Sociedade de Responsabilidade Limitada76.037.248-K

Palma Y Compañía Abogados Limitada

MODIFICACIÓN — 12 de dez. de 2024

Diario Oficial

ModificaçãoDiario Oficial · 2024-12-12Ver PDF (CVE 2583030)

Informações societárias

Ltda
Administração: Administración indistinta de Juan Eduardo Palma Jara y Juan Eduardo Alfonso Palma Cruzat, o conjunta de Paz Luz Palma Carrasco y María Soledad Diharasarri Lecanda

Capital

Capital total

$1.000.000

Capital integralizado

$1.000.000

Capital pendente

$0

Sócios (4)

NomeParticipação

JUAN EDUARDO PALMA JARA

Socio

5.xxx.xxx-k

36%

JUAN EDUARDO ALFONSO PALMA CRUZAT

Socio

10.xxx.xxx-6

43%

PAZ LUZ PALMA CARRASCO

Socio

9.xxx.xxx-7

13%

MARÍA SOLEDAD DIHARASARRI LECANDA

Socio

16.xxx.xxx-1

8%

Administradores (4)

JUAN EDUARDO PALMA JARA

5.xxx.xxx-kAdministrador

JUAN EDUARDO ALFONSO PALMA CRUZAT

10.xxx.xxx-6Administrador

PAZ LUZ PALMA CARRASCO

9.xxx.xxx-7Administrador

MARÍA SOLEDAD DIHARASARRI LECANDA

16.xxx.xxx-1Administrador

Histórico societário relatado

  1. Constituição· 24 de outubro de 2008

    Constitución original de Palma y Compañía, Abogados como sociedad colectiva civil.

    Patricio Raby Benavente

  2. Transformação· 25 de outubro de 2012

    La sociedad se transforma a sociedad de responsabilidad limitada.

    Juan Ricardo San Martín Urrejola

  3. Transformação· 28 de junho de 2019

    La sociedad se transforma en una sociedad por acciones denominada Palma y Compañía Abogados SpA.

    Juan Ricardo San Martín Urrejola

  4. Transformação· 28 de novembro de 2022

    La sociedad se transforma nuevamente en sociedad de responsabilidad limitada y pasa a denominarse Palma y Compañía Abogados Limitada.

    Juan Ricardo San Martin Urrejola

  5. Cessão de direitos· 20 de novembro de 2024

    Sergio Valerio Quesney Swinburn cede 4% de sus derechos a Juan Eduardo Palma Jara.

    SERGIO VALERIO QUESNEY SWINBURN · JUAN EDUARDO PALMA JARA

  6. Cessão de direitos· 20 de novembro de 2024

    Sergio Valerio Quesney Swinburn cede 6% de sus derechos a Juan Eduardo Alfonso Palma Cruzat.

    SERGIO VALERIO QUESNEY SWINBURN · JUAN EDUARDO ALFONSO PALMA CRUZAT

Texto oficial do extrato

VERONICA ISABEL GONZALEZ DAVILA, Notario Público Suplente de la Titular doña MARIA SOLEDAD LASCAR MERINO de la Trigésimo Octava Notaría de esta ciudad, con domicilio en calle Isidora Goyenechea N° 3.477, oficina 10, comuna de Las Condes, certifico que por escritura pública de fecha 20 de noviembre de 2024, bajo repertorio 53319-2024, ante la Notario Público Titular: /Uno/ don JUAN EDUARDO PALMA JARA, chileno, casado, abogado, cédula nacional de identidad N° 5.475.017-k, domiciliado para estos efectos en Avenida Isidora Goyenechea N° 3.162, piso séptimo, comuna de Las Condes; /Dos/ don JUAN EDUARDO ALFONSO PALMA CRUZAT, chileno, casado, abogado, cédula nacional de identidad número 10.931.288-6, domiciliado para estos efectos en Avenida Isidora Goyenechea N° 3.162, piso séptimo, comuna de Las Condes; /Tres/ doña PAZ LUZ PALMA CARRASCO, chilena, casada, abogada, cédula nacional de identidad N° 9.096.717-7, domiciliada para estos efectos en Avenida Isidora Goyenechea N° 3.162, piso séptimo, comuna de Las Condes; /Cuatro/ don SERGIO VALERIO QUESNEY SWINBURN, chileno, casado, abogado, cédula nacional de identidad N° 12.125.910-9, domiciliado para estos efectos en Avenida Isidora Goyenechea N° 3.162, piso séptimo, comuna de Las Condes; y /Cinco/ doña MARÍA SOLEDAD DIHARASARRI LECANDA, chilena, casada, abogada, cédula nacional de identidad N° 16.611.939-1, domiciliada para estos efectos en Avenida Isidora Goyenechea N° 3.162, piso séptimo, comuna de Las Condes; acordaron modificar la sociedad PALMA Y COMPAÑÍA ABOGADOS LIMITADA, RUT N°76.037.248-K (la “Sociedad”) constituida bajo el nombre de PALMA Y COMPAÑÍA, ABOGADOS como una sociedad colectiva civil, por escritura pública de fecha 24 de octubre del año 2008 otorgada en la Notaría de Santiago de don Patricio Raby Benavente. Luego, la Sociedad fue transformada a sociedad de responsabilidad limitada según consta de escritura pública de fecha 25 de octubre del año 2012, otorgada en la notaría de Santiago de don Juan Ricardo San Martín Urrejola, siendo un extracto autorizado de la referida escritura inscrito a fojas 86.506 número 60.605 en el Registro de Comercio de Santiago correspondiente al año 2012 y publicado en el Diario Oficial de fecha 10 de diciembre del año 2012. Posteriormente, la Sociedad fue transformada en una sociedad por acciones que se pasó a denominar PALMA Y COMPAÑÍA ABOGADOS SpA, según consta en escritura pública de fecha 28 de junio del año 2019, otorgada en la notaría de Santiago de don Juan Ricardo San Martín Urrejola, siendo un extracto autorizado de la referida escritura inscrito a fojas 56.015 número 27.663 en el Registro de Comercio de Santiago correspondiente al año 2019 y publicado en el Diario Oficial de fecha 20 de julio del año 2019. Por último, la Sociedad fue transformada en una sociedad de responsabilidad limitada que pasó a denominarse PALMA Y COMPAÑÍA ABOGADOS LIMITADA, según consta de escritura pública de fecha 28 de noviembre del año 2022, otorgada en la notaría de Santiago de don Juan Ricardo San Martin Urrejola, siendo un extracto autorizado de la referida escritura inscrito a fojas 104.962 número 46.233 en el Registro de Comercio de Santiago correspondiente al año 2022 y publicado en el Diario Oficial de fecha 22 de diciembre del año 2022; y, por el presente, los socios acordaron modificar la Sociedad en los siguientes términos: 1) Por este acto y con el consentimiento expreso de la unanimidad de los socios, el socio don SERGIO VALERIO QUESNEY SWINBURN vende, cede y transfiere, a don JUAN EDUARDO PALMA JARA quien, compra, acepta y adquiere, el 4% del capital y derechos de la sociedad PALMA Y COMPAÑÍA ABOGADOS LIMITADA. El precio de esta cesión de derechos es la cantidad de 40.000 pesos chilenos moneda de curso legal, cantidad que don JUAN EDUARDO PALMA JARA paga en este acto al contado y en dinero efectivo a don SERGIO VALERIO QUESNEY SWINBURN, declarando este último recibirlos a su entera y más completa satisfacción; 2) Por este acto y con el consentimiento expreso de la unanimidad de los socios, el socio don SERGIO VALERIO QUESNEY SWINBURN vende, cede y transfiere, a don JUAN EDUARDO ALFONSO PALMA CRUZAT quien, compra, acepta y adquiere, el 6% del capital y derechos de la sociedad PALMA Y COMPAÑÍA ABOGADOS LIMITADA. El precio de esta cesión de derechos es la cantidad de 60.000 pesos chilenos moneda de curso legal, cantidad que don JUAN EDUARDO ALFONSO PALMA CRUZAT paga en este acto al contado y en dinero efectivo a don SERGIO VALERIO QUESNEY SWINBURN, declarando este último recibirlos a su entera y más completa satisfacción; 3) Como consecuencia de las cesiones de derechos sociales de que da cuenta la cláusula anterior, quedan como actuales y únicos socios de la sociedad PALMA Y COMPAÑÍA ABOGADOS LIMITADA los señores JUAN EDUARDO PALMA JARA, y JUAN EDUARDO ALFONSO PALMA CRUZAT, y las señoras PAZ LUZ PALMA CARRASCO y MARÍA SOLEDAD DIHARASARRI LECANDA quienes por unanimidad acuerdan introducir las siguientes modificaciones a los estatutos sociales: /Uno/ Modificar el Artículo Quinto de los estatutos sociales, relativo al capital social, reemplazándolo por el siguiente: “ARTÍCULO QUINTO: El capital de la sociedad es la suma de un millón de pesos, íntegramente aportado y pagado por los socios con anterioridad a este acto, y que pertenece a los socios en las cantidades, forma y proporciones que se indican a continuación: a) don JUAN EDUARDO PALMA JARA es dueño de un treinta y seis por ciento del capital y derechos sociales, equivalentes a la cantidad de trescientos sesenta mil pesos, íntegramente aportados y pagados a la sociedad con anterioridad a este acto; b) don JUAN EDUARDO ALFONSO PALMA CRUZAT es dueño de un cuarenta y tres por ciento del capital y derechos sociales, equivalentes a la cantidad de cuatrocientos treinta mil pesos, íntegramente aportados y pagados a la sociedad con anterioridad a este acto; c) doña PAZ LUZ PALMA CARRASCO es dueña de un trece por ciento del capital y derechos sociales, equivalentes a la cantidad de ciento treinta mil pesos, íntegramente aportados y pagados a la sociedad con anterioridad a este acto; y d) doña MARÍA SOLEDAD DIHARASARRI LECANDA es dueña de un ocho por ciento del capital y derechos sociales, equivalentes a la cantidad de ochenta mil pesos, íntegramente aportados y pagados a la sociedad con anterioridad a este acto.”. /Dos/ Modificar el Artículo Séptimo de los estatutos sociales, relativo a la administración de la sociedad y el uso de la razón social, reemplazándolo por el siguiente: “ARTÍCULO SÉPTIMO: La administración de la sociedad y el uso de la razón social corresponderá indistintamente a los señores Juan Eduardo Palma Jara y Juan Eduardo Alfonso Palma Cruzat cada uno de ellos en forma individual y separadamente, o a cualquiera de las socias Paz Luz Palma Carrasco, y María Soledad Diharasarri Lecanda, actuando estas dos últimas en forma conjunta, quienes actuando en la forma antes indicada y anteponiendo a sus firmas la razón social tendrán las más amplias facultades de administración y disposición de bienes” conforme a la escritura extractada. /Tres/ Incorporar un nuevo Artículo Décimo Séptimo a los estatutos sociales conforme a la escritura extractada. Los socios reiteran que su responsabilidad personal por los negocios y obligaciones sociales se encuentra limitada al monto de sus respectivos aportes. En todo aquello que no ha sido expresamente modificado, se mantienen íntegramente vigentes los estatutos sociales de PALMA Y COMPAÑÍA ABOGADOS LIMITADA. Otras estipulaciones no interesan a terceros, no son materia de extracto, constan en escritura extractada. Santiago, 29 de noviembre de 2024, Veronica Isabel Gonzalez Dávila, Notario Público Suplente.

ModificaçãoDiario Oficial · 2024-10-28Ver PDF (CVE 2563923)

Informações societárias

Ltda
Administração: La administración de la sociedad y el uso de la razón social corresponderá indistintamente a Juan Eduardo Palma Jara y Juan Eduardo Alfonso Palma Cruzat, cada uno en forma individual y separadamente, o a cualquiera de los socios Paz Luz Palma Carrasco, Sergio Valerio Quesney Swinburn y María Soledad Diharasarri Lecanda, actuando en forma conjunta dos cualesquiera de estos tres últimos.

Capital

Capital total

$1.000.000

Capital integralizado

$1.000.000

Capital pendente

$0

Sócios (5)

NomeParticipação

Juan Eduardo Palma Jara

Socio

5.xxx.xxx-k

32%

Juan Eduardo Alfonso Palma Cruzat

Socio

10.xxx.xxx-6

37%

Paz Luz Palma Carrasco

Socio

9.xxx.xxx-7

13%

Sergio Valerio Quesney Swinburn

Socio

12.xxx.xxx-9

10%

María Soledad Diharasarri Lecanda

Socio

16.xxx.xxx-1

8%

Administradores (5)

Juan Eduardo Palma Jara

5.xxx.xxx-kAdministrador

Juan Eduardo Alfonso Palma Cruzat

10.xxx.xxx-6Administrador

Paz Luz Palma Carrasco

9.xxx.xxx-7Administrador

Sergio Valerio Quesney Swinburn

12.xxx.xxx-9Administrador

María Soledad Diharasarri Lecanda

16.xxx.xxx-1Administrador

Histórico societário relatado

  1. Constituição· 24 de outubro de 2008

    Se constituye PALMA Y COMPAÑÍA, ABOGADOS como sociedad colectiva civil.

    JUAN EDUARDO PALMA JARA · JUAN EDUARDO ALFONSO PALMA CRUZAT · PAZ LUZ PALMA CARRASCO · SERGIO VALERIO QUESNEY SWINBURN · MARÍA SOLEDAD DIHARASARRI LECANDA · GABRIEL AGUSTÍN PALMA CRUZAT

  2. Transformação· 25 de outubro de 2012

    La sociedad se transforma en sociedad de responsabilidad limitada.

  3. Transformação· 28 de junho de 2019

    La sociedad se transforma en sociedad por acciones y pasa a denominarse PALMA Y COMPAÑÍA ABOGADOS SpA.

  4. Transformação· 28 de novembro de 2022

    La sociedad se transforma nuevamente en sociedad de responsabilidad limitada y pasa a denominarse PALMA Y COMPAÑÍA ABOGADOS LIMITADA.

  5. Cessão de direitos· 4 de setembro de 2024

    Gabriel Agustín Palma Cruzat cede el 5% de sus derechos a Juan Eduardo Palma Jara.

    GABRIEL AGUSTÍN PALMA CRUZAT · JUAN EDUARDO PALMA JARA

  6. Cessão de direitos· 4 de setembro de 2024

    Gabriel Agustín Palma Cruzat cede el 6% de sus derechos a Juan Eduardo Alfonso Palma Cruzat.

    GABRIEL AGUSTÍN PALMA CRUZAT · JUAN EDUARDO ALFONSO PALMA CRUZAT

Texto oficial do extrato

MARIA SOLEDAD LASCAR MERINO, Notario Público Titular de la Trigésimo Octava Notaría de esta ciudad, con domicilio en calle Isidora Goyenechea N° 3.477, oficina 10, comuna de Las Condes, certifico que por escritura pública de fecha 4 de septiembre de 2024, bajo repertorio 41499-2024, ante mí: /Uno/ don JUAN EDUARDO PALMA JARA, chileno, casado, abogado, cédula nacional de identidad N° 5.475.017-k, domiciliado para estos efectos en Avenida Isidora Goyenechea N° 3.162, piso séptimo, comuna de Las Condes; /Dos/ don JUAN EDUARDO ALFONSO PALMA CRUZAT, chileno, casado, abogado, cédula nacional de identidad número 10.931.288-6, domiciliado para estos efectos en Avenida Isidora Goyenechea N° 3.162, piso séptimo, comuna de Las Condes; /Tres/ doña PAZ LUZ PALMA CARRASCO, chilena, casada, abogada, cédula nacional de identidad N° 9.096.717-7, domiciliada para estos efectos en Avenida Isidora Goyenechea N° 3.162, piso séptimo, comuna de Las Condes; /Cuatro/ don SERGIO VALERIO QUESNEY SWINBURN, chileno, casado, abogado, cédula nacional de identidad N° 12.125.910-9, domiciliado para estos efectos en Avenida Isidora Goyenechea N° 3.162, piso séptimo, comuna de Las Condes; /Cinco/ doña MARÍA SOLEDAD DIHARASARRI LECANDA, chilena, casada, abogada, cédula nacional de identidad N° 16.611.939-1, domiciliada para estos efectos en Avenida Isidora Goyenechea N° 3.162, piso séptimo, comuna de Las Condes; y /Seis/ don GABRIEL AGUSTÍN PALMA CRUZAT, chileno, casado, abogado, cédula nacional de identidad N° 10.931.174-k, domiciliado para estos efectos en Avenida Isidora Goyenechea N° 3.162, piso séptimo, comuna de Las Condes; acordaron modificar la sociedad PALMA Y COMPAÑÍA ABOGADOS LIMITADA, RUT N°76.037.248-K (la “Sociedad”) constituida bajo el nombre de PALMA Y COMPAÑÍA, ABOGADOS como una sociedad colectiva civil, por escritura pública de fecha 24 de octubre del año 2008 otorgada en la Notaría de Santiago de don Patricio Raby Benavente. Luego, la Sociedad fue transformada a sociedad de responsabilidad limitada según consta de escritura pública de fecha 25 de octubre del año 2012, otorgada en la notaría de Santiago de don Juan Ricardo San Martín Urrejola, siendo un extracto autorizado de la referida escritura inscrito a fojas 86.506 número 60.605 en el Registro de Comercio de Santiago correspondiente al año 2012 y publicado en el Diario Oficial de fecha 10 de diciembre del año 2012. Posteriormente, la Sociedad fue transformada en una sociedad por acciones que se pasó a denominar PALMA Y COMPAÑÍA ABOGADOS SpA, según consta en escritura pública de fecha 28 de junio del año 2019, otorgada en la notaría de Santiago de don Juan Ricardo San Martín Urrejola, siendo un extracto autorizado de la referida escritura inscrito a fojas 56.015 número 27.663 en el Registro de Comercio de Santiago correspondiente al año 2019 y publicado en el Diario Oficial de fecha 20 de julio del año 2019. Por último, la Sociedad fue transformada en una sociedad de responsabilidad limitada que pasó a denominarse PALMA Y COMPAÑÍA ABOGADOS LIMITADA, según consta de escritura pública de fecha 28 de noviembre del año 2022, otorgada en la notaría de Santiago de don Juan Ricardo San Martin Urrejola, siendo un extracto autorizado de la referida escritura inscrito a fojas 104.962 número 46.233 en el Registro de Comercio de Santiago correspondiente al año 2022 y publicado en el Diario Oficial de fecha 22 de diciembre del año 2022; y, por el presente, los socios acordaron modificar la Sociedad en los siguientes términos: 1) Por este acto y con el consentimiento expreso de la unanimidad de los socios, el socio don GABRIEL AGUSTÍN PALMA CRUZAT vende, cede y transfiere, a don JUAN EDUARDO PALMA JARA quien, compra, acepta y adquiere, el 5% del capital y derechos de la sociedad PALMA Y COMPAÑÍA ABOGADOS LIMITADA. El precio de esta cesión de derechos es la cantidad de 50.000 pesos chilenos moneda de curso legal, cantidad que don JUAN EDUARDO PALMA JARA paga en este acto al contado y en dinero efectivo a don GABRIEL AGUSTÍN PALMA CRUZAT, declarando este último recibirlos a su entera y más completa satisfacción; 2) Por este acto y con el consentimiento expreso de la unanimidad de los socios, el socio don GABRIEL AGUSTÍN PALMA CRUZAT vende, cede y transfiere, a don JUAN EDUARDO ALFONSO PALMA CRUZAT quien, compra, acepta y adquiere, el 6% del capital y derechos de la sociedad PALMA Y COMPAÑÍA ABOGADOS LIMITADA. El precio de esta cesión de derechos es la cantidad de 60.000 pesos chilenos moneda de curso legal, cantidad que don JUAN EDUARDO ALFONSO PALMA CRUZAT paga en este acto al contado y en dinero efectivo a don GABRIEL AGUSTÍN PALMA CRUZAT, declarando este último recibirlos a su entera y más completa satisfacción; 3) Como consecuencia de las cesiones de derechos sociales de que da cuenta la cláusula anterior, quedan como actuales y únicos socios de la sociedad PALMA Y COMPAÑÍA ABOGADOS LIMITADA los señores JUAN EDUARDO PALMA JARA, JUAN EDUARDO ALFONSO PALMA CRUZAT, y SERGIO VALERIO QUESNEY SWINBURN y las señoras PAZ LUZ PALMA CARRASCO y MARÍA SOLEDAD DIHARASARRI LECANDA quienes por unanimidad acuerdan introducir las siguientes modificaciones a los estatutos sociales: /Uno/ Modificar el Artículo Quinto de los estatutos sociales, relativo al capital social, reemplazándolo por el siguiente: “ARTÍCULO QUINTO: El capital de la sociedad es la suma de un millón de pesos, íntegramente aportado y pagado por los socios con anterioridad a este acto, y que pertenece a los socios en las cantidades, forma y proporciones que se indican a continuación: a) don JUAN EDUARDO PALMA JARA es dueño de un treinta y dos por ciento del capital y derechos sociales, equivalentes a la cantidad de trescientos veinte mil pesos, íntegramente aportados y pagados a la sociedad con anterioridad a este acto; b) don JUAN EDUARDO ALFONSO PALMA CRUZAT es dueño de un treinta y siete por ciento del capital y derechos sociales, equivalentes a la cantidad de trescientos setenta mil pesos, íntegramente aportados y pagados a la sociedad con anterioridad a este acto; c) doña PAZ LUZ PALMA CARRASCO es dueña de un trece por ciento del capital y derechos sociales, equivalentes a la cantidad de ciento treinta mil pesos, íntegramente aportados y pagados a la sociedad con anterioridad a este acto; d) don SERGIO VALERIO QUESNEY SWINBURN es dueño de un diez por ciento del capital y derechos sociales, equivalentes a la cantidad de cien mil pesos, íntegramente aportados y pagados a la sociedad con anterioridad a este acto; y e) doña MARÍA SOLEDAD DIHARASARRI LECANDA es dueña de un ocho por ciento del capital y derechos sociales, equivalentes a la cantidad de ochenta mil pesos, íntegramente aportados y pagados a la sociedad con anterioridad a este acto.”. /Dos/ Modificar el Artículo Séptimo de los estatutos sociales, relativo a la administración de la sociedad y el uso de la razón social, reemplazándolo por el siguiente: “ARTÍCULO SÉPTIMO: La administración de la sociedad y el uso de la razón social corresponderá indistintamente a los señores Juan Eduardo Palma Jara y Juan Eduardo Alfonso Palma Cruzat cada uno de ellos en forma individual y separadamente, o a cualquiera de los socios Paz Luz Palma Carrasco, Sergio Valerio Quesney Swinburn y María Soledad Diharasarri Lecanda, actuando en forma conjunta dos cualesquiera de estos tres últimos, quienes actuando en la forma antes indicada y anteponiendo a sus firmas la razón social tendrán las más amplias facultades de administración y disposición de bienes” conforme a la escritura extractada. Los socios reiteran que su responsabilidad personal por los negocios y obligaciones sociales se encuentra limitada al monto de sus respectivos aportes. En todo aquello que no ha sido expresamente modificado, se mantienen íntegramente vigentes los estatutos sociales de PALMA Y COMPAÑÍA ABOGADOS LIMITADA. Otras estipulaciones no interesan a terceros, no son materia de extracto, constan en escritura extractada. Santiago, 23 de octubre de 2024, María Soledad Lascar Merino, Notario Público.

Atuações recentes

  1. MODIFICACIÓN

    PALMA Y COMPAÑÍA ABOGADOS LIMITADA

    CVE 2583030

  2. MODIFICACIÓN

    PALMA Y COMPAÑÍA ABOGADOS LIMITADA

    CVE 2563923

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