Sociedade de Responsabilidade Limitada76.070.083-5

Aceros Bravo Limitada

MODIFICACIÓN — 8 de out. de 2021

Diario Oficial

ModificaçãoDiario Oficial · 2021-10-08Ver PDF (CVE 2022155)

Informações societárias

Ltda

Sócios (3)

NomeParticipação

Heriberto Mario Bravo Villa

Socio

80%

Gonzalo Ignacio Bravo Pavez

Socio

10%

René Osvaldo Bizama Bravo

Socio

10%

Texto oficial do extrato

JUAN RICARDO SAN MARTÍN URREJOLA, Abogado, Notario Público, Titular de la 43° Notaría de Santiago, con oficio en calle Huérfanos 835, piso 18, comuna de Santiago, certifico que, por escritura pública otorgada con fecha 29 de septiembre de 2021, ante mí, comparecieron: 1) don Heriberto Mario Bravo Villa; 2) don Rodrigo Antonio Bravo Pavez; 3) don Gonzalo Ignacio Bravo Pavez; y 4) don René Osvaldo Bizama Bravo, todos domiciliados en Avenida Eduardo Frei Montalva N° 1451, comuna de Independencia, de la Región Metropolitana de Santiago, y, en su calidad de únicos socios, modificaron la sociedad ACEROS BRAVO LIMITADA, inscrita a Fojas 42.141 Número 29.104 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago del año 2009. Por cesión del 100% de sus derechos a don Heriberto Mario Bravo Villa, correspondientes al 10% del capital social, se retira de la sociedad don Rodrigo Antonio Bravo Pavez. En virtud de lo anterior, los socios acuerdan modificar el Artículo Séptimo de los estatutos de la sociedad, relativo al capital, que quedará como sigue: “ARTÍCULO SÉPTIMO: El capital de la sociedad es la cantidad de treinta millones de pesos, que los socios o sus antecesores aportaron de la siguientes forma: a) Don Heriberto Mario Bravo Villa aporta la cantidad de veinticuatro millones de pesos, correspondientes al ochenta por ciento del capital social, íntegramente pagados a la sociedad; b) Don Gonzalo Ignacio Bravo Pavez aporta la cantidad de tres millones de pesos, correspondientes al diez por ciento del capital social, íntegramente pagados a la Sociedad; y c) Don René Osvaldo Bravo Bizama aporta la cantidad de tres millones de pesos, correspondientes al diez por ciento del capital social, íntegramente pagados a la Sociedad.” Los socios continúan limitando su responsabilidad al monto de sus aportes. En todo lo no modificado, continúan plenamente vigentes las demás disposiciones estatutarias. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 04 de octubre de 2021.

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  1. MODIFICACIÓN

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    CVE 2022155

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