Société par actions

Sociedad Inmobiliaria Imágenes Villarrica SpA

CONSTITUCIÓN — 26 mai 2021

Diario Oficial

ConstitutionDiario Oficial · 2021-05-26Voir le PDF (CVE 1949346)

Informations sociétaires

SpA
Villarrica, Araucanía
Durée: Indefinida
Administration: Gerente General

Objet social

Será efectuar toda clase de inversiones en el área inmobiliaria, tales como a) compra, venta, comercialización, arrendamiento, subarrendamiento, corretaje, loteo, subdivisión, construcción y urbanización de bienes raíces, urbanos o rurales; la movilización de tierras y la realización de todos los actos y contratos encaminados a la construcción de tales obras y a la explotación de las mismas, incluso bajo la forma de ventas, permutas y otros títulos traslaticios; así como la elaboración de proyectos y cálculos de ingeniería, en toda clase de especialidades; el desarrollo de toda clase de encargos de consultoría y asesorías, y la realización de toda clase de proyectos, estudios, y tasaciones. Para el cumplimiento del objeto social, la compañía podrá, ya sea por cuenta propia o ajena, desarrollar por ella misma las acciones antes mencionadas, o ejecutarlas por intermedio de otras sociedades en las que participe o constituya al efecto. b) comprar, vender, invertir, exportar, e importar, bienes muebles, corporales o incorporales de toda clase; valores mobiliarios, efectos públicos o de comercio, derechos en sociedades y demás bienes incorporales muebles, pudiendo adquirir y enajenar, a cualquier título, los señalados bienes y valores, administrarlos, arrendarlos y percibir sus frutos; Pudiendo realizar todos los actos, celebrar todos los contratos y contraer todas obligaciones necesarias para el cumplimiento de sus fines; así como cualquier otro negocio relacionado directamente con su objeto social y en general, efectuar todas las inversiones inmobiliarias rentables y la realización de cualquier otra actividad, negocio u operaciones que se determine y que tengan por objeto complementar y/o desarrollar el giro social antes descrito.

Capital

Capital total

$200.000.000

Capital libéré

$200.000.000

Capital restant dû

$0

Actions

200

Associés (12)

NomParticipation

SOCIEDAD DE PROFESIONALES DE LA SALUD MENTAL VELIZ Y DUARTE LIMITADA

Accionista

76.898.140-K

20%

Antonieta Paulina De Fátima Aedo Faúndez

Accionista

9.xxx.xxx-1

2.5%

Nidia Carolina Mendoza Campos

Accionista

15.xxx.xxx-6

7%

Lucía Andrea Parra Pozo

Accionista

8.xxx.xxx-9

2.5%

Erick Sigisfredo Scheuermann Salinas

Accionista

7.xxx.xxx-1

2.5%

Ingrid Scheuermann Salinas

Accionista

7.xxx.xxx-3

2.5%

SEPÚLVEDA Y SCHEUERMAN LIMITADA

Accionista

76.758.585-3

20%

Pablina Angélica Sepúlveda Salgado

Accionista

10.xxx.xxx-6

6%

Rosa Amelia Cornejo Cornejo

Accionista

13.xxx.xxx-5

8.5%

Andrés Alexander Terán Guerrero

Accionista

16.xxx.xxx-5

8.5%

SOCIEDAD JACKSON GEORGI Y COMPAÑÍA LIMITADA

Accionista

77.942.850-8

15%

Joaquín Esteban Jackson Georgi

Accionista

19.xxx.xxx-8

5%

Administrateurs (2)

Représentation légale (5)

Gisela Scheuermann Salinas

9.xxx.xxx-kEn représentation de SEPÚLVEDA Y SCHEUERMAN LIMITADA76.758.585-3

Pedro Cristian Sepúlveda Salgado

11.xxx.xxx-8En représentation de SEPÚLVEDA Y SCHEUERMAN LIMITADA76.758.585-3

Cecilia Paulina Alexandra Georgi Jimenez

9.xxx.xxx-1En représentation de SOCIEDAD JACKSON GEORGI Y COMPAÑÍA LIMITADA77.942.850-8

Frank Andrew Jackson Salinas

8.xxx.xxx-0En représentation de SOCIEDAD JACKSON GEORGI Y COMPAÑÍA LIMITADA77.942.850-8

Texte officiel de l’extrait

Francisco Javier Muñoz Flores, Abogado, Notario Público y Conservador de Minas Titular de la comuna de Villarrica, con oficio en calle Pedro Montt número trescientos cinco, certifica: por escritura pública, hoy ante mí, 1) SOCIEDAD DE PROFESIONALES DE LA SALUD MENTAL VELIZ Y DUARTE LIMITADA, persona jurídica de derecho privado, RUT Nº76.898.140-K, domiciliada en Temuco, representada legalmente por Lorenzo Sandro Véliz Yáñez, C.N.I Nº10.760.324-7, médico psiquiatra; y Gloria María Noguera Salvador, C.N.I Nº12.399.910-K, ambos domiciliados en Avenida Costanera 2050, departamento 605, Villarrica; y 2) Gloria María Noguera Salvador, C.N.I Nº12.399.910-K, ambos domiciliados en Avenida Costanera 2050, departamento 605, Villarrica, quien comparece en representación de: 2.1) ANTONIETA PAULINA DE FÁTIMA AEDO FAÚNDEZ, C.N.I Nº9.377.128-1, médico cirujano, domiciliada en calle cuatro y medio Norte 3765, Parque Universitario, Talca; 2.2) NIDIA CAROLINA MENDOZA CAMPOS, C.N.I Nº15.599.121-6, enfermera, domiciliada en calle Cuarenta y seis Oriente 1217, Talca; 2.3) LUCÍA ANDREA PARRA POZO, C.N.I Nº8.828.277-9, domiciliada en calle Cisne Blanco 02221, Arboleda del Portal, Temuco; 2.4) ERICK SIGISFREDO SCHEUERMANN SALINAS, C.N.I Nº7.039.148-1, domiciliada en calle Cisne Blanco 02221, Arboleda del Portal, Temuco; 2.5) INGRID SCHEUERMANN SALINAS, C.N.I Nº7.039.147-3, domiciliada en calle Lago Riñihue 215, Sector Collao, Concepción; 2.6) SEPÚLVEDA Y SCHEUERMAN LIMITADA, RUT Nº76.758.585-3, con domicilio en la Parcela 19, Capilla Esmeralda, Talca, representada legalmente por Gisela Scheuermann Salinas, C.N.I Nº9.080.376-K; y Pedro Cristian Sepúlveda Salgado, C.N.I Nº11.374.251-8, ambos con el mismo domicilio de su representada; 2.7) PABLINA ANGÉLICA SEPÚLVEDA SALGADO, C.N.I Nº10.216.348-6, domiciliada en calle Los Guindos 094, Villa Los Naranjos, Talca; 2.8) ROSA AMELIA CORNEJO CORNEJO, C.N.I Nº13.945.440-5, domiciliada en calle Veintidós y medio Sur 091, Talca; 2.9) ANDRÉS ALEXANDER TERÁN GUERRERO, C.N.I Nº16.242.304-5, domiciliado en calle Dos Oriente Cuatro Sur Nº791, Departamento 713, Talca; 2.10) SOCIEDAD JACKSON GEORGI Y COMPAÑÍA LIMITADA, persona jurídica de derecho privado, RUT Nº77.942.850-8, con domicilio en calle Las Acacias Nº2301 Miraflores, Viña del Mar, representada legalmente por CECILIA PAULINA ALEXANDRA GEORGI JIMENEZ, C.N.I Nº9.552.008-1; y FRANK ANDREW JACKSON SALINAS, C.N.I Nº8.054.143-0, ambos con el mismo domicilio de su representada; y 2.11) JOAQUÍN ESTEBAN JACKSON GEORGI, C.N.I Nº19.150.868-8, domiciliado en calle Evans 920, Viña del Mar; constituyeron sociedad por acciones, de conformidad a disposiciones de artículos 424 y siguientes del Código de Comercio. En silencio del estatuto social y de disposiciones del Párrafo Octavo del Título Séptimo, Libro Segundo del Código de Comercio, la sociedad se regirá supletoriamente y sólo en aquello que no se contraponga con su naturaleza, por normas aplicables a sociedades anónimas cerradas. Nombre o razón social: “SOCIEDAD INMOBILIARIA IMÁGENES VILLARRICA SpA”. Nombre de fantasía: “IMÁGENES VILLARRICA SpA”. Domicilio: Villarrica, sin perjuicio de abrir sucursales u oficinas, en otras ciudades de Chile o el extranjero. Duración: Indefinida. Objeto: Será efectuar toda clase de inversiones en el área inmobiliaria, tales como a) compra, venta, comercialización, arrendamiento, subarrendamiento, corretaje, loteo, subdivisión, construcción y urbanización de bienes raíces, urbanos o rurales; la movilización de tierras y la realización de todos los actos y contratos encaminados a la construcción de tales obras y a la explotación de las mismas, incluso bajo la forma de ventas, permutas y otros títulos traslaticios; así como la elaboración de proyectos y cálculos de ingeniería, en toda clase de especialidades; el desarrollo de toda clase de encargos de consultoría y asesorías, y la realización de toda clase de proyectos, estudios, y tasaciones. Para el cumplimiento del objeto social, la compañía podrá, ya sea por cuenta propia o ajena, desarrollar por ella misma las acciones antes mencionadas, o ejecutarlas por intermedio de otras sociedades en las que participe o constituya al efecto. b) comprar, vender, invertir, exportar, e importar, bienes muebles, corporales o incorporales de toda clase; valores mobiliarios, efectos públicos o de comercio, derechos en sociedades y demás bienes incorporales muebles, pudiendo adquirir y enajenar, a cualquier título, los señalados bienes y valores, administrarlos, arrendarlos y percibir sus frutos; Pudiendo realizar todos los actos, celebrar todos los contratos y contraer todas obligaciones necesarias para el cumplimiento de sus fines; así como cualquier otro negocio relacionado directamente con su objeto social y en general, efectuar todas las inversiones inmobiliarias rentables y la realización de cualquier otra actividad, negocio u operaciones que se determine y que tengan por objeto complementar y/o desarrollar el giro social antes descrito.- Capital: $200.000.000.- divididos y representado en doscientas acciones ordinarias y nominativas, sin valor nominal, sin series ni privilegios, que se suscriben y pagan en la forma indicada en el Artículo Primero Transitorio de estos Estatutos. El accionista sólo será responsable hasta el monto de sus respectivos aportes en la sociedad. Se suscriben y pagan de siguiente forma: 1) Sociedad de Profesionales de la Salud Mental Veliz y Duarte Limitada, representada legalmente por Lorenzo Sandro Véliz Yáñez, y por Gloria María Noguera Salvador, suscribe la cantidad de $40.000.000.- que entera al contado y en dinero efectivo en este acto correspondiente a 40 acciones ordinarias de serie única; 2) Antonieta Paulina De Fátima Aedo Faúndez, suscribe la cantidad de $5.000.000.- que entera al contado y en dinero efectivo en este acto correspondiente a 5 acciones ordinarias de serie única; 3) Nidia Carolina Mendoza Campos, suscribe la cantidad de $14.000.000.- que entera al contado y en dinero efectivo en este acto correspondiente a 14 acciones ordinarias de serie única; 4) Lucía Andrea Parra Pozo, suscribe la cantidad de $5.000.000.- que entera al contado y en dinero efectivo en este acto correspondiente a 5 acciones ordinarias de serie única; 5) Erick Sigisfredo Scheuermann Salinas, suscribe la cantidad de $5.000.000.- que entera al contado y en dinero efectivo en este acto correspondiente a 5 acciones ordinarias de serie única; 6) Ingrid Scheuermann Salinas, suscribe la cantidad de $5.000.000.- que entera al contado y en dinero efectivo en este acto correspondiente a 5 acciones ordinarias de serie única; 7) Sociedad Sepúlveda y Scheuermann Limitada, representada legalmente por Gisela Scheuermann Salinas, y Pedro Cristian Sepúlveda Salgado, suscribe la cantidad de $40.000.000.- que entera al contado y en dinero efectivo en este acto correspondiente a 40 acciones ordinarias de serie única; 8) Pablina Angélica Sepúlveda Salgado, suscribe la cantidad de $12.000.000.- que entera al contado y en dinero efectivo en este acto correspondiente a 12 acciones ordinarias de serie única; 9) Rosa Amelia Cornejo Cornejo, suscribe la cantidad de $17.000.000.- que entera al contado y en dinero efectivo en este acto correspondiente a 17 acciones ordinarias de serie única; 10) Andrés Alexander Terán Guerrero, suscribe la cantidad de $17.000.000.- que entera al contado y en dinero efectivo en este acto correspondiente a 17 acciones ordinarias de serie única; 11) Sociedad Jackson Georgi y Compañía Limitada, representada legalmente por Cecilia Paulina Alexandra Georgi Jimenez, y Frank Andrew Jackson Salinas, suscribe la cantidad de $30.000.000.- que entera al contado y en dinero efectivo en este acto correspondiente a 30 acciones ordinarias de serie única; 10) Joaquín Esteban Jackson Georgi, suscribe la cantidad de $10.000.000.- que entera al contado y en dinero efectivo en este acto correspondiente a 10 acciones ordinarias de serie única. De esta manera se entiende enterado y pagado el aporte hecho por los socios, en la forma antedicha a entera conformidad.- Administración: La ejerce un Gerente General que será designado por el o los accionistas sea por escritura pública, o bien, en Junta de Accionistas. El Gerente tendrá la representación legal de la sociedad tanto judicial como extrajudicialmente y estará investido de todas las facultades de administración y disposición de bienes que no sean privativos de la Junta de Accionistas. Se designa como Gerente General a Gisela Scheuermann Salinas y a Gloria María Noguera Salvador y a ambas debidamente individualizadas, quienes durarán en el cargo mientras no sea reemplazado por acuerdo de Junta Extraordinaria de Accionistas. Las Gerentes Generales de la sociedad, actuando conjunta o separadamente y anteponiendo la razón social a su firma, representarán y obligarán a la sociedad en todos los actos y contratos relativos a la administración ordinaria de la sociedad, pudiendo obligarla en toda clase de actos y contratos. Demás estipulaciones en escritura extractada. Villarrica, 14 de mayo de 2021.

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