Société par actions

Utopia Ccp SpA

CONSTITUCIÓN — 5 janv. 2022

Diario Oficial

ConstitutionDiario Oficial · 2022-01-05Voir le PDF (CVE 2067458)

Informations sociétaires

SpA
Santiago, Región Metropolitana
Durée: Indefinida
Administration: La administración de la sociedad será ejercida por uno o más Administradores, designados por la Junta de Accionistas, por mayoría absoluta, mediante escritura pública. En carácter provisional se designa como Administrador a doña CRISTINA CAROLINA PAZ RADA JAMAN mientras no se designe al Administrador definitivo por la Junta de Accionistas.

Objet social

El objeto de la sociedad será: a) la compraventa, comercialización, arrendamiento, subarrendamiento, corretaje, intermediación de negocios, u otra forma de explotación, loteo, estudios topográficos, parcelación, subdivisión, construcción, urbanización de bienes raíces, urbanos o rurales, por cuenta propia o ajena; la adquisición y enajenación de efectos de comercio, inversión de capitales, en toda clase de bienes muebles, corporales e incorporales; b) La prestación de servicios de consultoría por cuenta propia o ajena, la realización de estudios, proyectos y su ejecución. Y todo lo que acuerden los socios tendientes a ejecutar actos comerciales que se relacionen directa o indirectamente con el giro.

Capital

Capital total

$41.000.000

Capital libéré

$41.000.000

Capital restant dû

$0

Actions

100

Associés (1)

NomParticipation

CRISTINA CAROLINA PAZ RADA JAMAN

Accionista

100%

Administrateurs (1)

Texte officiel de l’extrait

FRANCISCO RUBÉN ROJAS ARRIAGADA, Abogado, Notario Público Suplente del Titular 15ª Notaría de Santiago, don R. Alfredo Martin Illanes, Mardoqueo Fernández 201, oficinas 101 y 102, Providencia, Santiago, Certifico: Por escritura pública de fecha 22 de diciembre 2021, ante notario titular, doña CRISTINA CAROLINA PAZ RADA JAMAN, chilena, domiciliada calle Llewellyn Jones 1251 departamento 403 Providencia Santiago, constituyó sociedad por acciones. Razón social: “UTOPIA CCP SpA”. Objeto: El objeto de la sociedad será: a) la compraventa, comercialización, arrendamiento, subarrendamiento, corretaje, intermediación de negocios, u otra forma de explotación, loteo, estudios topográficos, parcelación, subdivisión, construcción, urbanización de bienes raíces, urbanos o rurales, por cuenta propia o ajena; la adquisición y enajenación de efectos de comercio, inversión de capitales, en toda clase de bienes muebles, corporales e incorporales; b) La prestación de servicios de consultoría por cuenta propia o ajena, la realización de estudios, proyectos y su ejecución. Y todo lo que acuerden los socios tendientes a ejecutar actos comerciales que se relacionen directa o indirectamente con el giro. Capital: $41.000.000.- divididos en 100 acciones nominativas, de igual valor, sin valor nominal, suscrito por los constituyentes: El capital de la sociedad se aporta de la siguiente forma: doña CRISTINA CAROLINA PAZ RADA JAMAN: a) con aporte en propiedad del departamento 403 del cuarto piso, de la bodega número 3 y del estacionamiento número 5, todos del Edificio ubicado en calle Llewellyn Jones N° 1251, comuna de Providencia, Región Metropolitana, El título de dominio se encuentra inscrito a fojas treinta y nueve mil ochocientos setenta y cinco números sesenta mil ochenta y cinco del Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces de Santiago del año dos mil once. Las constituyente y aportante lo avalúan en la suma de $41.000.000.- equivalentes a 100 acciones de la sociedad, las cuales se dan por suscritas y pagadas con el aporte del bien raíz. Duración: Indefinida. Domicilio: Santiago, sin perjuicio de sucursales que puedan establecerse dentro del país o extranjero. Administración: Administración y Uso De Razón Social: La administración de la sociedad será ejercida por uno o más Administradores, designados por la Junta de Accionistas, por mayoría absoluta, mediante escritura pública. En carácter provisional se designa como Administrador a doña CRISTINA CAROLINA PAZ RADA JAMAN mientras no se designe al Administrador definitivo por la Junta de Accionistas. Responsabilidad: Los accionistas sólo serán responsables hasta el monto de los respectivos aportes en la sociedad.- Demás estipulaciones constan en escritura extractada.- Santiago, 30 de diciembre de 2021.

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