Sociedade de Responsabilidade Limitada76.079.536-4

Transportes Full Expres Limitada

MODIFICACIÓN — 25 de nov. de 2022

Diario Oficial

ModificaçãoDiario Oficial · 2022-11-25Ver PDF (CVE 2223089)

Informações societárias

Ltda

Capital

Capital total

$3.000.000

Histórico societário relatado

  1. Constituição· 20 de maio de 2021

    Saneamiento de la sociedad Transportes Full Expres Limitada.

Texto oficial do extrato

JUAN ANTONIO LOYOLA OPAZO, Notario Temuco, Prat 770, que por este acto, rectifica Extracto, del 10 de junio de 2021, publicado en el D.O. N° 42.984, del 22 de junio de 2021, y que corresponde a la escritura pública de Saneamiento, de fecha 20 de mayo de 2021, Repertorio 1874, y que se inscribió a fojas 608 vuelta con el N° 348 en el Registro de Comercio del Primer Conservador de Bienes Raíces de Temuco del año 2021, en el sentido que el capital correcto de la sociedad “Transportes Full Expres Limitada”, Rut.: 76.079.536-4, es la suma de $3.000.000., y no la cantidad de $10.000.000., como erróneamente allí se indicó.- En todo lo no modificado rige extracto de fecha 10 de junio de 2021.- TEMUCO, 23 de noviembre de 2022.-

ModificaçãoDiario Oficial · 2021-06-22Ver PDF (CVE 1965232)

Informações societárias

Ltda
Temuco, Araucanía

Capital

Capital total

$10.000.000

Sócios (3)

NomeParticipação

MARCELA BEATRIZ UTRERAS ALT

Socio

12.xxx.xxx-5

-

ALVARO FRANCISCO RIQUELME UTRERAS

Socio

18.xxx.xxx-5

-

FRANCISCO JAVIER RIQUELME UTRERAS

Socio

20.xxx.xxx-3

-

Texto oficial do extrato

JUAN ANTONIO LOYOLA OPAZO, Notario Público Titular de Temuco, domiciliado en calle Arturo Prat 770, Certifica: Que por escritura pública de fecha 20 de mayo del año 2021, repertorio 1874, otorgada ante mi Suplente Rodrigo Sanhueza Ríos, doña MARCELA BEATRIZ UTRERAS ALT, empresaria, RUT 12.421.769- 5, ALVARO FRANCISCO RIQUELME UTRERAS, estudiante, RUT 18.485.463-5, y FRANCISCO JAVIER RIQUELME UTRERAS, estudiante, RUT 20.079.959-3, todos domiciliados en Temuco, Los Corrales N° 2281, Portal de la Frontera, sanearon los vicios que adolecía tanto el extracto de la escritura pública de Modificación de Sociedad de Responsabilidad Limitada “TRANSPORTES FULL EXPRES LIMITADA”, de fecha 05 de junio de 2019, otorgada ante el Notario Público de Temuco, Rodrigo Sanhueza Ríos, Suplente del Titular Juan Antonio Loyola Opazo, como así también, el extracto de la escritura de Saneamiento de Modificación de Sociedad “Transportes Full Expres Limitada”, de fecha 23 de julio de 2020, otorgada ante el Notario Público de Temuco, Rodrigo Sanhueza Ríos, Suplente del Titular Juan Antonio Loyola Opazo. Saneamiento: Los comparecientes, en virtud de no haberse inscrito oportunamente, tanto el extracto de la escritura pública de Modificación de “TRANSPORTES FULL EXPRES LIMITADA”, rol único tributario número setenta y seis millones setenta y nueve mil quinientos treinta y seis guion cuatro, cuyo capital asciende a diez millones de pesos, referida en la cláusula segunda, dentro del plazo legal, como así también, el extracto de la escritura de Saneamiento de la Modificación referida, y reseñada en la cláusula tercera, en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces competente y conforme lo autoriza la Ley N° 19.499, los comparecientes, vienen en sanear expresamente los vicios de nulidad antes referidos, en especial, la inscripción de los extractos fuera de plazo, dando total y absoluta validez a la Modificación de la sociedad “TRANSPORTES FULL EXPRES LIMITADA”, singularizada en la cláusula segunda de la escritura extractada, y a su Saneamiento referido en la cláusula tercera de la escritura extractada.- Demás estipulaciones constan en escritura extractada.- TEMUCO, 10 de junio de 2021.-

ModificaçãoDiario Oficial · 2020-07-30Ver PDF (CVE 1792016)

Informações societárias

Ltda
calle Los Corrales numero dos mil doscientos ochenta y uno, Portal de la Frontera
Administração: La administración, representación y uso de la razón social corresponderá exclusivamente a la socia MARCELA BEATRIZ UTRERAS ALT

Capital

Capital total

$3.000.000

Sócios (3)

NomeParticipação

MARCELA BEATRIZ UTRERAS ALT

Socio

12.xxx.xxx-5

50%

ALVARO FRANCISCO RIQUELME UTRERAS

Socio

18.xxx.xxx-5

25%

FRANCISCO JAVIER RIQUELME UTRERAS

Socio

2.xxx.xxx-3

25%

Administradores (1)

MARCELA BEATRIZ UTRERAS ALT

12.xxx.xxx-5Administrador

Representação legal (1)

CARLOS FRANCISCO MATURANA LANZA

4.xxx.xxx-3Em representação de MARCELA BEATRIZ UTRERAS ALT12.xxx.xxx-5

Histórico societário relatado

  1. Constituição· 4 de janeiro de 2005

    Se constituye Transportes Full Expres Limitada con dos socios iniciales.

    Álvaro Francisco Riquelme Correa · Marcela Beatriz Utreras Alt

  2. Falecimento· 17 de março de 2016

    Fallece Álvaro Francisco Riquelme Correa.

    Álvaro Francisco Riquelme Correa

  3. Sucessão· 5 de setembro de 2016

    Se otorga posesión efectiva y se individualizan como herederos a Marcela Beatriz Utreras Alt, Álvaro Francisco Riquelme Utreras y Francisco Javier Riquelme Utreras.

    Marcela Beatriz Utreras Alt · Álvaro Francisco Riquelme Utreras · Francisco Javier Riquelme Utreras

  4. Entrada de sócio· 5 de junho de 2019

    Los herederos pasan a ser socios de la sociedad en proporción a sus derechos hereditarios.

    Marcela Beatriz Utreras Alt · Álvaro Francisco Riquelme Utreras · Francisco Javier Riquelme Utreras

Texto oficial do extrato

RODRIGO SANHUEZA RIOS, Notario Público Temuco, Suplente del Titular Juan Antonio Loyola Opazo, ambos con oficio Arturo Prat 770, certifica que por escritura pública de fecha 23 de julio de 2020, otorgada ante mí, don CARLOS FRANCISCO MATURANA LANZA, chileno, viudo, abogado, cédula nacional de identidad número cuatro millones seiscientos sesenta y seis mil cuatrocientos dieciocho guion tres, domiciliado en calle Arturo Prat ochocientos cuarenta y siete mil oficina ochocientos uno de la ciudad de Temuco, en representación según se acreditará de doña MARCELA BEATRIZ UTRERAS ALT, chilena, viuda, empresaria, cedula nacional de identidad número doce millones cuatrocientos veintiún mil setecientos sesenta y nueve guion cinco; don ALVARO FRANCISCO RIQUELME UTRERAS, chileno, soltero, estudiante, cedula nacional de identidad número dieciocho millones cuatrocientos ochenta y cinco mil cuatrocientos sesenta y tres guion cinco; y don FRANCISCO JAVIER RIQUELME UTRERAS, chileno, soltero, estudiante, cedula nacional de identidad número veinte millones setenta y nueve mil novecientos cincuenta y nueve guion tres, todos domiciliados en domiciliada en calle Los Corrales numero dos mil doscientos ochenta y uno, Portal de la Frontera de la ciudad de Temuco; el compareciente mayor de edad, quien me acreditó su identidad con su respectiva cédula y expuso: Que ante mí, por escritura pública otorgada con fecha cinco de junio de dos mil diecinueve, Repertorio número tres mil ochocientos noventa y tres, los socios de la sociedad “Transportes Full Expres Limitada”, suscribieron escritura de modificación de la sociedad ya mencionada. Que la escritura de Modificación de la sociedad Transportes Full Expres Limitada, ya singularizada, por una omisión involuntaria no se publicó en extracto en el Diario Oficial, ni se inscribió en el Registro de Comercio dentro del plazo legal señalado para ello, cumpliéndose sin embargo, con las demás formalidades legales. SANEAMIENTO: Que en virtud de lo dispuesto en la Ley número diecinueve mil cuatrocientos noventa y nueve de cuatro de abril de mil novecientos noventa y siete sobre Saneamiento de Vicios de Nulidad de Sociedades, el compareciente viene en sanear las omisiones indicadas en la cláusula segunda, por lo que procederá a efectuar la publicación, inscripciones, subinscripciones y anotaciones que en rigor correspondieran dentro de los plazos que la ley indica para este caso. Por lo anteriormente indicado, quedan saneados los vicios de que adolece la escritura de modificación de la sociedad de Transportes Full Expres Limitada referida en la cláusula primera precedente. El Extracto no publicado en el Diario Oficial de la modificación de sociedad de Transportes Full Expres Limitada, es del siguiente tenor: “EXTRACTORODRIGO SANHUEZA RIOS, Notario Público de Temuco, Suplente del Titular Juan Antonio Loyola Opazo, ambos con oficio en calle Arturo Prat 770, certifica: Que por escritura pública de fecha cinco de junio de dos mil diecinueve ante mí: Doña MARCELA BEATRIZ UTRERAS ALT, chilena, viuda, empresaria, cedula nacional de identidad número doce millones cuatrocientos veintiún mil setecientos sesenta y nueve guion cinco; don ALVARO FRANCISCO RIQUELME UTRERAS, chileno, soltero, estudiante, cedula nacional de identidad número dieciocho millones cuatrocientos ochenta y cinco mil cuatrocientos sesenta y tres guion cinco; y don FRANCISCO JAVIER RIQUELME UTRERAS, chileno, soltero, estudiante, cedula nacional de identidad número veinte millones setenta y nueve mil novecientos cincuenta y nueve guion tres, todos domiciliado en domiciliada en calle Los Corrales numero dos mil doscientos ochenta y uno, Portal de la Frontera de la ciudad de Temuco, mayores de edad quienes me acreditaron sus identidades con sus respectivas cedulas y expusieron: Que por escritura pública de cuatro de enero de dos mil cinco, ante el Notario Público de Temuco, don Jorge Elías Tadres Hales, se constituyó, una sociedad de responsabilidad limitada cuya razón social es “TRANSPORTES FULL EXPRES LIMITADA”, rol único tributario número setenta y seis millones setenta y nueve mil quinientos treinta y seis guion cuatro, donde son socios don Álvaro Francisco Riquelme Correa y Marcela Beatriz Utreras Alt. La constitución se inscribió en extracto a fojas noventa y uno número sesenta y cuatro del año dos mil cinco en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Temuco, y se publicó en el Diario Oficial bajo la edición número treinta y ocho mil setenta y siete, de fecha tres de febrero del año dos mil cinco.- Los comparecientes vienen en señalar que don Álvaro Francisco Riquelme Correa, falleció el diecisiete de marzo del año dos mil dieciséis, circunstancia que se inscribió bajo el número trescientos cincuenta y nueve del Registro de Defunciones en la circunscripción de Santiago del mismo año. La posesión efectiva fue otorgada por el Director Regional del Servicio de Registro Civil e Identificación de la Región de la Araucanía, con el número diez mil setecientos treinta y uno de fecha cinco de septiembre de dos mil dieciséis y publicada el quince de septiembre del mismo año en el diario www.tiempoveintiuno.cl En la posesión efectiva consta que los únicos herederos del causante ya individualizado son Marcela Beatriz Utreras Alt, Álvaro Francisco Riquelme Utreras y don Francisco Javier Riquelme Utreras. Por el presente acto e instrumento los comparecientes vienen en modificar la sociedad en el sentido que en su calidad de herederos pasan a ser socios de la misma, ya singularizada en la cláusula primero, en proporción a los derechos y acciones que le corresponda en la herencia o en la forma que determinen los socios de común acuerdo. Como consecuencia de la presente modificación, la sociedad “TRANSPORTES FULL EXPRES LIMITADA”, queda integrada por MARCELA BEATRIZ UTRERAS ALT, con un cincuenta por ciento de los derechos sociales; ALVARO FRANCISCO RIQUELME UTRERAS, con un veinticinco por ciento de los derechos sociales y FRANCISCO JAVIER RIQUELME UTRERAS; con un veinticinco por ciento de los derechos sociales, como únicos socios, en el capital, derechos y acciones sociales. Capital actualizado es de tres millones de pesos. De la Administración: La administración, representación y uso de la razón social corresponderá exclusivamente a la socia MARCELA BEATRIZ UTRERAS ALT, con todas y cada una de las facultades indicadas en la cláusula Tercera del pacto social.- De la responsabilidad de los socios: Los socios limitan su responsabilidad al monto de sus respectivos aportes.- De las utilidades o pérdidas: Los beneficios o utilidades y las eventuales pérdidas se repartirán en proporción a sus respectivos aportes, o en los que los socios acuerden de consuno.- El fallecimiento de uno cualesquiera de los socios, no disolverá esta sociedad, en tal caso la sociedad continuará con los herederos del socio fallecido, y en este mismo acto los comparecientes anticipadamente establecen que en la eventualidad de producirse tal situación, serán los socios sobrevivientes quienes tendrán la administración conjuntamente, con todas las facultades ya indicadas.- En lo no modificado por este instrumento y en cuanto fueren pertinentes permanecerán vigentes normas pacto social. Demás estipulaciones, escritura extractada”. Conforme. Demás estipulaciones, escrituras extractadas. TEMUCO, 27 de julio de 2020.

ModificaçãoDiario Oficial · 2019-12-04Ver PDF (CVE 1691583)

Informações societárias

Ltda
Temuco, Araucanía
Administração: La administración, representación y uso de la razón social corresponderá exclusivamente a la socia MARCELA BEATRIZ UTRERAS ALT

Capital

Capital total

$3.000.000

Sócios (3)

NomeParticipação

MARCELA BEATRIZ UTRERAS ALT

Socio

12.xxx.xxx-5

50%

ALVARO FRANCISCO RIQUELME UTRERAS

Socio

18.xxx.xxx-5

25%

FRANCISCO JAVIER RIQUELME UTRERAS

Socio

2.xxx.xxx-3

25%

Administradores (1)

MARCELA BEATRIZ UTRERAS ALT

12.xxx.xxx-5Administrador

Histórico societário relatado

  1. Constituição· 4 de janeiro de 2005

    Se constituye Transportes Full Expres Limitada con Álvaro Francisco Riquelme Correa y Marcela Beatriz Utreras Alt como socios.

    Álvaro Francisco Riquelme Correa · MARCELA BEATRIZ UTRERAS ALT

  2. Falecimento· 17 de março de 2016

    Fallece Álvaro Francisco Riquelme Correa.

    Álvaro Francisco Riquelme Correa

  3. Sucessão· 5 de setembro de 2016

    Se otorga posesión efectiva de la herencia de Álvaro Francisco Riquelme Correa a favor de sus herederos.

    Marcela Beatriz Utreras Alt · Álvaro Francisco Riquelme Utreras · FRANCISCO JAVIER RIQUELME UTRERAS

Texto oficial do extrato

RODRIGO SANHUEZA RIOS, Notario Público Temuco, Suplente del Titular Juan Antonio Loyola Opazo, ambos con oficio Arturo Prat 770, certifica que por escritura pública de fecha 19 de noviembre de 2019, otorgada ante mí, don CARLOS FRANCISCO MATURANA LANZA, chileno, viudo, abogado, cédula nacional de identidad número cuatro millones seiscientos sesenta y seis mil cuatrocientos dieciocho guion tres, domiciliado en calle Arturo Prat ochocientos cuarenta y siete mil oficina ochocientos uno de la ciudad de Temuco, el compareciente mayor de edad, quien me acreditó su identidad con su respectiva cédula y expuso: Que ante mí, por escritura pública otorgada con fecha cinco de junio de dos mil diecinueve, Repertorio número tres mil ochocientos noventa y tres, los socios de la sociedad “Transportes Full Expres Limitada”, suscribieron escritura de modificación de la sociedad ya mencionada. Que la escritura de Modificación de la sociedad Transportes Full Expres Limitada, ya singularizada, por una omisión involuntaria no se publicó en extracto en el Diario Oficial, ni se inscribió en el Registro de Comercio dentro del plazo legal señalado para ello, cumpliéndose sin embargo, con las demás formalidades legales. SANEAMIENTO: Que en virtud de lo dispuesto en la Ley número diecinueve mil cuatrocientos noventa y nueve de cuatro de abril de mil novecientos noventa y siete sobre Saneamiento de Vicios de Nulidad de Sociedades, el compareciente viene en sanear las omisiones indicadas en la cláusula segunda, por lo que procederá a efectuar la publicación, inscripciones, subinscripciones y anotaciones que en rigor correspondieran dentro de los plazos que la ley indica para este caso. Por lo anteriormente indicado, quedan saneados los vicios de que adolece la escritura de modificación de la sociedad de Transportes Full Expres Limitada referida en la cláusula primera precedente. El Extracto no publicado en el Diario Oficial de la modificación de sociedad de Transportes Full Expres Limitada, es del siguiente tenor: “EXTRACTORODRIGO SANHUEZA RIOS, Notario Público de Temuco, Suplente del Titular Juan Antonio Loyola Opazo, ambos con oficio en calle Arturo Prat 770, certifica: Que por escritura pública de fecha cinco de junio de dos mil diecinueve ante mí: Doña MARCELA BEATRIZ UTRERAS ALT, chilena, viuda, empresaria, cedula nacional de identidad número doce millones cuatrocientos veintiún mil setecientos sesenta y nueve guion cinco; don ALVARO FRANCISCO RIQUELME UTRERAS, chileno, soltero, estudiante, cedula nacional de identidad número dieciocho millones cuatrocientos ochenta y cinco mil cuatrocientos sesenta y tres guion cinco; y don FRANCISCO JAVIER RIQUELME UTRERAS, chileno, soltero, estudiante, cedula nacional de identidad número veinte millones setenta y nueve mil novecientos cincuenta y nueve guion tres, todos domiciliado en domiciliada en calle Los Corrales numero dos mil doscientos ochenta y uno, Portal de la Frontera de la ciudad de Temuco, mayores de edad quienes me acreditaron sus identidades con sus respectivas cedulas y expusieron: Que por escritura pública de cuatro de enero de dos mil cinco, ante el Notario Público de Temuco, don Jorge Elías Tadres Hales, se constituyó, una sociedad de responsabilidad limitada cuya razón social es “TRANSPORTES FULL EXPRES LIMITADA”, rol único tributario número setenta y seis millones setenta y nueve mil quinientos treinta y seis guion cuatro, donde son socios don Álvaro Francisco Riquelme Correa y Marcela Beatriz Utreras Alt. La constitución se inscribió en extracto a fojas noventa y uno número sesenta y cuatro del año dos mil cinco en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Temuco, y se publicó en el Diario Oficial bajo la edición número treinta y ocho mil setenta y siete, de fecha tres de febrero del año dos mil cinco.- Los comparecientes vienen en señalar que don Álvaro Francisco Riquelme Correa, falleció el diecisiete de marzo del año dos mil dieciséis, circunstancia que se inscribió bajo el número trescientos cincuenta y nueve del Registro de Defunciones en la circunscripción de Santiago del mismo año. La posesión efectiva fue otorgada por el Director Regional del Servicio de Registro Civil e Identificación de la Región de la Araucanía, con el número diez mil setecientos treinta y uno de fecha cinco de septiembre de dos mil dieciséis y publicada el quince de septiembre del mismo año en el diario www.tiempoveintiuno.cl En la posesión efectiva consta que los únicos herederos del causante ya individualizado son Marcela Beatriz Utreras Alt, Álvaro Francisco Riquelme Utreras y don Francisco Javier Riquelme Utreras. Por el presente acto e instrumento los comparecientes vienen en modificar la sociedad en el sentido que en su calidad de herederos pasan a ser socios de la misma, ya singularizada en la cláusula primero, en proporción a los derechos y acciones que le corresponda en la herencia o en la forma que determinen los socios de común acuerdo. Como consecuencia de la presente modificación, la sociedad “TRANSPORTES FULL EXPRES LIMITADA”, queda integrada por MARCELA BEATRIZ UTRERAS ALT, con un cincuenta por ciento de los derechos sociales; ALVARO FRANCISCO RIQUELME UTRERAS, con un veinticinco por ciento de los derechos sociales y FRANCISCO JAVIER RIQUELME UTRERAS; con un veinticinco por ciento de los derechos sociales, como únicos socios, en el capital, derechos y acciones sociales. Capital actualizado es de tres millones de pesos. De la Administración: La administración, representación y uso de la razón social corresponderá exclusivamente a la socia MARCELA BEATRIZ UTRERAS ALT, con todas y cada una de las facultades indicadas en la cláusula Tercera del pacto social.- De la responsabilidad de los socios: Los socios limitan su responsabilidad al monto de sus respectivos aportes.- De las utilidades o pérdidas: Los beneficios o utilidades y las eventuales pérdidas se repartirán en proporción a sus respectivos aportes, o en los que los socios acuerden de consuno.- El fallecimiento de uno cualesquiera de los socios, no disolverá esta sociedad, en tal caso la sociedad continuará con los herederos del socio fallecido, y en este mismo acto los comparecientes anticipadamente establecen que en la eventualidad de producirse tal situación, serán los socios sobrevivientes quienes tendrán la administración conjuntamente, con todas las facultades ya indicadas.- En lo no modificado por este instrumento y en cuanto fueren pertinentes permanecerán vigentes normas pacto social. Demás estipulaciones, escritura extractada”. Conforme. Demás estipulaciones, escrituras extractadas. TEMUCO, 20 noviembre de 2019.

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