Société à responsabilité limitée

Wantok Conservación Ambiental Limitada

CONSTITUCIÓN — 13 sept. 2023

Diario Oficial

ConstitutionDiario Oficial · 2023-09-13Voir le PDF (CVE 2376349)

Informations sociétaires

Ltda
Santiago, Región Metropolitana
Durée: 20 años, prorrogable automáticamente por períodos sucesivos y continuos de 5 años cada uno
Administration: Uno cualesquiera de los socios, Thomas Carlos Eggers Hering o Martín Hernán Mac-Clure Leonicio, actuando individualmente y anteponiendo su nombre a la razón social

Objet social

La conservación del medio ambiente y recursos naturales en sus formas más amplias, en especial: (a) La administración y gestión para la protección de la naturaleza y biodiversidad de tierras chilena de propiedad privada con un alto valor ecológico, escénico y/o cultural para asegurar su conservación en el largo plazo; (b) El desarrollo, supervigilancia y fortalecimiento de la gestión del patrimonio natural de los territorios y comunidades del país para lograr un uso eficiente y sustentable de los recursos económicos y ambientales; (c) La administración, coordinación y conservación de bienes raíces rurales y todos sus componentes ambientales, biológicos y ecosistémicos; (d) La movilización y administración de recursos financieros para el cumplimiento de los fines indicados en las letras precedentes; (e) La aplicación de conocimientos científicos y tecnológicos en la conservación, preservación, promoción y protección del medio ambiente, la naturaleza, la biodiversidad y las áreas silvestres; y, (f) En general, la celebración de cualquier acto o contrato y el desarrollo de cualquier actividad relacionada directa o indirectamente con los objetivos anteriores.

Capital

Capital total

$2.000.000

Capital libéré

$2.000.000

Capital restant dû

$0

Associés (2)

NomParticipation

Thomas Carlos Eggers Hering

Socio

50%

Martín Hernán Mac-Clure Leonicio

Socio

50%

Administrateurs (2)

Représentants auprès du SII (2)

Texte officiel de l’extrait

LUIS EDUARDO RODRÍGUEZ BURR, abogado, Notario Público, Titular de la 1ª Notaría de Providencia, con oficio en Avenida Providencia N° 1.777, certifico: Que por escritura pública de fecha 30 de Agosto de 2023, Repertorio N° 5150-2023, ante mí, don Thomas Carlos Eggers Hering y don Martín Hernán Mac-Clure Leonicio; todos domiciliados en Av. Alonso de Córdova N° 5045, departamento 1906, comuna de Las Condes, Santiago, constituyeron una sociedad de responsabilidad limitada, cuyos estatutos son los siguientes: Razón Social: “Wantok Conservación Ambiental Limitada”, pudiendo utilizar como nombre de fantasía “Wantok Conservación Ltda.”.- Objeto: La sociedad tendrá por objeto la conservación del medio ambiente y recursos naturales en sus formas más amplias, en especial: (a) La administración y gestión para la protección de la naturaleza y biodiversidad de tierras chilena de propiedad privada con un alto valor ecológico, escénico y/o cultural para asegurar su conservación en el largo plazo; (b) El desarrollo, supervigilancia y fortalecimiento de la gestión del patrimonio natural de los territorios y comunidades del país para lograr un uso eficiente y sustentable de los recursos económicos y ambientales; (c) La administración, coordinación y conservación de bienes raíces rurales y todos sus componentes ambientales, biológicos y ecosistémicos; (d) La movilización y administración de recursos financieros para el cumplimiento de los fines indicados en las letras precedentes; (e) La aplicación de conocimientos científicos y tecnológicos en la conservación, preservación, promoción y protección del medio ambiente, la naturaleza, la biodiversidad y las áreas silvestres; y, (f) En general, la celebración de cualquier acto o contrato y el desarrollo de cualquier actividad relacionada directa o indirectamente con los objetivos anteriores.- Domicilio: La sociedad tendrá su domicilio en la ciudad de Santiago, Región Metropolitana, sin perjuicio de poder establecer agencias o sucursales en otros puntos del país o del extranjero.- Duración: El plazo de duración de la sociedad será de 20 años a contar de la fecha de la escritura. Este plazo se entenderá prorrogado automáticamente por períodos sucesivos y continuos de 5 años cada uno si ninguno de los socios manifiesta su voluntad de ponerle término al final del período respectivo que estuviere en vigen¬cia, mediante declaración por escritura pública que deberá anotarse al margen de la inscripción de la sociedad en el Registro de Comercio, con una anticipación de a lo menos 6 meses a la fecha del término del período de vigencia o de la prórroga respecti¬va.- Capital: El capital de la sociedad será la cantidad de $2.000.000, el cual se aporta y paga de la siguiente forma: /a/ don Thomas Carlos Eggers Hering, aporta la cantidad de $1.000.000, esto es, un 50% del capital social, suma que se entera en este acto, en dinero efectivo y a entera satisfacción de la Sociedad; y, /B/ don Martín Hernán Mac-Clure Leonicio, aporta la cantidad de $1.000.000, esto es, un 50% del capital social, suma que se entera en este acto, en dinero efectivo y a entera satisfacción de la Sociedad.-Los socios limitan su responsabilidad al monto de sus respectivos aportes.- Administración y Uso de Razón Social: corresponde a uno cualesquiera de los socios Thomas Carlos Eggers Hering o Martín Hernán Mac-Clure Leonicio, actuando individualmente y anteponiendo su nombre a la razón social la representarán con las más amplias facultades descritas en Artículo Séptimo de estatutos.- Demás estipulaciones en escritura extractada.. Santiago, 01 de Septiembre de 2023.

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  1. CONSTITUCIÓN

    Wantok Conservación Ambiental Limitada

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