Société à responsabilité limitée

Transportes Acuña Y Acuña Limitada

CONSTITUCIÓN — 15 déc. 2022

Diario Oficial

ConstitutionDiario Oficial · 2022-12-15Voir le PDF (CVE 2234936)

Informations sociétaires

Ltda
Concepción, Biobío
Durée: diez años, plazo renovable tácita y sucesivamente por períodos iguales
Administration: la administración, la representación legal y el uso de la razón social corresponderá indistintamente a cualquiera de los tres socios, quienes actuando por la sociedad anteponiendo la razón social a su firma, la representarán con las más amplias facultades

Objet social

el transporte de carga, mercaderías, fletes, pasajeros, y en general de todo tipo de especies muebles, propias o ajenas, y, que cualquiera otra actividad que se relacione directa o indirectamente con el objeto social, y, en general cualquiera otro acto, que esté o no dentro del giro social, y que determinen los socios

Capital

Capital total

$6.000.000

Capital libéré

$6.000.000

Capital restant dû

$0

Associés (3)

NomParticipation

ROCIO FERNANDA DE LOURDES ACUÑA GAJARDO

Socio

16.xxx.xxx-7

33.333333333333336%

EMILIO FRANCISCO ACUÑA GAJARDO

Socio

19.xxx.xxx-k

33.333333333333336%

EMILIO ANTONIO ACUÑA CARRASCO

Socio

8.xxx.xxx-6

33.333333333333336%

Administrateurs (3)

EMILIO FRANCISCO ACUÑA GAJARDO

19.xxx.xxx-kAdministrador

EMILIO ANTONIO ACUÑA CARRASCO

8.xxx.xxx-6Administrador

Texte officiel de l’extrait

PEDRO ENRIQUE HIDALGO SARZOSA, Notario Público Interino, de la primera notaría de Concepción, con oficio en Barros Arana 989, de la misma comuna, certifico: Por escritura pública de 06 de Diciembre de 2022, ante mí, Repertorio Nº9144/2022, doña ROCIO FERNANDA DE LOURDES ACUÑA GAJARDO, cédula nacional de identidad y rol único tributario número dieciséis millones doscientos ochenta y siete mil sesenta y tres guión siete; don EMILIO FRANCISCO ACUÑA GAJARDO, cédula nacional de identidad y rol único tributario número diecinueve millones noventa mil doscientos noventa y seis guión K, y don EMILIO ANTONIO ACUÑA CARRASCO, cédula nacional de identidad y rol único tributario número ocho millones setecientos cuarenta y dos mil ochocientos treinta y cuatro guión seis; constituyeron sociedad comercial de responsabilidad limitada, de conformidad con las prescripciones de la Ley tres mil novecientos dieciocho, de catorce de marzo de mil novecientos veintitrés y sus modificaciones, teniendo además presentes las disposiciones de los Códigos Civil y de Comercio, que versan sobre la materia, en todo lo que no se hubiere estipulado en este contrato, incluido las de saneamiento; el objeto de la sociedad, por cuenta propia o ajena, será el transporte de carga, mercaderías, fletes, pasajeros, y en general de todo tipo de especies muebles, propias o ajenas, y, que cualquiera otra actividad que se relacione directa o indirectamente con el objeto social, y, en general cualquiera otro acto, que esté o no dentro del giro social, y que determinen los socios; la razón social será “TRANSPORTES ACUÑA Y ACUÑA LIMITADA”. Sin embargo, la sociedad podrá funcionar y actuar, inclusive con los bancos, entidades financieras, el Servicio de Impuestos Internos y toda clase de instituciones y organismos públicos, privados o mixtos, con el nombre de fantasía de “TRANSPORTES ACUÑA Y ACUÑA LTDA.”, pudiendo abreviarse la expresión “LIMITADA” por Ltda.-; la administración, la representación legal y el uso de la razón social corresponderá a indistintamente a cualquiera de los tres socios, quienes actuando por la sociedad anteponiendo la razón social a su firma, la representarán con las más amplias facultades, pudiendo obligarla en toda clase de actos y contratos y, sin que la enumeración de facultades que en el estatuto social se indican sean taxativa: el capital social es la suma de SEIS MILLONES DE PESOS, suma que los socios aportan y enteran partes iguales, en esta acto y que enteran en caja social; los socios limitan su responsabilidad hasta la concurrencia del monto de sus respectivos aportes; la sociedad empezará a regir a contar de esta fecha, y tendrá una duración de diez años, plazo renovable tácita y sucesivamente por períodos iguales, si ninguno de los socios manifestare su voluntad de ponerle término al final del período que estuviere en curso, mediante escritura pública que sé subinscribirá al margen de la inscripción social, con una anticipación de, a lo menos, seis meses antes del fin del respectivo período; la sociedad tendrá como domicilio la ciudad de Concepción, sin perjuicio de las sucursales o agencias que establezca en el resto del país.- CONCEPCIÓN, 13 de Diciembre de 2022.

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