Sociedade de Responsabilidade Limitada76.079.902-5

Desarrollo Organizacional Kraakman Limitada

MODIFICACIÓN — 26 de jun. de 2020

Diario Oficial

ModificaçãoDiario Oficial · 2020-06-26Ver PDF (CVE 1778367)

Informações societárias

Ltda
calle Alto Nahuelbuta N°2.517,Andalué
Administração: Indistintamente por ambas socias

Capital

Capital total

$1.000.000

Sócios (2)

NomeParticipação

Karen Antonia Josefina Kraakman

Socio

-

Leyla Alejandra Bufadel Silva

Socio

-

Administradores (2)

Histórico societário relatado

  1. Constituição· 6 de outubro de 2009

    Constitución de la sociedad Desarrollo Organizacional Kraakman Limitada.

    Karen Antonia Josefina Kraakman · Leyla Alejandra Bufadel Silva

  2. Outro ato· 26 de dezembro de 2017

    Modificación social previa con fecha 26 de diciembre de 2017.

    Karen Antonia Josefina Kraakman · Leyla Alejandra Bufadel Silva

Texto oficial do extrato

OLAYA FERRADA GARRIDO, NOTARIO SUPLENTE DEL TITULAR RAMON GARCIA CARRASCO, Oficio Rengo 444, Concepción, Certifica: Por escritura Pública ante el Titular de fecha 23/06/2020, Karen Antonia Josefina Kraakman, domiciliada en calle Alto Nahuelbuta N°2.517,Andalué, San Pedro de la Paz; y Leyla Alejandra Bufadel Silva, domiciliada en calle Bernardino Corral N°379, Concepción, en su calidad de únicas socias de la sociedad responsabilidad limitada denominada: “DESARROLLO ORGANIZACIONAL KRAAKMAN LIMITADA”, nombre de fantasía “KRAAKMAN COACHING”, RUT: 76.079.902-5,Capital Social:$1.000.000, constituida escritura pública fecha 06 octubre año 2009,Notario Público Concepción don Ramón García Carrasco, extracto inscrito fojas 2003 número 1980, Registro Comercio año 2009, CBR Concepción, publicada en Diario Oficial N°39.516 de fecha 20 noviembre 2009. Modificada por escritura pública fecha 26 diciembre año 2017, Notario Público Concepción don Ramón García Carrasco, extracto inscrito a fojas 89 vuelta número 79 del Registro de Comercio del CBR Concepción, año 2018, publicado en Diario Oficial Edición N°41.944 de fecha 29 Diciembre año 2017. Modificaciones Sociales consisten: A) A continuación del objeto social contemplado en la Cláusula Tercero del pacto social, se agrega el siguiente artículo separado: “CUARTO: “Cumplimiento del Objeto Social”: En el cumplimiento del objeto social, la Sociedad procurará generar un impacto positivo para la comunidad, las personas vinculadas a la Sociedad y el medio ambiente. Sólo los socios/accionistas de la Sociedad podrán exigir el cumplimiento de lo dispuesto en el presente artículo.” B) En la cláusula Séptimo del Pacto Social se contempla la Administración, representación y uso de la razón social, la que corresponde en la actualidad, indistintamente a ambas socias, KAREN ANTONIA JOSEFINA KRAAKMAN y LEYLA ALEJANDRA BUFADEL SILVA, con las facultades indicadas en la cláusula séptima de la referida escritura de constitución de la sociedad . Al final de la cláusula séptima del pacto social, se agrega lo siguiente: “En el desempeño de sus actividades, la administración de la Sociedad deberá considerar no solo los intereses de sus socios/accionistas, sino a los trabajadores, clientes y proveedores de la Sociedad y otras partes directa o indirectamente vinculadas a ella. Asimismo, deberá velar por los intereses de la comunidad donde opera y por la protección del medio ambiente local y global. Los administradores deberán dejar constancia en la memoria anual o en comunicaciones periódicas a los socios o accionistas, según corresponda, de las acciones tomadas al respecto. El cumplimiento de lo anterior sólo podrá exigirse por los accionistas o socios de la Sociedad.” Modificaciones rigen a contar de esta fecha. En lo no modificado rigen las estipulaciones pacto social original y estipulaciones contempladas en la escritura pública de modificación de fecha 26 diciembre 2017, Notario Público de Concepción don Ramón García Carrasco. Concepción, 24 Junio 2020.

ModificaçãoDiario Oficial · 2020-02-29Ver PDF (CVE 1734493)

Informações societárias

Ltda
Calle Alto Nahuelbuta N°2.517, Andalué
Administração: Indistintamente por ambas socias

Capital

Capital total

$1.000.000

Sócios (2)

NomeParticipação

KAREN ANTONIA JOSEFINA KRAAKMAN

Socio

-

LEYLA ALEJANDRA BUFADEL SILVA

Socio

-

Administradores (2)

Histórico societário relatado

  1. Constituição· 6 de outubro de 2009

    Constitución original de la sociedad Desarrollo Organizacional Kraakman Limitada.

  2. Outro ato· 26 de dezembro de 2017

    Modificación social previa de la sociedad.

Texto oficial do extrato

SAMY HAWA ARELLANO, Notario Público de Concepción, Suplente del Titular don RAMON GARCIA CARRASCO, Rengo 444, Concepción, Certifico: Por escritura pública de fecha 29.01.2020 Repertorio N° 1939-2020, ante mí doña Karen Antonia Josefina Kraakman, domiciliada en calle Alto Nahuelbuta N°2.517, Andalué, San Pedro de la Paz; y doña Leyla Alejandra Bufadel Silva, domiciliada en calle Bernardino Corral N°379, Concepción, en su calidad de únicas socias de la sociedad responsabilidad limitada denominada: “DESARROLLO ORGANIZACIONAL KRAAKMAN LIMITADA”, nombre de fantasía “KRAAKMAN COACHING”, RUT: 76.079.902-5,Capital Social:$1.000.000, constituida escritura pública fecha 06.10.2009, Notario Público Concepción don Ramón García Carrasco, extracto inscrito fojas 2003 número 1980, Registro Comercio año 2009, CBR Concepción, publicada en Diario Oficial N°39.516 de fecha 20.11.2009. Modificada por escritura pública fecha 26.12.2017, Notario Público Concepción don Ramón García Carrasco, extracto inscrito a fojas 89 vuelta número 79 del Registro de Comercio del CBR Concepción, año 2018, publicado en Diario Oficial Edición N°41.944 de fecha 29.12.2017. Modificaciones Sociales consisten: A) A continuación del objeto social contemplado en la Cláusula Tercero del pacto social, se agrega el siguiente artículo separado: “CUARTO: “Cumplimiento del Objeto Social”: En el cumplimiento del objeto social, la Sociedad procurará generar un impacto positivo para la comunidad, las personas vinculadas a la Sociedad y el medio ambiente. Sólo los socios/accionistas de la Sociedad podrán exigir el cumplimiento de lo dispuesto en el presente artículo.” B) En la cláusula Séptimo del Pacto Social se contempla la Administración, representación y uso de la razón social, la que corresponde en la actualidad, indistintamente a ambas socias, KAREN ANTONIA JOSEFINA KRAAKMAN y LEYLA ALEJANDRA BUFADEL SILVA, con las facultades indicadas en la cláusula séptima de la referida escritura de constitución de la sociedad . Al final de la cláusula séptima del pacto social, se agrega lo siguiente: “En el desempeño de sus actividades, la administración de la Sociedad deberá considerar no solo los intereses de sus socios/accionistas, sino a los trabajadores, clientes y proveedores de la Sociedad y otras partes directa o indirectamente vinculadas a ella. Asimismo, deberá velar por los intereses de la comunidad donde opera y por la protección del medio ambiente local y global. Los administradores deberán dejar constancia en la memoria anual o en comunicaciones periódicas a los socios o accionistas, según corresponda, de las acciones tomadas al respecto. El cumplimiento de lo anterior sólo podrá exigirse por los accionistas o socios de la Sociedad.” Modificaciones rigen a contar de esta fecha. En lo no modificado rigen las estipulaciones pacto social original y estipulaciones contempladas en la escritura pública de modificación de fecha 26.12. 2017, Notario Público de Concepción don Ramón García Carrasco. Concepción 19 de Febrero de 2020.

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  1. MODIFICACIÓN

    DESARROLLO ORGANIZACIONAL KRAAKMAN LIMITADA

    CVE 1778367

  2. MODIFICACIÓN

    DESARROLLO ORGANIZACIONAL KRAAKMAN LIMITADA

    CVE 1734493

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