Constructora Y Comercializadora El Ulmo Limitada
Diario Oficial
Informações societárias
Objeto social
El objeto de la sociedad será: A) La compra, venta, importación, exportación, distribución y comercialización de todo tipo de bienes corporales muebles, en especial pero no limitativamente, materiales de construcción e insumos agrícolas; B) El Transporte terrestre, en camiones, de mercaderías de terceros; C) El estudio, la elaboración y ejecución de todo tipo de obras y de proyectos de Ingeniería, por cuenta propia o ajena; la realización de trabajos de edificación de obras civiles, tales como casas, edificios, caminos, puentes, represas, túneles, puertos aéreos o marítimos, ferrocarriles y otros; el desarrollo de proyectos inmobiliarios; la compra, venta, enajenación y arriendo de bienes raíces o muebles; la realización de loteos y obras de urbanización; la construcción, promoción y venta de centros comerciales, locales, oficinas, estacionamientos, edificios y viviendas, acogidas o no a sistemas de franquicias tributarias especiales o de subsidios habitacionales; y D) En general, la realización de todos los actos y contratos que se estimen convenientes o necesarios para realización de dichos objetivos, como asimismo, todos aquellos actos y actividades que los socios acuerden y que sean afines, relacionados o conexos con el giro social.
Capital
Capital total
$8.000.000
Sócios (5)
| Nome | RUT | Participação | Aporte |
|---|---|---|---|
Socio | - | 53% | - |
INÉS MARCELINA GUTIÉRREZ CUEVAS Socio | - | 1.25% | - |
Socio | - | 15.25% | - |
CRISTOBAL RODRIGO PEÑA GUTIERREZ Socio | - | 15.25% | - |
VALENTINA PILAR PEÑA GUTIERREZ Socio | - | 15.25% | - |
Administradores (2)
INÉS MARCELINA GUTIÉRREZ CUEVAS
Histórico societário relatado
- Constituição· 6 de outubro de 2008
JORGE ENRIQUE PEÑA PARDO, INÉS MARCELINA GUTIÉRREZ CUEVAS y GERMAN ANDRES PEÑA GUTIERREZ constituyen la sociedad comercializadora y transportes Gervacris Limitada.
JORGE ENRIQUE PEÑA PARDO · INÉS MARCELINA GUTIÉRREZ CUEVAS · GERMAN ANDRES PEÑA GUTIERREZ
- Cessão de direitos· 9 de fevereiro de 2023
JORGE ENRIQUE PEÑA PARDO cede derechos sociales a INÉS MARCELINA GUTIÉRREZ CUEVAS, CRISTOBAL RODRIGO PEÑA GUTIERREZ y VALENTINA PILAR PEÑA GUTIERREZ.
JORGE ENRIQUE PEÑA PARDO · INÉS MARCELINA GUTIÉRREZ CUEVAS · CRISTOBAL RODRIGO PEÑA GUTIERREZ · VALENTINA PILAR PEÑA GUTIERREZ
- Mudança de nome· 9 de fevereiro de 2023
La sociedad cambia su razón social de Comercializadora y Transportes Gervacris Limitada a Constructora y Comercializadora El Ulmo Limitada.
JORGE ENRIQUE PEÑA PARDO · INÉS MARCELINA GUTIÉRREZ CUEVAS · GERMAN ANDRES PEÑA GUTIERREZ · CRISTOBAL RODRIGO PEÑA GUTIERREZ · VALENTINA PILAR PEÑA GUTIERREZ
- Outro ato· 9 de fevereiro de 2023
Se amplía y redefine el objeto social.
JORGE ENRIQUE PEÑA PARDO · INÉS MARCELINA GUTIÉRREZ CUEVAS · GERMAN ANDRES PEÑA GUTIERREZ · CRISTOBAL RODRIGO PEÑA GUTIERREZ · VALENTINA PILAR PEÑA GUTIERREZ
- Mudança de administrador· 9 de fevereiro de 2023
La administración queda radicada indistintamente en JORGE ENRIQUE PEÑA PARDO e INÉS MARCELINA GUTIÉRREZ CUEVAS.
Texto oficial do extrato
ANFION PODLECH ROMERO, Notario Público Arauco, Cochrane 337, CERTIFICA: Por escritura pública ante Daniela Sofía Valenzuela Barrenechea, abogada, Notario Público Suplente Titular Anfión Podlech Romero, 9 febrero 2023, Repertorio Número 146/2023, comparecieron: JORGE ENRIQUE PEÑA PARDO, domiciliado en calle Los Aromos, número setecientos cuarenta, Villa Radiata, comuna de Arauco, INÉS MARCELINA GUTIÉRREZ CUEVAS, domiciliada en calle Los Aromos, número setecientos cuarenta, Villa Radiata, comuna de Arauco, por sí y en representación de German Andrés Peña Gutiérrez, domiciliado en Patricio Lynch, número mil ciento veintisiete, comuna de Puerto Varas, CRISTOBAL RODRIGO PEÑA GUTIERREZ, domiciliado en calle Los Aromos, número setecientos cuarenta, Villa Radiata, comuna de Arauco, y VALENTINA PILAR PEÑA GUTIERREZ, domiciliada en calle Los Aromos, número setecientos cuarenta, Villa Radiata, comuna de Arauco, expusieron: Por escritura pública otorgada ante Notario Público Concepción, Carlos Roberto Álvarez Núñez, fecha seis octubre año dos mil ocho, extracto inscrito a fojas cuarenta y ocho vuelta número cincuenta y seis Registro Comercio Conservador Comercio Arauco año dos mil ocho, JORGE ENRIQUE PEÑA PARDO, INÉS MARCELINA GUTIÉRREZ CUEVAS y GERMAN ANDRES PEÑA GUTIERREZ constituyeron sociedad responsabilidad limitada razón social “COMERCIALIZADORA Y TRANSPORTES GERVACRIS LIMITADA”, rol único tributario número setenta y seis millones treinta y nueve mil ciento tres guión cuatro. Capital sociedad antes referida ocho millones de pesos. Por instrumento se extracta JORGE ENRIQUE PEÑA PARDO efectuó las siguientes cesiones de intereses, derechos, cuotas o partes sociales que le corresponden como socio en la sociedad de responsabilidad limitada individualizada: A) catorce por ciento del total derechos sociales de compañía antes referida, a INÉS MARCELINA GUTIÉRREZ CUEVAS quien compró en nombre y representación, de GERMAN ANDRES PEÑA GUTIERREZ. Precio UN MILLON CIENTO VEINTE MIL PESOS pagado contado; B) quince coma veinticinco por ciento del total derechos sociales de compañía antes referida, a CRISTOBAL RODRIGO PEÑA GUTIERREZ, quien compró para sí. Precio UN MILLON DOSCIENTOS VEINTE MIL PESOS pagado contado; y C) quince coma veinticinco por ciento del total derechos sociales de compañía antes referida, a VALENTINA PILAR PEÑA GUTIERREZ quien compró para sí. Precio UN MILLON DOSCIENTOS VEINTE MIL PESOS pagado contado. INÉS MARCELINA GUTIÉRREZ CUEVAS por sí y en representación de GERMAN ANDRES PEÑA GUTIERREZ, en calidad de socios de compañía “COMERCIALIZADORA Y TRANSPORTES GERVACRIS LIMITADA”, manifestó su aceptación en cesión efectuadas por JORGE ENRIQUE PEÑA PARDO. En consecuencia, serán, desde momento escritura se extracta, únicos socios de compañía JORGE ENRIQUE PEÑA PARDO con un cincuenta y tres por ciento en cuanto a capital e ingresos proporcionales acumulados, en su caso, INÉS MARCELINA GUTIÉRREZ CUEVAS con un uno coma veinticinco por ciento en cuanto a capital e ingresos proporcionales acumulados, en su caso, GERMAN ANDRES PEÑA GUTIERREZ con un quince coma veinticinco por ciento en cuanto a capital e ingresos proporcionales acumulados, en su caso, CRISTOBAL RODRIGO PEÑA GUTIERREZ con un quince coma veinticinco por ciento en cuanto a capital e ingresos proporcionales acumulados, en su caso y VALENTINA PILAR PEÑA GUTIERREZ con un quince coma veinticinco por ciento en cuanto a capital e ingresos proporcionales acumulados, en su caso. Por instrumento se extracta, los únicos socios de compañía antes singularizada, JORGE ENRIQUE PEÑA PARDO, INÉS MARCELINA GUTIÉRREZ CUEVAS por si en representación de GERMAN ANDRES PEÑA GUTIERREZ, CRISTOBAL RODRIGO PEÑA GUTIERREZ y VALENTINA PILAR PEÑA GUTIERREZ, MODIFICARON sociedad referida, condiciones siguientes: UNO) Se MODIFICA la CLAUSULA SEGUNDA del pacto social, relativa a la razón social, en el sentido de remplazar la razón social por CONSTRUCTORA Y COMERCIALIZADORA EL ULMO LIMITADA, quedando en definitiva dicha cláusula en extracto siguiente tenor: RAZON SOCIAL: “CONSTRUCTORA Y COMERCIALIZADORA EL ULMO LIMITADA”. Sin embargo, la sociedad podrá adquirir derechos y contraer obligaciones, sustituyendo la palabra Limitada por su abreviatura Ltda; nombre de fantasía “CONSTRUCTORA EL ULMO LTDA”, DOS) Se MODIFICA la CLAUSULA TERCERA del pacto social, relativa al objeto quedando en definitiva con el siguiente tenor: OBJETO SOCIAL.- El objeto de la sociedad será: A) La compra, venta, importación, exportación, distribución y comercialización de todo tipo de bienes corporales muebles, en especial pero no limitativamente, materiales de construcción e insumos agrícolas; B) El Transporte terrestre, en camiones, de mercaderías de terceros; C) El estudio, la elaboración y ejecución de todo tipo de obras y de proyectos de Ingeniería, por cuenta propia o ajena; la realización de trabajos de edificación de obras civiles, tales como casas, edificios, caminos, puentes, represas, túneles, puertos aéreos o marítimos, ferrocarriles y otros; el desarrollo de proyectos inmobiliarios; la compra, venta, enajenación y arriendo de bienes raíces o muebles; la realización de loteos y obras de urbanización; la construcción, promoción y venta de centros comerciales, locales, oficinas, estacionamientos, edificios y viviendas, acogidas o no a sistemas de franquicias tributarias especiales o de subsidios habitacionales; y D) En general, la realización de todos los actos y contratos que se estimen convenientes o necesarios para realización de dichos objetivos, como asimismo, todos aquellos actos y actividades que los socios acuerden y que sean afines, relacionados o conexos con el giro social. Todas las actividades comprendidas en las letras anteriores las podrá desarrollar la sociedad directamente, o participando en otras sociedades.- TRES) Se MODIFICA la CLAUSULA CUARTA del pacto social, relativa a la administración, en el sentido de que la administración y uso de la razón social corresponderá a cualquiera de los socios, don JORGE ENRIQUE PEÑA PARDO y doña INÉS MARCELINA GUTIÉRREZ CUEVAS, indistintamente, con todas y cada una de las facultades indicadas expresamente en dicha cláusula, las que se dan por reproducidas en su integridad. En todo lo que no se modifica por instrumento se extracta, seguirán vigentes las estipulaciones del pacto social contenido en la escritura de constitución de sociedad. Demás estipulaciones escritura se extracta.- Arauco, 20 de febrero de 2023.
Atuações recentes
- MODIFICACIÓN
CONSTRUCTORA Y COMERCIALIZADORA EL ULMO LIMITADA
CVE 2279056
