Transportes GH SpA
Diario Oficial
Informations sociétaires
Objet social
La realización por cuenta propia, de terceros o asociados de las siguientes operaciones enunciativas y no limitativas: servicios de transportes público y/o privado por medio de minibuses y otros tipos de vehículos, y en general, suscribir y ejecutar todos los actos y aquellos contratos y negocios afines o derivados de los anteriores y adecuados para el cumplimiento de los fines indicados y el desarrollo de la actividad propio de la sociedad, así como los necesarios para el fin social y convenientes para los intereses de la sociedad; y todas aquellas actividades que sean necesarias para la consecución del giro anteriormente expuesto y cualquier otro objeto que los accionistas acuerden; y todo negocio o actividad que se relacione, en la actualidad o en el futuro, con este cometido, pudiendo efectuar todas las actividades que estén relacionadas, directa e indirectamente, con este giro; y cualquier otro negocio o actividad que los accionistas estimen conveniente.
Capital
Capital total
$1.000.000
Capital libéré
$1.000.000
Actions
100
Associés (1)
| Nom | RUT | Participation | Apport |
|---|---|---|---|
GUSTAVO EDUARDO HENRÍQUEZ MATURANA Accionista | - | 100% | $1.000.000 |
Texte officiel de l’extrait
MARIA SOLEDAD SANTOS MUÑOZ, abogado, Notario Público Titular 7ª Notaría de Santiago, Agustinas 1161, Entrepiso, Certifica: Por escritura pública de 30/05/2023 ante mí: GUSTAVO EDUARDO HENRÍQUEZ MATURANA, de nacionalidad chilena, ingeniero mecánico, soltero, con domicilio en Del Tabique sin número V seis, número dos mil quinientos cincuenta y seis chilectra, comuna de Quilpué, Región de Valparaíso, constituyó una sociedad por acciones conforme a lo preceptuado en el párrafo ocho del Título Séptimo del Libro Segundo del Código de Comercio, la que tendrá el siguiente estatuto social. NOMBRE: El nombre de la sociedad será “Transportes GH SpA”, sin perjuicio de usar el nombre de fantasía o sigla comercial de “Viajamos SpA”, pudiéndola usar para todos los efectos legales, fines publicitarios y para actuar inclusive ante Bancos, instituciones financieras y ante cualquier organismo públicos o privado.- DOMICILIO: El domicilio de la sociedad será la ciudad de Santiago, sin perjuicio de las sucursales que puedan establecerse en el resto del país o en el extranjero para lo cual estará expresamente facultada.- OBJETO: El objeto de la sociedad será la realización por cuenta propia, de terceros o asociados de las siguientes operaciones enunciativas y no limitativas: servicios de transportes público y/o privado por medio de minibuses y otros tipos de vehículos, y en general, suscribir y ejecutar todos los actos y aquellos contratos y negocios afines o derivados de los anteriores y adecuados para el cumplimiento de los fines indicados y el desarrollo de la actividad propio de la sociedad, así como los necesarios para el fin social y convenientes para los intereses de la sociedad; y todas aquellas actividades que sean necesarias para la consecución del giro anteriormente expuesto y cualquier otro objeto que los accionistas acuerden; y todo negocio o actividad que se relacione, en la actualidad o en el futuro, con este cometido, pudiendo efectuar todas las actividades que estén relacionadas, directa e indirectamente, con este giro; y cualquier otro negocio o actividad que los accionistas estimen conveniente. CAPITAL: El capital de la sociedad, ascendente a $1.000.000.-, a que se refiere el artículo sexto de los estatutos, dividido en 100 acciones, de una misma y única serie y sin valor nominal; a) se suscriben cien acciones íntegramente por don GUSTAVO EDUARDO HENRÍQUEZ MATURANA, equivalentes al cien por ciento del capital social y cien por ciento de las utilidades que paga en este acto en dinero en efectivo la cantidad de un millón de pesos, ya ingresado a caja social. Los accionistas sólo serán responsables hasta el monto de sus respectivos aportes en la sociedad. Las acciones serán nominativas y serán emitidas sin imprimir láminas físicas de dichos títulos. La sociedad no reconoce ni admite fracciones de acciones. En caso que una o más acciones pertenezcan en común a dos o más personas, sus dueños deberán designar un apoderado común para que actúe por ellos ante la sociedad. Otras estipulaciones constan en escritura extractada. SANTIAGO, 08 de Junio de 2023.-
Actes récents
- CONSTITUCIÓN
Transportes GH SpA
CVE 2328238
