Naviera Aguamar Limitada
Informações tributárias (SII)
Tipo de entidade
PERSONA JURIDICA COMERCIAL
Subtipo de sociedade
SOC. RESPONSABILIDAD LIMITADA
Início de atividades
Sem início de atividades informado pelo SII
Atividades econômicas
Sem atividades econômicas registradas no SII
Documentos timbrados
Sem documentos timbrados registrados no SII
Diario Oficial
Informações societárias
Capital
Capital total
$5.000.000
Capital integralizado
$5.000.000
Capital pendente
$0
Sócios (3)
| Nome | RUT | Participação | Aporte |
|---|---|---|---|
OLGA DEL CARMEN MIRANDA VERA Socio | - | - | - |
JOSÉ SALOMÓN ALMONACID CALBUCURA Socio | - | 97% | $4.850.000 |
Sociedad de Servicios y Transportes Marítimos Extremar Limitada Socio | - | 3% | $150.000 |
Representação legal (1)
Histórico societário relatado
- Constituição· 2 de outubro de 2009
Se constituye Naviera Aguamar Limitada.
- Cessão de direitos· 14 de novembro de 2018
Olga del Carmen Miranda Vera cede el 90% de sus derechos a José Salomón Almonacid Calbucura y el 10% a Sociedad de Servicios y Transportes Marítimos Extremar Limitada, y se ajusta la participación de los socios.
OLGA DEL CARMEN MIRANDA VERA · JOSÉ SALOMÓN ALMONACID CALBUCURA · Sociedad de Servicios y Transportes Marítimos Extremar Limitada
Texto oficial do extrato
Claudio Alejandro Cabello Olavarría, Notario Público titular de Quellón, con domicilio en Avenida La Paz N°302, ciudad de Quellón; Certifica: Por escritura del 14 de noviembre de 2018, otorgada ante mí, los comparecientes OLGA DEL CARMEN MIRANDA VERA, domiciliada en calle Doctor Ahues 280, comuna y ciudad de Quellón; y JOSÉ SALOMÓN ALMONACID CALBUCURA, domiciliado en Camino San José sin número km 5, Pureo, comuna de Calbuco, por sí y en representación Sociedad de Servicios y Transportes Marítimos Extremar Limitada, modifican sociedad “Naviera Aguamar Limitada”, Rol único Tributario número 76.080.414-2, constituida por escritura pública del 2 de octubre del año 2009, otorgada ante don Hernán Tike Carrasco, Notario Público titular de Puerto Montt, repertorio número 6.171, extracto publicado el 15 de octubre de 2009 en Diario Oficial número 39.486, e inscrita a fojas 1015 número 918 del Registro de Comercio correspondiente al año 2009 del Conservador de Bienes Raíces y Comercio de Puerto Montt, en los siguientes términos: Olga del Carmen Miranda Vera cede a José Salomón Almonacid Calbucura, quien compra y adquiere para sí, el 90% los derechos sociales de que es titular en la sociedad, equivalentes al 27% por ciento del capital social, en los términos y condiciones establecidos en la escritura extractada. Asimismo Olga del Carmen Miranda Vera cede a Sociedad de Servicios y Transportes Marítimos Extremar Limitada, el 10% los derechos sociales de que es titular en la sociedad, equivalentes al 3% del capital social, en los términos y condiciones establecidos en la escritura extractada. Conformado nuevos socios, se modifica cláusula tercera de escritura de constitución de sociedad, referida al capital y los aportes, en el siguiente sentido: a) El capital social se mantiene en la suma de cinco millones de pesos ($5.000.000).- b) Se modifican los aportes efectuados en el sentido que don José Salomón Almonacid Calbucura, aumenta su participación al 97%, aportando en forma efectiva la suma $4.850.000.-, ya pagados y enterados en su totalidad; y Sociedad de Servicios y Transportes Marítimos Extremar Limitada, participa del 3%, aportando en forma efectiva la suma $150.000, ya pagados y enterados en su totalidad. En lo no modificado quedan planamente vigentes todas las estipulaciones del contrato social original. Capital constitutivo $5.000.000.-. Demás estipulaciones escritura extractada. Quellón, 26 de diciembre de 2018.
Informações societárias
Capital
Capital total
$5.000.000
Capital integralizado
$5.000.000
Capital pendente
$0
Sócios (2)
| Nome | RUT | Participação | Aporte |
|---|---|---|---|
JOSE SALOMON ALMONACID CALBUCURA Socio 10.xxx.xxx-9 | 10.xxx.xxx-9 | 97% | $4.850.000 |
Sociedad de Servicios y Transportes Marítimos Extremar Limitada Socio | - | 3% | $150.000 |
Representação legal (1)
JOSÉ SALOMÓN ALMONACID CALBUCURA
Histórico societário relatado
- Constituição· 2 de outubro de 2009
Constitución original de Naviera Aguamar Limitada.
- Cessão de direitos
Olga del Carmen Miranda Vera cede el 90% de sus derechos sociales a José Salomón Almonacid Calbucura.
OLGA DEL CARMEN MIRANDA VERA · JOSÉ SALOMÓN ALMONACID CALBUCURA
- Cessão de direitos
Olga del Carmen Miranda Vera cede el 10% de sus derechos sociales a Sociedad de Servicios y Transportes Marítimos Extremar Limitada.
OLGA DEL CARMEN MIRANDA VERA · Sociedad de Servicios y Transportes Marítimos Extremar Limitada
Texto oficial do extrato
Claudio Alejandro Cabello Olavarría, Notario Público de Quellón, con domicilio en Avenida La Paz N°302, ciudad de Quellón; Certifica: Por escritura de fecha 26 de julio de 2018, otorgada ante mí, los comparecientes OLGA DEL CARMEN MIRANDA VERA, chilena, soltera, factor de comercio, cédula nacional de identidad número 12.012.624-5, domiciliada en calle Doctor Ahues número doscientos ochenta, Quellón; y JOSÉ SALOMÓN ALMONACID CALBUCURA, chileno, factor de comercio, soltero, cédula nacional de identidad número 10.230.756-9, con domicilio legal en Camino San José sin número, kilometro cinco, Pureo, Calbuco, por sí y en representación Sociedad de Servicios y Transportes Marítimos Extremar Limitada, modifican sociedad “Naviera Aguamar Limitada”, Rol único Tributario número 76.080.414-2, constituida por escritura pública del 2 de octubre del año 2009, otorgada ante don Hernán Tike Carrasco, Notario Público titular de Puerto Montt, repertorio número 6.171, extracto publicado el 15 de octubre de 2009 en Diario Oficial número 39.486, e inscrita a fojas 1015 número 918 del Registro de Comercio correspondiente al año 2009 del Conservador de Bienes Raíces y Comercio de Puerto Montt, en los siguientes términos: Olga del Carmen Miranda Vera cede a José Salomón Almonacid Calbucura, quien compra y adquiere para sí, el 90% los derechos sociales de que es titular en la sociedad, equivalentes al 27% por ciento del capital social, en los términos y condiciones establecidos en la escritura extractada. Asimismo Olga del Carmen Miranda Vera cede a Sociedad de Servicios y Transportes Marítimos Extremar Limitada, el 10% los derechos sociales de que es titular en la sociedad, equivalentes al 3% del capital social, en los términos y condiciones establecidos en la escritura extractada. Conformado nuevos socios, se modifica cláusula tercera de escritura de constitución de sociedad, referida al capital y los aportes, en el siguiente sentido: a) El capital social se mantiene en la suma de cinco millones de pesos ($5.000.000).- b) Se modifican los aportes efectuados en el sentido que don José Salomón Almonacid Calbucura, aumenta su participación al 97%, aportando en forma efectiva la suma $4.850.000.-, ya pagados y enterados en su totalidad; y Sociedad de Servicios y Transportes Marítimos Extremar Limitada, participa del 3%, aportando en forma efectiva la suma $150.000, ya pagados y enterados en su totalidad. En lo no modificado quedan planamente vigentes todas las estipulaciones del contrato social original. Capital constitutivo $5.000.000.-. Demás estipulaciones escritura extractada.- Quellón 17 de Agosto de 2018.
Atuações recentes
- MODIFICACIÓN
Naviera Aguamar Limitada
CVE 1522534
- MODIFICACIÓN
Naviera Aguamar Limitada
CVE 1450788
