Sociedad Educacional Winkler Contreras Limitada
Diario Oficial
Informações societárias
Objeto social
La sociedad tiene por objeto el ejercicio de la actividad comercial, en sus formas más amplias y, en especial, la realización de inversiones y proyectos inmobiliarios, a cuyo efecto podrá generar el arrendamiento, subarrendamiento, compra, venta, posesión, mera tenencia, leasing y en general adquisición y enajenación a cualquier título de toda clase de bienes inmuebles urbanos, rústicos, la realización de inversiones en inmuebles, de cualquier naturaleza, derecho de cuotas en ellos, pisos, oficinas, departamentos, estacionamientos, la explotación, administración y percepción de sus frutos, la construcción de toda clase de obras y edificios en predios propios y ajenos por cuenta propia o ajena, la explotación y comercialización de los mismos, asimismo podrá realizar inversiones de capitales de toda clase de bienes muebles corporales e incorporales, tales como acciones, bonos, debentures, planes de ahorro, títulos de crédito, cuotas o derechos en todo tipo de sociedades, sean estas comerciales o civiles, asociaciones o comunidades y en toda clase de títulos o valores mobiliarios, efectos públicos o de comercio y demás bienes incorporales, pudiendo adquirir y enajenar a cualquier título los bienes y valores señalados, administrarlos y percibir sus frutos, por cuenta propia, ajena o de terceros. Podrá además tener por objeto prestación de servicios a terceros de cualquier tipo, tales como arrendamiento, subarrendamiento de instalaciones, bienes muebles, servicio de personal. Podrá realizar toda clase de negocios y actividades relacionados directa o indirectamente con el giro mencionado y que los socios determinen de común acuerdo. Para el cumplimiento de los objetivos señalados, la sociedad podrá actuar por cuenta propia o ajena y/o asociada o en coparticipación con terceros.
Capital
Capital total
$100.000.000
Sócios (4)
| Nome | RUT | Participação | Aporte |
|---|---|---|---|
SILVIA DEL CARMEN CONTRERAS RIVEROS Socio 10.xxx.xxx-5 | 10.xxx.xxx-5 | - | - |
Socio 8.xxx.xxx-k | 8.xxx.xxx-k | - | - |
Socio 16.xxx.xxx-4 | 16.xxx.xxx-4 | - | - |
CRISTIAN ANDRÉS WINKLER CONTRERAS Socio 17.xxx.xxx-2 | 17.xxx.xxx-2 | - | - |
Texto oficial do extrato
FELIPE SAN MARTIN SCHRÖDER, Abogado, Notario Público Titular de Puerto Montt, Urmeneta N°414, certifica: Por escritura pública, hoy ante mí; doña SILVIA DEL CARMEN CONTRERAS RIVEROS, chilena, empresaria, casada con separación total de bienes, cédula de identidad número diez millones quinientos cincuenta y siete mil cuatrocientos cincuenta y dos guión cinco; don JUAN CARLOS WINKLER REINARES, chileno, factor de comercio, casado con separación total de bienes, cédula de identidad número ocho millones trescientos setenta y seis mil ciento ochenta y nueve guión K; don JUAN PABLO WINKLER CONTRERAS, chileno, soltero, psicólogo, cédula nacional de identidad número dieciséis millones quinientos ochenta y siete mil ochenta y dos guión cuatro; y don CRISTIAN ANDRÉS WINKLER CONTRERAS, chileno, soltero, licenciado en pedagogía en educación física, cédula de identidad número diecisiete millones ochocientos noventa mil setecientos cincuenta y dos guión dos, todos con domicilio en Parcela setenta del Condominio Colonia la Vara, ciudad y comuna de Puerto Montt, todos mayores de edad quienes acreditan su identidad con sus respectivas cédulas y exponen: PRIMERO: Que, por el presente instrumento los comparecientes vienen en modificar la “SOCIEDAD EDUCACIONAL WINKLER CONTRERAS LIMITADA”, rol único tributario 76.064.905-8 setenta y seis millones sesenta y cuatro mil novecientos cinco guión ocho, en conformidad a los siguientes términos. SEGUNDO: Los socios acuerdan modificar la cláusula Segunda de los estatutos sociales, en cuanto a la razón social de la sociedad, la cual será la siguiente: “SEGUNDO: La razón social será “SOCIEDAD DE INVERSIONES E INMOBILIARIA WINKLER CONTRERAS LIMITADA”. TERCERO: Junto con lo anterior, los socios acuerdan modificar la cláusula Tercera de los estatutos sociales, en cuanto al objeto de la sociedad, el cual será el siguiente: “TERCERO: La sociedad tiene por objeto el ejercicio de la actividad comercial, en sus formas más amplias y, en especial, la realización de inversiones y proyectos inmobiliarios, a cuyo efecto podrá generar el arrendamiento, subarrendamiento, compra, venta, posesión, mera tenencia, leasing y en general adquisición y enajenación a cualquier título de toda clase de bienes inmuebles urbanos, rústicos, la realización de inversiones en inmuebles, de cualquier naturaleza, derecho de cuotas en ellos, pisos, oficinas, departamentos, estacionamientos, la explotación, administración y percepción de sus frutos, la construcción de toda clase de obras y edificios en predios propios y ajenos por cuenta propia o ajena, la explotación y comercialización de los mismos, asimismo podrá realizar inversiones de capitales de toda clase de bienes muebles corporales e incorporales, tales como acciones, bonos, debentures, planes de ahorro, títulos de crédito, cuotas o derechos en todo tipo de sociedades, sean estas comerciales o civiles, asociaciones o comunidades y en toda clase de títulos o valores mobiliarios, efectos públicos o de comercio y demás bienes incorporales, pudiendo adquirir y enajenar a cualquier título los bienes y valores señalados, administrarlos y percibir sus frutos, por cuenta propia, ajena o de terceros. Podrá además tener por objeto prestación de servicios a terceros de cualquier tipo, tales como arrendamiento, subarrendamiento de instalaciones, bienes muebles, servicio de personal. Podrá realizar toda clase de negocios y actividades relacionados directa o indirectamente con el giro mencionado y que los socios determinen de común acuerdo. Para el cumplimiento de los objetivos señalados, la sociedad podrá actuar por cuenta propia o ajena y/o asociada o en coparticipación con terceros”. CUARTO: El capital de la sociedad se mantiene en la suma de total de $100.000.000 (cien millones de pesos). QUINTO En todo lo no modificado por la presente escritura permanecerá vigente lo pactado en la escritura de Constitución de Sociedad y su Modificación, mencionadas en la cláusula primera del presente instrumento, entendiéndose la presente escritura pública, formar parte integrante de los estatutos sociales que por ella se modifica. SEXTO: Todos los gastos e impuestos que se devenguen a causa o como consecuencia directa de la presente escritura serán de cargo de la Sociedad que por este acto se modifica. Otras estipulaciones, constan en escritura extractada. Puerto Montt, 11 de Abril de 2022.-
Atuações recentes
- MODIFICACIÓN
SOCIEDAD EDUCACIONAL WINKLER CONTRERAS LIMITADA
CVE 2127740
