Sociedade de Responsabilidade Limitada76.055.591-6

Inversiones Tankara Limitada

MODIFICACIÓN — 27 de dez. de 2025

Diario Oficial

ModificaçãoDiario Oficial · 2025-12-27Ver PDF (CVE 2747884)

Informações societárias

Ltda
Calle Gorostiaga N° 150
Administração: La administración, representación, uso de la razón social y del nombre de fantasía corresponderá a don YERKO PATRICIO GONZALEZ TAUCARE

Administradores (1)

Histórico societário relatado

  1. Constituição· 22 de abril de 2009

    Se constituye INVERSIONES TANKARA LIMITADA o TANKARA LTDA.

  2. Cessão de direitos· 4 de novembro de 2025

    YERKO PATRICIO GONZALEZ TAUCARE cede el 5% de sus derechos sociales a ALISHA ALEJANDRA GONZALEZ GAMBOA.

    YERKO PATRICIO GONZALEZ TAUCARE · ALISHA ALEJANDRA GONZALEZ GAMBOA

  3. Cessão de direitos· 4 de novembro de 2025

    MARIA ISABEL GAMBOA LOPEZ cede el 5% de sus derechos sociales a ALISHA ALEJANDRA GONZALEZ GAMBOA.

    MARIA ISABEL GAMBOA LOPEZ · ALISHA ALEJANDRA GONZALEZ GAMBOA

Texto oficial do extrato

Ministerio del Interior EDWIN RIFFO GONZALEZ, abogado, Notario Público Iquique, Suplente del Titular NESTOR ARAYA BLAZINA, Serrano 386, CERTIFICO: Por escritura hoy ante mí: Don YERKO PATRICIO GONZALEZ TAUCARE; doña MARIA ISABEL GAMBOA LOPEZ; don YERKO ALEJANDRO ALFONSO GONZALEZ GAMBOA, don EDUARDO ALEJANDRO PATRICIO GONZALEZ GAMBOA, doña ALISHA ALEJANDRA GONZALEZ GAMBOA; todos domiciliados para estos efectos en Calle Gorostiaga N° 150, Iquique; Mayores de edad, quienes acreditan su identidad con las cédulas anotadas y exponen: Con fecha 22 de Abril de 2.009, mediante escritura pública celebrada ante el Notario Público de Iquique doña Maria Antonieta Niño de Zepeda Parra, se constituyó la Sociedad de responsabilidad Limitada denominada INVERSIONES TANKARA LIMITADA, o TANKARA LTDA., cuyo extracto se inscribió a fojas 427 número 407, del Registro de Comercio de Iquique del año 2009, publicado en el Diario Oficial de fecha 27 de Abril del año 2.009.- Modificada por escritura pública de fecha 06 de Marzo del año 2013, ante la Notario Público de Iquique doña Monica Venegas de la Fuente, Suplente de la Titular doña Maria Antonieta Niño de Zepeda Parra, cuyo extracto se inscribió a fojas 852 vuelta, N°772, del Registro de Comercio de Iquique del año 2.013, publicado en el Diario oficial de fecha 02 de Mayo de 2.013. Modificada por escritura pública de fecha 30 de Julio del año 2.014, ante la Notario Público de Iquique doña Maria Antonieta Niño de Zepeda Parra, cuyo extracto se inscribió a fojas 2.382 vuelta N°1.868, del Registro de Comercio de Iquique del año 2.014. Por escritura pública de fecha 16 de Diciembre del año 2.014, ante la Notario Público de Iquique doña Maria Antonieta Niño de Zepeda Parra, la Sociedad fue saneada en los términos y condiciones que en dicho instrumento se expresan, la que se encuentra inscrita a fojas 2.383 vuelta, N°1.869, en el Registro de Comercio de Iquique, correspondiente al año 2.014.- Modificada por escritura pública de fecha 28 de Octubre del año 2.020, repertorio número 2.540 otorgada ante el Notario Público de Iquique, don Ruben Antonio Escobar García Suplente de la Titular doña Maria Antonieta Niño de Zepeda Parra, la sociedad fue modificada en los términos y condiciones que en dicho instrumento se expresan , la que se encuentra inscrita a fojas 940 vuelta N°612, en el Registro de Comercio de Iquique, correspondiente al año 2.020, y debidamente publicada en el diario oficial de la República de Chile.- Modificada por escritura pública de fecha 29 de agosto del año 2.022, repertorio N°1.972, otorgada ante el Notario Público Interino de Iquique, don Fernando Mauricio Canales Hertrampf, fue modificada en los términos y condiciones que en dicho instrumento se expresan, se inscribió a fojas 919 vuelta, N°528, en el Registro de Comercio de Iquique, correspondiente al año 2.022, y debidamente publicada en el Diario Oficial de la República de Chile.- Por el presente acto e instrumento los comparecientes vienen en modificar el pacto social antes referido, en los términos que pasas a expresarse. Los comparecientes declaran que son dueños del 100% de los derechos y acciones de la sociedad, correspondiéndoles en la siguiente proporción: Don YERKO PATRICIO GONZALEZ TAUCARE, un porcentaje de un 35% del haber social; Doña MARIA ISABEL GAMBOA LOPEZ, un porcentaje de un 35% en el haber social; Don YERKO ALEJANDRO ALFONSO GONZALEZ GAMBOA, un porcentaje de un 15% en el haber social; EDUARDO ALEJANDRO PATRICIO GONZALEZ GAMBOA, un porcentaje de un 15% en el haber social; vienen en modificar el pacto social antes referido, en los términos que pasan a expresarse: Don YERKO PATRICIO GONZALEZ TAUCARE, vende, cede y transfiere el 5% de los derechos sociales que le corresponden en la sociedad referida, a doña ALISHA ALEJANDRA GONZALEZ GAMBOA, quien compra y acepta, en la suma de $5.000.000.-, que paga en este acto, al contado dinero efectivo, declarando el vendedor recibir a su más entera satisfacción y total conformidad.- b) Doña MARIA ISABEL GAMBOA LOPEZ, vende, cede y transfiere el 5% de los derechos sociales que le corresponden en la sociedad referida, a doña ALISHA ALEJANDRA GONZALEZ GAMBOA, quien compra y acepta, en la suma de $5.000.000.-, que paga en este acto, al contado dinero efectivo, declarando el vendedor recibir a su más entera satisfacción y total conformidad.- En virtud de lo anterior, como consecuencia de las ventas y cesiones a que se refiere la cláusula precedente, a contar de esta fecha, son socios de INVERSIONES TANKARA LIMITADA, o TANKARA LTDA., Don YERKO PATRICIO GONZALEZ TAUCARE, dueño del 30%; Doña MARIA ISABEL GAMBOA LOPEZ, dueña del 30%; Don YERKO ALEJANDRO ALFONSO GONZALEZ GAMBOA, dueño del 15%; EDUARDO ALEJANDRO PATRICIO GONZALEZ GAMBOA, dueño del 15%; y doña ALISHA ALEJANDRA GONZALEZ GAMBOA dueña del 10% de los derechos sociales.- Los comparecientes por sí y en la representación que puedan investir por la sociedad se otorgan el más amplio y completo finiquito declarando que no tienen cargo ni cobro alguno que hacerse.- QUINTO: Los actuales socios ratifican cláusula Cuarta del pacto social constitutivo, sentido que la administración representación, uso de la razón social y del nombre de fantasía corresponderá a don YERKO PATRICIO GONZALEZ TAUCARE, quien actuando por la sociedad y anteponiendo la razón social a su firma, la representará y obligará con las mismas facultades establecidas en el pacto social primitivo.- En todo lo que no se modifica por este instrumento, seguirán vigentes las estipulaciones del pacto social.- Demás estipulaciones en escritura extractada.- Iquique, 04 de Noviembre de 2025.

ModificaçãoDiario Oficial · 2024-02-26Ver PDF (CVE 2460302)

Informações societárias

Ltda
Gorostiaga N°150
Administração: Administración y uso de la razón social corresponderá al socio YERKO PATRICIO GONZALEZ TAUCARE.

Capital

Capital total

$460.000.000

Sócios (4)

NomeParticipação

YERKO PATRICIO GONZALEZ TAUCARE

Socio

35%

MARIA ISABEL GAMBOA LOPEZ

Socio

35%

YERKO ALEJANDRO ALFONSO GONZALEZ GAMBOA

Socio

15%

EDUARDO ALEJANDRO PATRICIO GONZALEZ GAMBOA

Socio

15%

Administradores (1)

Histórico societário relatado

  1. Constituição· 22 de abril de 2009

    Constitución de INVERSIONES TANKARA LIMITADA o TANKARA LTDA.

    YERKO PATRICIO GONZALEZ TAUCARE · MARIA ISABEL GAMBOA LOPEZ

Texto oficial do extrato

FERNANDO MAURICIO CANALES HERTRAMPF, abogado, Notario Público Interino de la Primera Notaria de Iquique, Aníbal Pinto 555, certifica: Por escritura pública de hoy, ante mí: YERKO PATRICIO GONZALEZ TAUCARE, MARIA ISABEL GAMBOA LOPEZ, YERKO ALEJANDRO ALFONSO GONZALEZ GAMBOA, y EDUARDO ALEJANDRO PATRICIO GONZÁLEZ GAMBOA, Gorostiaga N°150, Iquique, modifican sociedad INVERSIONES TANKARA LIMITADA, o TANKARA LTDA., constituida fecha 22 de Abril de 2009 ante Notario Público Iquique MARIA ANTONIETA NIÑO DE ZEPEDA PARRA, inscrita a fojas 427, N°407, Registro de Comercio año 2009 Conservador Bienes Raíces Iquique, sentido que, actuales socios acuerdan modificar la cláusula QUINTA pacto social constitutivo, sentido de que, vienen en aumentar capital social $340.000.000, a la suma de $460.000.000, diferencia que se entera siguiente forma: Uno) Socios YERKO PATRICIO GONZALEZ TAUCARE, y MARIA ISABEL GAMBOA LOPEZ, quienes efectúan un aporte de capital ascendente a la suma de $84.000.000, en partes iguales, es decir $42.000.000, al contado en este acto, en dinero efectivo que ingresan en caja social. En consecuencia, aporte al capital social, sumado su aporte inicial, queda en la suma de $161.000.000 por cada uno de ellos. Dos) Socios YERKO ALEJANDRO ALFONSO GONZALEZ GAMBOA, y EDUARDO ALAJENDRO PATRICIO GONZALEZ GAMBOA, la suma de $36.000.000, en partes iguales, es decir $18.000.000, al contado en este acto, en dinero efectivo que ingresan en caja social. En consecuencia, aporte al capital social, sumado su aporte inicial, queda en la suma de $69.000.000 por cada uno de ellos. En consecuencia, del aumento capital, actuales socios acuerdan modificar cláusula QUINTA pacto social, quedando dicha cláusula de la siguiente forma: “QUINTA: El capital de la sociedad es la suma de $460.000.000, que los socios aportan y enteran siguiente forma: a) YERKO PATRICIO GONZALEZ TAUCARE, aporta la suma de $161.000.000, al contado en este acto, en dinero efectivo que ingresan en caja social; Aporte correspondiente a un porcentaje de un 35% en el haber social; b) MARIA ISABEL GAMBOA LOPEZ, aporta la suma de $161.000.000, al contado en este acto, en dinero efectivo que ingresan en caja social; Aporte correspondiente a un porcentaje de un 35% en el haber social; c) YERKO ALEJANDRO ALFONSO GONZALEZ GAMBOA, aporta la suma de $69.000.000, al contado en este acto, en dinero efectivo que ingresan en caja social; Aporte correspondiente a un porcentaje de un 15% en el haber social; y d) Don EDUARDO ALEJANDRO PATRICIO GONZALEZ GAMBOA, aporta la suma de $69.000.000, al contado en este acto, en dinero efectivo que ingresan en caja social; Aporte correspondiente a un porcentaje de un 15% en el haber social.-” Además, socios ratifican cláusula Cuarta pacto social constitutivo, sentido que administración sociedad y uso razón social corresponderá al socio YERKO PATRICIO GONZALEZ TAUCARE. En todo lo no modificado, queda vigente pacto social primitivo, y sus modificaciones. Demás estipulaciones en escritura extractada. Iquique, 30 de Diciembre de 2023.

ModificaçãoDiario Oficial · 2022-09-29Ver PDF (CVE 2194993)

Informações societárias

Ltda
Gorostiaga N°150
Administração: Administración y uso de razón social corresponderá al socio YERKO PATRICIO GONZALEZ TAUCARE

Capital

Capital total

$340.000.000

Sócios (4)

NomeParticipação

YERKO PATRICIO GONZALEZ TAUCARE

Socio

35%

MARIA ISABEL GAMBOA LOPEZ

Socio

35%

YERKO ALEJANDRO ALFONSO GONZALEZ GAMBOA

Socio

15%

EDUARDO ALEJANDRO PATRICIO GONZALEZ GAMBOA

Socio

15%

Administradores (1)

Histórico societário relatado

  1. Constituição· 22 de abril de 2009

    Se constituye la sociedad INVERSIONES TANKARA LIMITADA o TANKARA LTDA.

    YERKO PATRICIO GONZALEZ TAUCARE · MARIA ISABEL GAMBOA LOPEZ · YERKO ALEJANDRO ALFONSO GONZALEZ GAMBOA · EDUARDO ALEJANDRO PATRICIO GONZALEZ GAMBOA

Texto oficial do extrato

FERNANDO MAURICIO CANALES HERTRAMPF, abogado, Notario Público Interino de la Primera Notaria de Iquique, Aníbal Pinto 555, certifica: Por escritura pública de hoy, ante mí: YERKO PATRICIO GONZALEZ TAUCARE, MARIA ISABEL GAMBOA LOPEZ, YERKO ALEJANDRO ALFONSO GONZALEZ GAMBOA, y EDUARDO ALEJANDRO PATRICIO GONZÁLEZ GAMBOA, Gorostiaga N°150, Iquique, modifican sociedad INVERSIONES TANKARA LIMITADA, o TANKARA LTDA., constituida fecha 22 de Abril de 2009 ante Notario Público Iquique MARIA ANTONIETA NIÑO DE ZEPEDA PARRA, inscrita a fojas 427, N°407, Registro de Comercio año 2009 Conservador Bienes Raíces Iquique, sentido que, actuales socios acuerdan modificar la cláusula QUINTA pacto social constitutivo, sentido de que, vienen en aumentar capital social $220.000.000, a la suma de $340.000.000, diferencia que se entera siguiente forma: Uno) Socios YERKO PATRICIO GONZALEZ TAUCARE, y MARIA ISABEL GAMBOA LOPEZ, quienes efectúan un aporte de capital ascendente a la suma de $84.000.000, en partes iguales, es decir $42.000.000, al contado en este acto, en dinero efectivo que ingresan en caja social. En consecuencia, aporte al capital social, sumado su aporte inicial, queda en la suma de $119.000.000 por cada uno de ellos. Dos) Socios YERKO ALEJANDRO ALFONSO GONZALEZ GAMBOA, y EDUARDO ALAJENDRO PATRICIO GONZALEZ GAMBOA, la suma de $36.000.000, en partes iguales, es decir $18.000.000, al contado en este acto, en dinero efectivo que ingresan en caja social. En consecuencia, aporte al capital social, sumado su aporte inicial, queda en la suma de $51.000.000 por cada uno de ellos. En consecuencia, del aumento capital, actuales socios acuerdan modificar cláusula QUINTA pacto social, quedando dicha cláusula de la siguiente forma: “QUINTA: El capital de la sociedad es la suma de $340.000.000, que los socios aportan y enteran siguiente forma: a) YERKO PATRICIO GONZALEZ TAUCARE, aporta la suma de $119.000.000, al contado en este acto, en dinero efectivo que ingresan en caja social; Aporte correspondiente a un porcentaje de un 35% en el haber social; b) MARIA ISABEL GAMBOA LOPEZ, aporta la suma de $119.000.000, al contado en este acto, en dinero efectivo que ingresan en caja social; Aporte correspondiente a un porcentaje de un 35% en el haber social; c) YERKO ALEJANDRO ALFONSO GONZALEZ GAMBOA, aporta la suma de $51.000.000, al contado en este acto, en dinero efectivo que ingresan en caja social; Aporte correspondiente a un porcentaje de un 15% en el haber social; y d) Don EDUARDO ALEJANDRO PATRICIO GONZALEZ GAMBOA, aporta la suma de $51.000.000, al contado en este acto, en dinero efectivo que ingresan en caja social; Aporte correspondiente a un porcentaje de un 15% en el haber social.-” Además, socios ratifican cláusula Cuarta pacto social constitutivo, sentido que administración sociedad y uso razón social corresponderá al socio YERKO PATRICIO GONZALEZ TAUCARE. En todo lo no modificado, queda vigente pacto social primitivo, y sus modificaciones. Demás estipulaciones en escritura extractada. Iquique, 29 de Agosto de 2022.-

ModificaçãoDiario Oficial · 2020-11-09Ver PDF (CVE 1844523)

Informações societárias

Ltda
Gorostiaga N°150
Administração: Administración y uso de razón social corresponderá al socio YERKO PATRICIO GONZALEZ TAUCARE

Capital

Capital total

$220.000.000

Sócios (4)

NomeParticipação

YERKO PATRICIO GONZALEZ TAUCARE

Socio

35%

MARIA ISABEL GAMBOA LOPEZ

Socio

35%

YERKO ALEJANDRO ALFONSO GONZALEZ GAMBOA

Socio

15%

EDUARDO ALEJANDRO PATRICIO GONZALEZ GAMBOA

Socio

15%

Administradores (1)

Histórico societário relatado

  1. Constituição· 22 de abril de 2009

    Constitución de INVERSIONES TANKARA LIMITADA.

  2. Mudança de capital· 28 de outubro de 2020

    Se aumenta el capital de $100.000.000 a $220.000.000 y se incorporan dos nuevos socios.

    YERKO PATRICIO GONZALEZ TAUCARE · MARIA ISABEL GAMBOA LOPEZ · YERKO ALEJANDRO ALFONSO GONZALEZ GAMBOA · EDUARDO ALEJANDRO PATRICIO GONZALEZ GAMBOA

Texto oficial do extrato

RUBEN ANTONIO ESCOBAR GARCIA, Abogado, Notario Público Iquique, Suplente Titular MARIA ANTONIETA NIÑO DE ZEPEDA PARRA, A. Pinto N°555, certifico que por escritura pública, hoy ante mí, YERKO PATRICIO GONZALEZ TAUCARE, MARIA ISABEL GAMBOA LOPEZ, YERKO ALEJANDRO ALFONSO GONZALEZ GAMBOA, y EDUARDO ALEJANDRO PATRICIO GONZÁLEZ GAMBOA, Gorostiaga N°150, Iquique, modifican sociedad INVERSIONES TANKARA LIMITADA, o TANKARA LTDA., constituida fecha 22 de Abril de 2009 ante Notario Público Iquique MARIA ANTONIETA NIÑO DE ZEPEDA PARRA, inscrita a fojas 427, N°407, Registro de Comercio año 2009 Conservador Bienes Raíces Iquique, sentido que, actuales socios acuerdan modificar la cláusula QUINTA pacto social constitutivo, sentido de que, vienen en aumentar capital social $100.000.000, a la suma de $220.000.000, diferencia que se enteran siguiente forma: Uno) Socios YERKO PATRICIO GONZALEZ TAUCARE, y MARIA ISABEL GAMBOA LOPEZ, quienes efectúan un aporte de capital ascendente a la suma de $54.000.000, en partes iguales, es decir $27.000.000, al contado en este acto, en dinero efectivo que ingresan en caja social. En consecuencia, aporte al capital social, por cada uno de ellos, sumado su aporte inicial, queda en la suma de $77.000.000. Dos) Con ingreso a la sociedad como nuevos socios, de YERKO ALEJANDRO ALFONSO GONZALEZ GAMBOA, y de EDUARDO ALAJENDRO PATRICIO GONZALEZ GAMBOA, quienes aportan al capital social, la suma $33.000.0000, cada uno, en este acto, al contado, en dinero efectivo que ingresa en caja social. En consecuencia con los aportes efectuados, sociedad queda constituida por siguientes socios YERKO PATRICIO GONZALEZ TAUCARE, MARIA ISABEL GAMBOA LOPEZ, YERKO ALEJANDRO ALFONSO GONZALEZ GAMBOA, y EDUARDO ALAJENDRO PATRICIO GONZALEZ GAMBOA. En consecuencia, del ingreso de socios, y aumento capital, actuales socios acuerdan modificar cláusula QUINTA pacto social, quedando dicha cláusula de la siguiente forma: “QUINTA: El capital de la sociedad es la suma de $220.000.000, que los socios aportan y enteran siguiente forma: a) YERKO PATRICIO GONZALEZ TAUCARE, aporta la suma de $77.000.000, al contado en este acto, en dinero efectivo que ingresan en caja social; Aporte correspondiente a un porcentaje de un 35% en el haber social; b) MARIA ISABEL GAMBOA LOPEZ, aporta la suma de $77.000.000, al contado en este acto, en dinero efectivo que ingresan en caja social; Aporte correspondiente a un porcentaje de un 35% en el haber social; c) YERKO ALEJANDRO ALFONSO GONZALEZ GAMBOA, aporta la suma de $33.000.000, al contado en este acto, en dinero efectivo que ingresan en caja social; Aporte correspondiente a un porcentaje de un 15% en el haber social; y d) Don EDUARDO ALEJANDRO PATRICIO GONZALEZ GAMBOA, aporta la suma de $33.000.000, al contado en este acto, en dinero efectivo que ingresan en caja social; Aporte correspondiente a un porcentaje de un 15% en el haber social.-” Además, socios ratifican cláusula Cuarta pacto social constitutivo, sentido que administración sociedad y uso razón social corresponderá al socio YERKO PATRICIO GONZALEZ TAUCARE. En todo lo no modificado, queda vigente pacto social primitivo, y sus modificaciones. Demás estipulaciones en escritura extractada. Iquique, 28 Octubre de 2020.-

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