Transportes El Mañio SpA
Diario Oficial
Informações societárias
Capital
Capital total
$72.886.192
Capital integralizado
$72.886.192
Capital pendente
$0
Ações
9.000
Sócios (4)
| Nome | RUT | Participação | Aporte |
|---|---|---|---|
Accionista 3.xxx.xxx-6 | 3.xxx.xxx-6 | 225 ações | - |
FELICITA EDILIA RUIZ BARRIENTOS Accionista 8.xxx.xxx-7 | 8.xxx.xxx-7 | 2.925 ações | - |
Accionista 8.xxx.xxx-6 | 8.xxx.xxx-6 | 2.925 ações | - |
CARLOS HUMBERTO RUIZ BARRIENTOS Accionista 8.xxx.xxx-1 | 8.xxx.xxx-1 | 2.925 ações | - |
Histórico societário relatado
- Transformação· 20 de maio de 2016
Se dividió el capital de Transportes el Mañío SpA y se constituyeron Buses el Mañío SpA e Inversiones Melipulli SpA.
- Outro ato· 6 de julho de 2016
Se redujo a escritura pública el acto de modificación y división de la sociedad.
- Outro ato· 24 de outubro de 2016
Junta de accionistas que rectificó la modificación de la sociedad.
EDILIO RUIZ CORONADO · FELICITA EDILIA RUIZ BARRIENTOS · JORGE OMAR RUIZ BARRIENTOS · CARLOS HUMBERTO RUIZ BARRIENTOS
Texto oficial do extrato
Lebby Carolín Barría Gutiérrez, Notaria Pública Titular de la Quinta Notaria de Puerto Montt, con oficio en calle Pedro Montt 137, de esta ciudad, certifico: Que por escritura pública de fecha 01 de Diciembre de 2016, ante mí, LUIS CARLOS BASILIO LILLO DIAZ, calle Diego Portales 860, Puerto Montt, redujo a escritura pública el acta de Junta de Accionistas TRANSPORTES EL MAÑIO SpA, de fecha 24 Octubre 2016, en la cual EDILIO RUIZ CORONADO, RUT: 3.938.411-6, FELICITA EDILIA RUIZ BARRIENTOS, RUT: 8.166.590-7, JORGE OMAR RUIZ BARRIENTOS, RUT: 8.150.429-6, CARLOS HUMBERTO RUIZ BARRIENTOS, RUT: 8.381.200-1, todos domiciliados en Avenida Diego Portales N°860, comuna y ciudad de Puerto Montt, rectificaron la modificación de la sociedad, “TRANSPORTES EL MAÑIO SpA”, realizada con fecha 20 de Mayo de 2016, reducida a escritura pública, de 06 de Julio de 2016, inscrita a fs. 731, N°499, del Registro Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Puerto Montt, correspondiente año 2016, y publicada en el Diario Oficial, con fecha 22 de Julio de 2016. Mediante dicho acto, se dividió el capital de la sociedad “Transportes el Mañío SpA”, constituyéndose la sociedad “Buses el Mañío Spa.”, inscrita a fojas setecientos treinta y tres, número quinientos del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Puerto Montt, correspondiente al año dos mil dieciséis. Se constituyó asimismo, una nueva sociedad, “Inversiones Melipulli SpA”, inscrita a fojas setecientos treinta y cinco, número quinientos uno del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Puerto Montt, correspondiente al año dos mil dieciséis. La presente junta de accionistas, ha acordado lo siguiente: PRIMERO: Rectificación. Se corrige lo obrado con fecha 20 de Mayo de 2016. El patrimonio que se asignó producto de la división, a la sociedades nacientes, se rectifica y modifica de la siguiente forma: i.- sociedad Buses el Mañío SpA, ascendente a la suma de $200.880.636, se entera mediante la asignación de las siguientes cuentas patrimoniales de la sociedad dividida: a) Con cargo a la cuenta de “Capital” de la sociedad dividida, se le asigna a la nueva compañía la suma de $162.337.427, monto que constituirá el capital estatutario de la sociedad naciente de esta división; b) Con cargo a la cuenta de “Revalorización del Capital Propio”, se le asigna a la nueva sociedad la suma de $2.912.830, de manera que la sociedad Buses el Mañío tendrá una reserva de Revalorización de Capital propio por esa misma cantidad; c) Con cargo a la cuenta de “Utilidades Acumuladas” de la sociedad dividida, se le asigna a la nueva compañía la suma de cero pesos, de modo que la nueva sociedad naciente de esta división, tendrá una cuenta de Utilidades Acumuladas igual a la cantidad asignada; d) Con cargo a la cuenta de “Resultado del Ejercicio” de la sociedad dividida, se le asigna a la nueva compañía la suma de $9.005.547, de modo que la sociedad Buses el Mañío, tendrá una cuenta de Resultado del Ejercicio igual a la cantidad asignada. En todo lo demás se mantiene de la misma forma y manera señalada en el acta que por este acto se rectifica y modifica. ii.- sociedad Inversiones Melipulli SpA, ascendente a la suma de $118.888.540, se entera mediante la asignación de las siguientes cuentas patrimoniales de la sociedad dividida: a) Con cargo a la cuenta de “Capital” de la sociedad dividida, se le asigna a la nueva compañía la suma de $96.077.253, monto que constituirá el capital estatutario de la sociedad naciente de esta división; b) Con cargo a la cuenta de “Revalorización del Capital Propio”, se le asigna a la nueva sociedad la suma de $1.723.920, de manera que la nueva sociedad tendrá una reserva de Revalorización de Capital propio por esa misma cantidad; c) Con cargo a la cuenta de “Utilidades Acumuladas” de la sociedad dividida, se le asigna a la nueva compañía la suma de $5.329.813, de modo que la nueva sociedad naciente de esta división, tendrá una cuenta de Utilidades Acumuladas igual a la cantidad asignada; d) Con cargo a la cuenta de “Resultado del Ejercicio” de la sociedad dividida, se le asigna a la nueva compañía la suma de $15.757.553, de modo que la nueva sociedad naciente de esta división, tendrá una cuenta de Resultado del Ejercicio igual a la cantidad asignada; y, como contrapartida del capital y demás cuentas patrimoniales que da cuenta esta división, se le han atribuido a Inversiones Melipulli SpA, se le asignan únicamente y por sus respectivos valores libros, que en cada caso se indican, los activos individualizados en la misma forma y manera señalada en el acta de fecha 20 de mayo del 2016, reducida a escritura pública con fecha 6 de julio 2016. iii.- Asimismo, como consecuencia de la división acordada, el patrimonio de la sociedad dividida, TRANSPORTES EL MAÑIO SpA, se reduce a la suma de $90.191.306, y queda compuesto por las siguientes partidas: a) Capital: $72.886.192; b) Revalorización de Capital Propio: $1.307.801; c) Resultado del Ejercicio: $11.954.000; y d) Resultado Acumulado: $4.043.307. En todo lo demás se mantiene de la misma forma y manera señalada en el acta de fecha 20 de Mayo de 2016, que por este acto se rectifica y modifica, y que fue reducida a escritura pública, con fecha 06 de julio del año 2016, ante el ex Notario Público Interino de Puerto Montt, don Sergio Elgueta Barrientos. SEGUNDO: Modificación de estatutos. Se modifican los estatutos de la sociedad “TRANSPORTES EL MAÑIO SpA”, cuyo extracto fue inscrito a fojas setecientos treinta y uno, número cuatrocientos noventa y nueve del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Puerto Montt correspondiente año dos mil dieciséis, y publicado en el Diario Oficial de fecha quince de julio del año dos mil dieciséis, en cuanto a:a.- Se modifica uno de sus artículos permanentes, el que queda de la siguiente forma:“ARTICULO TERCERO: El capital de la sociedad es la suma de $72.886.192, dividido en 9.000 acciones nominativas, ordinarias, de una misma seire y sin valor nominal, las cuales se encuentran suscritas y pagadas con anterioridad a este acto en su totalidad de la siguiente manera: a) don EDILIO RUIZ CORONADO, titular de 225 acciones; b) doña FELICITA EDILIA RUIZ BARRIENTOS, titular de 2.925 acciones; c) don JORGE OMAR RUIZ BARRIENTOS, titular de 2.925 acciones; y d) don CARLOS HUMBERTO RUIZ BARRIENTOS, titular de 2.925 acciones”; b.- Se modifica otro de sus artículos permanentes, el que queda de la siguiente forma: ”ARTICULO DECIMO SEGUNDO: El o los administrador (es) señalados precedentemente, tiene la representación judicial y extrajudicial de la sociedad y para el cumplimiento del objeto social, lo que no será necesario acreditar ante terceros, está investido de todas las facultades de administración y disposición que la ley o los presentes estatutos no establezcan como privativas de la Junta de Accionistas, sin necesidad de otorgarle poder especial alguno, incluso para aquellos actos o contratos respecto de los cuales se exijan estas circunstancias. Se entienden comprendidas entre las facultades de el o los administrador (es), sin que su enumeración sea o tenga el carácter de taxativa y sin que sea necesario acreditar frente a terceros si ellos corresponden o no al giro ordinario, las siguientes: UNO) Comprar, vender, permutar y en general adquirir y enajenar a cualquier título, toda clase de bienes muebles o inmuebles, corporales o incorporales, incluso valores mobiliarios, en especial aquellos cuya adquisición y enajenación quede comprendido dentro del giro de la sociedad; DOS) Dar y tomar en a rrendamiento, administración o concesión toda clase de bienes corporales o incorporales, raíces o mueb les; TRES) Dar y tomar bienes en comodato; CUATRO) Dar y tomar dinero y otros bienes muebles en mutuo; CINCO) Dar y recibir dineros y otros bienes en depósitos, necesario o voluntario y en secuestro; SEIS) Dar y recibir bienes en hipoteca, incluso con cláusula de garantía general; posponer, alzar y servir hipotecas;SIETE) Dar y recibir en prenda, muebles, valores mobiliarios, derechos, acciones y demás cosas corporales o incorporales, sea en prenda civil, mercantil, bancaria, agraria, warrants, industrial, de cosas muebles vendidas a plazo u otras especiales, sean ellas con o sin desplazamiento, y cancelarlas; OCHO) Celebrar contratos de transportes, de fletamento, de cambio, de correduría, de transacción y de leasing;NUEVE) Celebrar contratos para constituir a la sociedad en agente, representantes, comisionista, distribuidora o concesionaria o para que esta los constituya; DIEZ) Celebrar contratos de sociedad y de asociación o cuentas en participación, de cualquier clase u objeto o ingresar en sociedades ya constituidas y representar a la sociedad con voz y voto en las sociedades, comunidades, asociaciones, cuentas en participación, sociedades de hecho, asambleas de aportantes de los fondos de inversión y organizaciones de cualquier especie, de que forma parte o en que tenga interés; ONC E) Celebrar contratos de seguros, pudiendo acordar primas, fijar riesgos, plazos y demás condiciones; cobrar pólizas, endosarlas y cancelarlas; aprobar e impugnar liquidaciones de siniestros; etc. DOCE) Celebrar contratos de cuentas corrientes mercantil; imponerse de su movimiento y aprobar y rechazar sus saldos;TRECE) Celebrar contratos de trabajo, colectivos o individuales, contratar y despedir trabajadores y contratar servicios profesionales o técnicos; CATORCE) Celebrar cualquier otro contrato nominado o no. En los contratos que la sociedad celebre, los administradores podrán convenir y modificar toda clase de pactos y estipulaciones, estén o no contempladas especialmente en las leyes y sea de su esencia, de su naturaleza o meramente accidentales para fijar precios, intereses, rentas, honorarios, remuneraciones, reajustes, indemnizaciones, plazos, condiciones, deberes, atribuciones, épocas y formas de pago y de entrega, cabidas, deslindes, etc., para recibir y/o entregar, para pactar indivisibilidad activa o pasiva, para convenir cláusulas penales a favor o en contra de la sociedad; para aceptar toda clase de cauciones, reales o personales, y toda clase de garantías, en beneficio o en contra de la sociedad, para fijar multas a favor o en contra de ellas, para pactar prohibiciones de enajenar y gravar; para ejercitar sus acciones, como las de nulidad, rescisión, resolución, evicción, etc.; y aceptar la renuncia de los derechos y acciones, para rescindir, resolver, resciliar, dejar sin efecto, poner término o solicitar la terminación de los contratos; para exigir rendiciones de cuentas, aprobarlas y objetarlas; y, en general, ejercitar y renunciar todos los derechos que competan a la sociedad;QUINCE) Contratar préstamos en cualquier forma con toda clase de organismos o instituciones de crédito y/o fomento, de derecho público o privado, sociedades civiles o comerciales, sociedades financieras, asociaciones de ahorro y préstamo, y en general, con cualquier persona natural o jurídica, nacional o extranjera; DIECISÉIS)Representar a la sociedad ante los bancos nacionales y/o extranjeros, estatales o particulares, con las más amplias facultades que pueden necesitarse, darles instrucciones, cometerles comisiones de confianza, abrir cuentas corrientes bancarias, de depósito y/o de crédito, depositar, girar, sobregirar en ellas, imponerse de su movimiento y cerrar unas y otras, todo ello tanto en moneda nacional como extranjera; aprobar y objetar saldos, retirar talonarios de cheques o cheques sueltos; contratar préstamos, sean como crédito en cuenta corriente, créditos simples, créditos documentarios, avances, contra aceptación, sobregiros, créditos en cuentas especiales, contratando líneas de crédito, sea en cualquier otra forma; arrendar cajas de seguridad, abrirlas y poner término a su arrendamiento, colocar y retirar valores, sean de moneda nacional o extranjera, en depósito, custodia o garantía y cancelar los certificados respectivos, contratar acreditivos en moneda nacional o extranjera; efectuar operaciones de cambio, tomar boletas de garantía y en general, efectuar toda clase de operaciones bancarias, en moneda nacional o extranjera; DIECISIETE) Abrir cuentas de ahorro, reajustables o no, a plazo, a la vista o condicionales, en el Banco del Estado de Chile, en la Corporación de la Vivienda, en asociaciones de ahorro y préstamos, en instituciones de previsión o en cualquier banco o institución, de derecho público o de derecho privado, sea en su beneficio exclusivo o en el de sus trabajadores; depositar y girar en ellas, imponerse de su movimiento, aceptar e impugnar saldos y cerrarlas; DIECIOCHO) Girar, suscribir, aceptar, reaceptar, renovar, prorrogar, revalidar, avalar, endosar en dominio. cobro o garantía, depositar, protestar, descontar, cancelar, cobrar, transferir, extender y disponer en cualquier otra forma de cheques, letras de cambio, pagarés, libranzas, vales y demás documentos mercantiles o bancarios, sean nominativos, a la orden o al portador, en moneda nacional o extranjera, y ejercitar todas las acciones que a la sociedad correspondan en relación con tales documentos; DIECINUEVE) Ceder y aceptar cesiones de créditos, sean nominativos, a la orden o al portador y, en general, efectuar toda clase de operaciones con documentos mercantiles, valores mobiliarios, efectos públicos o de comercio;VEINTE) Pagar en efectivo, por dación en pago, por consignación, por subrogación, por cesión de bienes, etc., todo lo que la sociedad adeude, por cualquier título y, en general, extinguir obligaciones; VEINTIUNO) Cobrar y percibir extrajudicialmente todo cuanto se adeude a la sociedad, a cualquier título que sea y por cualquiera persona natural o jurídica, incluso el Fisco, instituciones o corporaciones, fundaciones de derecho público o privado, instituciones privadas, etc.; VEINTIDÓS) Conceder quitas o esperas; VEINTITRÉS) Firmar recibos, finiquitos o cancelaciones y, en general, suscribir, otorgar, firmar, extender, refrendar o modificar toda clase de documentos públicos o privados, pudiendo formular en ellos todas las declaraciones que estime necesarias o convenientes; VEINTICUATRO) Constituir servidumbres activas o pasivas; VEINTICINCO) Solicitar para la sociedad concesiones administrativas de cualquier naturaleza u objeto; VEINTISÉIS) Instalar agencias, oficinas, sucursales o establecimientos, dentro o fuera del país; VEINTISIETE) Inscribir propiedad intelectual, industrial, nombres comerciales, marcas comerciales y modelos industriales, patentar inventos, deducir oposiciones y solicitar nulidades, en general, efectuar todas las tramitaciones y actuaciones que sean procedentes en esta materia;VEINTIOCHO) Entregar y recibir a/y de las oficinas de correo, telégrafos, aduanas o empresas estatales o particulares de transporte terrestre, marítimo o aéreo, toda clase de correspondencia, certificada o no, piezas postales, giros, reembolsos, cargas, encomiendas, mercaderías, etc., dirigidos o consignados a la sociedad o expedidos por ella; VEINTINUEVE) Tramitar pólizas de embarque o transporte; extender, endosar o firmar conocimientos, manifiestos, recibos, pases libres, guías de transito, pagarés u ordenes de entrega de aduanas o de intercambio de mercader ías o productos; y ejecutar en general, toda clase de operaciones aduaneras; TREINTA)Ocurrir ante toda clase de autoridades, políticas, administrativas, de orden tributario, aduaneras, municipales, judiciales, de comercio exterior, o de cualquier otro orden y ante cualquiera persona de derecho público o privado, instituciones fiscales, semifiscales, de administración autónoma, organismos, servicios, etc., con toda clase de presentaciones, peticiones, declaraciones, incluso obligatorias, modificarlas o desistirse de ellas; TREINTA Y UNO) Realizar operaciones de cambios internacionales, comprar y vender toda clase de bienes muebles incorporales, pactos, compra y venta de divisas spot y a futuro y, en general, realizar toda clase de operaciones y contratos de derivados sobre moneda nacional, unidades de reajustabilidad, moneda extranjera, tasas de interés locales, tasas de interés extranjeras y sobre cualquier otro activo autorizado por el Banco Central de Chile;TREINTA Y DOS) Representar a la sociedad en todos los juicios o gestiones judiciales ante cualquier tribunal ordinario, especial, arbitral, administrativo o de cualquier otra clase, así intervenga la sociedad como demandante, demandada o tercero de cualquier especie, pudiendo ejercitar todas las acciones, sean ellas ordinarias, ejecutivas, especiales, de jurisdicción no contenciosa o de cualquier otra naturaleza. En el ejercicio de esta representación judicial, los administradores podrán actuar por la sociedad con todas las facultades ordinarias y extraordinarias del mandato judicial, en los términos previstos en los artículos siete y ocho del Código de Procedimiento Civil, pudiendo desistirse en primera instancia de la acción deducida, contestar demandas, aceptar la demanda contraria, renunciar los recursos o los términos legales, deferir el juramento decisorio, o aceptar su delación, transigir, comprometer, otorgar a los árbitros las facultades de arbitradores, prorrogar jurisdicción, intervenir en gestiones de conciliación o avenimiento, cobrar o percibir; TREINTA Y TRES) Realizar toda clase de operaciones de cambio, de importación y de exportación; TREINTA Y CUATRO) Conferir mandatos especiales, judiciales y extrajudiciales y revoc
Informações societárias
Histórico societário relatado
- Outro ato· 20 de maio de 2016
Se aprobó una modificación previa de la sociedad relacionada con una división, luego rectificada.
Texto oficial do extrato
Lebby Carolín Barría Gutiérrez, Notaria Pública Titular de la Quinta Notaria de Puerto Montt, con oficio en calle Pedro Montt 137, de esta ciudad, certifico: Que por escritura pública de fecha 01 de Diciembre de 2016, ante mí, LUIS CARLOS BASILIO LILLO DIAZ, calle Diego Portales 860, Puerto Montt, redujo a escritura pública el acta de Junta de Accionistas TRANSPORTES EL MAÑIO SpA, de fecha 24 Octubre 2016, en la cual EDILIO RUIZ CORONADO, RUT: 3.938.411-6, FELICITA EDILIA RUIZ BARRIENTOS, RUT: 8.166.590-7, JORGE OMAR RUIZ BARRIENTOS, RUT: 8.150.429-6, CARLOS HUMBERTO RUIZ BARRIENTOS, RUT: 8.381.200-1, todos domiciliados en Avenida Diego Portales N°860, comuna y ciudad de Puerto Montt, rectificaron la modificación de la sociedad “TRANSPORTES EL MAÑIO SpA”, realizada con fecha 20 de Mayo de 2016, reducida a escritura pública de 06 de Julio de 2016, inscrita a fs. 731, N°499, del Registro Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Puerto Montt, año 2016. Sociedad por Acciones, cuya acta de Junta de Accionistas, de 20 de Mayo de 2016, se rectifica, en los siguientes términos: a.- “SEGUNDO: Sin embargo por un error involuntario se señaló que la referida división se llevará a cabo sobre la base del balance de la compañía al treinta y uno de diciembre del año dos mil quince, y tendrá efecto a contar del día uno de junio del año dos mil dieciséis. En cuanto a la determinación del patrimonio social, y como paso previo a la división propuesta, se acordó hacer la determinación del patrimonio social de TRANSPORTES EL MAÑIO SpA, en base al balance de la sociedad al treinta y uno de diciembre del año dos mil quince, balance que es aprobado por los accionistas presentes y que será protocolizado al momento de reducir la presente acta a escritura pública. Por consiguiente, las cuentas de patrimonio de la sociedad son las siguientes: a) Capital: Doscientos setenta y nueve millones trescientos treinta y siete mil ochocientos cuarenta y ocho pesos; b) Revalorización Capital Propio: Veintisiete millones setecientos seis mil ochocientos ochenta y cuatro pesos; c) Resultado del Ejercicio: cuarenta y dos millones seiscientos treinta y cuatro mil ochocientos seis pesos. Por lo tanto, el patrimonio social asciende a la suma de trescientos cuarenta y nueve millones seiscientos setenta y nueve mil quinientos treinta y ocho pesos. DEBIENDO DECIR LO SIGUIENTE: Que la referida división se llevará a cabo sobre la base del balance de la compañía al treinta de junio del año dos mil dieciséis, y tendrá efecto a contar del día uno de julio del año dos mil dieciséis. En cuanto a la determinación del patrimonio social, y como paso previo a la división propuesta, se acordó hacer la determinación del patrimonio social de TRANSPORTES EL MAÑIO SpA, en base al balance de la sociedad al treinta de junio del año dos mil dieciséis, balance que es aprobado por los accionistas concurrentes a esta junta y que se protocolizará junto con la reducción a escritura pública de la presente acta. Por consiguiente, las cuentas de patrimonio de la sociedad TRANSPORTES EL MAÑIO SpA son las siguientes: a) Capital: $331.300.872; b) Revalorización Capital Propio: $5.944.552; c) Resultado del Ejercicio: $54.336.391; d) Resultado Acumulado: $18.378.667. Por lo tanto, el patrimonio social asciende a la suma de $409.960.482. TERCERO: En consecuencia, el actual patrimonio de la sociedad, asciende a la suma de $409.960.482., se divide en tres partes, por lo cual se procederá a realizar las siguientes asignaciones: a.- A la sociedad Buses el Mañío SpA, que nace producto de la división la suma de $200.880.636, que equivale aproximadamente al cuarenta y nueve por ciento del patrimonio actual de la sociedad; b.- A la sociedad Inversiones Melipulli SpA, que nace producto de la división la suma de $118.888.540, que equivale aproximadamente al veintinueve por ciento del patrimonio actual de la sociedad.” Puerto Montt, 10 de diciembre de 2016.-
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Capital
Ações
9.000
Representação legal (1)
Rodrigo Javier Wainraihgt Galilea
Histórico societário relatado
- Transformação· 6 de julho de 2016
Se reduce a escritura pública el acta de Junta de Accionistas de Transportes el Mañío SpA que acordó la división de la sociedad.
Texto oficial do extrato
Lebby Carolín Barría Gutiérrez, Notaria Pública Titular de la Quinta Notaria de Puerto Montt, con oficio en calle Pedro Montt 137, de esta ciudad, certifico: Que por escritura pública de fecha 02 de Noviembre de 2016, ante mí, don Rodrigo Javier Wainraihgt Galilea rectifica y aclara la escritura pública de fecha seis de julio del año dos mil dieciséis, de repertorio número mil ciento siete, otorgada ante Notario Público don Sergio Benedicto Elgueta Barrientos, en la cual don LUIS CARLOS BASILIO LILLO DIAZ, redujo a escritura pública el acta de Junta de Accionistas Transportes el Mañío SpA, en la cual se acordó la división de dicha sociedad. Como consecuencia de la división señalada precedentemente, se modificó la sociedad Transportes el Mañio SpA , cuyo extracto se inscribió a fojas setecientos treinta y uno, número cuatrocientos noventa y nueve del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Puerto Montt correspondiente año dos mil dieciséis, publicada en el Diario Oficial de fecha quince de julio del año dos mil dieciséis. En dicha escritura de modificación por un error involuntario se señaló que el capital de la sociedad Transportes el Mañío SpA, estaba dividido en 1.000 acciones, sin embargo por este acto se aclara y rectifica que el capital de dicha sociedad está dividido en 9.000 acciones nominativas, ordinarias, de una misma serie y sin valor nominal, las cuales se encuentran suscritas y pagadas en su totalidad de la manera señalada en la escritura extractada. Lo señalado precedente en cuanto al número de acciones y su distribución se aplica de la misma forma a las sociedades nacientes de la división, estas son la sociedad Buses el Mañio SpA y la sociedad Inversiones Melipulli SpA. Puerto Montt, 07 Noviembre 2016.-
Atuações recentes
- MODIFICACIÓN
TRANSPORTES EL MAÑIO SpA
CVE 1155317
- MODIFICACIÓN
TRANSPORTES EL MAÑIO SpA
CVE 1149595
- MODIFICACIÓN
Transportes el Mañio SpA
CVE 1133483
