Servicios Integrales De Desarrollo Empresarial Dos Limitada
Diario Oficial
Informações societárias
Capital
Capital total
$3.000.000
Capital integralizado
$3.000.000
Capital pendente
$0
Sócios (2)
| Nome | RUT | Participação | Aporte |
|---|---|---|---|
Socio | - | 50% | $1.500.000 |
Francisca Daniela Rojas Chamorro Socio | - | 50% | $1.500.000 |
Texto oficial do extrato
JAVIER IGNACIO HORMAZABAL COLLAO, Notario de Santiago, Suplente del Titular Pedro Ricardo Reveco Hormazábal, Bandera 341, Of. 352, certifica que con fecha 01 de Junio de 2023, ante mí, Repertorio 30.882, MARIA DELIA ARAVENA AZOCAR, calle Alberto Krum 044, Comuna de Buin, Santiago, Región Metropolitana; HORTENSIA HERMINIA ROJAS ESPINOZA, Av. España 503, Comuna de San Vicente de Tagua Tagua, Región del Libertador General Bernardo O’Higgins; FRANCISCA DANIELA ROJAS CHAMORRO y JUAN MANUEL ROJAS ESPINOZA, los dos últimos domiciliados en calle Villaseca 815, casa 4, Condominio Las Palmas, Comuna de Buin, Santiago, Región Metropolitana, modificaron la sociedad de responsabilidad limitada denominada SERVICIOS INTEGRALES DE DESARROLLO EMPRESARIAL DOS LIMITADA, Rut No. 76.065.228-8, inscrita a fojas 28.812 número 19.835 Registro Comercio de Santiago de 2009. Modificaciones consisten: 1) María Delia Aravena Azócar cedió y transfirió a Juan Manuel Rojas Espinoza, la totalidad de los derechos que corresponden a la primera en la sociedad, ascendentes al 50% de las participaciones sociales totales y propiedad de la presente compañía, en el precio y condiciones de pago que señala escritura extractada. 2) Hortensia Herminia Rojas Espinoza, cedió y transfirió a Francisca Daniela Rojas Chamorro, la totalidad de los derechos que corresponden a la primera en la sociedad ascendentes al 50% de las participaciones sociales totales y propiedad de la presente compañía, en el precio y condiciones de pago que señala escritura extractada. 3) Como consecuencia de cesiones anteriores, se retiraron de la sociedad Hortensia Herminia Rojas Espinoza y Maria Delia Aravena Azócar e ingresaron a ella Juan Manuel Rojas Espinoza y Francisca Daniela Rojas Chamorro, quedando las participaciones sociales distribuidas del modo siguiente: a) Juan Manuel Rojas Espinoza, con un 50% del capital social y propiedad de la presente compañía; y b) Francisca Daniela Rojas Chamorro, con el 50% restante del capital social y propiedad de la presente compañía. 4) Socios que permanecen en la presente sociedad acordaron modificar la cláusula quinta de los Estatutos Sociales, relativa al capital social, el que asciende a $3.000.000, íntegramente aportado y pagado por sus socios o sus antecesores en los derechos en dinero efectivo, con anterioridad a la caja social, del modo siguiente: a) Juan Manuel Rojas Espinoza ha aportado y pagado $1.500.000, equivalente al 50% del capital y propiedad de la presente compañía; y b) Francisca Daniela Rojas Chamorro ha aportado y pagado $1.500.000, equivalentes al 50% del capital social y propiedad de la presente compañía. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 29 de Junio de 2023. JAVIER IGNACIO HORMAZABAL COLLAO, Notario Suplente.
Atuações recentes
- MODIFICACIÓN
SERVICIOS INTEGRALES DE DESARROLLO EMPRESARIAL DOS LIMITADA
CVE 2340642
