Empresa Individual de Responsabilidade Limitada76.001.167-3

Amelia Jacqueline Roman Vasquez, Transportes E.I.R.L..

MODIFICACIÓN — 28 de nov. de 2018

Diario Oficial

ModificaçãoDiario Oficial · 2018-11-28Ver PDF (CVE 1502466)

Informações societárias

E.I.R.L.
calle del Cerro número 249, departamento 14, Barrio Modelo

Objeto social

El transporte por carretera de mercadería y de toda clase de bienes muebles, en vehículos propios, tomados en arrendamiento o en leasing o encomendado a terceros, y todo lo relacionado en la actualidad o en el futuro, con el flete, traslado y transporte de bienes de toda clase y su embalaje.

Capital

Capital total

$3.000.000

Capital integralizado

$3.000.000

Capital pendente

$0

Sócios (1)

NomeParticipação

AMELIA JACQUELINE ROMAN VASQUEZ

Titular

-

Histórico societário relatado

  1. Constituição· 17 de outubro de 2007

    Se constituyó la empresa individual de responsabilidad limitada AMELIA JACQUELINE ROMAN VASQUEZ, TRANSPORTES E.I.R.L., con el nombre de fantasía Transportes Jacqueline E.I.R.L.

    AMELIA JACQUELINE ROMAN VASQUEZ

Texto oficial do extrato

JUAN PABLO ESPINOSA SCHIAPPACASSE, Notario Público, O’Higgins 528, Concepción, suplente del titular Juan Espinosa Bancalari, certifico: Por escritura pública de fecha de fecha 19 de noviembre de 2018, Rep. 6051, ante titular mencionado; Doña AMELIA JACQUELINE ROMAN VASQUEZ, comerciante, domiciliada en calle del Cerro número 249, departamento 14, Barrio Modelo, Concepción, modifica empresa individual de responsabilidad limitada denominada AMELIA JACQUELINE ROMAN VASQUEZ, TRANSPORTES E.I.R.L., nombre de fantasía “Transportes Jacqueline E.I.R.L.”, constituida por escritura pública de fecha 17 de octubre de 2007, otorgada ante notario público de Concepción don Gaston Aranis Quiroz, suplente del titular don Juan Espinosa Bancalari, e inscrita en extracto a fojas 1807 vuelta, n° 1728 del Registro de Comercio de Concepción del año 2007, cuyo capital social asciende a $3.000.000, aportados y enterados en el acto de constitución; reemplazando la cláusula Tercera del estatuto de constitución, que queda de la siguiente forma: TERCERO: El objeto de la empresa será el transporte por carretera de mercadería y de toda clase de bienes muebles, en vehículos propios, tomados en arrendamiento o en leasing o encomendado a terceros, y todo lo relacionado en la actualidad o en el futuro, con el flete, traslado y transporte de bienes de toda clase y su embalaje.- Demás estipulaciones en escritura extractada.- Concepción, 23 de noviembre de 2018.-

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  1. MODIFICACIÓN

    AMELIA JACQUELINE ROMAN VASQUEZ, TRANSPORTES E.I.R.L.

    CVE 1502466

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