Sociedade de Responsabilidade Limitada76.016.164-0

Arnoldo Opazo Y Cía. Limitada

MODIFICACIÓN — 27 de jun. de 2018

Diario Oficial

ModificaçãoDiario Oficial · 2018-06-27Ver PDF (CVE 1420884)

Informações societárias

Ltda
Balmaceda número trescientos treinta y nueve

Capital

Capital total

$10.000.000

Histórico societário relatado

  1. Constituição· 18 de março de 2008

    Constitución original de la sociedad ARNOLDO OPAZO y CÍA. LIMITADA.

  2. Cessão de direitos· 7 de junho de 2018

    ARNOLDO DEL CARMEN OPAZO CÁCERES cede parcialmente derechos sociales a ARNOLDO ALEJANDRO OPAZO AGUILERA, JOSÉ ELÍAS OPAZO AGUILERA, YOLANDA MARÍA OPAZO AGUILERA, MANUEL ARNOLDO OPAZO AGUILERA y MARTIN ALEJANDRO OPAZO AGUILERA.

    ARNOLDO DEL CARMEN OPAZO CÁCERES · ARNOLDO ALEJANDRO OPAZO AGUILERA · JOSÉ ELÍAS OPAZO AGUILERA · YOLANDA MARÍA OPAZO AGUILERA · MANUEL ARNOLDO OPAZO AGUILERA · MARTIN ALEJANDRO OPAZO AGUILERA

  3. Mudança de capital· 7 de junho de 2018

    Se modifica la distribución de derechos sociales y utilidades entre los socios, manteniéndose el capital social en $10.000.000.

    ARNOLDO DEL CARMEN OPAZO CÁCERES · MANUEL ARNOLDO OPAZO AGUILERA · MARTIN ALEJANDRO OPAZO AGUILERA · ARNOLDO ALEJANDRO OPAZO AGUILERA · JOSÉ ELÍAS OPAZO AGUILERA · YOLANDA MARÍA OPAZO AGUILERA

Texto oficial do extrato

Álvaro Gonzalo Mera Correa, abogado, Notario Público Titular para comunas de Constitución y Empedrado, con oficio en O”Higgins Nº 499-A, Constitución, certifico: por escritura pública de fecha 7 de junio del presente año, ante mí, don ARNOLDO DEL CARMEN OPAZO CÁCERES, domiciliado en Balmaceda número trescientos treinta y nueve, Constitución; don MANUEL ARNOLDO OPAZO AGUILERA, domiciliado en Balmaceda número trescientos treinta y nueve, Constitución; don MARTIN ALEJANDRO OPAZO AGUILERA, domiciliado en Balmaceda número trescientos treinta y nueve, Constitución; don ARNOLDO ALEJANDRO OPAZO AGUILERA, domiciliado en Montt quinientos ochenta, departamento doscientos uno, Constitución; don JOSÉ ELÍAS OPAZO AGUILERA, domiciliado en Balmaceda número trescientos treinta y nueve, Constitución; y doña YOLANDA MARÍA OPAZO AGUILERA, domiciliada en Balmaceda número trescientos treinta y nueve, Constitución; modifican sociedad comercial de responsabilidad limitada denominada “ARNOLDO OPAZO y CÍA. LIMITADA”, Rut 76.016.164-0 y actualmente capital social es de $10.000.000.- ( diez millones de pesos) constituida por escritura pública de fecha dieciocho de marzo del año dos mil ocho, en la Notaría de Constitución de don Alvaro Gonzalo Mera Correa, cuyo extracto constitutivo se publicó en el Diario Oficial en su edición N° 39.029 de fecha 5 de abril de 2008, página 12, y se inscribió a fojas 32 N° 32 del Registro de Comercio del año 2008 del Conservador de Comercio de Constitución. Los únicos socios de la sociedad son: ARNOLDO DEL CARMEN OPAZO CÁCERES titular de un 80% de derechos sociales y participación en el capital social; MANUEL ARNOLDO OPAZO AGUILERA titular de un 10% de derechos sociales y participación en el capital social; y MARTIN ALEJANDRO OPAZO AGUILERA titular de un 10% de derechos sociales y participación en el capital social. La modificación consiste en: A) Cesión parcial de derechos, cuotas y participación en la sociedad: el socio ARNOLDO DEL CARMEN OPAZO CÁCERES, con el expreso consentimiento de los otros socios, vende, cede y transfiere: a) un 18,75% de sus derechos, interés y participación en la sociedad a ARNOLDO ALEJANDRO OPAZO AGUILERA, quien los compra, acepta y adquiere para sí, por el precio de veintiocho millones ochocientos mil pesos, que se obliga a pagar en 144 cuotas mensuales, iguales y sucesivas de doscientos mil pesos, cada una con vencimiento los días 15 de cada mes, venciendo la primera el 15 de julio del año 2018 y la última el 15 julio del año 2030; b) un 18,75 % de sus derechos, interés y participación en la sociedad a JOSÉ ELÍAS OPAZO AGUILERA, quien los compra, acepta y adquiere para sí, por el precio de veintiocho millones ochocientos mil pesos, que se obliga a pagar en 144 cuotas mensuales, iguales y sucesivas de doscientos mil pesos, cada una con vencimiento los días 15 de cada mes, venciendo la primera el 15 de julio del año 2018 y la última el 15 julio del año 2030; c) un 18,75 % de sus derechos, interés y participación en la sociedad a YOLANDA MARÍA OPAZO AGUILERA, quien los compra, acepta y adquiere para sí, por el precio de veintiocho millones ochocientos mil pesos, que se obliga a pagar en 144 cuotas mensuales, iguales y sucesivas de doscientos mil pesos, cada una con vencimiento los días 15 de cada mes, venciendo la primera el 15 de julio del año 2018 y la última el 15 de julio del año 2030; d) un 6,25 % de sus derechos, interés y participación en la sociedad a MANUEL ARNOLDO OPAZO AGUILERA, quien los compra, acepta y adquiere para sí, por el precio de dieciséis millones ochenta mil pesos, que se obliga a pagar en 144 cuotas mensuales, iguales y sucesivas de ciento once mil seiscientos sesenta y siete pesos, cada una con vencimiento los días 15 de cada mes, venciendo la primera el 15 de julio del año 2018 y la última el 15 de julio del año 2030; y e) un 6,25 % de sus derechos, interés y participación en la sociedad a don MARTIN ALEJANDRO OPAZO AGUILERA, quien los compra, acepta y adquiere para sí, por el precio de dieciséis millones ochenta mil pesos, que se obliga a pagar en 144 cuotas mensuales, iguales y sucesivas de ciento once mil seiscientos sesenta y siete pesos, cada una con vencimiento los días 15 de cada mes, venciendo la primera el 15 de julio del año 2018 y la última el 15 de julio del año 2030. Quedan como únicos socios conforme a lo anterior, ARNOLDO DEL CARMEN OPAZO CÁCERES, MANUEL ARNOLDO OPAZO AGUILERA, MARTIN ALEJANDRO OPAZO AGUILERA, ARNOLDO ALEJANDRO OPAZO AGUILERA, JOSÉ ELÍAS OPAZO AGUILERA y YOLANDA MARÍA OPAZO AGUILERA con un porcentaje de participación en el capital social, derechos sociales e interés en la sociedad ascendente a 25%, 15%, 15%, 15%, 15% y 15%, respectivamente para cada socio. B) Modificación de estatuto social: los actuales socios, ARNOLDO DEL CARMEN OPAZO CÁCERES, MANUEL ARNOLDO OPAZO AGUILERA, MARTIN ALEJANDRO OPAZO AGUILERA, ARNOLDO ALEJANDRO OPAZO AGUILERA, JOSÉ ELÍAS OPAZO AGUILERA y YOLANDA MARÍA OPAZO AGUILERA, obrando de consuno, vienen en modificar la cláusula noveno del pacto social que se refiere al balance y forma como los socios se distribuyen las utilidades y perdidas, en los términos que se pasa a señalar: a) Se reemplaza la cláusula noveno por la siguiente: “ NOVENO: DEL BALANCE Y DE LAS UTILIDADES Y PERDIDAS. La sociedad practicará balance el día treinta y uno de diciembre de cada año. El balance se entenderá aprobado si no fuera objetado por cada socio dentro de los treinta días siguientes que fuera puesto en su conocimiento. De las objeciones al balance resolverá el árbitro que más adelante se designa. Los socios tendrán derecho a participar en las utilidades y en el fondo de revalorización del capital propio en un 25% el socio ARNOLDO DEL CARMEN OPAZO CÁCERES; 15% el socio MANUEL ARNOLDO OPAZO AGUILERA; 15% el socio MARTIN ALEJANDRO OPAZO AGUILERA; 15% el socio ARNOLDO ALEJANDRO OPAZO AGUILERA; 15% el socio JOSÉ ELÍAS OPAZO AGUILERA; y 15% la socia YOLANDA MARÍA OPAZO AGUILERA. En la misma proporción soportarán las pérdidas “. La modificación que antecede rige a partir de la fecha del presente instrumento, y en lo no modificado por esta escritura mantienen plena vigencia y validez las estipulaciones del primitivo estatuto social. Demás estipulaciones escritura extractada. Constitución, 19 de junio de 2018.

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