Société à responsabilité limitée

Transportes Jjr Limitada

CONSTITUCIÓN — 12 sept. 2019

Diario Oficial

ConstitutionDiario Oficial · 2019-09-12Voir le PDF (CVE 1653040)

Informations sociétaires

Ltda
Avenida Bellavista número 519
Durée: 5 años
Administration: La administración, representación y uso de la razón social corresponderá a don JAVIER ALEJANDRO REVECO PAVEZ, quien anteponiendo a su firma la razón social, obligará y representará a la sociedad, sin limitación alguna.

Objet social

Será el transporte terrestre de carga nacional e internacional, por cuenta propia o ajena, la carga y fletes en camiones, camionetas y demás vehículos de transporte, propios o de terceros; y en general, cualquier actividad relacionada que acuerden los socios.

Capital

Capital total

$2.000.000

Capital libéré

$2.000.000

Capital restant dû

$0

Associés (2)

NomParticipation

JAVIER ALEJANDRO REVECO PAVEZ

Socio

50%

JORGE EUGENIO REVECO BELTRÁN

Socio

50%

Administrateurs (1)

Texte officiel de l’extrait

EDUARDO DEL CAMPO VIAL, Notario Curicó, Estado 282, certifica: Por escritura pública de fecha 02 de Septiembre de 2019, otorgada ante Notario Suplente, Don JAVIER ALEJANDRO REVECO PAVEZ, domiciliado en Avenida Bellavista número 519, comuna de Teno, provincia de Curicó; y, don JORGE EUGENIO REVECO BELTRÁN, domiciliado en Avenida Bellavista número 519, comuna de Teno, provincia de Curicó; constituyeron sociedad de responsabilidad limitada: NOMBRE: La razón social será “TRANSPORTES JJR LIMITADA”; sin embargo, la sociedad podrá funcionar y actuar indistintamente, inclusive en Bancos con los nombres de fantasía “TRANSPORTES JJR LTDA.”.- OBJETO: Será el transporte terrestre de carga nacional e internacional, por cuenta propia o ajena, la carga y fletes en camiones, camionetas y demás vehículos de transporte, propios o de terceros; y en general, cualquier actividad relacionada que acuerden los socios.- CAPITAL: El capital de la sociedad será de la suma de dos millones de pesos ($2.000.000.-), que los socios enteran en dinero efectivo al suscribirse la presente escritura, de la siguiente forma: Uno.) don JAVIER ALEJANDRO REVECO PAVEZ, aporta la suma de $1.000.000 (un millón de pesos), que se enteran en este acto en caja social en dinero efectivo.- Dos.) don JORGE EUGENIO REVECO BELTRÁN, aporta la suma de $1.000.000 (un millón de pesos), que se enteran en este acto en caja social en dinero efectivo.- La responsabilidad de los socios queda limitada al monto de sus respectivos aportes.- DURACION: El plazo de duración de la sociedad será de 5 años contados desde la fecha de suscripción de esta escritura y se entenderá prorrogado automáticamente por períodos iguales y sucesivos si ninguno de los socios manifestare su voluntad de ponerle término mediante escritura pública anotada en el Registro de Comercio al margen de la inscripción de la sociedad. Tanto esta declaración como la entrega de copia de ella para su anotación, deberán efectuarse con seis meses de anticipación, a lo menos, al día del vencimiento de la sociedad.- ADMINISTRACION: La administración, representación y uso de la razón social corresponderá a don JAVIER ALEJANDRO REVECO PAVEZ, quien anteponiendo a su firma la razón social, obligará y representará a la sociedad, sin limitación alguna en todos los actos relativos a su objeto o giro ordinario o extraordinario, además en especial, y sin que la enumeración sea taxativa, podrán celebrar los siguientes actos o contratos, no siendo necesario acreditar frente a terceros si ellos corresponden o no al giro social. Demás estipulaciones en escritura pública extractada Repertorio Nº2613/2019.- Curicó, 10 de Septiembre de 2019.

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