Entreprise individuelle à responsabilité limitée

Transportes Juan Carlos Villagra Sepulveda Empresa Individual De Responsabilidad Limitada

CONSTITUCIÓN — 12 janv. 2017

Diario Oficial

ConstitutionDiario Oficial · 2017-01-12Voir le PDF (CVE 1167032)

Informations sociétaires

E.I.R.L.
Talca, Maule
Durée: 5 años a contar de esta fecha, renovable automáticamente por iguales períodos, salvo voluntad del constituyente de ponerle término anticipadamente por escritura pública
Administration: Corresponderá al constituyente, quien anteponiendo a su firma el nombre de la empresa, la obligará y representará en todos los actos relativos a su objeto.

Objet social

La ejecución por cuenta propia o ajena, en forma directa, como contratista, subcontratista o de cualquier otra forma, de las actividades de transporte terrestre de carga a cualquier ciudad del país o al extranjero, alquiler de autos, camionetas o camiones sin chofer y alquiler de otros equipos de transporte por vía terrestre sin operarios; y servicios de conducción de vehículos livianos y de carga; y en general cualquier otra actividad que el compareciente estime necesaria para el cumplimiento de dicho objeto.

Capital

Capital total

$14.000.000

Capital libéré

$500.000

Capital restant dû

$1.000.000

Associés (1)

NomParticipation

JUAN CARLOS VILLAGRA SEPULVEDA

Titular

12.xxx.xxx-2

100%

Administrateurs (1)

JUAN CARLOS VILLAGRA SEPULVEDA

12.xxx.xxx-2Administrador

Texte officiel de l’extrait

TEODORO PATRICIO DURÁN PALMA, Notario Público Titular de la Quinta Notaría de Talca, con oficio en 1 Norte Nº 888 de Talca, certifico: Por escritura pública, otorgada hoy, ante mí, JUAN CARLOS VILLAGRA SEPÚLVEDA, chileno, casado, transportista, cédula de identidad Nº 12.543.123-2, 42 años de edad, domiciliado en calle 12 ½ Oriente C 3149, Talca, constituyó Empresa Individual de Responsabilidad Limitada, conforme Ley 19.857, Códigos Civil y Comercio que versan sobre la materia, bajo la razón social: “TRANSPORTES JUAN CARLOS VILLAGRA SEPULVEDA EMPRESA INDIVIDUAL DE RESPONSABILIDAD LIMITADA", y nombre de fantasía: “TRANSPORTES ANTOBAS E.I.R.L.” Objeto social: será la ejecución por cuenta propia o ajena, en forma directa, como contratista, subcontratista o de cualquier otra forma, de las actividades de transporte terrestre de carga a cualquier ciudad del país ó al extranjero, alquiler de autos, camionetas o camiones sin chofer y alquiler de otros equipos de transporte por vía terrestre sin operarios; y servicios de conducción de vehículos livianos y de carga; y en general cualquier otra actividad que el compareciente estime necesaria para el cumplimiento de dicho objeto. Capital: $14.000.000.-, que el constituyente entera y paga del modo siguiente: a) Con el aporte en dominio, de una propiedad ubicada en pasaje 12 y ½ Oriente C número 3149, del Conjunto habitacional Don Horacio, Comuna de Talca, que corresponde al Lote 25 de la Manzana C del Plano de Loteo archivado con el N° 104 al final del Registro de Propiedad del año 2001 en el Conservador de Bienes Raíces de Talca, inscrito a fojas 4993 Nº 1676 en el Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces de Talca, del año 2001, que tasan en la suma de $12.000.000.-; y b) con la suma de $2.000.000.-, que entera con $500.000.-, en este acto, al contado y en dinero efectivo, y que ingresa a la caja social; y el saldo de $1.000.000.-, que los enterará en el curso de 2 años, a contar de esta fecha, y en la medida en que las necesidades de la empresa lo requiera. Administración, representación de la empresa individual y uso de la razón social: corresponderá al constituyente don JUAN CARLOS VILLAGRA SEPULVEDA, quien anteponiendo a su firma el nombre de la empresa, la obligará y representará en todos los actos relativos a su objeto. Domicilio: Talca, sin perjuicio de las sucursales, representaciones o agencias que establezca en el resto del país o en el extranjero. Duración: 5 años a contar de esta fecha, la cual será renovable automáticamente y por iguales períodos, salvo que el constituyente manifieste su voluntad de ponerle término anticipadamente por escritura pública, anotada al margen de la inscripción del extracto de la presente escritura en el Registro de Comercio respectivo. Demás estipulaciones escritura extractada. Talca, 06 de enero de 2017.

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