Sociedad Inmobiliaria Ortiz Rivera Limitada
Diario Oficial
Informations sociétaires
Objet social
La inversión inmobiliaria. Compraventa, comercialización, arrendamiento, subarrendamiento, corretaje u otra forma de explotación, loteo, subdivisión, construcción y urbanización de bienes raíces urbanos o rurales, por cuenta propia o ajena; adquisición y enajenación de efectos de comercio y valores mobiliarios; formación y participación en sociedades, comunidades y asociaciones, cualquiera sea su naturaleza o giro; y todos los actos, contratos y actividades conducentes directa o indirectamente a los fines indicados.
Capital
Capital total
$41.700.000
Associés (5)
| Nom | RUT | Participation | Apport |
|---|---|---|---|
Socio | - | 12.5% | $5.212.500 |
Socio | - | 12.5% | $5.212.500 |
Socio | - | 12.5% | $5.212.500 |
Socio | - | 12.5% | $5.212.500 |
Socio | - | 50% | $20.850.000 |
Administrateurs (2)
Texte officiel de l’extrait
JUAN ANTONIO LOYOLA OPAZO, Notario Público de Temuco, con oficio en calle Arturo Prat N° 770, Certifica: Por escritura de fecha 09 de abril de 2019, otorgada ante mí, doña RINETT DEL PILAR ORTIZ RIVERA y don JUVENAL EDUARDO ORTIZ RIVERA, ambos con domicilio en calle Andrés Bello número trescientos ochenta y seis de la comuna y ciudad de Temuco; don MIGUEL ÁNGEL ORTIZ RIVERA, doña BEATRIZ ANGÉLICA ORTIZ RIVERA y don JUVENAL ORTIZ POBLETE, los tres con domicilio en calle Carlos Pezoa Véliz número cero mil setecientos ochenta y cinco de la comuna y ciudad de Temuco; todos los comparecientes constituyen sociedad de responsabilidad limitada. Razón social. El nombre o razón social será “SOCIEDAD INMOBILIARIA ORTIZ RIVERA LIMITADA”, pudiendo actuar con el nombre abreviado o de fantasía de “INMOBILIARIA ORTIZ RIVERA LTDA”. Objeto social. El objeto de la sociedad será la inversión inmobiliaria. Así, serán actividades de la sociedad: la compraventa, la comercialización el arrendamiento, el subarrendamiento, el corretaje u otra forma de explotación, el loteo, la subdivisión, la construcción y urbanización de bienes raíces, urbanos o rurales, por cuenta propia o ajena; la adquisición y enajenación de efectos de comercio y valores mobiliarios; la formación y participación en sociedades, comunidades y asociaciones, cualquiera sea su naturaleza o giro. Asimismo, la sociedad podrá realizar todos los actos, celebrar todos los contratos y realizar todas las actividades que, directa o indirectamente, sean conducentes a la obtención de los fines indicados. Administración. La representación, administración de la sociedad y el uso de la razón social corresponderá a los siguientes socios: RINETT DEL PILAR ORTIZ RIVERA y JUVENAL EDUARDO ORTIZ RIVERA, quienes podrán actuar en forma individual, indistinta y separada; quienes actuando por la sociedad y anteponiendo la razón social a sus firmas, podrán representar a la sociedad con las más amplias facultades, enumeradas en la cláusula séptima de los estatutos sociales. Capital social. El capital social será la suma de cuarenta y un millones setecientos mil pesos, que los socios aportan de la siguiente forma: Doña RINETT DEL PILAR ORTIZ RIVERA, don JUVENAL EDUARDO ORTIZ RIVERA, don MIGUEL ÁNGEL ORTIZ RIVERA, doña BEATRIZ ANGÉLICA ORTIZ RIVERA aportan, cada uno, la suma de cinco millones doscientos doce mil quinientos pesos, que representan el doce coma cinco por ciento del capital social, y que enterarán de la siguiente manera: a) La suma de un millón de pesos, en dinero efectivo, que ingresan en este acto en caja social; b) La suma de dos millones trescientos cincuenta y un mil doscientos cincuenta pesos, proveniente de la totalidad de sus derechos y acciones hereditarios que recaen especialmente en el inmueble ubicado en la comuna de Temuco, calle Carlos Pezoa Véliz, número cero mil setecientos ochenta y cinco; el dominio rola inscrito a fojas nueve mil doscientos cuatro vuelta, número ocho mil setecientos cuarenta y dos, del Registro de Propiedad del Primer Conservador de Bienes Raíces de Temuco, correspondiente al año dos mil dieciséis; su rol de avalúo es el número dos mil quinientos cuatro guion cinco; c) La suma de un millón ochocientos sesenta y un mil doscientos cincuenta pesos, proveniente de la totalidad de sus derechos y acciones hereditarios que recaen especialmente en el inmueble ubicado en la comuna de Padre Las Casas, Lote número dieciséis, de una superficie de cinco mil seiscientos setenta y tres metros cuadrados, del Loteo Condominio Las Terrazas de Huichahue, resultante de la subdivisión del predio denominado “Rancho Alegre”; el dominio rola inscrito a fojas trescientos setenta y siete, número trescientos cincuenta y cuatro, del Registro de Propiedad del Segundo Conservador de Bienes Raíces de Temuco, correspondiente al año dos mil doce; su rol de avalúo es el número tres mil trescientos sesenta y dos guion quinientos diez. Don JUVENAL ORTIZ POBLETE aporta la suma de veinte millones ochocientos cincuenta mil pesos, que representan el cincuenta por ciento del capital social, y que enterará de la siguiente manera: a) La suma de cuatro millones de pesos, que se enterarán en caja social en el plazo máximo de cinco años a contar de la fecha de la presente escritura; b) La suma de nueve millones cuatrocientos cinco mil pesos, proveniente de la totalidad de sus derechos y acciones hereditarios que recaen especialmente en el inmueble ubicado en la comuna de Temuco, calle Carlos Pezoa Véliz, número cero mil setecientos ochenta y cinco; el dominio rola inscrito a fojas nueve mil doscientos cuatro vuelta, número ocho mil setecientos cuarenta y dos, del Registro de Propiedad del Primer Conservador de Bienes Raíces de Temuco, correspondiente al año dos mil dieciséis; su rol de avalúo es el número dos mil quinientos cuatro guion cinco; c) La suma de siete millones cuatrocientos cuarenta y cinco mil pesos, proveniente de la totalidad de sus derechos y acciones hereditarios que recaen especialmente en el inmueble ubicado en la comuna de Padre Las Casas, Lote número dieciséis, de una superficie de cinco mil seiscientos setenta y tres metros cuadrados, del Loteo Condominio Las Terrazas de Huichahue, resultante de la subdivisión del predio denominado “Rancho Alegre”; el dominio rola inscrito a fojas trescientos setenta y siete, número trescientos cincuenta y cuatro, del Registro de Propiedad del Segundo Conservador de Bienes Raíces de Temuco, correspondiente al año dos mil doce; su rol de avalúo es el número tres mil trescientos sesenta y dos guion quinientos diez. Duración de la sociedad. La duración de la sociedad será de diez años, contados desde la fecha de escritura de constitución; dicho plazo se entenderá tácita y automáticamente prorrogado por períodos iguales y sucesivos de diez años cada uno, a menos que cualquiera de los socios manifieste su voluntad de que la prórroga no opere, mediante escritura pública anotada al margen de la inscripción primitiva de la sociedad, en el Registro de Comercio de Temuco con, a lo menos, seis meses de anticipación a la fecha en que vaya a expirar el respectivo plazo o prórroga vigente. Domicilio. El domicilio de la sociedad será la ciudad de Temuco, sin perjuicio de las agencias o sucursales que pueda establecer en otros lugares del país o del extranjero. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. TEMUCO, 10 de abril de 2019.
Actes récents
- CONSTITUCIÓN
SOCIEDAD INMOBILIARIA ORTIZ RIVERA LIMITADA
CVE 1575311
