Sociedade de Responsabilidade Limitada76.005.919-6

Santa Agustina Inversiones Limitada

MODIFICACIÓN — 20 de mai. de 2026

Diario Oficial

ModificaçãoDiario Oficial · 2026-05-20Ver PDF (CVE 2812602)

Informações societárias

Ltda
Administração: La administración, representación y uso de la razón social corresponderá exclusivamente a doña María Elena Ruiz-Tagle Claro

Capital

Capital total

$1.813.798.987

Sócios (6)

NomeParticipação

María Elena Spoerer Ruiz-Tagle

Socio

20.01%

María Angélica Spoerer Ruiz-Tagle

Socio

20.01%

Juan Eduardo Spoerer Ruiz-Tagle

Socio

20.01%

María Valentina Spoerer Ruiz-Tagle

Socio

20.01%

Sebastián Spoerer Ruiz-Tagle

Socio

19.91%

María Elena Ruiz-Tagle Claro

Socio

0.0055%

Administradores (1)

Texto oficial do extrato

Ministerio del Interior ANDRÉS FELIPE RIEUTORD ALVARADO, Abogado, Notario Público Titular de la 36º Notaría de Santiago, con oficio en calle La Concepción N°65, piso 2, comuna de Providencia, Santiago, Región Metropolitana, certifico que por escritura pública de fecha 6 de mayo de 2026, bajo el Repertorio N°4.565- 2026, ante mí: don Eduardo Spoerer Grez, en representación de doña María Elena Spoerer Ruiz-Tagle y de don Sebastián Spoerer Ruiz-Tagle, ambos domiciliados en Avenida del Parque N°4.657, comuna de Lo Barnechea, Santiago, Región Metropolitana; doña María Angélica Spoerer Ruiz-Tagle, domiciliada en Cristina Barros N°699, comuna de Las Condes, Santiago, Región Metropolitana; don Juan Eduardo Spoerer Ruiz-Tagle, domiciliado en Juan XXIII N°6.740, departamento 201, comuna de Vitacura, Santiago, Región Metropolitana; y doña María Valentina Spoerer Ruiz-Tagle, domiciliada en Guadalajara N°5.526, comuna de Vitacura, Santiago, Región Metropolitana; únicos socios de "Santa Agustina Inversiones Limitada" (la "Sociedad"), acordaron aumentar el capital de la Sociedad de la siguiente manera: i) aumentando el capital de $1.813.698.987 a $1.813.798.987 e incorporando como socia a doña María Elena Ruiz-Tagle Claro, domiciliada en Avenida Isidora Goyenechea N°2.939, piso 10, comuna de Las Condes, Región Metropolitana. El referido aumento de capital se paga con la cantidad de $100.000 pesos que María Elena Ruiz-Tagle Claro paga en el referido acto en efectivo. ii) Modificar la administración social, señalando que la administración, representación y uso de la razón social corresponderá a doña María Elena Ruiz-Tagle Claro. iii) Como consecuencia del aumento de capital y la modificación de la administración, los socios acordaron reemplazar el Artículo Quinto de los estatutos de la Sociedad por el siguiente: “El capital de la sociedad es la suma de 1.813.798.987 que los socios han pagado en dinero y/o en especie como sigue: /i/ doña María Elena Spoerer Ruiz-Tagle, ha aportado la cantidad de 363.115.317 pesos equivalentes al 20,01% de los derechos sociales; /ii/ doña María Angélica Spoerer Ruiz-Tagle, ha aportado la cantidad de 363.115.317, equivalentes al 20,01% de los derechos sociales; /iii/ don Juan Eduardo Spoerer Ruiz-Tagle, ha aportado la cantidad 363.115.317, equivalentes al 20,01% de los derechos sociales; /iv/ doña María Valentina Spoerer Ruiz-Tagle, ha aportado la cantidad de 363.115.317, equivalentes al 20,01% de los derechos sociales; /v/ don Sebastián Spoerer Ruiz-Tagle, ha aportado la cantidad de trescientos sesenta y un millones doscientos treinta y siete mil setecientos diecinueve pesos, 361.237.719 equivalentes al 19,91% de los derechos sociales; /vi/ doña María Elena Ruiz- Tagle Claro, ha aportado la cantidad de 100.000, equivalentes al 0,0055% de los derechos sociales que ha aportado en dinero efectivo según los acuerdos de los socios mediante la presente escritura pública. iii) Reemplazar el Artículo Séptimo de los estatutos sociales, en el sentido de establecer que la administración y representación de la sociedad y uso de la razón social corresponderá exclusivamente a doña María Elena Ruiz-Tagle Claro, quien podrá actuar en la forma y con las facultades indicadas en la escritura extractada. En lo no modificado se mantiene vigente el estatuto social de la Sociedad, especialmente en cuanto a que la responsabilidad de los socios queda limitada al monto de sus respectivos aportes. Demás estipulaciones constan en la escritura extractada. Se facultó portador de extracto para legalización. Santiago, 13 de Mayo de 2026.

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