Entreprise individuelle à responsabilité limitée

Transportes Pedro Daniel Lara Baez E.I.R.L..

CONSTITUCIÓN — 13 avr. 2018

Diario Oficial

ConstitutionDiario Oficial · 2018-04-13Voir le PDF (CVE 1381841)

Informations sociétaires

E.I.R.L.
Iquique, Tarapacá
Durée: 5 años a contar de esta fecha, prorrogable forma y períodos señalados en contrato extractado
Administration: Corresponderá al titular de ella

Objet social

La manipulación, consolidación embarcación y el transporte de toda clase de carga por carretera nacional e internacional y la realización de toda otra actividad directa o indirectamente relacionada con las anteriores y en general cualquier otra actividad licita que el acuerde

Capital

Capital total

$10.000.000

Capital libéré

$4.000.000

Capital restant dû

$6.000.000

Associés (1)

NomParticipation

PEDRO DANIEL LARA BAEZ

Titular

11.xxx.xxx-8

-

Administrateurs (1)

PEDRO DANIEL LARA BAEZ

11.xxx.xxx-8Titular

Texte officiel de l’extrait

NESTOR ARAYA BLAZINA, Notario Público de Iquique, Serrano N° 386, Certifico por escritura ante mí: PEDRO DANIEL LARA BAEZ, Chileno, casado, Transportista, cuarenta y seis años de edad, cédula identidad nacional número once millones setecientos ochenta cuatro mil ochocientos setenta y dos guion ocho, domiciliado en Pasaje Malaquita cuatro mil doscientos cuarenta y cuatro, Villa Quebrada Blanca, Iquique; constituye Empresa Individual de Responsabilidad Limitada. Nombre: TRANSPORTES PEDRO DANIEL LARA BAEZ E.I.R.L. y su nombre de fantasía TRANSPORTES LARA E.I.R.L..- Objeto: será: La manipulación, consolidación embarcación y el transporte de toda clase de carga por carretera nacional e internacional y la realización de toda otra actividad directa o indirectamente relacionada con las anteriores y en general cualquier otra actividad licita que el acuerde.- Domicilio: Iquique.- Administración y uso del Nombre: Corresponderá al titular de ella don PEDRO DANIEL LARA BAEZ.- Capital: $10.000.000.- aportados siguiente forma: a) $4.000.000.- enterados en dinero a la caja social; y, b) El saldo lo enterará dentro de los 6 meses por la suma de $1.000.000.- mensual a contar de esta fecha.- Duración: 5 años a contar de esta fecha, prorrogable forma y períodos señalados en contrato extractado.- Demás estipulaciones en escritura extractada.- Iquique, 06 de abril de 2018.

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    CVE 1381841

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