Cooperativa65.259.536-7

Cooperativa De Servicios De Cacao Unidas

CONSTITUCIÓN — 29 de out. de 2025

Diario Oficial

ConstituiçãoDiario Oficial · 2025-10-29Ver PDF (CVE 2719751)

Informações societárias

Cooperativa
Pudahuel, Región Metropolitana
Duração: indefinida

Objeto social

La cooperativa tiene como objetos específicos la distribución de bienes y la prestación de servicios generales y de toda índole, preferentemente a sus socios, con el propósito de mejorar sus condiciones ambientales, económicas y de satisfacer sus necesidades familiares, sociales, ocupacionales o culturales. La Cooperativa observará neutralidad política y religiosa y exigirá a sus socios igual neutralidad en sus actividades internas.

Capital

Capital total

$200.000

Capital integralizado

$200.000

Ações

100

Sócios (5)

NomeParticipação

DEBORA ALARCÓN DÍAZ

Socio

15.xxx.xxx-4

-

ELIZABETH ALEJANDRA SEPÚLVEDA CORNEJO

Socio

13.xxx.xxx-k

-

SILVANA VERÓNICA VILLAGRÁN COTAL

Socio

17.xxx.xxx-8

-

VALESKA DE LOURDES MUÑOZ NAVARRO

Socio

15.xxx.xxx-1

-

YESSENIA DEL CARMEN SEPÚLVEDA CORNEJO

Socio

15.xxx.xxx-5

-

Texto oficial do extrato

Ministerio del Interior PAULO ANDRÉS ESCOBAR CARO, abogado, NOTARIO PÚBLICO TITULAR de la Segunda Notaría de Pudahuel, con asiento en la comuna de Pudahuel y oficio en Avenida Teniente Cruz número quinientos setenta, local cinco, Santiago, Región Metropolitana, certifica: Por escritura pública de fecha 15 de octubre de 2025, Repertorio 857-2025, ante mí, YESSENIA DEL CARMEN SEPÚLVEDA CORNEJO, chilena, soltera, independiente, cédula nacional de identidad número 15.352.058-5, con domicilio en Isla Escocia N° 8713, comuna de Pudahuel, Región Metropolitana, la compareciente mayor de edad, y reduce a escritura pública la “ACTA DE CONSTITUCIÓN DE COOPERATIVAS, celebrada con fecha 10 de octubre del año 2025 y cuyo tenor es el siguiente: RAZÓN SOCIAL: La Cooperativa se denominará COOPERATIVA DE SERVICIOS DE CACAO UNIDAS, su sigla (o nombre de fantasía) será COOCAU y se regirá por este Estatuto Social, la Ley General de Cooperativas, su Reglamento y las demás disposiciones legales que le sean aplicables. DOMICILIO: La Cooperativa está domiciliada en la comuna de PUDAHUEL, REGIÓN METROPOLITANA DE SANTIAGO, pudiendo establecer agencias, sucursales o representaciones en cualquier punto del país. DURACIÓN: La Cooperativa tendrá una duración indefinida, sin perjuicio de las causales generales de disolución contempladas en la Ley General de Cooperativas. OBJETO SOCIAL: La cooperativa tiene como objetos específicos la distribución de bienes y la prestación de servicios generales y de toda índole, preferentemente a sus socios, con el propósito de mejorar sus condiciones ambientales, económicas y de satisfacer sus necesidades familiares, sociales, ocupacionales o culturales. La Cooperativa observará neutralidad política y religiosa y exigirá a sus socios igual neutralidad en sus actividades internas. NÓMINA DE SOCIOS ASISTENTES A LA JUNTA GENERAL CONSTITUTIVA. DEBORA ALARCÓN DÍAZ. RUT: 15.793.083-4. Autorizado el 10 de octubre de 2025. Nueve: treinta y siete: veintiuno. ELIZABETH ALEJANDRA SEPÚLVEDA CORNEJO. RUT: 13.685.447-k. Autorizado el 10 de octubre de dos mil 2025. Nueve: treinta y ocho: veintisiete. SILVANA VERÓNICA VILLAGRÁN COTAL. RUT: 17.102.791-8. Autorizado el 13 de octubre de 2025. Dieciséis: cincuenta: dos. VALESKA DE LOURDES MUÑOZ NAVARRO. RUT: 15.743.746-1. Autorizado el 10 de octubre de 2025. Nueve: cuarenta y tres: treinta y seis. YESSENIA DEL CARMEN SEPÚLVEDA CORNEJO. RUT: 15.352.058-5. Autorizado el 10 de octubre de 2025.Nueve: cuarenta y uno: cincuenta y seis. CAPITAL: El Capital inicial suscrito y pagado es de doscientos mil de pesos, dividido en cien cuotas de participación, de un valor inicial de dos mil cada una. Quienes ingresen con posterioridad a la constitución de esta Cooperativa deberán suscribir y pagar el número mínimo de veinte cuotas de participación, cuyo valor será el resultado de la materialización de los acuerdos de la Junta General obligatoria que se pronunció sobre el balance al treinta y uno de diciembre del año inmediatamente anterior. Sin perjuicio de lo anterior, el valor de las Cuotas de Participación se actualizará anualmente según en las oportunidades que indique la Ley o lo establezca el Departamento de Cooperativas. Demás estipulaciones constan en la escritura extractada. En Santiago, a 22 de octubre de 2025.

Atuações recentes

  1. CONSTITUCIÓN

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