Société à responsabilité limitée

Sociedad Inmobiliaria Gálvez Y Andrade Limitada

CONSTITUCIÓN — 1 sept. 2022

Diario Oficial

ConstitutionDiario Oficial · 2022-09-01Voir le PDF (CVE 2180606)

Informations sociétaires

Ltda
Talca, Maule
Durée: dos años desde escritura, renovables automáticamente por períodos iguales, salvo que los socios manifiesten su voluntad de ponerle término con 6 meses de anticipación a lo menos, al vencimiento del periodo original o al de la prórroga que estuviere vigente
Administration: Corresponderá a los socios Mauricio Raul Andrade Padilla, Daniela Catalina del Pilar Gálvez Avaca, con amplias facultades señaladas en escritura.

Objet social

A. Será compra, venta, arrendamiento de bienes inmuebles agrícolas o no agrícolas, por cuenta propia o ajena; B. La Empresa tendrá por objeto desarrollar la compra de propiedades agrícolas para posterior subdivisión, o loteo de las mismas; todo para su comercialización; C. El ejercicio de todo tipo de representaciones, mandatos, comisiones, y consignaciones de empresas, sociedades y/o particulares, sean estos nacionales o extranjeros que estén relacionados con la compra y subdivisión de bienes raíces agrícolas y bienes raíces en general; D. La realización de todas aquellas actividades comerciales o industriales que fueren complementarias o anexas al giro principal, como realizar gestiones ante el servicio de impuestos internos, servicio agrícola y ganadero, corporación nacional forestal, oficinas de obras públicas de las distintas municipalidades y conservadores de bienes raíces; E. Otros que acuerden los socios durante la vigencia de la sociedad, estén o no relacionados con lo anterior.

Capital

Capital total

$40.000.000

Capital libéré

$40.000.000

Capital restant dû

$0

Associés (2)

NomParticipation

Mauricio Raul Andrade Padilla

Socio

50%

Daniela Catalina del Pilar Gálvez Avaca

Socio

50%

Texte officiel de l’extrait

JAIME ANDRÉS SILVA SCIBERRAS, Abogado, Notario Público Titular de la 4ta Notaría de Talca, con oficio en calle 2 Oriente N°1140, Talca, Certifico: Que por escritura pública de fecha 11 de Agosto de 2022, ante mí, Rep. N°2.530-2020, don Mauricio Raul Andrade Padilla, y Daniela Catalina del Pilar Gálvez Avaca, ambos domiciliados en calle 4 ½ Norte A N° 2423, Talca, constituyeron sociedad responsabilidad limitada. Razón Social: “SOCIEDAD INMOBILIARIA GÁLVEZ Y ANDRADE LIMITADA” nombre se fantasía: ‘‘SOCIEDAD INMOBILIARIA BIENES RAICES DEL VALLE LIMITADA’’. Objeto: OBJETO: A. Será compra, venta, arrendamiento de bienes inmuebles agrícolas o no agrícolas, por cuenta propia o ajena; B. La Empresa tendrá por objeto desarrollar la compra de propiedades agrícolas para posterior subdivisión, o loteo de las mismas; todo para su comercialización; C. El ejercicio de todo tipo de representaciones, mandatos, comisiones, y consignaciones de empresas, sociedades y/o particulares, sean estos nacionales o extranjeros que estén relacionados con la compra y subdivisión de bienes raíces agrícolas y bienes raíces en general; D. La realización de todas aquellas actividades comerciales o industriales que fueren complementarias o anexas al giro principal, como realizar gestiones ante el servicio de impuestos internos, servicio agrícola y ganadero, corporación nacional forestal, oficinas de obras públicas de las distintas municipalidades y conservadores de bienes raíces; E. Otros que acuerden los socios durante la vigencia de la sociedad, estén o no relacionados con lo anterior. Domicilio: Talca, sin perjuicio, sucursales, agencias, establecimientos, representaciones u oficinas resto país o extranjero. Administración y Uso Razón Social: Corresponderá a los socios Mauricio Raul Andrade Padilla, Daniela Catalina del Pilar Gálvez Avaca, con amplias facultades señaladas en escritura. Capital: Cuarenta millones de pesos ($40.000.000), que serán aportados de la siguiente manera: don Mauricio Raul Andrade Padilla aporta el 50%, o sea, veinte millones de pesos en este acto en dinero efectivo a la caja social; y doña Daniela Catalina Del Pilar Gálvez Avaca aporta el 50 %, o sea, veinte millones de pesos en dinero efectivo a la caja social; Capital social enteramente pagado. Responsabilidad: Limitada al monto respectivos aportes. Duración: dos años desde escritura, renovables automáticamente por períodos iguales, salvo que los socios manifiesten su voluntad de ponerle término con 6 meses de anticipación a lo menos, al vencimiento del periodo original o al de la prórroga que estuviere vigente. Demás estipulaciones escritura extractada. Talca, 30 de Agosto de 2022.-

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