital social a $163.000.000, quedando $3.000.000 pagados y $160.000.000 pendientes.

    IVÁN ALBERTO CANALES SUGG · CRISTIÁN ENRIQUE CANALES SUGG

Texto oficial do extrato

Gladys del Carmen Hernández Manzano, abogado, Notario suplente del Titular Eduardo Antonio Fuenzalida Robledo, Notario Público de la 5° Notaria de San Miguel, con oficio en Gran Avenida José Miguel Carrera N°4410, comuna de San Miguel, Certifico: Por escritura pública de fecha 21 de diciembre del 2021, repertorio N°2.059-2021, otorgada ante mi, don JUAN LUIS CANALES ROJAS, CI N°4.186.531-8, don IVÁN ALBERTO CANALES SUGG CI N°12.657.394-4 y don CRISTIÁN ENRIQUE CANALES SUGG CI N°12.262.367-K, todos domiciliados en calle Juan Griego N°4474, de la Comuna de San Joaquín, modificaron la sociedad de responsabilidad limitada TRANSPORTES LA CANDELARIA LIMITADA, la cual fue constituida mediante escritura pública otorgada con fecha 30 de marzo del año 2004, otorgada en la Notaría de don René Antonio Santelices Gamboa, cuyo extracto social se inscribió en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces y de Comercio de San Miguel, a fojas 57 número 57 del año 2004, se publicó en el Diario Oficial de la República de Chile, en su edición de fecha 17 de abril del año 2004; en los términos siguientes a) Por el presente instrumento, los comparecientes, y únicos socios de la sociedad TRANSPORTES LA CANDELARIA LIMITADA, quienes están presentes en el mismo acto, declaran que, don JUAN LUIS CANALES ROJAS, vende, cede y transfiere a don IVÁN ALBERTO CANALES SUGG y a don CRISTIÁN ENRIQUE CANALES SUGG, quienes compran, aceptan y adquieren para sí, en partes iguales, la totalidad de los derechos que le corresponden al vendedor en la sociedad TRANSPORTES LA CANDELARIA LIMITADA. El precio de la compraventa y cesión de acciones es la suma de cincuenta millones de pesos, cantidad que los cesionarios pagarán al cedente, en partes iguales, al contado y en dinero efectivo, antes del 31 de diciembre del presente año; b) Los nuevos y únicos socios aumentan el capital social en ciento sesenta millones de pesos, quedando el capital social en la suma única y total de ciento sesenta y tres millones de pesos, que será aportado y enterado por los socios, en partes iguales, dentro del plazo de 5 años a contar del mes de enero del año 2022. En consecuencia, se modifica la cláusula cuarta de los estatutos sociales, quedando como sigue: “Clausula Cuarta: El capital social es la suma de ciento sesenta y tres millones de pesos, de los cuales, tres millones se encuentran íntegramente pagados y enterados en arcas sociales, el saldo de ciento sesenta millones de pesos deberá ser enterado y pagado en dinero en efectivo por sus socios en la proporción que a cada uno corresponde, esto es, don IVÁN ALBERTO CANALES SUGG aporta la suma de ochenta millones de pesos, equivalente al 50% de la participación en los derechos sociales y don CRISTIÁN ENRIQUE CANALES SUGG aporta la suma de ochenta millones de pesos, equivalentes al 50% de la participación en los derechos sociales. Los socios limitan su responsabilidad al monto de sus aportes y participación. En todo lo no modificado, por el presente instrumento, continúan plenamente vigentes las demás estipulaciones de los estatutos sociales. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. San Miguel, a 21 de diciembre de 2021.

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  1. MODIFICACIÓN

    Transportes La Candelaria Limitada

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