Sociedade de Responsabilidade Limitada76.035.425-2

Inversiones Acevedo Y Compañía Limitada

MODIFICACIÓN — 20 de abr. de 2022

Diario Oficial

ModificaçãoDiario Oficial · 2022-04-20Ver PDF (CVE 2116383)

Informações societárias

Ltda
Santiago, Región Metropolitana

Capital

Capital total

$13.668.848

Capital integralizado

$13.668.848

Capital pendente

$0

Sócios (2)

NomeParticipação

PABLO ANDRÉS ACEVEDO ÁLVAREZ

Socio

99.3%

ROCÍO DE LOS ÁNGELES FONSECA CHAMORRO

Socio

0.7%

Histórico societário relatado

  1. Cessão de direitos· 7 de abril de 2022

    JOSÉ MIGUEL CECIL FLORES ACUÑA cede el total de sus derechos sociales a ROCÍO DE LOS ÁNGELES FONSECA CHAMORRO.

    JOSÉ MIGUEL CECIL FLORES ACUÑA · ROCÍO DE LOS ÁNGELES FONSECA CHAMORRO

  2. Saída de sócio· 7 de abril de 2022

    Sale de la sociedad JOSÉ MIGUEL CECIL FLORES ACUÑA.

    JOSÉ MIGUEL CECIL FLORES ACUÑA

  3. Mudança de capital· 7 de abril de 2022

    Se fija el capital social en $13.668.848.

    PABLO ANDRÉS ACEVEDO ÁLVAREZ · ROCÍO DE LOS ÁNGELES FONSECA CHAMORRO

  4. Outro ato· 7 de abril de 2022

    Se modifica la cláusula sobre utilidades y pérdidas.

    PABLO ANDRÉS ACEVEDO ÁLVAREZ · ROCÍO DE LOS ÁNGELES FONSECA CHAMORRO

  5. Outro ato· 7 de abril de 2022

    Se cambia el domicilio social a la comuna de Santiago.

    PABLO ANDRÉS ACEVEDO ÁLVAREZ · ROCÍO DE LOS ÁNGELES FONSECA CHAMORRO

Texto oficial do extrato

JOSE LEONARDO BRUSI MUÑOZ, Notario Público 42ª Notaría Santiago, Suplente del Titular don Álvaro David González Salinas, oficio Agustinas Nº 1070, piso 2, Santiago, certifica: Por escritura pública de fecha 7 de abril de 2022, otorgada ante el titular, don ALVARO DAVID GONZALEZ SALINAS, repertorio N° 16.672/2022, don JOSÉ MIGUEL CECIL FLORES ACUÑA, domiciliado en calle Calicán número dos mil ciento cincuenta y ocho, comuna de San Pedro de la Paz, don PABLO ANDRÉS ACEVEDO ÁLVAREZ, domiciliado en calle Marcel Duhaut número dos mil ochocientos noventa y tres, departamento cuatrocientos dos, comuna de Providencia, y doña ROCÍO DE LOS ÁNGELES FONSECA CHAMORRO, domiciliada en calle Marcel Duhaut número dos mil ochocientos noventa y tres, departamento cuatrocientos dos, comuna de Providencia; modificaron los estatutos de “INVERSIONES ACEVEDO Y COMPAÑÍA LIMITADA”, sociedad inscrita a fojas 71, número 46, del Registro de Comercio de Penco del año 2008, de la siguiente forma: 1) Don JOSÉ MIGUEL CECIL FLORES ACUÑA vendió, cedió y transfirió a doña ROCÍO DE LOS ÁNGELES FONSECA CHAMORRO, quien compró, aceptó y adquirió para sí, el total de los derechos sociales de que es dueño en INVERSIONES ACEVEDO Y COMPAÑÍA LIMITADA, equivalentes al 0,7% del total de los derechos sociales de la referida compañía. El precio de la cesión de derechos fue la suma única y total de $100.000.-, pagados en el acto, de contado y en dinero en efectivo.- 2) Presente en el acto el socio de INVERSIONES ACEVEDO Y COMPAÑÍA LIMITADA, quien aceptó expresamente la cesión de derechos sociales y la salida del socio don JOSÉ MIGUEL CECIL FLORES ACUÑA, quedando, en consecuencia, las participaciones en los derechos y capital social distribuidos en la siguiente forma: Don PABLO ANDRÉS ACEVEDO ÁLVAREZ con el 99,3% y doña ROCÍO DE LOS ÁNGELES FONSECA CHAMORRO con el 0,7%.- 3) Modificaron la cláusula quinta relativa a capital social de la sociedad, quedando de la siguiente manera: “CLÁUSULA QUINTA: El capital de la sociedad será la suma de $13.668.848.-, que los socios aportan y pagan de la siguiente forma: Uno) PABLO ANDRÉS ACEVEDO ÁLVAREZ aporta la suma de $13.568.848.- íntegramente pagados con anterioridad a la presente fecha; y Dos) ROCÍO DE LOS ÁNGELES FONSECA CHAMORRO aporta la suma de $100.000.- íntegramente pagados con anterioridad a la presente fecha”. 4) Modificaron la cláusula séptima relativa a utilidades y pérdidas, que queda de la siguiente forma: “CLÁUSULA SÉPTIMA: Las utilidades y pérdidas y todo otro derecho de los socios, incluso en el evento de liquidación de esta sociedad, y para todos los efectos que en derecho corresponda se repartirán entre los socios en proporción a sus aportes al capital social o en la proporción que los socios determinen por escrito en su oportunidad”. 5) Modificaron la cláusula décimo quinta relativa al domicilio de la sociedad, quedando de la siguiente forma: “CLÁUSULA DÉCIMO QUINTA: El domicilio de la sociedad será la comuna de Santiago, sin perjuicio de las agencias o sucursales que la sociedad acuerde establecer en otros puntos del país o del extranjero”. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 13 de abril de 2022.-

Atuações recentes

  1. MODIFICACIÓN

    INVERSIONES ACEVEDO Y COMPAÑÍA LIMITADA

    CVE 2116383

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