Voltura SpA
Diario Oficial
Informations sociétaires
Objet social
El objeto de la sociedad será el desarrollo de las siguientes actividades: a) Desarrollo, construcción, ingeniería y operación de proyectos de energías renovables no convencionales y sistemas de almacenamiento de energía. b) Asesoría y consultoría en temas relacionados con energías renovables, tecnología y sustentabilidad. c) Actividades de consultoría de gestión para la planificación y ejecución de proyectos. d) Prestación de servicios administrativos y actividades combinadas de oficina. e) Cualquier otra actividad relacionada directa o indirectamente con los fines antes señalados que los socios acuerden. Para la consecución de sus fines, la sociedad podrá ejecutar todos los actos y celebrar todos los contratos que sean necesarios o convenientes, pudiendo incluso constituir o formar parte de otras sociedades, comunidades, patrimonios y personas jurídicas de cualquier clase.
Capital
Capital total
$1.000.000
Capital libéré
$1.000.000
Capital restant dû
$0
Actions
1 000
Associés (1)
| Nom | RUT | Participation | Apport |
|---|---|---|---|
Accionista 77.450.348-K | 77.450.348-K | 100% | $1.000.000 |
Administrateurs (5)
STEVEN PAUL A. VAN CAUWENBERGE
MARCELA ANDREA DONDERO ASTUDILLO
Représentants auprès du SII (1)
MARCELA ANDREA DONDERO ASTUDILLO
Texte officiel de l’extrait
VOLTURA SpA WLADIMIR ALEJANDRO SCHRAMM LÓPEZ, Notario público, titular de 49° Notaría de Santiago, con oficio en Amunátegui N° 73, comuna de Santiago, Región Metropolitana, certifica: que, se celebró ante mí, escritura pública de fecha 21 de Noviembre de 2024, repertorio número 110248, don STEVEN PAUL A. CAUWENBERGE, ciudadano belga, soltero, ingeniero, cédula de identidad para extranjeros N° 24.907.549-3 y don ALEXANDER STAN DECOCK, ciudadano belga, soltero, ingeniero, cédula nacional de identidad N° 24.907.562-0, ambos en representación de la sociedad ENERGY HOLDING SpA, rol único tributario N° 77.450.348-K, todos domiciliados en Avenida Los Conquistadores N° 1730, oficina N° 2101, comuna de Providencia, Región Metropolitana, constituyó sociedad por acciones “VOLTURA SpA” objeto: El objeto de la sociedad será el desarrollo de las siguientes actividades: : El objeto de la sociedad será el desarrollo de las siguientes actividades: a) Desarrollo, construcción, ingeniería y operación de proyectos de energías renovables no convencionales y sistemas de almacenamiento de energía. b) Asesoría y consultoría en temas relacionados con energías renovables, tecnología y sustentabilidad. c) Actividades de consultoría de gestión para la planificación y ejecución de proyectos. d) Prestación de servicios administrativos y actividades combinadas de oficina. e) Cualquier otra actividad relacionada directa o indirectamente con los fines antes señalados que los socios acuerden. Para la consecución de sus fines, la sociedad podrá ejecutar todos los actos y celebrar todos los contratos que sean necesarios o convenientes, pudiendo incluso constituir o formar parte de otras sociedades, comunidades, patrimonios y personas jurídicas de cualquier clase. Capital: $1.000.000-, dividido en 1000 acciones nominativas, de igual valor cada una, de una misma y única serie, y sin valor nominal, el cual quedó totalmente suscrito y pagado por la sociedad Energy Holding SpA. Duración: indefinida. Domicilio: ciudad y comuna de Santiago. Administración y el uso del nombre o razón social: La administración de la sociedad será ejercidas por Apoderados: Clase A: STEVEN PAUL A. VAN CAUWENBERGE y don ALEXANDER STAN DECOCK, quienes pueden actuar con todas las atribuciones sin límite alguno uno cualquiera de ellos. Clase B: MARTÍN ALONSO BARAHONA MENA cédula nacional de identidad N° 18.466.736-3 y DANIEL ENRIQUE CAMPOS PRIETO, cédula de identidad para extranjeros N° 26.258.368-6, quienes podrán actuar individualmente, con las siguientes facultades específicas: Gestionar todo tipo de relacionamiento de la sociedad con instituciones bancarias, financieras y crediticias, incluyendo la tramitación de créditos y financiamientos necesarios para la empresa. Cargar pagos en cuentas bancarias de la sociedad, quedando estos pagos sujetos a la aprobación final de cualquiera de los Apoderados Clase A. Realizar cualquier otra gestión administrativa o de soporte que sea necesaria para la operación financiera de la sociedad, con excepción de transferencias bancarias directas o actos que impliquen disposición de fondos sin la aprobación de un Apoderado Clase A. Clase C: MARCELA ANDREA DONDERO ASTUDILLO, cédula nacional de identidad N° 12.621.443-K, quien podrá representar a la Sociedad en forma individual sin limitación alguna ante toda clase de personas naturales o jurídicas, instituciones públicas o privadas, incluyendo municipalidades, servicios de impuestos internos, aduanas, y cualquier otra entidad administrativa o judicial, sin limitación alguna. Otorgar poder a terceros para que puedan ejercer sus funciones. Ejercer todas las facultades legales, incluyendo, pero no limitándose a la gestión, tramitación y resolución de conflictos legales, y la asesoría jurídica integral en todas las áreas del derecho que requiera la empresa, sin limitación alguna. Suscribir y firmar todo tipo de instrumentos públicos y privados necesarios para el cumplimiento de su cargo, Modificar, sanear, adicionar, rectificar, complementar, etc., todo tipo de contratos y escrituras, reducciones a escritura pública sin limitación alguna. Suscribir cesiones de derechos privadas y públicas y cualquier documento legal necesario para el giro de la Sociedad. Ejecutar todas las acciones necesarias para la debida representación y defensa de los intereses de VOLTURA SpA, sin limitación alguna y sin necesidad de acreditar ante terceros las instrucciones dadas por la Sociedad. A pesar de sus facultades amplias, el Apoderado Clase C estará limitado en la celebración de ciertos actos jurídicos que impliquen la disposición de bienes o compromisos significativos de un monto mayor a quinientas Unidades de Fomento (UF), en los siguientes términos: No podrá celebrar contratos de compraventa, permuta, enajenación o gravamen de bienes inmuebles, muebles o activos de la sociedad por un monto superior a quinientas Unidades de Fomento (UF)sin contar con la autorización expresa y por escrito de cualquiera de los Apoderados Clase A. Para actos que involucren montos inferiores a quinientas Unidades de Fomento (UF), el Apoderado Clase C podrá actuar de manera independiente. En todos los demás actos, el Apoderado Clase C podrá actuar de manera independiente, representando a la sociedad sin necesidad de autorización adicional, siempre dentro del marco del objeto social, de los intereses de la sociedad y de las facultades otorgadas en esta cláusula. Demás estipulaciones en la escritura extractada. Santiago 21 de noviembre de 2024.
Actes récents
- CONSTITUCIÓN
VOLTURA SpA
CVE 2575035
