Société à responsabilité limitée

Sociedad Oftalmológica Del Sur Limitada

CONSTITUCIÓN — 9 janv. 2019

Diario Oficial

ConstitutionDiario Oficial · 2019-01-09Voir le PDF (CVE 1525352)

Informations sociétaires

Ltda
Padre las Casas, Araucanía
Durée: cinco años contados desde la fecha de la presente escritura de constitución, plazo que se prorrogará automática y sucesivamente por períodos iguales y sucesivos de cinco años cada uno, si ninguno de los socios manifiesta su voluntad en contrario por escritura pública anotada al margen de la inscripción social en el Registro de Comercio, con no menos de seis meses de anticipación al respectivo vencimiento
Administration: La administración de la sociedad y el uso de la razón social corresponderá exclusivamente a don MARCOS EDDY HERNANDEZ BARRASA, quien anteponiendo su firma a la razón social, representará a la sociedad con las más amplias facultades, pudiendo obligarla en toda clase de actos y contratos que digan relación con el giro de los negocios sociales.

Objet social

Los objetos de la sociedad son los siguientes: a) Establecimientos médicos de atención ambulatoria, centros médicos, servicios médicos en forma independiente y otras actividades empresariales, de docencia e investigación relacionadas con la salud humana; b) En general ejecutar cualquier tipo de actividad, negocios, actos y contratos que sean conducentes al cumplimiento de los fines sociales.

Capital

Capital total

$2.000.000

Capital libéré

$2.000.000

Capital restant dû

$0

Associés (2)

NomParticipation

ARIELA MARITZA RIVERA VALENZUELA

Socio

10.xxx.xxx-4

95%

MARCOS EDDY HERNANDEZ BARRASA

Socio

10.xxx.xxx-k

5%

Administrateurs (1)

MARCOS EDDY HERNANDEZ BARRASA

10.xxx.xxx-kAdministrador

Texte officiel de l’extrait

RODRIGO SEPÚLVEDA GÓMEZ, abogado, Notario Público de la Sexta Notaría de Temuco con asiento en Padre Las Casas, con oficio en Maquehue N° 1244 local 13, comuna de Padre Las Casas, certifico: Por escritura pública hoy ante mí, don MARCOS EDDY HERNANDEZ BARRASA, chileno, casado y separado totalmente de bienes, médico cirujano, C.I. N° 10.994.601-K, y doña ARIELA MARITZA RIVERA VALENZUELA, chilena, casada y separada totalmente de bienes, tecnólogo médico, C.I. N° 10.277.717-4, ambos domiciliados en calle Los Pellines N° 01641, de la comuna y ciudad de Temuco, constituyeron sociedad de responsabilidad limitada: Razón social: SOCIEDAD OFTALMOLÓGICA DEL SUR LIMITADA pudiendo usar para todos los efectos legales, fines publicitarios y actuar inclusive ante bancos, instituciones financieras o cualesquier organismo público o privado con la sigla comercial o nombre de fantasía de OFTALMOLÓGICA DEL SUR LTDA. Objeto: Los objetos de la sociedad son los siguientes: a) Establecimientos médicos de atención ambulatoria, centros médicos, servicios médicos en forma independiente y otras actividades empresariales, de docencia e investigación relacionadas con la salud humana; b) En general ejecutar cualquier tipo de actividad, negocios, actos y contratos que sean conducentes al cumplimiento de los fines sociales. Domicilio: El domicilio social es la comuna de Padre Las Casas, sin perjuicio de las agencias o sucursales que pueda establecer en otros lugares del país o del extranjero. Duración: La duración de la sociedad será de cinco años contados desde la fecha de la presente escritura de constitución, plazo que se prorrogará automática y sucesivamente por períodos iguales y sucesivos de cinco años cada uno, si ninguno de los socios manifiesta su voluntad en contrario por escritura pública anotada al margen de la inscripción social en el Registro de Comercio, con no menos de seis meses de anticipación al respectivo vencimiento. Capital: El capital social es la suma de $2.000.000 que los socios aportan y enteran en la forma siguiente: 1.- Doña ARIELA MARITZA RIVERA VALENZUELA aporta la suma de un $1.900.000, equivalentes al 95% del capital social, que paga al contado y en dinero efectivo, los que ingresan en este acto en arcas de la sociedad; y 2.- Don MARCOS EDDY HERNANDEZ BARRASA aporta la suma de $100.000, equivalentes al 5% del capital social, que paga al contado y en dinero efectivo, los que ingresan en este acto en arcas de la sociedad. Responsabilidad: La responsabilidad de los socios queda limitada a sus respectivos aportes. Administración: La administración de la sociedad y el uso de la razón social corresponderá exclusivamente a don MARCOS EDDY HERNANDEZ BARRASA, quien anteponiendo su firma a la razón social, representará a la sociedad con las más amplias facultades, pudiendo obligarla en toda clase de actos y contratos que digan relación con el giro de los negocios sociales. Demás cláusulas constan en escritura extractada.- Padre Las Casas, 04 de Enero 2019.-

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