Sociedad Profesional Neurologica Neocortex Limitada
Informações tributárias (SII)
Tipo de entidade
PERSONA JURIDICA COMERCIAL
Subtipo de sociedade
SOC. RESPONSABILIDAD LIMITADA
Início de atividades
Sem início de atividades informado pelo SII
Atividades econômicas
Sem atividades econômicas registradas no SII
Documentos timbrados
Sem documentos timbrados registrados no SII
Diario Oficial
Informações societárias
Sócios (4)
| Nome | RUT | Participação | Aporte |
|---|---|---|---|
MARCELO ALEJANDRO QUIJADA VICENCIO Socio 10.xxx.xxx-3 | 10.xxx.xxx-3 | 10% | - |
CLAUDIA DEL CARMEN CHACÓN RODRÍGUEZ Socio 10.xxx.xxx-7 | 10.xxx.xxx-7 | 40% | - |
Socio 20.xxx.xxx-8 | 20.xxx.xxx-8 | 25% | - |
JOSEFINA DE LOS ANGELES QUIJADA CHACON Socio 22.xxx.xxx-2 | 22.xxx.xxx-2 | 25% | - |
Texto oficial do extrato
PAULA NICOLE FALCÓN CARTES, Notaria Pública Titular de Temuco, con oficio en Avenida Alemania N° 0320, comuna de Temuco, certifica: Por escritura pública, otorgada ante mí, con fecha 22 de julio del año 2024, Repertorio N° 935-2024, don MARCELO ALEJANDRO QUIJADA VICENCIO, C.I N° 10.427.186-3, con domicilio en calle Loma Baja número cincuenta y ocho, de la comuna de Temuco; doña CLAUDIA DEL CARMEN CHACÓN RODRÍGUEZ, C.I N° 10.705.825-7, con domicilio en calle Loma Baja número cincuenta y ocho, de la comuna de Temuco, por si y en representación de doña ORFELINA DE LAS MERCEDES ARANCIBIA ARIAS, C.I N° 8.210.172-1, domiciliada en Las Florida número doscientos cincuenta y seis, San Esteban número doscientos cincuenta y seis, de la comuna de San Esteban; doña JOSEFINA DE LOS ANGELES QUIJADA CHACÓN, C.I N° 22.040.827-2, domiciliada en calle Loma Baja número cincuenta y ocho, de la comuna de Temuco; y doña ISIDORA PAZ QUIJADA CHACÓN, C.I N°20.284.055-8, domiciliada en Loma Baja número cincuenta y ocho, de la comuna de Temuco; y modificaron la “SOCIEDAD PROFESIONAL NEUROLOGICA NEOCORTEX LIMITADA”, rol único tributario N° 76.020.050-6, cuyo extracto de constitución rola inscrito a fojas 415, número 556, del Registro de Comercio de Rancagua año 2003. Modificada a fojas 871 vuelta número 682 del Registro de Comercio de Rancagua, año 2016, y a fojas 15 vuelta número 14 del Registro de Comercio de Rancagua, año 2024. MODIFICACIÓN: Con acuerdo de todos los socios, doña ORFELINA DE LAS MERCEDES ARANCIBIA ARIAS, representada en la forma señalada, vende, cede y transfiere el 10 % de los derechos sociales que le corresponde o puedan corresponderle en la sociedad "SOCIEDAD PROFESIONAL NEUROLOGICA NEOCORTEX LIMITADA” a ISIDORA PAZ QUIJADA CHACON, quien compra y acepta para si los referidos derechos en la suma de $4.000.000; doña ISIDORA PAZ QUIJADA CHACON, vende, cede y transfiere el 15% de los derechos sociales que le corresponde o puedan corresponderle en la Sociedad "SOCIEDAD PROFESIONAL NEUROLOGICA NEOCORTEX LIMITADA” a JOSEFINA DE LOS ANGELES QUIJADA CHACON, quien compra y acepta para sí los referidos derechos en la suma de $6.000.000; don MARCELO ALEJANDRO QUIJADA VICENCIO, vende, cede y transfiere el 10 % de los derechos sociales que le corresponde o puedan corresponderle en la Sociedad "SOCIEDAD PROFESIONAL NEUROLOGICA NEOCORTEX LIMITADA” a JOSEFINA DE LOS ANGELES QUIJADA CHACON, quien compra y acepta para sí los referidos derechos en la suma de $4.000.000. En razón de lo anterior, doña ORFELINA DE LAS MERCEDES ARANCIBIA ARIAS deja de ser socia de la sociedad antes referida y el capital de la sociedad, queda de la siguiente manera: 10% para don MARCELO ALEJANDRO QUIJADA VICENCIO; 40% para doña CLAUDIA DEL CARMEN CHACON RODRIGUEZ; 25% para doña ISIDORA PAZ QUIJADA CHACON; y 25% para doña JOSEFINA DE LOS ANGELES QUIJADA CHACON. Demás estipulaciones en la escritura extractada. Temuco, 26 de julio de 2024.
Informações societárias
Capital
Capital total
$2.000.000
Sócios (4)
| Nome | RUT | Participação | Aporte |
|---|---|---|---|
MARCELO ALEJANDRO QUIJADA VICENCIO Socio 10.xxx.xxx-3 | 10.xxx.xxx-3 | 20% | - |
CLAUDIA DEL CARMEN CHACÓN RODRÍGUEZ Socio 10.xxx.xxx-7 | 10.xxx.xxx-7 | 40% | - |
Socio 20.xxx.xxx-8 | 20.xxx.xxx-8 | 30% | $4.000.000 |
ORFELINA DE LAS MERCEDES ARANCIBIA ARIAS Socio 8.xxx.xxx-1 | 8.xxx.xxx-1 | 10% | - |
Administradores (2)
MARCELO ALEJANDRO QUIJADA VICENCIO
CLAUDIA DEL CARMEN CHACÓN RODRÍGUEZ
Histórico societário relatado
- Cessão de direitos· 11 de dezembro de 2023
Orfelina De Las Mercedes Arancibia Arias cede el 30% de sus derechos sociales a Isidora Paz Quijada Chacón
ORFELINA DE LAS MERCEDES ARANCIBIA ARIAS · ISIDORA PAZ QUIJADA CHACÓN
Texto oficial do extrato
PAULA NICOLE FALCÓN CARTES, Notaria Pública Titular de Temuco, con oficio en Avenida Alemania N°0320, comuna de Temuco, certifica: Por escritura pública, otorgada ante mí, con fecha 11 de diciembre del año 2023, Repertorio N°378-2023, don MARCELO ALEJANDRO QUIJADA VICENCIO, C.I N°10.427.186-3, domiciliado en calle Loma Baja número cincuenta y ocho, de la comuna de Temuco; doña CLAUDIA DEL CARMEN CHACÓN RODRÍGUEZ, C.I N°10.705.825-7, domiciliada en calle Loma Baja número cincuenta y ocho, de la comuna de Temuco; doña ISIDORA PAZ QUIJADA CHACÓN, C.I N°20.284.055-8, domiciliada en Loma Baja número cincuenta y ocho, de la comuna de Temuco; y doña ORFELINA DE LAS MERCEDES ARANCIBIA ARIAS, C.I N°8.210.172-1, domiciliada en las Florida doscientos cincuenta y seis, San Esteban número doscientos cincuenta y cuatro, de la comuna de San Esteban, modificaron la “SOCIEDAD PROFESIONAL NEUROLOGICA NEOCORTEX LIMITADA”, rol único tributario N°76.020.050-6, inscrito a fojas 415, número 556, del Registro de Comercio de Rancagua año 2003. MODIFICACIÓN: doña ORFELINA DE LAS MERCEDES ARANCIBIA ARIAS, vende, cede y transfiere el 30% los derechos sociales que le corresponde o puedan corresponderle en la sociedad "SOCIEDAD PROFESIONAL NEUROLOGICA NEOCORTEX LIMITADA” a ISIDORA PAZ QUIJADA CHACON, quien compra y acepta para si los referidos derechos en la suma de cuatro millones de pesos. En consecuencia, el capital de la sociedad, queda de la siguiente manera: un 20% para don Marcelo Alejandro Quijada Vicencio; un 40% para doña Claudia Del Carmen Chacón Rodriguez; un 30% para doña Isidora Paz Quijada Chacón; y un 10% para Orfelina De Las Mercedes Arancibia Arias. LA ADMINISTRACIÓN, REPRESENTACIÓN Y EL USO DE LA RAZÓN SOCIAL Y DE LOS NOMBRES DE FANTASÍA: Corresponderá ya sea conjuntamente o actuando indistintamente a MARCELO ALEJANDRO QUIJADA VICENCIO y CLAUDIA DEL CARMEN CHACON RODRIGUEZ. RESPONSABILIDAD: Los socios reiteran que limitan su responsabilidad hasta concurrencia de sus respectivos aportes. CAPITAL: El capital social es $2.000.000. Demás estipulaciones en la escritura extractada. Temuco 26 de diciembre de 2023.-
Informações societárias
Capital
Capital total
$2.000.000
Sócios (3)
| Nome | RUT | Participação | Aporte |
|---|---|---|---|
MARCELO ALEJANDRO QUIJADA VICENCIO Socio | - | 20% | $4.000.000 |
CLAUDIA DEL CARMEN CHACON RODRIGUEZ Socio | - | 40% | $1.500.000 |
ORFELINA DE LAS MERCEDES ARANCIBIA ARIAS Socio | - | 40% | $5.500.000 |
Representação legal (3)
ORFELINA DE LAS MERCEDES ARANCIBIA ARIAS
ORFELINA DE LAS MERCEDES ARANCIBIA ARIAS
ORFELINA DE LAS MERCEDES ARANCIBIA ARIAS
Histórico societário relatado
- Constituição· 23 de outubro de 2003
Se constituye la sociedad profesional neurologica Neocortex Limitada
MARCELO ALEJANDRO QUIJADA VICENCIO · CLAUDIA DEL CARMEN CHACON RODRIGUEZ
Texto oficial do extrato
JAIME BERNALES VALENZUELA, Notario Titular de 2ª Notaría Rancagua, con oficio Bueras 359, Of. 102, certifica: Por escritura fecha 03-08-2016, ante Notario Suplente, Francisca Salas Medina; Rep. Nº 3695-2016, MARCELO ALEJANDRO QUIJADA VICENCIO, Médico Neurólogo, y CLAUDIA DEL CARMEN CHACON RODRIGUEZ, auxiliar de electroencefalografía-electromiografía, ambos con domicilio en la ciudad de Rancagua, Paseo Nocedal Nº896, Villa Constanza, por sí y en representación de ORFELINA DE LAS MERCEDES ARANCIBIA ARIAS, profesora y orientadora educacional, domiciliada en calle Astorga cincuenta y seis, Rancagua,,modificaron sociedad “ SOCIEDAD PROFESIONAL NEUROLOGICA NEOCORTEX LIMITADA” Rut N° 76.020.050-6, con capital inicial de $2.000.000, constituida por escritura pública fecha 23-10-2003, ante Notario Rancagua Jaime Bernales Valenzuela, extracto inscrito a fojas 415 N° 556 Registro Comercio Rancagua, año 2003. publicada D.O. Nº37.707.- Sociedad no ha tenido modificaciones. Modificación consiste: Con el consentimiento de todos los socios personalmente o representados, CLAUDIA DEL CARMEN CHACON RODRIGUEZ, vende, cede y transfiere el 20% de sus derechos en sociedad, equivalente al 10% a ORFELINA DE LAS MERCEDES ARANCIBIA ARIAS, quien acepta a través de su representante, en la suma de $1.500.000, pagados al contado y en dinero en efectivo y recibida a entera conformidad del cedente.- Asimismo, MARCELO ALEJANDRO QUIJADA VICENCIO, vende, cede y transfiere el 60% de sus derechos que tiene en la sociedad, equivalente al 30% a ORFELINA DE LAS MERCEDES ARANCIBIA ARIAS, quien acepta a través de su representante, en la suma de $4.000.000, pagados al contado y en dinero en efectivo y recibida a entera conformidad del cedente.- En razón de lo anterior se incorpora como socia ORFELINA DE LAS MERCEDES ARANCIBIA ARIAS.- Capital establecido queda de la siguiente manera: Un 20% para MARCELO ALEJANDRO QUIJADA VICENCIO; y un 40% para CLAUDIA DEL CARMEN CHACON RODRIGUEZ, y un 40% para ORFELINA DE LAS MERCEDES ARANCIBIA ARIAS.- Actuales socios, modifican pacto social en cláusula décimo segunda, quedará como sigue: “DÉCIMO SEGUNDA: Toda dificultad que se suscite entre los socios o entre uno de éstos y la sociedad o entre éstos y los causahabientes y sucesores de los socios, acerca del cumplimiento, incumplimiento, validez, interpretación, aplicación o ejecución, terminación, anticipada o no, liquidación, indemnizaciones o por otro cualquier motivo, que esté relacionada directa o indirectamente o consecuencia derivada con el presente contrato, o con motivo u ocasión de él o que se vincule, tanto, durante su vigencia o liquidación o después de su terminación, será resuelta por un árbitro arbitrador o amigable componedor, tanto en el procedimiento como en el fallo. El árbitro actuará sin forma de juicio y en contra de sus resoluciones procederán recursos. La designación del árbitro se efectuará de común acuerdo por las partes y, a falta de acuerdo, la designación se hará por la justicia ordinaria.-“ Ratifican los actuales socios que las utilidades y eventuales pérdidas se repartirán en proporción a la participación social. En todo lo no modificado por el presente instrumento quedan plenamente vigentes todas las demás estipulaciones. Rancagua, 16 de agosto de 2016.-
Atuações recentes
- MODIFICACIÓN
SOCIEDAD PROFESIONAL NEUROLOGICA NEOCORTEX LIMITADA
CVE 2525502
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CVE 1102559
